Congregacion para la Doctrina de la Fe






DECLARACION SOBRE EL ABORTO

I INTRODUCCION


1. El problema del aborto provocado y de su eventual liberalizacion legal ha llegado a ser en casi todas partes tema de discusiones apasionadas. Estos debates serian menos graves si no se tratase de la vida humana, valor primordial que es necesario proteger y promover. Todo el mundo lo comprende, por mas que algunos buscan razones para servir a este objetivo, aun contra toda evidencia, incluso por medio del mismo aborto. En efecto, no puede menos de causar extraneza el ver como crecen a la vez la protesta indiscriminada contra la pena de muerte, contra toda forma de guerra, y la reivindicacion de liberalizar el aborto, bien sea enteramente, bien por "indicaciones" cada vez mas numerosas. La Iglesia tiene demasiada conciencia de que es propio de su vocacion defender al hombre contra todo aquello que podria deshacerlo o rebajarlo, como para callarse en este tema: dado que el Hijo de Dios se ha hecho hombre, no hay hombre que no sea su hermano en cuanto a la humanidad y que no esté llamado a ser cristiano, a recibir de él la salvacion.


2. En muchos paises los poderes publicos que se resisten a una liberalizacion de las leyes sobre el aborto son objeto de fuertes presiones para inducirlos a ello. Esto, se dice, no violaria la conciencia de nadie, mientras impediria a todos imponer la propia a los demas. El pluralismo ético es reivindicado como la consecuencia normal del pluralismo ideologico. Pero es muy diverso el uno del otro, ya que la accion toca los intereses ajenos mas rapidamente que la simple opinion; aparte de que no se puede invocar jamas la libertad de opinion para atentar contra los derechos de los demas, muy especialmente contra el derecho a la vida.


3. Numerosos seglares cristianos, especialmente médicos, pero también asociaciones de padres y madres de familia, hombres politicos o personalidades que ocupan puestos de responsabilidad, han reaccionado vigorosamente contra esta campana de opinion. Pero, sobre todo, muchas conferencias episcopales y obispos por cuenta propia han creido oportuno recordar, sin ambigüedades, la doctrina tradicional de la Iglesia (1) . Estos documentos cuya convergencia es impresionante ponen admirablemente de relieve la actitud a la vez humana y cristiana del respeto a la vida. Ha ocurrido, sin embargo, que varios de entre ellos han encontrado aqui o alla reserva o incluso contestacion.


4. Encargada de promover y defender la fe y la moral en la Iglesia universal (2) , la Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe se propone recordar estas ensenanzas, en sus lineas esenciales, a todos los fieles. De este modo, al poner de manifiesto la unidad de la Iglesia, confirmara con la autoridad propia de la Santa Sede lo que los obispos han emprendido felizmente. Ella cuenta con que todos los fieles, incluso los que hayan quedado desconcertados con las controversias y opiniones nuevas, comprenderan que no se trata de oponer una opinion a otra, sino de trasmitir una ensenanza constante del Magisterio supremo, que expone la norma de la moralidad a la luz de la fe (3) . Es, pues, claro que esta declaracion no puede por menos de obligar gravemente a las conciencias cristianas (4) . Dios quiera iluminar también a todos los hombres que con corazon sincero tratan de "realizar la verdad" (Jn 3,21).

II A LA LUZ DE LA FE


5. "Dios no hizo la muerte; ni se goza en la pérdida de los vivientes" (Sab 1,13). Ciertamente, Dios ha creado a seres que solo viven temporalmente y la muerte fisica no puede estar ausente del mundo de los seres corporales. Pero lo que se ha querido sobre todo es la vida y, en el universo visible, todo ha sido hecho con miras al hombre, imagen de Dios y corona del mundo (Gn 1,26-28). En el plano humano, "por la envidia del diablo entro la muerte en el mundo" (Sab 2,24); introducida por el pecado, la muerte queda vinculada a él, siendo a la vez signo y fruto del mismo. Pero ella no podra triunfar. Confirmando la fe en la resurreccion, el Senor proclamara en el evangelio que "Dios no es el Dios de los muertos, sino de los vivos" (Mt 22,32), y que la muerte, lo mismo que el pecado, sera definitivamente vencida por la resurreccion en Cristo (1Co 15,20-27). Se comprende asi que la vida humana, incluso sobre esta tierra, es preciosa. Infundida por el Creador (5) , es él mismo quien la volvera a tomar (Gn 2,7 Sab Gn 15,11). Ella permanece bajo su proteccion: la sangre del hombre grita hacia él (Gn 4,10) y él pedira cuentas de ella, "pues el hombre ha sido hecho a imagen de Dios" (Gn 9,5-6). El mandamiento de Dios es formal: "No mataras" (x 20,13). La vida al mismo tiempo que un don es una responsabilidad: recibida como un "talento" (Mt 25,14-30), hay que hacerla fructificar. Para ello se ofrecen al hombre en este mundo muchas opciones a las que no se debe sustraer; pero mas profundamente el cristiano sabe que la vida eterna para él depende de lo que habra hecho de su vida en la tierra con la gracia de Dios.


