Casti connubii ES 86

Vivir el sacramento

86 Mucho les ayudara para conseguir, conservar y poner en practica esta voluntad decidida, la frecuente consideración de su estado y el recuerdo siempre vivo del Sacramento recibido. Recuerden siempre que para la dignidad y los deberes de dicho estado han sido santificados y fortalecidos con un sacramento peculiar, cuya eficacia persevera siempre, aun cuando no imprima caracter. A este fin mediten estas palabras verdaderamente consoladoras del santo cardenal Roberto Belarmino, el cual, con otros teologos de gran nota, asi piensa y escribe: Se puede considerar de dos maneras el sacramento del matrimonio: o mientras se celebra, o en cuanto permanece después de su celebracion. Porque este sacramento es como la Eucaristia que no solamente es sacramento mientras se confecciona: pues mientras viven los conyuges, su sociedad es siempre el Sacramento de Cristo y de la Iglesia (1Tm 4,14).

La cooperación a la gracia

87 Mas para que la gracia del mismo produzca todo su efecto, como ya hemos advertido, es necesaria la cooperación de los conyuges, y ésta consiste en que con trabajo y diligencia sinceramente procuren cumplir sus deberes, poniendo todo el empeno que esté de su parte. Pues asi como en el orden natural para que las fuerzas que Dios ha dado desarrollen todo su vigor es necesario que los hombres apliquen su trabajo y su industria, pues si faltan éstos jamas se obtendra provecho alguno, asi también las fuerzas de la gracia que, procedentes del sacramento, yacen escondidas en el fondo del alma, han de desarrollarse por el cuidado propio y el propio trabajo de los hombres. No desprecien, por lo tanto, los esposos la gracia propia del sacramento que hay en ellos (2Tm 1,6-7) porque después de haber emprendido la constante observancia de sus obligaciones, aunque sean dificiles, experimentaran cada dia con mas eficacia, en si mismos, la fuerza de aquélla gracia.

Y si alguna vez se ven oprimidos mas gravemente por trabajos de su estado y de su vida, no decaigan de animo, sino tengan como dicho de alguna manera para si lo que el apostol San Pablo, hablando del sacramento del Orden, escribia a Timoteo, su discipulo queridísimo, que estaba muy agobiado por trabajos y sufrimientos: Te amonesto que resucites la gracia de Dios que hay en ti, la cual te fue dada por la imposición de mis manos. Pues no nos dio el Señor espiritu de temor, sino de virtud, de amor y de sobriedad (Ga 6,9).


2. La preparación remota y proxima

La preparación descuidada

88 Todo esto, Venerables Hermanos, depende, en gran parte, de la debida preparación para el matrimonio, ya proxima ya remota. Pues no puede negarse que tanto el fundamento firme del matrimonio feliz como la ruina el desgraciado se preparan y se basan, en los jóvenes de ambos sexos, ya desde su infancia y de su juventud. Y asi ha de temerse que quienes antes del matrimonio solo se buscaron a si mismos y a sus cosas, y condescendieron con sus deseos aun cuando fueran impuros, sean en el matrimonio cuales fueron antes de contraerlo, es decir, que cosechen lo que sembraron (Ep 4,13) o sea, tristeza en el hogar doméstico, llanto, mutuo desprecio, discordias, aversiones, tedio de la vida comun, y, lo que es peor, encontrarse a si mismos llenos de pasiones desenfrenadas.

Los frutos de la buena preparacion

89 Acérquense, pues, los futuros esposos, bien dispuestos y preparados, al estado matrimonial, y asi podran ayudarse mutuamente, como conviene, en las circunstancias prosperas y adversas de la vida, y, lo que vale mas aun, conseguir la vida eterna y la formación del hombre interior hasta la plenitud de la edad de Cristo (Enc. DIVINI ILLIUS MAGISTRI, 31 dec. 1929) Esto les ayudara también para que en orden a sus queridos hijos, se conduzcan como quiso Dios que los padres se portasen con su prole; es decir, que el padre sea verdadero padre y la madre verdadera madre; de suerte que por su amor piadoso y por sus solicitos cuidados, la casa paterna, aunque colocada en este valle de lagrimas y quizas oprimida por dura pobreza, sea una imagen de aquel paraiso de delicias en el que coloco el Creador del género humano a nuestros primero padres. De aqui resultara que puedan hacer a los hijos hombres perfectos y perfectos cristianos, al imbuirles el genuino espiritu de la Iglesia catolica y al infiltrarles, además, aquel noble afecto y amor a la patria que la gratitud y la piedad del animo exigen.

