Suma Teológica I-II Qu.73 a.3

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ARTÍCULO 3 ¿Varía la gravedad de los pecados según los objetos?

Objeciones por las que parece que la gravedad de los pecados no varía según los objetos:
 Objeciones: 1. La gravedad del pecado pertenece al modo y cualidad del mismo pecado.

Pero el objeto es la materia del mismo pecado. Luego la gravedad de los pecados no varía según los objetos diversos.

 2. Además, la gravedad del pecado es la intensidad de su malicia. Ahora bien, el pecado no recibe la razón de su malicia por la conversión al propio objeto, que es un cierto bien apetecible, sino más bien por la aversión (con respecto a Dios). Luego la gravedad de los pecados no varía según los diversos objetos.

 3
. Los pecados que tienen objetos diversos, son de diverso género. Mas aquellas cosas que son de diverso género, no se pueden comparar, según se prueba en el libro VII de los Físicos . Luego un pecado no es más grave que otro según la diversidad de los objetos.

 
. Contra esto: está el (hecho de) que los pecados se especifican por sus objetos, como es claro por lo dicho antes (q.72 a.l). Mas entre los pecados uno es más grave que otro según su misma especie, como el homicidio comparado con el hurto. Luego la gravedad de los pecados difiere según los objetos.

 
. Respondo: Por lo dicho anteriormente (a.2) es claro que la gravedad de los pecados varía del mismo modo que una enfermedad es más grave que otra. Así pues, como el bien de la salud consiste en cierta proporción de los humores según la conveniencia de la naturaleza del animal, así también el bien de la virtud consiste en una cierta proporción del acto humano según la conveniencia con respecto a la regla de la razón. Mas es evidente que la enfermedad es tanto más grave cuanto priva de la debida proporción de los humores con respecto a un principio superior: así, la enfermedad que proviene en el cuerpo humano del corazón, principio vital, o de algo próximo al corazón, es más peligrosa. Por lo tanto, es necesario que el pecado sea tanto más grave cuanto el desorden acontece respecto de algún principio que es más alto en el orden de la razón.

Pero la razón en las cosas prácticas ordena todo por el fin. Y por eso cuando el pecado tiene lugar en los actos humanos (que proceden) de un fin más alto, tanto más grave es el pecado. Los objetos de los actos son sus fines, como es claro por lo dicho anteriormente (q.72 a.3 ad 2). Y por eso según la diversidad de los objetos se considera la diversa gravedad de los pecados. Y es claro que las cosas exteriores se ordenan al hombre como a su fin; mas el hombre, a su vez, se ordena a Dios como a su fin. Por consiguiente, el pecado que es contra el ser mismo del hombre es más grave que el referente a las cosas exteriores, como el hurto; y aún es más grave pecado el que se comete inmediatamente contra Dios, como la infidelidad (o negación de la fe), la blasfemia y otros similares. Y en el ámbito de cualquiera de estos pecados un pecado es más grave que otro según que sea respecto de algo más o menos principal. Y, puesto que los pecados reciben su especificación por sus objetos, la diferencia de la gravedad que se basa en el objeto es la primera y principal, como resultante de la especie.

A las objeciones:

 Soluciones: 1
. Aunque e! objeto sea la materia sobre la cual se termina el acto, sin embargo, tiene razón de fin, en cuanto que la intención del agente se fija en él, según dijimos más arriba (q.72 a.3 ad 2). Ahora bien, la forma del acto moral depende del fin, como es claro por lo dicho anteriormente (q.18 a.6; q.72 a.6).

 2
. La aversión con respecto al bien inmutable, en la que se completa la razón de mal, es una consecuencia de la conversión indebida a un bien perecedero. Por ello, la diversa gravedad de la malicia en los pecados debe seguir a la diversidad de aquellas cosas que atañen a la conversión (a las criaturas).

 3
. Todos los objetos de los actos humanos se relacionan entre sí: y por eso todos los actos humanos convienen de algún modo en un género, en cuanto que se ordenan al último fin. Por ello nada impide que todos los pecados se puedan comparar entre sí.



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ARTÍCULO 4 La gravedad de los pecados, ¿difiere por la importancia de las virtudes a las que se oponen?