6. La tradicion de la Iglesia ha sostenido siempre que la vida humana debe ser protegida y favorecida desde su comienzo como en las diversas etapas de su desarrollo. Oponiéndose a las costumbres del mundo grecorromano, la Iglesia de los primeros siglos ha insistido sobre la distancia que separa en este punto tales costumbres de las costumbres cristianas. En la Didaché se dice claramente: "No mataras con el aborto al fruto del seno y no haras perecer al nino ya nacido"(6) . Atenagoras hace notar que los cristianos consideran homicidas a las mujeres que toman medicinas para abortar; condena a quienes matan a los hijos, incluidos los que viven todavia en el seno de su madre, "donde son ya objeto de solicitud por parte de la Providencia divina" (7) . Tertuliano quiza no ha mantenido siempre el mismo lenguaje; pero no deja de afirmar con la misma claridad el principio esencial: "es un homicidio anticipado el impedir el nacimiento; poco importa que se suprima la vida ya nacida o que se la haga desaparecer al nacer. Es ya un hombre aquel que esta en camino de serlo" (8) .


7. A lo largo de toda la historia, los Padres de la Iglesia, sus pastores, sus doctores, han ensenado la misma doctrina, sin que las diversas opiniones acerca del momento de la infusion del alma espiritual hayan suscitado duda sobre la ilegitimidad del aborto. Es verdad que, cuando en la Edad Media era general la opinion de que el alma espiritual no estaba presente sino después de las primeras semanas, se hizo distincion en cuanto a la especie del pecado y a la gravedad de las sanciones penales; autores dignos de consideracion admitieron, para este primer periodo, soluciones casuisticas mas amplias, que rechazaban para los periodos siguientes. Pero nunca se nego entonces que el aborto provocado, incluso en los primeros dias, fuera objetivamente una falta grave. Esta condena fue de hecho unanime. Entre muchos documentos baste recordar algunos.

El primer Concilio de Maguncia (Alemania), en el ano 847, reafirma las penas decretadas por concilios anteriores contra el aborto y determina que sea impuesta la penitencia mas rigurosa "a las mujeres que provoquen la eliminacion del fruto concebido en su seno"(9) . El Decreto de Graciano refiere estas palabras del papa Esteban V: "Es homicida quien hace perecer, por medio del aborto, lo que habia sido concebido"(10) . Santo Tomas, Doctor comun de la Iglesia, ensena que el aborto es un pecado grave, contrario a la ley natural(11) . En la época del Renacimiento, el papa Sixto V condena al aborto con la mayor severidad(12) . Un siglo mas tarde, Inocencio XI reprueba las proposiciones de ciertos canonistas laxistas que pretendian disculpar el aborto provocado antes del momento en que algunos colocaban la animacion espiritual del nuevo ser(13) . En nuestros dias, los ultimos pontifices romanos han proclamado con la maxima claridad la misma doctrina: Pio XII ha dado una respuesta explicita a las objeciones mas graves(14) ; Pio XI ha excluido claramente todo aborto directo, es decir, aquel que se realiza como fin o como medio(15) ; Juan XXIII ha recordado la doctrina de los Padres acerca del caracter sagrado de la vida, "la cual desde su comienzo exige la accion creadora de Dios"(16) . Mas recientemente, el Concilio Vaticano II, presidido por Pablo VI, ha condenado muy severamente el aborto: "La vida desde su concepcion debe ser salvaguardada con el maximo cuidado; el aborto y el infanticidio son crimenes abominables"(17) . El mismo Pablo VI, hablando de este tema en diversas ocasiones, no ha vacilado en repetir que esta ensenanza de la Iglesia "no ha cambiado ya que es inmutable"(18) .