Preparación remota en la juventud

90 Y asi, lo mismo quienes tienen intención de contraer mas tarde el sano matrimonio, que quienes se dedican a la educación de la juventud, tengan muy en cuenta tal porvenir, lo preparen alegre e impidan que sea triste, recordando lo que advertiamos en Nuestra Enciclica sobre la educacion: Es, pues, menester corregir las inclinaciones desordenadas, fomentar y ordenar las buenas desde la mas tierna infancia, y sobre todo hay que iluminar el entendimiento y fortalecer la voluntad con las verdades sobrenaturales y los medios de la gracia, sin la cual no es posible dominar las perversas inclinaciones y alcanzar la debida perfección educativa de la Iglesia, perfecta y completamente dotada por Cristo de la doctrina divina y de los sacramentos, medios eficaces de la gracia (Ep 6,2-3 Ex 20,12).

La elección del conyuge

91 A la preparación proxima de un buen matrimonio pertenece de una manera especial la diligencia en la elección del consorte, porque de aqui depende en gran parte la felicidad o la infelicidad del futuro matrimonio, ya que un conyuge puede ser al otro de gran ayuda para llevar la vida conyugal cristianamente, o, por lo contrario, crearle serios peligros y dificultades. Para que no padezcan, pues, por toda la vida las consecuencias de una imprudente elección, deliberen seriamente los que deseen casarse antes de elegir la persona con la que han de convivir para siempre; y en esta deliberación tengan presente las consecuencias que se derivan del matrimonio: en orden, en primer lugar, a la verdadera religión de Cristo, y además en orden a si mismo, al otro conyuge, a la futura prole y a la sociedad humana y civil, que nace del matrimonio como de su propia fuente. Imploren con fervor el auxilio divino para que elijan según la prudencia cristiana, no llevados por el impetu ciego y sin freno de la pasión, ni solamente por razones de lucro o por otro motivo menos noble, sino guiados por un amor recto y verdadero y por un afecto leal hacia el futuro conyuge, buscando en el matrimonio, precisamente, aquellos fines para los cuales Dios lo ha instituido. No dejen, en fin, de pedir para dicha elección el prudente y tan estimable consejo de sus padres, a fin de precaver, con el auxilio del conocimiento mas maduro y de la experiencia que ellos tienen en las cosas humanas, toda equivocación perniciosa y para conseguir también mas copiosa la bendición divina prometida a los que guardan el cuarto mandamiento. Honra a tu padre y a tu madre (que es el primer mandamiento en la promesa) para que te vaya bien y tengas larga vida sobre la tierra (Enc. RERUM NOVARUM).


3. La misión de la sociedad

La providencia social

92 Y, porque con frecuencia el cumplimiento perfecto de los mandamientos de Dios y la honestidad del matrimonio se ven expuestos a grandes dificultades, cuando los conyuges sufran con las angustias de la vida familiar y la escasez de bienes temporales, sera necesario atender a remediarles, en estas necesidades, del modo que mejor sea posible.

El salario justo y familiar

93 Para lo cual hay que trabajar, en primer término, con todo empeno, a fin de que la sociedad civil, como sabiamente dispuso Nuestro predecesor Leon XIII (Lc 10,7) establezca un régimen economico y social en el que los padres de familia puedan ganar y procurarse lo necesario para alimentarse a si mismos, a la esposa y a los hijos, según las diversas condiciones sociales y locales, pues el que trabaja merece su recompensa (Dt 24,14 Dt 24,15) Negar ésta o disminuirla mas de lo debido es gran injusticia y, según las Sagradas Escrituras, un grandísimo pecado (Cf. Leon XIII, enc. RERUM NOVARUM) como tampoco es licito establecer salarios tan mezquinos que, atendidas las circunstancias y los tiempos, no sean suficientes para alimentar a la familia.