Objeciones por las que parece que la gravedad de los pecados no difiere según la importancia de las virtudes a las que se oponen los pecados, de modo que a una virtud mayor se oponga un pecado más grave:

 Objeciones: 1. Según dicen los Pr 15,5, la máxima virtud está en la justicia suma. Mas, como dice el Señor (Mt 5,20), la justicia perfecta cohibe la ira, la cual es menor pecado que el homicidio, evitado por una justicia (o perfección) menor. Luego a la virtud máxima se opone un pecado mínimo.

 2. Además, en el libro II de los Éticos , se dice que la virtud es acerca de lo difícil y el bien: por donde parece que la virtud mayor sea acerca de lo más difícil. Pero es menor pecado que el hombre falle en lo más difícil que si falla en lo menos difícil. Luego a mayor virtud se opone un pecado menor.

 3
. La caridad es una virtud mayor que la fe y la esperanza, según se dice en 1Co 13,13. Mas el odio, que se opone a la caridad, es menor pecado que la infidelidad o la desesperación, opuestas a la fe y a la esperanza. Luego a mayor virtud se opone menor pecado.

 . Contra esto: está lo que dice el Filósofo en el libro VIII de los Éticos: que lo pésimo es contrario a lo óptimo. Mas en lo moral lo óptimo es la virtud máxima; y lo pésimo, el pecado más grave. Luego a la virtud máxima se opone el pecado más grave.

 
. Respondo: A la virtud se opone algún pecado de dos modos. De un modo, principal y directamente; es decir, lo que es acerca del mismo objeto: pues los contrarios son acerca de lo mismo. Y de este modo a mayor virtud debe oponerse un pecado más grave. Pues así como la mayor gravedad del pecado depende (o se deduce) de su objeto, así también la importancia de la virtud: ya que ambos se especifican por el objeto, según es claro por lo dicho anteriormente (q.60 a.5; q.72 a.1). De ahí que a la máxima virtud debe ser contrario el máximo pecado, como distante de él al máximo en el mismo género.

Otro modo en que se puede considerar la oposición de la virtud al pecado (es) según cierta extensión de la virtud para impedir el pecado: pues cuanto mayor fuere la virtud, tanto más aleja al hombre del pecado, que le es contrario; de tal manera que, no sólo reprime el pecado mismo, sino también las cosas que inducen al pecado. Y así es claro que, cuanto mayor fuere una virtud, tanto más reprime también los menores pecados: así como también la salud, cuanto mayor fuere, tanto más excluye hasta las menores destemplanzas. Y de este modo, a mayor virtud se opone un menor pecado por parte del efecto (de aquélla).

A las objeciones:

 Soluciones: 1
. Dicha objeción se basa en la oposición considerada desde el punto de vista de la represión del pecado: en ese sentido, la justicia (o perfección) suma reprime aun los menores pecados.

 2
. A la virtud mayor, que es acerca del bien más difícil, es directamente contrario el pecado que se refiere al mal más difícil. En ambos casos hay una cierta superioridad por el hecho de que la voluntad se muestra más inclinada al bien o al mal, en cuanto que no es vencida por la dificultad.

 3
. La caridad no es un amor cualquiera, sino el amor de Dios. Por consiguiente, no se le opone directamente cualquier odio, sino el odio de Dios, que es el más grave de los pecados.



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ARTÍCULO 5 Los pecados carnales, ¿son menos graves que los espirituales?

Objeciones por las que parece que los pecados carnales no son menos graves que los pecados espirituales:
 Objeciones: 1. El adulterio es un pecado más grave que el hurto, pues se dice en los Pr 6,30-32: No es gran culpa cuando uno roba; mas el que es adúltero perderá su alma por la pobreza de su corazón. Mas el hurto pertenece a la avaricia, que es un pecado espiritual; y el adulterio, a la lujuria, que es un pecado carnal. Luego los pecados carnales son más graves.

 2. Además, Agustín, a propósito del Lv , dice que el diablo se goza más del pecado de lujuria y de idolatria. Pero se goza más de las culpas más graves.

Luego, siendo la lujuria un pecado carnal, parece que los pecados carnales son de la máxima culpabilidad.

 3
. En el libro VII de los Éticos demuestra el Filósofo que es más vergonzoso ser incontinente en la concupiscencia que en la ira. Mas la ira, según Gregorio, en el libro XXXI de los Moral. , es un pecado espiritual, mientras que la concupiscencia pertenece a los pecados carnales. Luego el pecado carnal es más grave que el pecado espiritual.

 
. Contra esto: está lo que dice Gregorio: que los pecados carnales son menos graves y de mayor infamia.