III TAMBIN A LA LUZ DE LA RAZON


8. El respeto a la vida humana no es algo que se impone a los cristianos solamente; basta la razon para exigirlo, basandose en el analisis de lo que es y debe ser una persona. Constituido por una naturaleza racional, el hombre es un sujeto personal, capaz de reflexionar por si mismo, de decidir acerca de sus actos y, por tanto, de su propio destino. Es libre; por consiguiente es dueno de si mismo, o mejor, puesto que se realiza en el tiempo, tiene capacidad para serlo, ésa es su tarea. Creada inmediatamente por Dios, su alma es espiritual y, por ende, inmortal. Esta abierto a Dios y solamente en él encontrara su realizacion completa. Pero vive en la comunidad de sus semejantes, se enriquece en la comunion interpersonal con ellos, dentro del indispensable medio ambiente social. De cara a la sociedad y a los demas hombres, cada persona humana se posee a si misma, posee su vida, sus diversos bienes, a manera de derecho; esto lo exige de todos, en relacion con ella, la estricta justicia.


9. Sin embargo, la vida temporal vivida en este mundo no se identifica con la persona; ésta tiene en propiedad un nivel de vida mas profundo que no puede acabarse. La vida corporal es un bien fundamental, condicion para todos los demas aqui abajo; pero existen valores mas altos, por los cuales podra ser licito y aun necesario exponerse al peligro de perderlas. En una sociedad de personas, el bien comun es para cada persona un fin al que ella debe servir, al que sabra subordinar su interés particular. Pero no es su fin ultimo; en este sentido es la sociedad la que esta al servicio de la persona, porque ésta no alcanzara su destino mas que en Dios. Ella no puede ser subordinada definitivamente sino a Dios. No se podra tratar nunca a un hombre como simple medio del que se dispone para conseguir un fin mas alto.


10. Sobre los derechos y los deberes reciprocos de la persona y de la sociedad, incumbe a la moral iluminar las conciencias; al derecho, precisar y organizar las prestaciones. Ahora bien, hay precisamente un conjunto de derechos que la sociedad no puede conceder porque son anteriores a ella, pero que tiene la mision de preservar y hacer valer: tales son la mayor parte de los llamados hoy dia "derechos del hombre", y de cuya formulacion se gloria nuestra época.


11. El primer derecho de una persona humana es su vida. Ella tiene otros bienes y algunos de ellos son mas preciosos; pero aquél es el fundamental, condicion para todos los demas. Por esto debe ser protegido mas que ningun otro. No pertenece a la sociedad ni a la autoridad publica, sea cual fuere su forma, reconocer este derecho a uno y no reconocerlo a otros: toda discriminacion es inicua, ya se funde sobre la raza, ya sobre el sexo, el color o la religion. No es el reconocimiento por parte de otros lo que constituye este derecho; es algo anterior; exige ser reconocido y es absolutamente injusto rechazarlo.


12. Una discriminacion fundada sobre los diversos periodos de la vida no se justifica mas que otra discriminacion cualquiera. El derecho a la vida permanece integro en un anciano, por muy reducido de capacidad que esté; un enfermo incurable no lo ha perdido. No es menos legitimo en un nino que acaba de nacer que en un hombre maduro. En realidad el respeto a la vida humana se impone desde que comienza el proceso de la generacion. Desde el momento de la fecundacion del ovulo, queda inaugurada una vida que no es ni la del padre ni la de la madre, sino la de un nuevo ser humano que se desarrolla por si mismo. No llegara a ser nunca humano si no lo es ya entonces.


