Denzinger 826

826 Dz 445 Cuando se ordenan el presbítero y el diácono reciben la imposición de la mano con tacto corporal, según rito introducido por los Apóstoles; si ello se hubiere omitido, no se ha de repetir de cualquier manera, sino que en el tiempo estatuído para conferir estas órdenes, ha de suplirse con cautela lo que por error fué omitido. En cuanto a la suspensión de las manos, debe hacerse cuando la oración se derrama sobre la cabeza del ordenando.

De la invalidez del matrimonio condicionado (2)

 [De los fragmentos de los Decretos n. 104, hacia 1227-1234]


(2) CIC Decr. Greg. IV, 5. 7: Frdbg II 684; Rcht II 659 s; Pth 9664; Msi XXIII 141 A.


827 Dz 446 Si se ponen condiciones contra la sustancia del matrimonio, por ejemplo, si una de las partes dice a la otra: «Contraigo contigo, si evitas la generación de la prole» o: «hasta encontrar otra más digna por su honor o riquezas», o: «si te entregas al adulterio para ganar dinero»; el contrato matrimonial, por muy favorable que sea, carece de efecto, aun cuando otras condiciones puestas al matrimonio, si fueren torpes e imposibles, por favor a él, han de considerarse como no puestas.

 De la materia del bautismo (3)

 [De la Carta Cum, sicut ex, a Sigurdo, arzobispo de Drontheim (4), de 8 de julio de 1241]


Notas: (3) Bar(Th) ad 1241, 42 (21, 241 b); Pth 11048.

(4) En Noruega.



829 Dz 447 Corno quiera que, según por tu relación hemos sabido, a causa de la escasez de agua se bautizan alguna vez los niños de esa tierra con cerveza, a tenor de las presentes te respondemos que quienes se bautizan con cerveza no deben considerarse debidamente bautizados, puesto que,. según la doctrina evangélica, hay que renacer del agua y del Espíritu Santo (Jn 3,5).

De la usura (5)

 [De la Carta al hermano R., en el fragm. de Decr. 69 de fecha incierta]


(5) CIC Decr. Greg. V, 19, 19: Frdbg II 816; Rcht II 787 I Pth 9678; Msi XXIII 131 E s.


828 Dz 448 El que presta a un navegante o a uno que va a la feria, cierta cantidad de dinero, por exponerse a peligro, si recibe algo más del capital, [no?] ha de ser tenido por usurero. También el que da diez sueldos, para que a su tiempo se le den otras tantas medidas de grano, vino y aceite, que, aunque entonces valgan más, como razonablemente se duda si valdrán más o menos en el momento de la paga, no debe por eso ser reputado usurero. Por razón de esta duda se excusa también el que vende paños, grano, vino, aceite u otras mercancías para recibir en cierto término más de lo que entonces valen, si es que en el término del contrato no las hubiera vendido.

 CELESTINO IV, 1241

 INOCENCIO IV, 1243-1254

 I CONCILIO DE LYON, 1245

 XIII ecuménico (contra Federico II)

 No publicó decretos dogmáticos

 Acerca de los ritos de los griegos (1)

 [De la Carta Sub catholicae, al obispo de Frascati, Legado de la Sede Apostólica entre los griegos, de 6 de marzo de 1254]


(1) MBR I (Luxemburg 1742) 100 s; Msi 23, 574; Pth 15265; ELIE BERGER, Les registres d'Innocent IV, III (1897), 7338.


830 Dz 449 § 3. 1. Acerca, pues, de estas cosas nuestra deliberación vino a parar en que los griegos del mismo reino mantengan y observen la costumbre de la Iglesia Romana en las unciones que se hacen en el bautismo. -- 2. El rito, en cambio, o costumbre que según dicen tienen de ungir por todo el cuerpo a los bautizados, si no puede suprimiese sin escándalo, se puede tolerar, como quiera que, hágase o no, no importa gran cosa para la eficacia o efecto del bautismo. -- 3. Tampoco importa que bauticen con agua fría o caliente, pues se dice que afirman que en una y en otra tiene el bautismo igual virtud y efecto.