 
. Respondo: Los pecados espirituales son de mayor gravedad que los pecados carnales. Lo cual no ha de entenderse como si cualquier pecado espiritual fuese de mayor gravedad que cualquier pecado carnal; sino que, considerada esta sola diferencia de espiritualidad y carnalidad, en igualdad de condiciones (los pecados espirituales) son más graves que los demás pecados. De lo cual se puede dar una triple razón:
La 1. , por parte del sujeto; pues los pecados espirituales pertenecen al espíritu, al cual corresponde tender a Dios y separarse de El; mientras los pecados carnales se consuman en el placer del apetito carnal, al cual pertenece principalmente tender al bien corporal. Y por eso el pecado carnal , en cuanto tal, tiene más de conversión (a las criaturas), por lo cual implica también más apego, mientras que el pecado espiritual tiene más de aversión (con respecto a Dios), de la cual procede la razón de culpabilidad. Y por eso el pecado espiritual
en cuanto tal es de mayor culpabilidad.

La 2. razón se puede tomar por parte de aquel contra quien se peca. Pues el pecado carnal es contra el propio cuerpo, que, según el orden de la caridad, debe ser menos amado que Dios y el prójimo, contra quienes se peca por los pecados espirituales. Y por eso los pecados espirituales, como tales, son más graves.

La 3. razón se puede tomar de parte del motivo, porque el hombre peca tanto menos cuanto es más fuerte el impulso a pecar, como diremos más abajo (a.6).

Ahora bien, los pecados carnales poseen un impulso más vehemente, esto es, la concupiscencia misma de la carne, que nos es innata. Por eso los pecados espirituales en cuanto tales son más graves.

A las objeciones:

 Soluciones: 1
. El adulterio no sólo pertenece al pecado de lujuria, sino también al de injusticia. Y en cuanto a esto se puede reducir a la avaricia, como dice la Glossa a Ep 5,5, acerca de aquello: Todo fornicador, o impuro, o avaro. Y entonces el adulterio es más grave que el hurto, cuanto al hombre le es más cara la esposa que los bienes que posee.

 2. La afirmación de que el diablo se alegra sobre todo del pecado de lujuria es porque ésta implica una adhesión máxima y es difícil librar al hombre de él, pues el apetito de lo deleitable es insaciable, como dice el Filósofo en el libro III de los Éticos.

 3
. La aserción del Filósofo de que es más vergonzoso ser incontinente en la concupiscencia que en la ira (es) porque (aquélla) participa menos de la razón.

Y en este sentido dice también, en el libro III de los Éticos , que los pecados de intemperencia son los más reprobables, porque son acerca de aquellos placeres que nos son comunes con los brutos: de ahí que por estos pecados el hombre, en cierto modo, se vuelva animal. Y de ahí procede que, como dice Gregorio, sean de mayor infamia.



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ARTÍCULO 6 ¿La gravedad de los pecados depende de su causa?

Objeciones por las que parece que la gravedad del pecado no depende de la causa del mismo:
 Objeciones: 1. Cuanto mayor es la causa del pecado, tanto más fuertemente mueve a pecar; y así es más difícil resistirle. Pero el pecado es menor si es más difícil resistirle: pues pertenece a la debilidad del que peca el no resistir fácilmente al pecado; y el pecado que proviene de la debilidad se juzga más leve. El pecado, pues, no recibe su gravedad por parte de su causa.

 2. Además, la concupiscencia es una causa general del pecado; por ende, la Glossa dice, a propósito de aquello de Rm 7,7: Pues yo no conocía la concupiscencia, etc.: Buena es la ley, que, prohibiendo la concupiscencia, prohibe todo mal. Pero por cuanto mayor concupiscencia fuere uno vencido, tanto menor es el pecado. La gravedad del pecado, pues, disminuye con la magnitud de la causa.

 3. Así como la rectitud de la razón es causa del acto virtuoso, así la falta de la misma parece ser causa del pecado. Mas cuanto mayor fuere la falta de razón, tanto menor es el pecado: de tal forma que, quienes carecen del uso de la razón, son excusados totalmente de pecado; y quien peca por ignorancia, peca más levemente. Luego la gravedad del pecado no aumenta con la magnitud de la causa.

 
. Contra esto: está (el hecho de) que, multiplicada la causa, se multiplica el efecto. Luego, si la causa del pecado es mayor, el pecado será mayor.