13. A esta evidencia de siempre -totalmente independiente de las disputas sobre el momento de la animacion(19)-, la ciencia genética moderna aporta preciosas confirmaciones. Ella ha demostrado que desde el primer instante queda fijado el programa de lo que sera este ser viviente: un hombre, individual, con sus notas caracteristicas ya bien determinadas. Con la fecundacion ha comenzado la aventura de una vida humana, cada una de cuyas grandes capacidades exige tiempo, un largo tiempo, para ponerse a punto y estar en condiciones de actuar. Lo menos que se puede decir es que la ciencia actual, en su estado mas evolucionado, no da ningun apoyo sustancial a los defensores del aborto. Por lo demas, no es incumbencia de las ciencias biologicas dar un juicio decisivo acerca de cuestiones propiamente filosoficas y morales, como son la del momento en que se constituye la persona humana y la legitimidad del aborto. Ahora bien, desde el punto de vista moral, esto es cierto: aunque hubiese duda sobre la cuestion de si el fruto de la concepcion es ya una persona humana, es objetivamente un pecado grave el atreverse a afrontar el riesgo de un homicidio. "Es ya un hombre aquel que esta en camino de serlo"(20) .

IV RESPUESTA A ALGUNAS OBJECIONES


14. La ley divina y la ley natural excluyen, pues, todo derecho a matar directamente a un hombre inocente.

Sin embargo, si las razones aducidas para justificar un aborto fueran claramente infundadas y faltas de peso, el problema no seria tan dramatico: su gravedad estriba en que en algunos casos, quiza bastante numerosos, rechazando el aborto se causa perjuicio a bienes importantes que es normal tener en aprecio y que incluso pueden parecer prioritarios. No desconocemos estas grandes dificultades: puede ser una cuestion grave de salud, muchas veces de vida o muerte para la madre; a la carga que supone un hijo mas, sobre todo si existen buenas razones para temer que sera anormal o retrasado; la importancia que se da en distintos medios sociales a consideraciones como el honor y el deshonor, una pérdida de categoria, etcétera. Debemos proclamar absolutamente que ninguna de estas razones puede jamas dar objetivamente derecho para disponer de la vida de los demas, ni siquiera en sus comienzos; y, por lo que se refiere al futuro desdichado del nino, nadie, ni siquiera el padre o la madre, pueden ponerse en su lugar, aunque se halle todavia en estado de embrion, para preferir en su nombre la muerte a la vida. Ni él mismo, en su edad madura, tendra jamas derecho a escoger el suicidio; mientras no tiene edad para decidir por si mismo, tampoco sus padres pueden en modo alguno elegir para él la muerte. La vida es un bien demasiado fundamental para ponerlo en balanza con otros inconvenientes, incluso mas graves(21) .


15. El movimiento de emancipacion de la mujer, en cuanto tiende esencialmente a liberarla de todo lo que constituye una injusta discriminacion, esta perfectamente fundado(22) . Queda mucho por hacer, dentro de las diversas formas de cultura, respecto de este punto; pero no se puede cambiar la naturaleza, ni sustraer a la mujer, lo mismo que al hombre, de lo que la naturaleza exige de ellos. Por otra parte, toda libertad publicamente reconocida tiene siempre como limite los derechos ciertos de los demas.


16. Otro tanto hay que decir acerca de la reivindicacion de la libertad sexual. Si con esta expresion se entendiera el dominio progresivamente conquistado por la razon y por el amor verdaderos sobre los impulsos del instinto, sin menos precio del placer, aunque manteniéndolo en su justo puesto -y tal seria en este campo la unica libertad auténtica-, nada habria que objetar al respecto; pero semejante libertad se guardaria siempre de atentar contra la justicia. Si, por el contrario, se entiende que el hombre y la mujer son "libres" para buscar el placer sexual hasta la saciedad, sin tener en cuenta ninguna ley ni la orientacion esencial de la vida sexual hacia sus frutos de fecundidad (23) , esta idea no tiene nada de cristiano; y es incluso indigna del hombre. En todo caso, no da ningun derecho a disponer de la vida del projimo, aunque se encuentre en estado embrionario, ni a suprimirla con el pretexto de que es gravosa.


17. Los progresos de la ciencia abren y abriran cada vez mas a la técnica la posibilidad de intervenciones refinadas cuyas consecuencias pueden ser muy graves, tanto para bien como para mal. Se trata de conquistas, en si mismas admirables, del espiritu humano. Pero la técnica no podra sustraerse del juicio de la moral, porque esta hecha para el hombre y debe respetar sus finalidades. Asi como no hay derecho a utilizar para un fin cualquiera la energia nuclear, tampoco existe autorizacion para manipular la vida humana de la forma que sea: el progreso de la ciencia debe estar a su servicio, para asegurar mejor el juego de sus capacidades normales, para prevenir o curar las enfermedades, para colaborar al mejor desarrollo del hombre. Es cierto que la evolucion de las técnicas hace cada vez mas facil el aborto precoz; pero el juicio moral no cambia.


