
SUMA TEOLOGICA II-II Qu.55 a.2
Objeciones por las que parece que la prudencia de la carne es pecado mortal:
Objeciones: 1. Es pecado mortal rebelarse contra la ley divina, porque impide desprecio de Dios. Ahora bien, en expresión del Apóstol, la prudencia de la carne no está sujeta a Dios (Rm 8,7). Luego la prudencia de la carne es pecado mortal.
2. Es mortal todo pecado contra el Espíritu Santo. Pero la prudencia de la carne parece ser pecado contra el Espíritu Santo, ya que no puede estar sometida a la ley de Dios (Rm 8,7). Por lo tanto, parece que es pecado imperdonable, que es lo propio del pecado contra el Espíritu Santo. La prudencia, pues, de la carne es pecado mortal.
3. Al máximo bien se opone el mayor mal, como vemos en VIII Ethic. Pues bien, la prudencia de la carne se opone a la prudencia, que es la principal virtud moral. En consecuencia, la prudencia de la carne es el mayor de los pecados.
Por lo tanto, es pecado mortal.
. Contra esto: está el hecho de que lo que disminuye el pecado no implica de suyo pecado mortal. Ahora bien, dedicarse con cautela al cuidado de la carne, misión que parece propia de la prudencia de la carne, disminuye el pecado.
Luego la prudencia de la carne no implica de suyo pecado mortal.
. Respondo: Como queda expuesto (q.47 a.2 ad 1; a.13), hay dos maneras de decir de uno que es prudente: la primera, absolutamente, o sea, en orden al fin total de la vida; la segunda, en parte, es decir, en orden a algún fin particular, como decimos que uno es prudente en los negocios o en otra materia especial.
Pues bien, si se toma la prudencia de la carne bajo la razón total de prudencia, es decir, significando que se pone en el cuidado de la carne el último fin de toda la vida, es pecado mortal por suponer el apartamiento de Dios, ya que, según hemos visto (1-2 q.1 a.5), no pueden darse varios fines últimos. Pero si la tomamos en sentido de la prudencia particular, es pecado venial. Sucede, en efecto, que el hombre es atraído a veces por un bien deleitable carnal sin apartarse de Dios por el pecado mortal, y por eso no pone como fin de toda la vida esa complacencia de la carne. De ahí que dedicarse a la consecución de ese placer es pecado venial y propio de la prudencia de la carne. Pero en el caso de que la prudencia de la carne se ordene a un fin honesto, como es comer para sustentar el cuerpo, no es prudencia de la carne, porque el hombre practica el cuidado de la carne conforme al fin honesto.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La prudencia de la carne de la que habla el Apóstol es la prudencia puesta al servicio exclusivo de los bienes temporales considerados como fin supremo de la vida. En este sentido es pecado mortal.
2. La prudencia de la carne no implica pecado contra el Espíritu Santo. La expresión no puede someterse a Dios no significa que quien tiene la prudencia de la carne no pueda convertirse a Dios y someterse a la ley, sino solamente que la prudencia de la carne, mientras permanezca como tal, no se somete a la ley de Dios, lo mismo que la injusticia no puede ser justa, ni el calor frío, aunque lo que está caliente puede pasar a frío.
3. Todo pecado se opone a la prudencia del mismo modo que en toda virtud se participa de la prudencia. Mas no por eso se debe decir que todo pecado opuesto a la prudencia sea gravísimo, sino únicamente cuando se opone gravemente.
Objeciones por las que parece que la astucia no es pecado especial:Objeciones: 1. Las palabras de la Escritura no inducen al pecado, pero inducen a la astucia, según el testimonio de la Escritura: Para dar astucia a los niños (Pr 1,4).
Luego la astucia no es pecado.
2. Según un texto de la Escritura, el astuto hace todo con conocimiento (Pr 13,16). Por consiguiente, lo hace para un fin bueno o para un fin malo. Si lo hace para un fin bueno, no parece que sea pecado. Si, en cambio, lo hace para un fin malo, parece que pertenece a la prudencia de la carne o del mundo. Por consiguiente, la astucia no es pecado especial distinto de la prudencia de la carne.