 
. Respondo: En el pecado, como en cualquier otro género (de cosas), se puede considerar una doble causa. Una, que es propia y esencial causa del pecado, la cual es la voluntad misma de pecar: pues (ésta) se relaciona con el acto de pecar como el árbol con su fruto, según dice la Glossa a propósito de aquello de Mt 7,18: No puede un árbol bueno dar malos frutos. Cuanto esta causa fuere mayor, tanto más grave será el pecado: pues cuanto la voluntad de pecar fuere más grande, tanto más gravemente peca uno.

Otras causas del pecado se consideran como extrínsecas y remotas; es a saber:
aquellas por las que la voluntad se inclina a pecar. Y en cuanto a éstas hay que distinguir. Algunas de ellas inducen a la voluntad a pecar en consonancia con la naturaleza misma de la voluntad: como el fin, que es el objeto propio de la voluntad. Por una causa tal se agrava el pecado: pues peca más gravemente aquel cuya voluntad se inclina a pecar por la intención de un fin peor. Mas hay otras causas que inclinan a pecar a la voluntad, las cuales son extrañas a la naturaleza y orden de la voluntad, a la cual le es natural moverse libremente por sí misma, según el juicio de la razón. De ahí que las causas que disminuyen el juicio de la razón, como la ignorancia; o las que disminuyen el movimiento libre de la voluntad, como la debilidad, la violencia o el miedo, o cosas semejantes, disminuyen el pecado, como disminuyen también la voluntariedad; tanto, que, si el acto es totalmente involuntario, no tiene razón de pecado.

A las objeciones:

 Soluciones: 1. Dicha objeción se basa en una causa motora extrínseca, que disminuye la voluntariedad. El aumento de tal causa, efectivamente, disminuye el pecado, como hemos dicho (en sol.).

 2
. Si bajo «concupiscencia» se incluye el movimiento mismo de la voluntad, entonces donde hay mayor concupiscencia, hay mayor pecado. Mas si por «concupiscencia» se entiende cierta pasión, que es el movimiento de la potencia concupiscible, entonces una mayor concupiscencia, anterior al juicio de la razón y movimiento de la voluntad, disminuye el pecado: porque quien peca estimulado por una concupiscencia mayor, cae por una tentación más grave: de ahí que se le culpe menos. Mas si la «concupiscencia» así entendida sigue al juicio de la razón y al movimiento de la voluntad, entonces donde hay mayor concupiscencia, hay mayor pecado: pues a veces el movimiento de la concupiscencia surge más fuerte, porque la voluntad tiende desenfrenadamente a su objeto.

 3
. Dicha objeción se basa en la causa que produce el involuntario; y ésta disminuye el pecado, como hemos dicho (en sol.).



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ARTÍCULO 7 ¿Agrava el pecado la circunstancia?

Objeciones por las que parece que la circunstancia no agrava el pecado:

 Objeciones: 1. El pecado recibe la gravedad de su especie. Mas la circunstancia no confiere la especie al pecado, ya que es un accidente del mismo. Luego la gravedad del pecado no se deduce de su circunstancia.

 2. Además, o la circunstancia es mala, o no. Si la circunstancia es mala, ella por sí misma origina una especie del mal; y si no es mala, no tiene por qué acrecentar el mal. Luego la circunstancia no acrecienta el mal de ningún modo.

 3
. La malicia del pecado es parte de la aversión. Mas las circunstancias acompañan al pecado por parte de la conversión (a las criaturas). Luego no acrecientan la malicia del pecado.

 
. Contra esto: está (el hecho de) que la ignorancia de la circunstancia disminuye el pecado: pues el que peca por ignorancia de la circunstancia merece el perdón, según se dice en el libro III de los Éticos . Mas esto no sería así si la circunstancia no agravase el pecado. Luego la circunstancia agrava el pecado.

 
. Respondo: Como enseña el Filósofo, en el libro II de los Éticos , a propósito del hábito virtuoso, es connatural a cada cosa crecer por lo mismo por lo que ha sido producida. Mas es evidente que el pecado proviene del fallo de alguna circunstancia: pues el que se aparte del orden de la razón es por no observar en la acción las debidas circunstancias. Por lo tanto, es claro que el pecado, naturalmente, se agrava por la circunstancia.