Ayuda para los nuevos matrimonios

94 Procuren, sin embargo, los conyuges, ya mucho tiempo antes de contraer matrimonio, prevenir o disminuir al menos las dificultades materiales; y cuiden los doctos de ensenarles el modo de conseguir esto con eficacia y dignidad. Y, en caso de que no se basten a si solos, fundense asociaciones privadas o publicas con que se pueda acudir al socorro de sus necesidades vitales (Mt 25,34 ss).

El deber de los ricos

95 Cuando con todo esto no se lograse cubrir los gastos que lleva consigo una familia, mayormente cuando ésta es numerosa o dispone de medios reducidos, exige el amor cristiano que supla la caridad las deficiencias del necesitado, que los ricos en primer lugar presten su ayuda a los pobres, y que cuantos gozan de bienes superfluos no los malgasten o dilapiden, sino que los empleen en socorrer a quienes carecen de lo necesario. Todo el que se desprenda de sus bienes en favor de los pobres recibira muy cumplida recompensa en el dia del ultimo juicio; pero los que obraren en contrario tendran el castigo que se merecen (1Jn 3,17) pues no es vano el aviso del Apostol cuando dice: Si alguien tiene bienes de este mundo y, viendo a su hermano en necesidad, cierra las entranas para no compadecerse de él, ¿como es posible que en él resida la caridad de Dios? ( Enc. ARCANUM DIVINAE SAPIENTIAE).


4. Las obligaciones del Estado

Lo que toca a los Poderes publicos

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No bastando los subsidios privados, toca a la autoridad publica suplir los medios de que carecen los particulares en negocio de tanta importancia para el bien publico, como es el que las familias y los conyuges se encuentren en la condición que conviene a la naturaleza humana.

Asistencia social

Porque si las familias, sobre todo las numerosas, carecen de domicilio conveniente; si el varon no puede procurarse trabajo y alimentos; si los articulos de primera necesidad no pueden comprarse sino a precios exagerados; si las madres, con gran detrimento de la vida doméstica, se ven obligadas a ganar el sustento con su propio trabajo; si a éstas les faltan, en los ordinarios y aun extraordinarios trabajos de la maternidad, los alimentos y medicinas convenientes, el médico experto, etc., todos entendemos cuanto se deprimen los animos de los conyuges, cuan dificil se les hace la convivencia doméstica y el cumplimiento de los mandamientos de Dios, y también a qué grave riesgo se exponen la tranquilidad publica y la salud y la vida de la misma sociedad civil, si llegan estos hombres a tal grado de desesperación, que, no teniendo nada que perder, creen que podran recobrarlo todo con una violenta perturbación social.

Consiguientemente, los gobernantes no pueden descuidar estas materiales necesidades de los matrimonios y de las familias sin danar gravemente a la sociedad y al bien comun; deben, pues, tanto cuando legislan como cuando se trata de la imposición de los tributos, tener especial empeno en remediar la penuria de las familias necesitadas; considerando esto como uno de los principales deberes de su autoridad.

Con animo dolorido contemplamos como, no raras veces, trastrocando el recto orden, facilmente se prodigan socorros oportunos y abundantes a la madre y a la prole ilegitima (a quienes también es necesario socorrer, aun por la sola razon de evitar mayores males), mientras se niegan o no se conceden sino escasamente, y como a la fuerza, a la madre y a los hijos de legitimo matrimonio.