18. Sabemos qué gravedad puede revestir para algunas familias y para algunos paises el problema de la regulacion de nacimientos: por eso el ultimo Concilio, y después la enciclica Humanae vitae , del 25 de julio de 1968, han hablado de "paternidad responsable"(24) . Lo que queremos reafirmar con fuerza, como lo han recordado la constitucion conciliar Gaudium et spes, la enciclica Populorum progressio y otros documentos pontificios, es que jamas, bajo ningun pretexto, puede utilizarse el aborto, ni por parte de una familia, ni por parte de la autoridad politica, como medio legitimo para regular los nacimientos(25) . La violacion de los valores morales es siempre, para el bien comun, un mal mas grande que cualquier otro dano de orden economico o demografico.

V LA MORAL Y EL DERECHO


19. En casi todas partes la discusion moral va acampanada de graves debates juridicos. No hay pais cuya legislacion no prohiba y no castigue el homicidio. Muchos, ademas, han precisado esta prohibicion y sus penas en el caso especial del aborto provocado. En nuestros dias, un vasto movimiento de opinion reclama una liberalizacion de esta ultima prohibicion. Existe ya una tendencia bastante generalizada a querer restringir lo mas posible toda legislacion represiva, sobre todo cuando la misma parece entrar en la esfera de la vida privada. Se repite ademas el argumento del pluralismo: si muchos ciudadanos, en particular los fieles a la Iglesia catolica, condenan el aborto, otros muchos lo juzgan licito, al menos a titulo de mal menor; ¿por qué imponerles el seguir una opinion que no es la suya, sobre todo en paises en los cuales sean mayoria? Por otra parte, alli donde todavia existen, las leyes que condenan el aborto se revelan dificiles de aplicar: el delito ha llegado a ser demasiado frecuente como para que pueda ser siempre castigado y los poderes publicos encuentran a menudo mas prudente cerrar los ojos. Pero el mantener una ley que ya no se aplica no se hace nunca sin detrimento para el prestigio de todas las demas. Anadase que el aborto clandestino expone a las mujeres que se resignan a recurrir a él a los mas grandes peligros para su fecundidad y también, con frecuencia, para su vida. Por tanto, aunque el legislador siga considerando el aborto como un mal, ¿no puede proponerse limitar sus estragos?


20. Estas razones, y otras mas que se oyen de diversas partes, no son decisivas. Es verdad que la ley civil no puede querer abarcar todo el campo de la moral o castigar todas las faltas. Nadie se lo exige. Con frecuencia debe tolerar lo que en definitiva es un mal menor para evitar otro mayor. Sin embargo, hay que tener cuenta de lo que puede significar un cambio de legislacion. Muchos tomaran como autorizacion lo que quiza no es mas que una renuncia a castigar. Mas aun, en el presente caso, esta renuncia hasta parece incluir, por lo menos, que el legislador no considera ya el aborto como un crimen contra la vida humana, toda vez que en su legislacion el homicidio sigue siendo siempre gravemente castigado. Es verdad que la ley no esta para zanjar las opiniones o para imponer una con preferencia a otra. Pero la vida de un nino prevalece sobre todas las opiniones: no se puede invocar la libertad de pensamiento para arrebatarsela.


21. La funcion de la ley no es la de registrar lo que se hace, sino la de ayudar a hacerlo mejor. En todo caso, es mision del Estado preservar los derechos de cada uno, proteger a los mas débiles. Sera necesario para esto enderezar muchos entuertos. La ley no esta obligada a sancionar todo, pero no puede ir contra otra ley mas profunda y mas augusta que toda ley humana, la ley natural inscrita en el hombre por el Creador como una norma que la razon descifra y se esfuerza por formular, que es menester tratar de comprender mejor, pero que siempre es malo contradecir. La ley humana puede renunciar al castigo, pero no puede declarar honesto lo que sea contrario al derecho natural, pues una tal oposicion basta para que una ley no sea ya ley.