Mas esto ocurre de tres modos. El primero, en cuanto que la circunstancia lo (hace) cambiar de género. El pecado de fornicación, por ejemplo, consiste en acercarse a otra (mujer) que la propia; mas, si se añade la circunstancia de que aquella a quien uno se acerca sea la esposa de otro, pasa ya a otro género de pecado, esto es, al de injusticia, en cuanto que se usurpa lo que es de otro. Y en este sentido el adulterio es un pecado más grave que la fornicación.

Otras veces, sin embargo, la circunstancia no agrava el pecado haciéndole cambiar de género, sino sólo porque multiplica la razón de pecado: si el pródigo da cuando no debe y al que no debe, peca de más maneras que si sólo diera al que no debe. Y por esto mismo, el pecado viene a ser más grave: como también la enfermedad que infecciona más partes del cuerpo es más grave. De ahí también que Tulio diga, en las Parádoxis , que en el parricidio se cometen muchos pecados: pues se mata al que procreó a uno, al que le sustentó, al que le educó, al que le dio un puesto en la silla, en la casa y en la república.

De un tercer modo, la circunstancia agrava el pecado: porque acrecienta la deformidad proveniente (ya) de otra circunstancia. Así, arrebatar lo ajeno constituye el pecado de hurto; mas, si se añade a esta circunstancia que uno tome mucho de lo ajeno, es un pecado más grave; aunque el tomar mucho o poco de suyo no indique razón de bueno o de malo.

A las objeciones:

 Soluciones: 1
. Hay algunas circunstancias que confieren especie al acto moral, como hemos expuesto antes (q.18 a. 10). Sin embargo, una circunstancia que no le confiere especie puede agravarlo. Porque así como la bondad de una cosa no sólo se juzga por su especie, sino también por algún accidente; así también la malicia de un acto no sólo se juzga por su especie, sino también por la circunstancia.

 2
. La circunstancia puede agravar el pecado de ambos modos. Pues, si es mala, no es necesario, sin embargo, que por ello constituya siempre una especie de pecado: pues puede añadir una razón de malicia en la misma especie, como hemos dicho (en sol.). Mas, si no es mala, puede agravar el pecado con respecto a la malicia de otra circunstancia.

 3
. La razón debe ordenar el acto no sólo en cuanto al objeto, sino también en cuanto a todas las circunstancias. Y por eso la corrupción de cualquiera de las circunstancias se considera como una cierta separación de la regla de la razón:
como si uno actúa cuando no debe, o donde no debe. Una separación tal basta para la razón de mal. Mas a esta separación de la regla de la razón sigue la aversión con respecto a Dios, al cual el hombre debe unirse por la recta razón.



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ARTÍCULO 8 ¿Se incrementa la gravedad del pecado por el daño mayor?

Objeciones por las que parece que la gravedad del pecado no se incrementa por el daño mayor:
 Objeciones: 1. El daño es un evento consiguiente al acto del pecado. Mas el evento consiguiente no añade bondad o malicia al acto, como hemos dicho anteriormente (q.20 a.5). Luego el pecado no se agrava por el daño mayor.

 2. Además, el daño se encuentra sobre todo en los pecados que son contra el prójimo, porque nadie se quiere dañar a sí mismo, y a Dios nadie le puede dañar, según aquello de Jb 35,6-8: Si se multiplicaren tus iniquidades, ¿qué harás contra El? Tu impiedad dañará al hombre, que es semejante a ti. Si, pues, el pecado se agravase por el daño mayor, se seguiría que el pecado con que uno peca contra el prójimo sería más grave que el pecado con que se peca contra Dios o contra uno mismo.

 3. Mayor daño se le infiere a uno cuando se le priva de la vida de la gracia que cuando se le priva de la vida natural; porque la vida de la gracia es mejor que la de la naturaleza: de tal modo que el hombre debe despreciar la vida de la naturaleza para no perder la vida de la gracia. Mas aquel que induce a una mujer a fornicar, en cuanto está en él, le priva de la vida de la gracia, induciéndola al pecado mortal. Si, pues, el pecado fuese más grave por el mayor daño, se seguiría que un simple fornicador pecaría más gravemente que un homicida: lo cual, evidentemente, es falso. Luego el pecado no es más grave por el daño mayor.

 
. Contra esto: está lo que dice Agustín en el libro III De lib. arb.: Siendo el vicio contrario a la naturaleza, tanto más tienen de malicia los vicios cuanto más pierde de su bondad integral la naturaleza viciada.