3. Exponiendo el texto de Job: objeto de mofa es el justo (Jb 4,12), comenta San Gregorio en X Moral.: La sabiduría de este mundo consiste en llenar el corazón de maquinaciones, ocultar el sentido de las palabras, ofrecer lo falso como verdadero y lo verdadero como falso. Y después: Esta prudencia la aprueban los yóvenes con el uso, a los niños (se les enseña) por dinero. Todo esto parece propio de la astucia. Luego ésta no se distingue de la prudencia de la carne o del mundo, y por eso no parece constituir pecado especial.
. Contra esto: está el testimonio del Apóstol: Desechando los tapujos vergonzosos, no procediendo con astucia ni falsificando la palabra de Dios (2Co 4,2). La astucia, pues, es pecado especial.
. Respondo: La prudencia es la recta razón en el obrar, como la ciencia lo es en el conocer. Ahora bien, en el orden especulativo se puede pecar contra la ciencia de dos modos. El primero, cuando la razón es llevada a una conclusión falsa que parece verdadera; el segundo, cuando parte de premisas falsas que parecen verdaderas, sea verdadera o falsa la conclusión a la que llega. De la
misma manera, contra la prudencia puede haber pecados que tengan semejanza con ella de dos modos: o porque la razón se esfuerza por ordenar la acción a un fin que no es bueno sino en apariencia, y esto es lo propio de la prudencia de la carne; o porque para conseguir algún fin, bueno o malo, se utilizan medios que no son realmente buenos, sino fingidos y aparentes, y esto es lo propio de la astucia. Por eso la astucia es un pecado opuesto a la prudencia y distinto de la prudencia de la carne.
A las objeciones:
Soluciones: 1. En expresión de San Agustín en VI Contra Iulian., igual que a veces en forma abusiva hablamos de prudencia para el mal, se habla también de astucia para el bien por la semejanza entre ellas. Sin embargo, en sentido propio, la
astucia se ejerce en el mal, como afirma también el Filósofo en VI Ethic.
2. La astucia puede aconsejar tanto para un fin bueno corno para un fin malo.
Pero no debe conseguirse un fin bueno usando de medios simulados o falsos, sino verdaderos. De ahí que la misma astucia ordenada a un fin bueno es también pecado.
3. En la expresión prudencia del mundo comprende San Gregorio todo cuanto se incluye en la idea de falsa. Por eso en ella se comprende también la astucia.
Objeciones por las que el engaño no es pecado que pertenezca a la astucia:
Objeciones: 1. El pecado, y sobre todo el mortal, no se da en el hombre perfecto. En cambio se da en él algún engaño, a tenor de lo que escribe el Apóstol: En mi astucia os cacé con engaño (2Co 12,16). Luego el engaño no siempre es pecado.
2. El engaño parece propio, sobre todo, de la lengua, como vemos en la Escritura: Bruñen con el dolo de sus lenguas (Ps 5,11). La astucia, en cambio, lo mismo que la prudencia, se da en el acto de la razón. Luego el engaño no pertenece a la astucia.
3. Y también: Según el testimonio de la Escritura, vemos también que el engaño está en el corazón de los que maquinan el mal (Pr 12,20). Pues bien, no toda la maquinación del mal pertenece a la astucia. Por consiguiente, no parece que el engaño pertenezca a la astucia.
. Contra esto: está el hecho de que la astucia tiene como fin engañar, según el testimonio del Apóstol: Para seducir emplean astutamente los artificios del error (Ep 4,14). Ahora bien, ese fin coincide con el engaño. Luego el engaño es propio de la astucia.
. Respondo: Como ya hemos expuesto (a.3), lo propio de la astucia es elegir medios no verdaderos, sino fingidos y aparentes, para lograr un fin, sea bueno sea malo. Pero esta elección de medios se puede considerar de dos modos. El primero, la premeditación de los medios, y esto incumbe a la astucia, como incumbe a la prudencia la elección de los medios adecuados para llegar a un fin.
El segundo, la elección de tales medios encaminados a la realización de la obra; esta función es propia del engaño. De ahí que el engaño implica cierta ejecución de la astucia, y en este sentido pertenece a ella.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Del mismo modo que la astucia, en sentido estricto, se toma para lo malo y abusivamente para lo bueno, así también el engaño, que es la realización de la astucia.