22. En todo caso debe quedar bien claro que un cristiano no puede jamas conformarse a una ley inmoral en si misma; tal es el caso de la ley que admitiera en principio la licitud del aborto. Un cristiano no puede ni participar en una campana de opinion en favor de semejante ley, ni darle su voto, ni colaborar en su aplicacion. Es, por ejemplo, inadmisible que médicos o enfermeros se vean en la obligacion de prestar cooperacion inmediata a los abortos y tengan que elegir entre la ley cristiana y su situacion profesional.


23. Lo que por el contrario incumbe a la ley es procurar una reforma de la sociedad, de las condiciones de vida en todos los ambientes, comenzando por los menos favorecidos, para que siempre y en todas partes sea posible una acogida digna del hombre a toda criatura humana que viene a este mundo. Ayuda a las familias y a las madres solteras, ayuda asegurada a los ninos, estatuto para los hijos naturales y organizacion razonable de la adopcion: toda una politica positiva que hay que promover para que haya siempre una alternativa concretamente posible y honrosa para el aborto.

VI CONCLUSION


24. Seguir la propia conciencia obedeciendo a la ley de Dios, no es siempre un camino facil; esto puede imponer sacrificios y cargas, cuyo peso no se puede desestimar; a veces se requiere heroismo para permanecer fieles a sus exigencias. Debemos subrayar también, al mismo tiempo, que la via del verdadero desarrollo de la persona humana pasa por esta constante fidelidad a una conciencia mantenida en la rectitud y en la verdad, y exhortar a todos los que poseen los medios para aligerar las cargas que abruman aun a tantos hombres y mujeres, a tantas familias y ninos, que se encuentran en situaciones humanamente sin salida.


25. La perspectiva de un cristiano no puede limitarse al horizonte de la vida en este mundo; él sabe que en la vida presente se prepara otra cuya importancia es tal, que los juicios se deben hacer sobre la base de ella(26) . Desde este punto de vista, no existe aqui abajo desdicha absoluta, ni siquiera la pena tremenda de criar a un nino deficiente. Tal es el cambio radical anunciado por el Senor: "Bienaventurados los que lloran, porque ellos seran consolados" (Mt 5,5). Seria volver las espaldas al evangelio medir la felicidad por la ausencia de penas y miserias en este mundo.


26. Pero esto no significa que uno pueda quedar indiferente a estas penas y a estas miserias. Toda persona de corazon y ciertamente todo cristiano, debe estar dispuesto a hacer lo posible para ponerles remedio. Esta es la ley de la caridad, cuyo primer objetivo debe ser siempre instaurar la justicia. No se puede jamas aprobar el aborto; pero por encima de todo hay que combatir sus causas. Esto comporta una accion politica, y ello constituira en particular el campo de la ley. Pero es necesario, al mismo tiempo, actuar sobre las costumbres, trabajar a favor de todo lo que puede ayudar a las familias, a las madres, a los ninos. Ya se han logrado progresos admirables por parte de la medicina al servicio de la vida; puede esperarse que se haran mayores todavia, en conformidad con la vocacion del médico, que no es la de suprimir la vida, sino la de conservarla y favorecerla al maximo. Es de desear igualmente que se desarrollen, dentro de las instituciones apropiadas o, en su defecto, en las suscitadas por la generosidad y la caridad cristiana, toda clase de formas de asistencia.


27. No se trabajara con eficacia en el campo de las costumbres mas que luchando igualmente en el campo de las ideas. No se puede permitir que se extienda, sin contradecirla, una manera de ver y, mas aun, posiblemente de pensar, que considera la fecundidad como una desgracia. Es verdad que no todas las formas de civilizacion son igualmente favorables a las familias numerosas; estas encuentran obstaculos mucho mas graves en una civilizacion industrial y urbana. También la Iglesia ha insistido en tiempos recientes sobre la idea de paternidad responsable, ejercicio de una verdadera prudencia humana y cristiana. Esta prudencia no seria auténtica si no llevase consigo la generosidad; debe ser consciente de la grandeza de una tarea que es cooperacion con el Creador para la trasmision de la vida que da a la comunidad humana nuevos miembros y a la Iglesia, nuevos hijos. La Iglesia de Cristo tiene cuidado fundamental de proteger y favorecer la vida. Ciertamente piensa ante todo en la vida que Cristo vino a traer: "He venido para que los hombres tengan vida y la tengan en abundancia" (Jn 10,10). Pero la vida proviene de Dios en todos sus niveles, y la vida corporal es para el hombre el comienzo indispensable. En esta vida terrena, el pecado ha introducido, multiplicado, hecho mas pesadas la pena y la muerte, pero Jesucristo, tomando sobre si esta carga, las ha transformado: para quien cree en él, el sufrimiento e incluso la muerte, se convierten en instrumentos de resurreccion. Por eso puede decir san Pablo: "Considero que los sufrimientos del tiempo presente no guardan proporcion con la gloria que se debe manifestar en nosotros" (Rm 8,18) y, si hacemos la comparacion, anadiremos con él: "nuestras tribulaciones, leves y pasajeras, nos producen eterno caudal de gloria, de una medida que sobrepasa toda medida" (2Co 4,17).