 
. Respondo: El daño puede relacionarse de un modo triple con el pecado. A veces el daño que proviene del pecado está previsto y se intenta: como cuando uno hace algo con ánimo de dañar a otro, v. gr., el homicida y el ladrón. Y entonces la cantidad del daño incrementa directamente la gravedad del pecado:
porque entonces el daño es de suyo objeto del pecado.

Mas a veces se prevé el daño, pero no se intenta: como si alguien, atravesando un campo para ir más pronto a fornicar, conscientemente infiere un daño a lo sembrado en el campo, aunque no con ánimo de dañar. Y así también la cantidad del daño agrava el pecado, mas indirectamente; esto es, en cuanto el que uno no evite hacer daño a sí mismo o a otro --(cosa) que simplemente no querría-proviene de la voluntad muy inclinada al mal.

Otras veces, sin embargo, el daño ni se prevé ni se intenta. Y entonces, si su relación al pecado es accidental, no agrava directamente el pecado; mas por la negligencia en considerar los perjuicios que pudieran seguirse, se imputan a uno como pena los males que acontecen sin intentarlos, si se ocupaba (uno) en una cosa ilícita. Mas si el daño se sigue de suyo al acto del pecado, agrava directamente el pecado, aunque no sea intentado ni previsto: porque todo lo que de suyo acompaña al pecado, pertenece de algún modo a la misma especie del pecado. Si alguno, por ejemplo, fornica públicamente, se sigue el escándalo de muchos: lo que agrava directamente el pecado, aunque él no lo intente ni acaso lo prevea.

Sin embargo, la cosa parece ser distinta respecto del daño penal, en el que incurre el que peca. Tal daño, si es accidental al pecado y no está previsto ni intentado, no agrava el pecado, ni se sigue una mayor gravedad de ese pecado:
por ejemplo, si uno va corriendo a cometer un homicidio, tropieza y se hace daño en un pie. Mas si tal daño se sigue de suyo al acto del pecado, aunque acaso no sea previsto ni intentado, entonces un mayor daño no hace más grave el pecado, sino que, al contrario, un pecado más grave provoca un daño más grave. Así, un infiel, que no oyó nada de las penas del infierno, sufrirá una pena más grave por un pecado de homicidio que por un pecado de hurto. Pero puesto que esto (la pena de infierno) ni lo intenta ni lo prevé, su pecado no se agrava por ello --cosa que ocurre al creyente, el cual parece pecar más gravemente por el hecho mismo de despreciar mayores penas para cumplir su voluntad --. Mas la gravedad de este daño sólo es causada por la gravedad del pecado.

A las objeciones:

 Soluciones: 1
. El evento consiguiente, si está previsto e intentado, acrecienta la bondad o malicia del acto, como hemos dicho anteriormente (q.20 a.5) al tratar de la bondad y malicia de los actos exteriores.

 2
. Aunque el daño agrave el pecado, no se sigue que sólo se agrave el pecado por el daño; sino que, por el contrario, el pecado es más grave por el desorden, como hemos dicho más arriba (a.2 y 3). De ahí que el mismo daño agrave el pecado en cuanto hace que el acto sea más desordenado. Por consiguiente, no se sigue que, si el daño tiene lugar sobre todo en los pecados contra el prójimo, que dichos pecados sean los más graves: pues hay mayor desorden en los pecados contra Dios y en algunos que son contra sí mismo. Sin embargo, se puede decir que, aunque a Dios nadie le puede dañar en cuanto a su ser, con todo, se puede atentar contra aquellas cosas que son de Dios, v. gr., extirpando la fe, violando las cosas sagradas, que son pecados gravísimos. También hay quien a veces se infiere un daño a sabiendas y voluntariamente, como es claro por los que se suicidan, aunque en definitiva ordenen esto a algún bien aparente, por ejemplo, a librarse de alguna angustia.

 3
. El argumento no concluye por dos razones. La primera porque el homicida intenta directamente el daño del prójimo; mas el fornicador, que provoca a la mujer, no intenta el daño, sino el placer. Segunda, porque el homicida es causa directa y suficiente de la muerte corporal; mas nadie puede ser para otro causa directa y suficiente de la muerte espiritual, pues nadie muere espiritualmente sino pecando por propia voluntad.



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ARTÍCULO 9 ¿Se agrava el pecado por razón de la persona contra la cual se peca?