Garantias morales y leyes justas y cristianas

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Porque si las familias, sobre todo las numerosas, carecen de domicilio conveniente; si el varon no puede procurarse trabajo y alimentos; si los articulos de primera necesidad no pueden comprarse sino a precios exagerados; si las madres, con gran detrimento de la vida doméstica, se ven obligadas a ganar el sustento con su propio trabajo; si a éstas les faltan, en los ordinarios y aun extraordinarios trabajos de la maternidad, los alimentos y medicinas convenientes, el médico experto, etc., todos entendemos cuanto se deprimen los animos de los conyuges, cuan dificil se les hace la convivencia doméstica y el cumplimiento de los mandamientos de Dios, y también a qué grave riesgo se exponen la tranquilidad publica y la salud y la vida de la misma sociedad civil, si llegan estos hombres a tal grado de desesperación, que, no teniendo nada que perder, creen que podran recobrarlo todo con una violenta perturbación social.

Consiguientemente, los gobernantes no pueden descuidar estas materiales necesidades de los matrimonios y de las familias sin danar gravemente a la sociedad y al bien comun; deben, pues, tanto cuando legislan como cuando se trata de la imposición de los tributos, tener especial empeno en remediar la penuria de las familias necesitadas; considerando esto como uno de los principales deberes de su autoridad.

Con animo dolorido contemplamos como, no raras veces, trastrocando el recto orden, facilmente se prodigan socorros oportunos y abundantes a la madre y a la prole ilegitima (a quienes también es necesario socorrer, aun por la sola razon de evitar mayores males), mientras se niegan o no se conceden sino escasamente, y como a la fuerza, a la madre y a los hijos de legitimo matrimonio.

La ayuda del Estado para la Iglesia

98 Ahora bien; para conservar el orden moral no bastan ni las penas y recursos externos de la sociedad, ni la belleza de la virtud, y su necesidad, sino que se requiere una autoridad religiosa que ilumine nuestro entendimiento con la luz de la verdad, y dirija la voluntad y fortalezca la fragilidad humana con los auxilios de la divina gracia; pero esa autoridad solo es la Iglesia, instituida por Cristo nuestro Señor. Y asi encarecidamente exhortamos en el Señor a todos los investidos con la suprema potestad civil a que procuren y mantengan la concordia y amistad con la misma Iglesia de Cristo, para que, mediante la cooperación diligente de ambas potestades, se destierren los gravisimos males que amenazan tanto a la Iglesia como a la sociedad, si penetran en el matrimonio y en la familia tan procaces libertades.

Las leyes civiles

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Mucho pueden favorecer la leyes civiles a este oficio gravísimo de la Iglesia, teniendo en cuenta en sus disposiciones lo que ha establecido la ley divina y eclesiastica y castigando a los que las quebrantaren. No faltan, en efecto, quienes creen que lo que las leyes civiles permiten o no castigan es también licito según la ley moral; ni quienes lo pongan por obra, no obstante la oposición de la conciencia, ya que no temen a Dios y nada juzgan deber temer de las leyes humanas, causando asi no pocas veces su propia ruina y la de otros muchos.

Colaboración de los dos poderes

100 Ni a la integridad ni a los derechos de la sociedad puede venir peligro o menoscabo de esta unión con la Iglesia; toda sospecha y todo temor semejante es vano y sin fundamento, lo cual ya dejo bien probado Leon XIII: Nadie duda -afirma- que el Fundador de la Iglesia, Jesucristo, haya querido que la potestad sagrada sea distinta de la potestad civil y que tenga cada una libertad y facilidad para desempenar su cometido; pero con esta anadidura, que conviene a las dos e interesa a todos los hombres que haya entre ellas unión y concordia... Pues si la potestad civil va en pleno acuerdo con la Iglesia, por fuerza ha de seguirse utilidad grande para las dos. La dignidad de una se enaltece, y, si la religión va delante, su gobierno sera siempre justo; a la otra se le ofrecen auxilios de tutela y defensa encaminados al bien publico de los fieles (Concord. art. 34; A.A.S. 21 (1929)290. ).