831 Dz 450 4. Sólo los obispos, sin embargo, signen con el crisma en la frente a los bautizados, pues esta unción no debe practicarse más que por los obispos. Porque de solos los Apóstoles se lee, cuyas veces hacen los obispos, que dieron el Espíritu Santo por medio de la imposición de las manos, que está representada por la confirmación o crismación de la frente. -- 5. Cada obispo puede también, en su Iglesia, el día de la cena del Señor, consagrar, según la forma de la Iglesia, el crisma, compuesto de bálsamo y aceite de olivas. En efecto, en la unción del crisma se confiere el don del Espíritu Santo. Y, ciertamente, la paloma que designa al mismo Espíritu Santo, se lee que llevó el ramo de olivo al arca. Pero si los griegos prefieren guardar en esto su antiguo rito, a saber, que el patriarca juntamente con los arzobispos y obispos sufragáneos suyos y los arzobispos con sus sufragáneos, consagren juntos el crisma, pueden ser tolerados en tal costumbre.

832 Dz 451 6. Nadie, empero, por medio de los sacerdotes o confesores, sea sólo ungido por alguna unción, en vez de la satisfacción de la penitencia.

833 7. A los enfermos, en cambio, según la palabra de Santiago Apóstol (Jc 5,14), adminístreseles la extremaunción.

834 Dz 452 8. En cuanto a añadir agua, ya fría, ya caliente o templada, en el sacrificio del altar, sigan, si quieren, los griegos su costumbre, con tal de que crean y afirmen que, guardada la forma del canon, de una y otra se consagra igualmente. -- 9. Pero no reserven durante un año la Eucaristía consagrada en la cena del Señor, bajo pretexto de comulgar de ella los enfermos. Séales, sin embargo, permitido consagrar el cuerpo de Cristo para los mismos enfermos y conservarlo por quince días y no por más largo tiempo, para evitar que, por la larga reserva, alteradas tal vez las especies, resulte menos apto para ser recibido, si bien la verdad y eficacia permanecen siempre las mismas y no se desvanecen por duración o cambio alguno del tiempo. -- 10. En cuanto a la celebración de las Misas solemnes y otras, y en cuanto a la hora de celebrarlas, con tal de que en la confección o consagración observen la forma de las palabras por el Señor expresada y enseñada, y en la celebración no pasen de la hora nona, permítaseles seguir su costumbre...

835 Dz 453 18. Respecto a la fornicación que comete soltero con soltera, no ha de dudarse en modo alguno que es pecado mortal, como quiera que afirma el Apóstol que tanto fornicarios como adúlteros son ajenos al reino de Dios (1Co 6,9 s).

836 Dz 454 19. Además, queremos y expresamente mandamos que los obispos griegos confieran en adelante las siete órdenes conforme a la costumbre de la Iglesia romana, pues se dice que hasta ahora han descuidado y omitido tres de las menores en los ordenados. Sin embargo, los que ya han sido así ordenados por ellos, dada su excesiva muchedumbre, pueden ser tolerados en las órdenes así recibidas.


837 Dz 455 20. Mas, como dice el Apóstol que la mujer, muerto el marido, está suelta de la ley del mismo, de suerte que tiene libre facultad de casarse con quien quiera en el Señor (Rm 7,2 1Co 7,39); no desprecien en modo alguno ni condenen los griegos las segundas, terceras y ulteriores nupcias, sino más bien apruébenlas, entre personas que, por lo demás, pueden lícitamente unirse en matrimonio. Sin embargo, los presbíteros no bendigan en modo alguno a las que por segunda vez se casan.

838 Dz 456 23. Finalmente, afirmando la Verdad en el Evangelio que si alguno dijere blasfemia contra el Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni el futuro (Mt 12,32), por lo que se da a entender que unas culpas se perdonan en el siglo presente y otras en el futuro, y como quiera que también dice el Apóstol que el fuego probará cómo sea la obra de cada uno; y: Aquel cuya obra ardiere sufrirá daño; él, empero, se salvará; pero como quien pasa por el fuego (1Co 3,13 1Co 3,15); y como los mismos griegos se dice que creen y afirman verdadera e indubitablemente que las almas de aquellos que mueren, recibida la penitencia, pero sin cumplirla; o sin pecado mortal, pero sí veniales y menudos, son purificados después de la muerte y pueden ser ayudados por los sufragios de la Iglesia; puesto que dicen que el lugar de esta purgación no les ha sido indicado por sus doctores con nombre cierto y propio, nosotros que, de acuerdo con las tradiciones y autoridades de los Santos Padres lo llamamos purgatorio, queremos que en adelante se llame con este nombre también entre ellos. Porque con aquel fuego transitorio se purgan ciertamente los pecados, no los criminales o capitales, que no hubieren antes sido perdonados por la penitencia, sino los pequeños y menudos, que aun después de la muerte pesan, si bien fueron perdonados en vida.