Objeciones por las que parece que el pecado no se agrava por la condición de la persona contra la cual se peca:

 Objeciones: 1. Si ello fuese así, se agravaría sobre todo por el hecho de que alguien peque contra algún varón justo y santo. Mas por esto no se agrava el pecado: pues se lastima menos por una injuria inferida al virtuoso, que lo tolera ecuánimemente, que a otros, quienes sufren daño escandalizados aun interiormente. Luego la condición de la persona contra la cual se peca no agrava el pecado.

 2. Además, si la condición de la persona agravase el pecado, se agravaría especialmente por el parentesco, porque, como dice Tulio en las Parádoxis , matando a un esclavo se peca una vez; en el parricidio se cometen muchos pecados. Mas el parentesco de la persona parece que no agrava el pecado, ya que cada uno es para sí mismo el más afín y, sin embargo, peca menos quien se infiere a sí mismo un daño que si se lo infiriese a otro, v. gr., si mata uno su caballo, que si mata el caballo de otro, como es claro por el Filósofo en el libro V de los Éticos. Luego el parentesco de la persona no agrava el pecado.

 3
. La condición de la persona que peca agrava el pecado principalmente por razón de la dignidad o del conocimiento, según aquello de Sg 6,7: los poderosos serán castigados poderosamente, y de Lc 12,47: el siervo, que conoce la voluntad de su señor y no la cumple, recibirá muchos acotes. Luego, por una razón similar, habida cuenta de la persona contra la cual se peca, agravaría más el pecado la dignidad y el conocimiento (o preparación) de la persona contra la cual se peca. Mas no parece pecar más gravemente el que injuria a una persona más rica o más poderosa que a un pobre, porque no hay acepción de personas ante Dios (Rm 2,11), según cuyo juicio se mide la gravedad del pecado. Luego la condición de la persona contra la cual se peca no agrava el pecado.

 . Contra esto: está el (hecho de) que en la Sagrada Escritura se vitupera especialmente el pecado cometido contra los siervos de Dios, como en el libro III de los 1R 19,14: Tus altares los destruyeron y a tus profetas los mataron a espada. Se vitupera también especialmente el pecado cometido contra las personas afines, según aquello de Mi 7,6: El hijo deshonra al padre y la hija se levanta contra su madre. También se vitupera especialmente el pecado que se comete contra personas constituidas en dignidad, como es claro por Jb 34,18: Quien dice al rey, apóstata; que llama impíos a los jefes. Luego la condición de la persona contra la cual se peca agrava el pecado.

 . Respondo: La persona contra la cual se peca es en cierto modo objeto del pecado. Pero hemos dicho más arriba (a.3) que la primera gravedad del pecado se deduce del objeto; del cual tanto mayor gravedad se espera en el pecado cuanto su objeto es un fin más principal.

Ahora bien: Los fines principales de los actos humanos son Dios, el sujeto mismo y el prójimo: pues todo lo que hacemos lo nacemos por alguno de éstos, aunque también entre ellos el uno se subordine al otro. Por parte de estos tres se puede, pues, considerar mayor o menor la gravedad en el pecado, según la persona contra la cual se peca. Primero por parte de Dios, al cual tanto más unida está una persona cuanto es más virtuosa o sagrada. Y por ello la injuria inferida a tal persona redunda más en Dios, según aquello de
Za 2,8: El que os tocare, toca las niñas de mis ojos. Por eso el pecado resulta más grave por el hecho de pecar contra una persona más unida a Dios por razón de la virtud o por razón de su oficio.

Por parte de sí mismo es evidente que tanto más gravemente peca uno cuanto pecare contra una persona más unida (a sí), ya por afinidad natural, por los beneficios o por otro vínculo cualquiera; pues parece pecar más contra sí mismo y, por tanto, peca más gravemente, según aquello del Si 14,5: El que es malo para sí, ¿para quién será bueno? Por parte del prójimo, tanto más gravemente peca uno cuanto el pecado afecta a más (personas). Y por eso el pecado que se comete contra una persona pública, como el rey o el príncipe, que representa a todo el pueblo, es más grave que el que se comete contra una persona privada. De ahí que en Ex 22,28 se diga especialmente: No maldecirás al príncipe de tu pueblo. E igualmente, la injuria que se hace a alguna persona famosa parece ser más grave por el hecho de redundar en escándalo y turbación de muchos.

A las objeciones:

 Soluciones: 1. Aquel que infiere una injuria al virtuoso, en cuanto está en él, le perturba tanto interior como exteriormente. Mas que éste no se turbe interiormente, se debe a su bondad, la cual no aminora el pecado del injuriante.