2. La astucia, engañando a otros, se afirma principalmente por la palabra, el signo más apto con el que el hombre manifiesta algo a los demás, como lo demuestra San Agustín en el libro De doct. christ. Por eso el engaño se atribuye sobre todo al lenguaje. Pero a veces el engaño se da también en los hechos, según el testimonio de la Escritura: Para vejar dolosamente a mis siervos (Ps 104,25). Y hay también engaño en el corazón, según otro testimonio de la Escritura: En su interior está lleno de engaño (Si 9,23). Esto, sin embargo, se refiere más bien a la premeditación del engaño, a tenor de estas palabras: Todo el día están maquinando engaños (Ps 37,13).
3. Quienes piensan hacer algo mal se ven obligados a elegir los medios para llevar a cabo su propósito, y lo más frecuente es elegir medios engañosos, con
los que lo consiguen con más facilidad. Hay, no obstante, quienes obran mal no con astucia y engaño, sino a las claras y con violencia. Pero esto, como más difícil, es también menos frecuente.
Objeciones por las que parece que el fraude no pertenece a la astucia:
Objeciones: 1. No es digno de alabanza consentir ser engañado, objetivo que pretende la astucia; lo es, sin embargo, tolerar el fraude, a tenor de las palabras del Apóstol: ¿Por qué no preferís ser defraudados? (1Co 6,7). El fraude, pues, no pertenece a la astucia.
2. Parece propio del fraude la aceptación o retención ilícita de cosas externas, ya que, según el testimonio de la Escritura, cierto hombre, llamado Ananías, con Safira, su mujer, vendió una posesión y retuvo fraudulentamente parte del precio (Ac 5,1-2). Ahora bien, usar o retener cosas externas es propio de la injusticia o de la avaricia. El fraude, pues, no corresponde a la astucia, la cual es opuesta a la avaricia.
3. Nadie emplea la astucia contra sí mismo. Hay, sin embargo, fraudes contra uno mismo, y de ello nos da testimonio la Escritura con estas palabras: Traman engaños contra su alma (Pr 1,18). El fraude, pues, no pertenece a la astucia.
. Contra esto: está el hecho de que el fraude tiene como fin engañar, según leemos en la Escritura: ¿Creéis poder engañarle como se engaña a un hombre? (Jb 13,9), y ese mismo es el fin de la astucia. Luego el fraude pertenece a la astucia.
. Respondo: El engaño, como el fraude, consiste en la ejecución de la astucia. El engaño, en efecto, pertenece a la ejecución de la astucia de un modo universal, sea de palabra, sea de obra; el fraude, en cambio, pertenece a la ejecución de la astucia por los hechos.
A las objeciones:
Soluciones: 1. El Apóstol no exhorta en los fieles a ser engañados en el conocimiento, sino a que sufran pacientemente el efecto del engaño haciendo frente a las injurias falsamente imputadas.
2. La astucia puede realizarse por medio de un vicio, como la prudencia por las virtudes. Por esto no hay inconveniente en que el fraude pertenezca a la avaricia o a la injusticia.
3. Quienes perpetran el fraude no intentan maquinar el mal contra sí mismos o contra sus almas; pero por justo juicio de Dios se vuelve contra ellos lo que traman contra otros, a tenor de las palabras: Caerá en la hoya que él mismo se hizo (Ps 7,16).
Objeciones por las que parece lícita la solicitud por las cosas temporales:
Objeciones: 1. Es propio del jefe preocuparse por las cosas que tiene a su cargo, según el testimonio de la Escritura: Quien preside, presida con solicitud (Rm 12,8).
Ahora bien, el hombre, por disposición divina, tiene a su cargo las cosas temporales, como vemos en la Escritura: Todo lo has puesto bajo sus pies: las ovejas, los bueyes... (Ps 8,8). El hombre, pues, debe tener solicitud por las cosas temporales.
2. Cada uno se preocupa del fin por el que trabaja. Ahora bien, es lícito que el hombre trabaje por las cosas materiales con que mantiene su vida, y por eso afirma el Apóstol: El que no quiere trabajar, que no coma (2Th 3,10). Luego es lícito preocuparse por las cosas temporales.