El sumo pontifice Pablo VI, en la audiencia concedida al infrascrito secretario de la Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe, el dia 25 de junio de 1974, ratifico, confirmo y mando que se publicara la presente declaracion sobre el aborto provocado.

Dado en Roma, en la sede de la Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe, el 18 de noviembre, dedicacion de las basilicas de los Santos Apostoles Pedro y Pablo, en el ano del Senor de 1974.

Cardenal Franjo SEPER

Prefecto

Jerôme HAMER

arzobispo titular de Lorium

Secretario.
NOTAS

(1. Un cierto numero de documentos episcopales puede encontrarse en G. Caprile, Non uccidere. "Il Magistero della Chiesa" sull-aborto. Parte II, pp. 47-300, Roma,1973.

(2. Regimini Ecclesiare universae, III,29. IB 31 Cf. ib 31 (AAS 59,1967, p. 897). Ella es competente en todas las cuestiones que se refieren a la fe o que estan vinculadas con la fe.

(3. Lumen gentium,12 (AAS 57,1965, pp. 16-17). La presente declaracion no trata todas las cuestiones que pueden plantearse con respecto al tema del aborto: corresponde a los teologos examinarlas y discutirlas. La declaracion recuerda solamente algunos principios fundamentales que deben ser para los mismos teologos una luz y una regla, y para todos los cristianos, la confirmacion de proposiciones de la doctrina catolica.

(4. Lumen gentium,25 (AAS 57,1965, pp. 29-31).

(5. Los autores sagrados no hacen consideraciones filosoficas acerca de la animacion, pero hablan del periodo de la vida que precede al nacimiento indicando que es objeto de la atencion de Dios: él crea y forma al ser humano, modelandolo con sus manos (cf. Sal 118,73). Parece que este tema se halla expresado por vez primera en Jer 1,5. Se lo encontrara en muchos otros textos. cf. Is 49,13; 46,3; Job 10,8-12; Sal 22,10; 71,6; 139,13. En el evangelio, leemos en San Lucas 1,44: "Porque apenas sono la voz de tu salutacion en mis oidos ha saltado de gozo el nino en mi seno".

(6. Didaché Apostolorum, ed. Funk, Patres Apostolici, V. 2. La Carta de Bernabé,19,5, utiliza las mismas expresiones (Funk,1. c. 91-93).

(7. Atenagoras, En defensa de los cristianos,35 (PG 6,970: Sources Chrétiennes,33, pp. 166-167). Se tenga en cuenta la Carta de Diogneto V,6 (Funk, o.c. I,399: S. C. 33), en la cual se dice de los cristianos: "Ellos procrean ninos, pero no abandonan fetos".

(8. Tertuliano, Apologeticum, IX,8 (PL I,371-372; Corp. Chris. I, p. 103,1,31-36).

(9. Canon 21 (Mansi 14, p. 909). Cf. el Concilio de Elvira, canon 63 (Mansi 2P 16) y el de Ancira, canon 21 (). Véase también el decreto de Gregorio III relativo a la penitencia que se ha de imponer a aquellos que se hacen culpables de este crimen (Mansi 12,292, c. 17).

(10. Graciano, Concordantia discordantim canonum, c. 20, C. 2, q. 2. Durante la Edad media se recurre frecuentemente a la autoridad de San Agustin, que escribe a este respecto en De nuptius et concupiscentia, c. 15: "A veces esta crueldad libidinosa o esta libido cruel llegan hasta procurarse venenos para causar la esterilidad. Si el resultado no se obtiene, la madre extingue la vida y expulsa el feto que estaba en sus entranas, de tal manera, que el nino perezca antes de haber vivido o, si ya vivia en el seno materno, muera antes de nacer" (PL 44,423-424: CSEL 33,619. Cf. el Decreto de Graciano, q. 2, C. 32, c. 7).