Un ejemplo ilustre: El Concordato con Italia

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Y, para aducir ejemplo claro y de actualidad, sucedio esto conforme al orden debido y enteramente según la ley de Cristo, cuando en el Concordato solemne entre la Santa Sede y el Reino de Italia, felizmente llevado a cabo, se establecio un convenio pacifico y una cooperación también amistosa en orden a los matrimonios, como correspondia a la historia gloriosa de Italia y a los sagrados recuerdos de la antigüedad. Y asi se lee como decretado en el Tratado de Letran: La nación italiana, queriendo restituir al matrimonio, que es la base de la familia, una dignidad que esta en armonia con las tradiciones de su pueblo, reconoce efectos civiles al sacramento del Matrimonio que se conforme con el derecho canonico (
Tt 2,12-13) a la cual norma fundamental se anadieron, después, otras determinaciones de aquel mutuo acuerdo.

Ambos han de velar por el matrimonio

102 Esto puede a todos servir de ejemplo y argumento de que también en nuestra edad (en la que por desgracia tanto se predica la separación absoluta de la autoridad civil, no ya solo de la Iglesia, sino aun de toda religion) pueden los dos poderes supremos, mirando a su propio bien y al bien comun de la sociedad, unirse y pactar amigablemente, sin lesión alguna de los derechos y de la potestad de ambos, y de comun acuerdo velar por el matrimonio, a fin de apartar de las familias cristianas peligros tan funestos y una ruina ya inminente.

EPILOGO

Exhortación a la vida cristiana

103 Queremos, pues, Venerables Hermanos, que todo lo que, movidos por solicitud pastoral, acabamos de considerar con vosotros, lo difundais con amplitud, siguiendo las normas de la prudencia cristiana, entre todos Nuestros amados hijos confiados a vuestros cuidados inmediatos, entre todos cuantos sean miembros de la gran familia cristiana; a fin de que conozcan todos perfectamente la verdadera doctrina acerca del matrimonio, se aparten con diligencia de los peligros preparados por los pregoneros del error, y, sobre todo, para que, renunciando a la impiedad y a los deseos mundanos, vivan sobria, justa y religiosamente en este siglo, aguardando la bienaventurada esperanza y la venida gloriosa del gran Dios y Salvador nuestro, Jesucristo (Ep 3,15).

Haga Dios Padre Omnipotente, del cual es nombrada toda paternidad en los cielos y en la tierra (Conc. Trid., sess. 24) que robustece a los débiles y da fuerzas a los timidos y pusilanimes; haga nuestro Señor y Redentor Jesucristo, fundador y perfeccionador de los venerables sacramentos (Ph 2,13) que quiso y determino que el matrimonio fuese una mistica imagen de su unión inefable con la Iglesia; haga el Espiritu Santo, Dios Caridad, lumbre de los corazones y vigor de los espiritus, que cuanto en esta Nuestra Enciclica hemos expuesto acerca del santo sacramento del Matrimonio, sobre la ley y voluntad admirables de Dios en lo que a él se refiere, sobre los errores y peligros que los amenazan y sobre los remedios con que se les puede combatir, lo impriman todos en su inteligencia, lo acaten en su voluntad y, con la gracia divina, lo pongan por obra, para que asi la fecundidad consagrada al Señor, la fidelidad inmaculada, la firmeza inquebrantable, la profundidad del sacramento y la plenitud de las gracias vuelvan a florecer y cobrar nuevo vigor en los matrimonios cristianos.

Bendición apostolica

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Y para que Dios Nuestro Señor, autor de toda gracia, cuyo es todo querer y obrar (
Ph 2,13), se digne conceder todo ello según la grandeza de su benignidad y de su omnipotencia, mientras con instancia elevamos humildemente Nuestras preces al trono de su gracia, os damos, Venerables Hermanos, a vosotros, al Clero y al pueblo confiado a los constantes desvelos de vuestra vigilancia, la Bendición Apostolica, prenda de la bendición copiosa de Dios Omnipotente.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el 31 de diciembre del ano 1930, ano noveno de Nuestro Pontificado.




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