3. Es laudable la preocupación por las obras de misericordia, según el testimonio del Apóstol: Antes, estando en Roma, me buscó solícito hasta hallarme (2Tm 1,17). Pues bien, la solicitud por las cosas temporales pertenece a veces a las obras de misericordia, como preocuparse por socorrer a los niños y a los pobres. En consecuencia, la solicitud por las cosas temporales no es ilícita.
. Contra esto: está el testimonio de las palabras del Señor: No os preocupéis de qué comeremos, de qué beberemos o de qué nos vestiremos (Mt 6,31), cosas todas muy necesarias.
. Respondo: La solicitud implica una especie de pasión puesta en práctica para conseguir algo. Pero es evidente que se pone mayor empeño cuando hay temor de perderlo, y por eso disminuye la solicitud cuando hay esperanza de conseguirlo. Ahora bien, la solicitud por las cosas temporales puede ser ilícita por tres capítulos. El primero, por parte del objeto de nuestra solicitud, hasta el punto de buscar lo temporal como fin. Por eso escribe San Agustín en el libro De operibus Monach.: Cuando el Señor dice: No os preocupéis, lo dice para que no atiendan a esas cosas y por ellas vayan a hacer lo que se les manda en la predicación del Evangelio. En segundo lugar, puede ser ilícita la solicitud por las cosas temporales a causa del excesivo empeño en buscar lo temporal que lleve al hombre a apartarse de lo espiritual, a lo cual debe dar preferencia. Por eso escribe San Mateo: Los cuidados del siglo ahogan la palabra (Mt 15,22).
Finalmente, puede ser ilícita a causa de un temor exagerado. Es el caso de quien teme que, haciendo lo que debe, le falte lo necesario. Esto lo reprende el Señor de tres modos. El primero: por los beneficios mayores que concede Dios al hombre sin intervención de sus cuidados, como son el cuerpo y el alma.
Segundo: por la protección de Dios sobre los animales y las plantas sin el trabajo del hombre, en proporción con su naturaleza. Finalmente: por la divina providencia, por cuya ignorancia los gentiles se preocupaban sobre todo de buscar los bienes temporales. En conclusión: nuestra solicitud mayor debe ser la de los bienes espirituales, con la esperanza de que también tendremos los temporales, conforme a nuestra necesidad, si hacemos lo que es nuestro deber.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los bienes temporales están sometidos al hombre para usar de ellos según sus necesidades, pero no hasta el extremo de poner en ellos su fin y preocuparse demasiado por los mismos.
2. La solicitud de quien gana el pan con el trabajo corporal no es excesiva, sino moderada. Por eso escribe San Jerónimo: Debemos realizar el trabajo y abandonar la solicitud, es decir, la innecesaria, que inquieta al alma.
3. La solicitud por las cosas temporales en las obras de misericordia se ordena al fin de la caridad. No es, por lo tanto, ilícita mientras no sea excesiva.
Objeciones por las que parece que el hombre debe andar solícito por el futuro:
Objeciones: 1. En la Escritura vemos la instrucción siguiente: Ve, perezoso, a la hormiga; mira sus caminos y hazte sabio; no tiene juez, ni inspector, ni amo, y se prepara en el verano su mantenimiento (Pr 6,6-8). Esto es preocuparse por el futuro. Luego es digna de alabanza la solicitud por el futuro.
2. la solicitud pertenece a la prudencia. Pero la prudencia tiene por principal objeto las cosas futuras, porque su parte principal es la previsión del futuro, como arriba se ha dicho. Luego, es virtuoso andar solícito por el futuro.
3. Quien reserva algo para más tarde anda solícito del futuro. Ahora bien, del mismo Cristo se dice que tenía bolsa para guardar el dinero, el cual estaba a cargo de Judas, y los apóstoles mismos conservaban los precios de las fincas, que eran depositados ante sus pies (Hech 4,35). En consecuencia, es lícito preocuparse del futuro.
. Contra esto: tenemos el testimonio de la advertencia del Señor: No os preocupéis por el mañana (Mt 6,34). El mañana se entiende ahí por el futuro, según San Jerónimo.