(11. Comentario sobre las Sentencias, libro IV, dist. 31, exposicion del texto.

(12 Constitucion Effrenata en 1588 (Bullarium Romanum, V,1. pp. 25-27; Fontes Iuris Canonici, I, n. 165, pp. 308- 311).

(13. Denz Sch. DS 1184 Cf. también la Constitucion Apostolicae Sedis de Pio IX (Acta Pio IX, V,55-72; AAS 5,1869, pp. 305-331; Fontes Iuris canonicis, III, n. 552, pp. 24-31).

(14. Enciclica Casti connubii, AAS 22,1930,562-565; Denz Sch. DS 3719-21

(15. Las declaraciones de Pio XII son expresas, precisas y numerosas; requeririan por si solas un estudio aparte. Citemos solamente, porque formula el principio en toda su universalidad, el discurso a la Union Médica Italiana San Lucas, del 12/9/44: "Mientras un hombre no sea culpable, su vida es intocable, y es por tanto ilicito cualquier acto que tienda directamente a destruirla, bien sea que tal destruccion se busque como fin, bien sea que se busque como medio para un fin, ya se trate de vida embrionaria, ya de vida camino de su total desarrollo o que haya llegado ya a su término" (Discorsi e radiomessaggi, VI,183 ss.)

(16. Enciclica Mater et Magistra, (AAS 53,1961,447).

(17. Gaudium et spes, II. c. 1, n. 51. cf. n. 27, (AAS 58,1966,1072; cf. 1047).

(18. Alocucion: Salutiamo con paterna efusione, del 9 de diciembre de 1972,737. Entre los testimonios de esta doctrina inmutable, recuérdese la declaracion del santo Oficio que condena el aborto directo (AAS 17,1884,556; 22,1888-1890,748; DS 3258).

(19. Esta declaracion deja expresamente a un lado la cuestion del momento de la infusion del alma espiritual. No hay sobre este punto una tradicion unanime, y los autores estan todavia divididos. Para unos, esto sucederia en el primer instante; para otros, podria ser anterior a la anidacion. No corresponde a la ciencia dilucidarlas, pues la existencia de un alma inmortal no entra dentro de su campo. Se trata de una discusion filosofica de la que nuestra razon moral es independiente por dos motivos: 1. Aun suponiendo una animacion tardia, existe ya una vida humana, que prepara y reclama el alma en la que se completa la naturaleza recibida de los padres; 2. Por otra parte, es suficiente que esta presencia del alma sea probable (y jamas se demostrara lo contrario) para que arrebatarle la vida sea aceptar el riesgo de matar a un hombre, no solamente en expectativa, sino ya provisto de su alma.

(20. Tertuliano, citado en nota 8.

(21. El cardenal Villot, secretario de Estado, escribia el 10/10/73 al cardenal Döpfner a proposito de la proteccion de la vida humana: "La Iglesia, sin embargo, no puede reconocer como licitos, a fin de superar tales dificiles situaciones, ni los medios anticonceptivos ni, todavia menos, el aborto".

(22. Enciclica Pacem in terris, AAS 55,1963,267. Cons. Gaudium et spes,29. Pablo VI, alocucion Salutiamo, AAS 64,1972,779.

(23. Gaudium et spes, II, c. i. 48: "Por su indole natural, la institucion del matrimonio y el amor conyugal estan ordenados por si mismos a la procreacion y a la educacion de la prole, con la que se cinen como con su propia corona". Asimismo, n. 50: "El matrimonio y el amor conyugal estan ordenados por su propia naturaleza a la procreacion y a la educacion de la prole".

(24. Gaudium et spes,50 y 51. Pablo VI, enciclica Humanae vitae,10 (AAS 60),1968, p. 487). La paternidad responsable supone el uso exclusivo de medios licitos de regulacion de nacimientos. cf. Humanae vitae,14 (ib., p. 490).

(25. Gaudium et spes,87. Pablo VI, enciclica Populorum progressio,31; alocucion a las Naciones Unidas, AAS 1965,883. Juan XXIII, Mater et magistra, AAS 53,1961, pp. 445-448)



CONGREGACION PARA LA DOCTRINA DE LA FE


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