839 Dz 457 24. Mas si alguno muere en pecado mortal sin penitencia, sin género de duda es perpetuamente atormentado por los ardores del infierno eterno. -- 25. Las almas, empero, de los niños pequeños después del bautismo y también las de los adultos que mueren en caridad y no están retenidas ni por el pecado ni por satisfacción alguna por el mismo, vuelan sin demora a la patria sempiterna.


 ALEJANDRO IV, 1254-1261

 Errores de Guillermo del Santo Amor (sobre los mendicantes) (1)

 [De la Constitución Romanus Pontifex, de 5 de octubre de 1256]


(1) MBR 1, 112 a s; BR (T) 3, 644 a ss; cf. Bar(Th) ad 1256, 22 s (21, 508 s). GOTTI, Verit. relig. christ. II 375; Pth 16565; cf. DuPl I, I 168 ss; DCh I 331 ss. -- Esta condenación fué muchas veces repetida v. g. en las Const. Veri solis radiis, 17 oct. 1256, Non sine multa cordis amaritudine, 19 oct. 1256 y Quidam Scripturae sacrae, 19 oct. 1256



840 Dz 458 Aparecieron, decimos, y por el excesivo ardor de su ánimo, prorrumpieron en extraviadas imaginaciones, componiendo temerariamente cierto libelo muy pernicioso y detestable... Cuidadosamente leído y madura y rigurosamente examinado, se nos ha hecho relación de su contenido. En él hallamos manifiestamente que se contienen cosas perversas y reprobables, contra la potestad y autoridad del Romano Pontífice y sus compañeros de episcopado,

841
 y algunas contra aquellos que mendigan por Dios bajo estrechísima pobreza, venciendo con su voluntaria indigencia al mundo con sus riquezas;

842
 otras contra los que, animados de ardiente celo por la salvación de las almas y procurándola por los sagrados estudios, logran en la Iglesia de Dios muchos provechos espirituales y hacen allí mucho fruto;

843 Dz 459 algunas también contra el saludable estado de los religiosos, pobres o mendicantes, como son nuestros amados hijos los frailes Predicadores y los Menores, los cuales con vigor de espíritu, abandonado el siglo con sus riquezas, suspiran con toda su intención por la sola Patria celeste;

 y por el estilo otras muchas cosas inconvenientes dignas de eterna confutación y confusión.

844  Se nos informó también que dicho libelo era semillero de grande escándalo y materia de mucha turbación, y traía también daño a las almas, pues retraía de la devoción acostumbrada y de la ordinaria largueza en las limosnas y de la conversión e ingreso de los fieles en religión.

 Nos hemos juzgado por autoridad apostólica, con el consejo de nuestros hermanos, que dicho libro que empieza así: «He aquí que quienes vean gritarán afuera» y por su título se llama Breve tratado sobre los peligros de los últimos tiempos, ha de ser reprobado y para siempre condenado por inicuo, criminal y execrable; y las instituciones y enseñanzas en él dadas, por perversas, falsas e ilícitas, mandando con todo rigor que quienquiera tuviere ese libro, después de ocho días de sabida esta nuestra reprobación y condenación, procure absolutamente quemarlo y destruirlo enteramente y en cualquiera de sus partes.


 URBANO IV, 1261-1264

 Del objeto y virtud de la acción litúrgico conmemorativa (1)

 [De la Bula Transiturus de hoc mundo, de 11 de agosto de 1264]

Dz:459a (2) Porque lo demás de que hacemos memoria, lo abrazamos con la mente y el espíritu; pero no por eso obtenemos la presencia real de la cosa. Pero en esta conmemoración sacramental, Jesucristo está presente entre nosotros, bajo forma distinta, ciertamente, pero en su propia sustancia.


(1) BR (T) III (1858) 705.

(2) 5004 en la 30.ª edición latina.



 CLEMENTE IV, 1265-1268

 GREGORIO X, 1271-1276

 II CONCILIO DE LYON, 1274

 XIV ecuménico (de la unión de los griegos)

 Constitución sobre la procesión del Espíritu Santo (3)

 [De summa Trinitate et fide catholica]


(3) Msi XXIV 81 B; Pth 20950; Hrd VII 705; cf. Hfl VI 132 ss; Bar(Th) ad 1274, 1 ss (22, 321 ss).