. Respondo: Ninguna obra puede ser virtuosa si no va acompañada de las debidas circunstancias, una de las cuales es el tiempo adecuado, según estas palabras: Cada cosa tiene su tiempo y sazón (Si 8,6), y esto tiene aplicación no sólo a las obras externas, sino también a la solicitud interior. En efecto, todo tiempo tiene su propia solicitud; y así al verano corresponde la solicitud de la siega, y al otoño la de la vendimia. En consecuencia, quien en tiempo de siega se preocupara ya de la vendimia, sería vana solicitud por el futuro. Este tipo de solicitud lo reprueba el Señor diciendo: No os inquietéis, pues, del mañana (Mt 6,34). Y por eso añade: Porque el día de mañana ya se inquietará de sí mismo (Mt 6,34), es decir, traerá su propia preocupación suficiente para afligir nuestra alma, y termina diciendo: Bástale a cada día su afán (Mt 6,34), es decir, su
penosa inquietud.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La hormiga tiene su solicitud en conformidad con el tiempo, y esto se nos propone como ejemplo a imitar.
2. Corresponde a la prudencia la debida previsión del futuro. Pero sería una desordenada previsión o solicitud del futuro la de quien pusiera como fin los bienes temporales, entre los que se distingue el pretérito y el futuro; o la de quien buscara más cosas de las necesarias para la vida, o la de quien, finalmente, no reservara esa inquietud para su debido tiempo.
3. Como escribe San Agustín en el libro De Serm. Dom. in Monte: Cuando vemos que un siervo de Dios se preocupa de que no le falte lo necesario, no pensemos que anda inquieto por el mañana, ya que el mismo Señor tuvo una bolsa para darnos ejemplo; y en los Hechos de los Apóstoles se escribe que se proveían de lo necesario para el futuro ante la inminencia del hambre. No reprueba, pues, el Señor que se procuren estas cosas según la costumbre humana, sino que por ellas se olvide a Dios.
Objeciones por las que no parece que estos vicios nazcan de la avaricia:
Objeciones: 1. Según hemos expuesto (q.53 a.6), la lujuria lesiona grandemente la rectitud de la razón. Ahora bien, los vicios de que hablamos nacen sobre todo de la lujuria, máxime teniendo en cuenta lo que expone el Filósofo en VII Ethic.: Venus es engañosa y son variados sus lazos, y el que no frene la concupiscencia, obra con engaños.
2. Más aún: Estos vicios tienen cierta semejanza con la prudencia, como hemos dicho (a.3; q.47 a.13). Pero dado que ésta radica en la razón, parece que tienen mayor afinidad con ella los vicios espirituales, como la soberbia y la vanagloria.
En consecuencia, estos vicios parece que tienen su raíz más bien en la soberbia que en la avaricia.
3. El hombre pone en juego asechanzas no sólo para sustraer bienes ajenos, sino también para maquinar daño contra los demás. Lo primero corresponde a la avaricia; lo segundo, a la ira. Ahora bien, poner asechanzas es propio de la astucia, del engaño y del fraude. En consecuencia, estos vicios no nacen sólo de la avaricia, sino también de la ira.
. Contra esto: está el hecho de que San Gregorio, en XXXI Moral., presenta el fraude como hijo de la avaricia.
. Respondo: Como queda expuesto (a.3; q.47 a.13), la prudencia de la carne y la astucia, juntamente con el engaño y el fraude, tienen alguna semejanza con la prudencia por el empleo que, a su modo, hacen de la razón. Ahora bien, el
uso de la razón recta, dentro de las virtudes morales, destaca sobre todo en la justicia, que radica en la voluntad. Por lo mismo, el uso indebido de la razón destaca también en los vicios opuestos a la justicia. El más opuesto a ella es la avaricia, y por eso de ésta nacen, sobre todo, los vicios de que tratamos ahora.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La lujuria, debido a la vehemencia del placer y de la concupiscencia, reprime totalmente a la razón impidiéndole actuar. Sin embargo, en los vicios de que tratamos ahora hay algún uso de la razón, aunque desordenado, y por eso no nacen directamente de la lujuria. El hecho de que el Filósofo la llame Venus engañosa lo dice por semejanza, es decir, en cuanto que arrastra fácilmente al hombre, como ocurre también en el engaño, pero no por medio de astucias, sino más bien por la violencia de la concupiscencia y del placer. Por eso añade después: Venus hace perder la cabera al más sabio 12 a.