 2
. El daño que uno se infiere a sí mismo en las cosas que están bajo el dominio de su propia voluntad, como (por ejemplo) en lo que posee, tiene menos razón de pecado que si se lo infiriese a otro, pues lo hace por voluntad propia. Mas en las cosas que no son del dominio de la voluntad, como las naturales y los bienes espirituales, es mayor pecado inferirse a sí mismo un daño: pues peca más gravemente el que se mata a sí mismo que el que mata a otro. Mas puesto que las cosas de nuestros parientes no están sujetas al dominio de nuestra voluntad, cuanto a los daños inferidos a las cosas de ellos no concluye el argumento de que se peque menos respecto de ellas, a no ser que ellos mismos lo quieran o lo aprueben.

 3
. No hay acepción de personas si Dios castiga más gravemente al que peca contra personas más dignas: lo hace así porque esto (dicho pecado) redunda en daño de muchos.



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ARTÍCULO 10 ¿Agrava el pecado la dignidad del que peca?

Objeciones por las que parece que la dignidad de la persona que peca no agrava el pecado:
 Objeciones: 1. El hombre se engrandece porque se adhiere a Dios, según aquello de Si 25,13: ¡Cuán grande es quien encontró la sabiduría y la ciencia! Mas no está sobre el que teme a Dios. Ahora bien; cuanto uno se adhiere más a Dios, tanto menos se le imputa algo pecaminoso, pues en el 2Ch 30,18-19 se dice: El Señor bueno será propicio a todos aquellos que buscan de todo corazón al Señor, Dios de sus padres, y no les imputará que estén menos santificados.

Luego el pecado no se agrava por la dignidad de la persona que peca.

 2. Además, no hay acepción de personas ante Dios (Rm 2,11). Luego no castiga más a uno que a otro por el mismo pecado. Luego el pecado no se agrava por la dignidad de la persona que peca.

 3. Nadie debe obtener daño del bien. Mas lo obtendría (alguien) si lo que hace se le imputase más a culpa. Luego por la dignidad de la persona que peca no se agrava el pecado.

 
. Contra esto: está lo que dice Isidoro en el libro II De summo Bono: Tanto mayor se conoce ser el pecado cuanto en más se tiene al que peca.

 
. Respondo: Existe un doble pecado. Uno subrepticio o inesperado, basado en la debilidad de la naturaleza humana. Tal pecado se imputa menos a aquel que es mayor en virtud, porque es menos negligente en reprimir tales pecados, que, sin embargo, no puede evitar del todo la debilidad humana. Otros pecados proceden de la deliberación. Y estos pecados se imputan a uno tanto más cuanto es más excelente. Esto puede ser por cuatro razones.
Primero, porque los más excelentes pueden resistir más fácilmente, en cuanto que exceden (a los demás) en conocimiento y en virtud. Por donde dice el Señor, en
Lc 12,47, que el siervo que conoce la voluntad de su señor y no la hace, recibirá muchos azotes.
Segundo, por la ingratitud: porque todo bien con el que uno es engrandecido, es un beneficio de Dios, respecto del cual el hombre se hace ingrato pecando. Y en cuanto a esto, cualquier superioridad o excelencia, también en los bienes temporales, agrava el pecado, según aquello de Sg 6,7: Los poderosos serán atormentados poderosamente.
Tercero, por la incompatibilidad especial entre el acto pecaminoso y la dignidad de la persona: como si, por ejemplo, violase la justicia el príncipe, que está puesto como guarda de la justicia, y si fornicase un sacerdote, que ha hecho voto de castidad.
Cuarto, por el ejemplo o escándalo, pues como dice Gregorio en las Pastoral.: la culpa se extiende impetuosamente con el ejemplo cuando el pecador es honrado por reverencia a su grado (o dignidad). Además los pecados de los grandes llegan al conocimiento de muchos; y la gente los lleva con más indignación.

A las objeciones:

 Soluciones: 1. La autoridad aducida habla de aquellas cosas que se hacen negligentemente por sorpresa de la debilidad humana.

 2
. Dios no tiene acepción de personas si castiga más a los más excelentes: pues su superioridad contribuye a la gravedad del pecado, como hemos dicho (en sol.).

 3
. La persona superior no obtiene daño (alguno) del bien que posee, sino de su mal uso.




Suma Teológica I-II Qu.73 a.3