850 Dz 460 Confesamos con fiel y devota profesión que el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo, no como de dos principios, sino como de un solo principio; no por dos aspiraciones, sino por única aspiración; esto hasta ahora ha profesado, predicado y enseñado, esto firmemente mantiene, predica, profesa y enseña la sacrosanta Iglesia Romana, madre y maestra de todos los fieles; esto mantiene la sentencia verdadera de los Padres y doctores ortodoxos, lo mismo latinos que griegos. Mas, como algunos, por ignorancia de la anterior irrefragable verdad, han caído en errores varios, nosotros, queriendo cerrar el camino a tales errores, con aprobación del sagrado Concilio, condenamos y reprobamos a los que osaren negar que el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo, o también con temerario atrevimiento afirmar que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo como de dos principios y no como de uno.

 Profesión de fe de Miguel Paleólogo (1)


(1) Msi XXIV 70 A s; Hrd VII 694 C ss; Hfl VI 139 nota; cf. Bar(Th) ad 1274, 19 (22, 329 a). -- Esta profesión de fe fué propuesta el año 1267 por Clemente IV a Miguel Paleólogo [Bar(Th) ad 1267, 72-811 y por éste presentada a Gregorio X en el II Concilio de Lyón, así como por Urbano VI el 1 ag. 1385 a los griegos ortodoxos que volvían nuevamente a la Iglesia. Hasta las palabras: «Esta es la fe verdadera» es la que, con variación de pocas palabras, aún ahora se emite por preguntas y respuestas en la consagración de los obispos, conforme a los Statuta ecclesiae antiqua (que antaño se tuvieron falsamente por los decretos del IV Concilio de Cartago: cf. 150 ss; 343 ss; PL, 56, 879 B s). Cf. la profesión de fe de Juan Vecci [Bar (Th) ad 1277, 34-39] y la Carta de Gregorio X, de 4 oct. 1272 [Msi XX 17].


851 Dz 461 Creemos que la Santa Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo es un solo Dios omnipotente y que toda la divinidad en la Trinidad es coesencial y consustancial, coeterna y coomnipotente, de una sola voluntad, potestad y majestad, creador de todas las creaturas, de quien todo, en quien todo y por quien todo, lo que hay en el cielo y en la tierra, lo visible y lo invisible, lo corporal y lo espiritual. Creemos que cada persona en la Trinidad es un solo Dios verdadero, pleno y perfecto.

852 Dz 462 Creemos que el mismo Hijo de Dios, Verbo de Dios, eternamente nacido del Padre, consustancial, coomnipotente e igual en todo al Padre en la divinidad, nació temporalmente del Espíritu Santo y de María siempre Virgen con alma racional; que tiene dos nacimientos, un nacimiento eterno del Padre y otro temporal de la madre: Dios verdadero y hombre verdadero, propio y perfecto en una y otra naturaleza, no adoptivo ni fantástico, sino uno y único Hijo de Dios en dos y de dos naturalezas, es decir, divina y humana, en la singularidad de una sola persona, impasible e inmortal por la divinidad, pero que en la humanidad padeció por nosotros y por nuestra salvación con verdadero sufrimiento de su carne, murió y fué sepultado, y descendió a los infiernos, y al tercer día resucitó de entre los muertos con verdadera resurrección de su carne, que al día cuadragésimo de su resurrección subió al cielo con la carne en que resucitó y con el alma, y está sentado a la derecha de Dios Padre, que de allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos, y que ha de dar a cada uno según sus obras, fueren buenas o malas.

853 Dz 463 Creemos también que el Espíritu Santo es Dios pleno, perfecto y verdadero que procede del Padre y del Hijo, consustancial, coomnipotente y coeterno en todo con el Padre y el Hijo. Creemos que esta santa Trinidad no son tres dioses, sino un Dios único, omnipotente, eterno, invisible e inmutable.

854 Dz 464 Creemos que hay una sola verdadera Iglesia Santa, Católica y Apostólica, en la que se da un solo santo bautismo y verdadero perdón de todos los pecados. Creemos también la. verdadera resurrección de la carne que ahora llevamos, y la vida eterna. Creemos también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del Nuevo y del Antiguo Testamento, de la Ley, los Profetas y los Apóstoles.