2. Emplear asechanzas parece pusilanimidad, ya que el magnánimo, como escribe el Filósofo en IV Ethic., quiere obrar a la vista de todos. Por eso, dado que la soberbia tiene, o finge tener, alguna semejanza con la magnanimidad, los vicios de que tratamos no proceden directamente de la soberbia, ya que utilizan el fraude y el engaño. Esto, a su vez, corresponde sobre todo a la avaricia, que busca la utilidad y menosprecia.
3. La ira surge espontáneamente, y por eso actúa de manera precipitada y sin reflexión, de la que usan, aunque de manera desordenada, los vicios de que tratamos. Mas el hecho de que algunos utilicen asechanzas para inferir daño a otros, nace más del odio que de la ira, ya que, como dice el Filósofo en II Rhet., el iracundo gusta de estar a la vista de todos haciendo daño.
Corresponde tratar ahora el tema de los preceptos que atañen a la prudencia. Sobre este tema se plantean dos problemas: Preceptos que atañen a la prudencia. 2. Preceptos que atañen a los vicios opuestos a ella.
Objeciones por las que parece que entre los preceptos del decálogo parece que debió darse alguno sobre la prudencia:
Objeciones: 1. Sobre la virtud principal deben darse preceptos principales. Ahora bien, los preceptos principales de la ley son los del decálogo, y dado que la prudencia es la principal de las virtudes morales, parece que entre esos preceptos debió darse alguno sobre ella.
2. En la enseñanza evangélica está contenida la ley, máxime respecto a los preceptos del decálogo. Pues bien, en ella hay un precepto sobre la prudencia, a tenor del texto: Sed prudentes como serpientes (Mt 10,16). Luego la prudencia debió estar incluida entre los preceptos del decálogo.
3. Otros documentos del Antiguo Testamento se ordenan a los preceptos del decálogo, y por eso leemos en Malaquías: Acordaos de la ley de Moisés, mi siervo, a quien la di yo en Horeb (Ml 4,4). Ahora bien, en otro lugar del Antiguo Testamento se dan preceptos sobre la prudencia, como, por ejemplo: No te apoyes en tu prudencia (Pr 3,5), y en otro lugar: Vayan tus párpados derechos ante ti (Pr 4,25). Luego debió darse también algún precepto sobre la prudencia, principalmente en el decálogo.
. Contra esto: es patente la enumeración de los preceptos del decálogo.
. Respondo: Según expusimos al tratar de los preceptos del decálogo (1-2 q.100 a.3; a.5 ad 1), tuvieron como destinatario todo el pueblo, pero se ofrecen también a la consideración de todos como pertenecientes a la razón natural.
Ahora bien, entre los dictámenes de la razón natural están, sobre todo, los fines de la vida humana, que, en el orden práctico, son lo que en el orden especulativo los principios conocidos naturalmente, como hemos dicho (q.47 a.6). Pero la prudencia no versa sobre el fin, sino sobre los medios, y por eso no fue conveniente que entre los preceptos del decálogo figurara alguno relacionado directamente con la prudencia. Sin embargo, todos los preceptos
del decálogo consideran a la prudencia en cuanto que dirige los actos virtuosos.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Aunque la prudencia sea absolutamente la principal de las virtudes morales, la justicia, no obstante, tiene en cuenta, sobre todo, la razón de lo debido, necesaria para el precepto, como hemos dicho (q.46 a.3). De ahí que los preceptos principales de la ley, que son los del decálogo, debían referirse más a la justicia que a la prudencia.
2. La doctrina del Evangelio es doctrina de perfección. Por eso fue conveniente que el hombre fuera bien instruido por ella en todo lo tocante a la rectitud de la vida, sean fines, sean medios, para llegar al fin. Eso mismo hizo conveniente que en la doctrina evangélica se dieran también preceptos sobre la prudencia.
3. La doctrina del Antiguo Testamento se ordena como fin propio a los preceptos del decálogo; por eso fue conveniente que en los documentos posteriores del Antiguo Testamento el hombre fuera instruido sobre el acto de prudencia, que versa sobre los medios.
Objeciones por las que parece que en la Ley Antigua no están bien expuestos los preceptos que prohiben los vicios contrarios a la prudencia:
Objeciones: 1. Son contrarios a la prudencia no solamente los vicios directamente opuestos, como la imprudencia y sus especies, sino también los que tienen algún parecido con ella, como la astucia y lo que a ella pertenece. Pero esos vicios están prohibidos en la ley, como se ve por estas palabras: No oprimas con engaño a tu prójimo (Lv 19,13), y estas otras: No tendrás en tu bolsa pesa grande y pesa chica (Dt 25,13). Por lo tanto, debieran darse también algunos preceptos prohibitivos sobre los vicios directamente opuestos a la prudencia.
2. Además de la compraventa, pueden ser objeto de fraude otras muchas cosas. Fue, por lo mismo, inconveniente que la ley prohibiera el fraude solamente en materia de compraventa.
3. El mismo motivo hay para preceptuar el acto virtuoso que para prohibir el acto del vicio contrario. Ahora bien, en la ley no está preceptuado el acto de la prudencia. Luego tampoco debieron prohibirse los vicios opuestos.. Contra esto: está el hecho de la existencia de los preceptos de la ley que demuestran lo contrario.
. Respondo: Como acabamos de exponer (a.1), la justicia considera sobre todo la razón de lo debido, necesaria para el precepto, ya que, como diremos luego (q.58 a.2), la justicia se ordena a dar a otro lo que le es debido. La astucia, por
otra parte, se comete sobre todo en materia de justicia, como hemos expuesto (q.65 a.8). Fue, por lo tanto, conveniente que se dieran en la ley preceptos prohibitivos relacionados con el ejercicio de la astucia en materia de injusticia, como son las calumnias inferidas a otro con engaño y fraude, o sustraerle con engaño sus bienes.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los vicios directamente opuestos a la prudencia con manifiesta contrariedad no atañen a la injusticia del mismo modo que la astucia. Por esa razón no están prohibidos en la ley como el fraude y el engaño, que pertenecen también a la injusticia.
2. El engaño y el fraude cometidos en materia de justicia puede decirse que van incluidos en la prohibición de la calumnia. Pero donde se dan con mayor frecuencia el fraude y el engaño es en los actos de compraventa, según el testimonio de la Escritura: El tendero no será sin pecado (Si 26,28). Por esta razón se da en la ley de modo especial el precepto que prohibe el fraude cometido en la compraventa.
3. Todos los preceptos dados en la ley se ordenan a la ejecución de la prudencia, así como los que prohiben el hurto, la calumnia y la venta fraudulenta, se ordenan a la ejecución de la astucia.
A continuación, después de la prudencia, ha de tratarse la justicia (q.47 introd.), sobre la que se presentan cuatro consideraciones: la primera, sobre la justicia; la segunda, sobre sus partes (q.61); la tercera, sobre el don que le concierne (q.121); la cuarta, sobre los preceptos propios de la justicia.
En cuanto a la justicia, deben considerarse cuatro aspectos: primero, el derecho; segundo, la justicia propiamente dicha (q.58); tercero, la injusticia (q.59); cuarto, el juicio (q.60).
Sobre lo primero se plantean cuatro problemas: El derecho, ¿es el objeto de la justicia? 2. ¿Está correctamente dividido en derecho natural y derecho positivo? 3. El derecho de gentes, ¿se identifica con el derecho natural? 4. ¿Se deben distinguir especialmente el derecho paterno y el señorial?
Objeciones por las que parece que el derecho no es el objeto de la justicia:
Objeciones: 1. Dice, en efecto, el jurisperito Celso que el derecho es el arte de lo bueno y de lo equitativo. Ahora bien: el arte no es objeto de la justicia, sino que, por sí mismo, es una virtud intelectual. Luego el derecho no es el objeto de la justicia.
2. Como dice Isidoro, en el libro Etymol., la ley es una especie de derecho. Mas la ley no es objeto de la justicia, sino, más bien, de la prudencia; de aquí que el Filósofo ponga el arte de legislar como parte de la prudencia. Luego el derecho no es el objeto de la justicia.
3. La justicia somete principalmente el hombre a Dios; pues dice Agustín, en el libro De mor. Eccl. Catbol., que la justicia es un amor que sólo sirve a Dios y que, por eso, rige bien las demás cosas que están sometidas al hombre. Pero el derecho no pertenece a las cosas divinas, sino únicamente a las humanas, porque afirma Isidoro, en el libro Etymol., que lo sagrado es ley divina; en cambio, el derecho es ley humana. Por lo cual, el derecho no es objeto de la justicia.
. Contra esto: está Isidoro, que dice en el mismo libro que el derecho se ha llamado así porque es justo. Pero lo justo es objeto de la justicia; pues afirma el Filósofo, en V Ethic., que todos deciden llamar justicia a semejante hábito, mediante el cual realizan cosas justas. Luego el derecho es objeto de la justicia.
. Respondo: Lo primero de la justicia, dentro de las demás virtudes, es ordenar
al hombre en las cosas que están en relación con el otro. Implica, en efecto, cierta igualdad, como su propio nombre manifiesta. Vulgarmente se dice que las cosas que se igualan se ajustan. Ahora bien: la igualdad se establece en
relación a otro. Pero las demás virtudes perfeccionan al hombre solamente en aquellas cosas que le convienen a él mismo.
Así, pues, aquello que es recto en las acciones de las demás virtudes, hacia lo que tiende la intención de la virtud, como a su propio objeto, no se determina sino por relación al agente. En cambio, lo recto que hay en el acto de la justicia, aun exceptuada la relación al agente, se distribuye por relación a otro sujeto; pues en nuestras acciones se llama justo a aquello que, según alguna igualdad, corresponde a otro, como la retribución del salario debido por un servicio prestado.
Por consiguiente, se llama justo a algo, es decir, con la nota de la rectitud de la justicia, al término de un acto de justicia, aun sin la consideración de cómo se hace por el agente. Pero en las otras virtudes no se define algo como recto a no ser considerado cómo se hace por el agente. Y, por eso, el objeto de la justicia, a diferencia de las demás virtudes, es el objeto específico que se llama lo justo.
Ciertamente, esto es el derecho. Luego es manifiesto que el derecho es el objeto de la justicia.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Es frecuente que los nombres se desvíen de su primera acepción, para designar otras cosas, como el nombre de medicina se asignó, en un principio, para designar el remedio que se aplica al enfermo para curarlo. Luego pasó a significar el arte por el que se hacía esto. Así también sucede con el nombre de derecho, que se asignó primero para significar la misma cosa justa. Pero, después, derivó hacia el arte con el que se discierne qué es justo; y, ulteriormente, a designar el lugar en el que se otorga el derecho; así, por ejemplo, se dice que alguien comparece ante el derecho; finalmente, también se denomina derecho a la sentencia que es pronunciada por aquel a cuyo oficio pertenece hacer justicia, incluso a pesar de que lo que decida sea inicuo.
2. Del mismo modo que de las acciones que se hacen exteriormente por el arte, una cierta idea, que se llama la regla del arte, preexiste en la mente del artista, así también, de la acción justa, que la razón determina, preexiste en la mente cierta razón, a modo de determinada regla de prudencia. Y esto, si se formula por escrito, se denomina ley; pues la ley es, según Isidoro, una constitución escrita. Por lo cual, la ley no es el derecho mismo, propiamente hablando, sino cierta razón del derecho.
3., ya que la justicia conlleva la igualdad y a Dios no le podemos recompensar equitativamente, se deduce que no podemos dar a Dios lo justo, en su sentido estricto; y, por este motivo, la ley divina no se llama propiamente derecho, sino norma sagrada, porque a Dios le es suficiente que cumplamos lo que podamos.
La justicia, en cambio, tiende a que el hombre, en cuanto puede, rinda tributo a Dios, sometiéndole su alma totalmente.
SUMA TEOLOGICA II-II Qu.55 a.2