855 Esta es la verdadera fe católica y ésta mantiene y predica en los antedichos artículos la sacrosanta Iglesia Romana. Mas, por causa de los diversos errores que unos por ignorancia y otros por malicia han introducido, dice y predica que aquellos que después del bautismo caen en pecado, no han de ser rebautizados, sino que obtienen por la verdadera penitencia el perdón de los pecados.

856 Y si verdaderamente arrepentidos murieren en caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con penas purgatorias o catarterias, como nos lo ha explicado Fray Juan (1); y para alivio de esas penas les aprovechan los sufragios, de los fieles vivos, a saber, los sacrificios de las misas, las oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que, según las instituciones de la Iglesia, unos fieles acostumbran hacer en favor de otros.

857 Mas aquellas almas que, después de recibido el sacro bautismo, no incurrieron en mancha alguna de pecado, y también aquellas que después de contraída, se han purgado, o mientras permanecían en sus cuerpos o después de desnudarse de ellos, como arriba se ha dicho, son recibidas inmediatamente en el cielo.

858
 Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales. La misma sacrosanta Iglesia Romana firmemente cree y firmemente afirma que, asimismo, comparecerán todos los hombres con sus cuerpos el día del juicio ante el tribunal de Cristo para dar cuenta de sus propios hechos (
Rm 14,10 s).

860 Dz 465 Sostiene también y enseña la misma Santa Iglesia Romana que hay siete sacramentos eclesiásticos, a saber: uno el bautismo del que arriba se ha hablado; otro es el sacramento de la confirmación que confieren los obispos por medio de la imposición de las manos, crismando a los renacidos, otro es la penitencia, otro la eucaristía, otro el sacramento del orden, otro el matrimonio, otro la extremaunción, que se administra a los enfermos según la doctrina del bienaventurado Santiago.

861 Dz 466 El sacramento de la Eucaristía lo consagra de pan ázimo la misma Iglesia Romana, manteniendo y enseñando que en dicho sacramento el pan se transustancia verdaderamente en el cuerpo y el vino en la sangre de Nuestro Señor Jesucristo. Acerca del matrimonio mantiene que ni a un varón se le permite tener a la vez muchas mujeres ni a una mujer muchos varones. Mas, disuelto el legítimo matrimonio por muerte de uno de los cónyuges, dice ser lícitas las segundas y sucesivamente terceras nupcias, si no se opone otro impedimento canónico por alguna causa.

 La misma Iglesia Romana tiene el sumo y pleno primado y principado sobre toda la Iglesia Católica que verdadera y humildemente reconoce haber recibido con la plenitud de potestad, de manos del mismo Señor en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, cuyo sucesor es el Romano Pontífice. Y como está obligada más que las demás a defender la verdad de la fe, así también, por su juicio deben ser definidas las cuestiones que acerca de la fe surgieron. A ella puede apelar cualquiera, que hubiere sido agraviado en asuntos que pertenecen al foro eclesiástico y en todas las causas que tocan al examen eclesiástico, puede recurrirse a su juicio. Y a ella están sujetas todas las Iglesias, y los prelados de ellas le rinden obediencia y reverencia. Pero de tal modo está en ella la plenitud de la potestad, que también admite a las otras Iglesias a una parte de la solicitud y, a muchas de ellas, principalmente a las patriarcales, la misma Iglesia Romana las honró con diversos privilegios, si bien quedando siempre a salvo en su prerrogativa, tanto en los Concilios generales como en todo lo demás.

 INOCENCIO V, 1276

 ADRIANO IV, 1276

 JUAN XXI, 1276-1277

 NICOLAS III, 1277-1280

MARTIN IV, 1281-1285

HONORIO IV, 1285-1287

NICOLAS IV, 1288-1292

SAN CELESTINO, V 1294-(+1295)

 BONIFACIO VIII, 1294-1303

 Sobre las indulgencias (1)

 [De la Bula del Jubileo Antiquorum habet, de 22 de febrero de 1300]


(1) CIC Extr. comm. V, 9, 1: Frdbg II 1303; Rcht II 1218; Pth 24917; BR(T) 4, 156 b; MBR 1, 179 a; Bar(Th) ad 1300, 4 (23, 263 b s).


868 Dz 467 La fiel relación de los antiguos nos cuenta que a quienes se acercaban a la honorable basílica del príncipe de los Apóstoles, les fueron concedidos grandes perdones e indulgencias de sus pecados. Nos... teniendo por ratificados y gratos todos y cada uno de esos perdones e indulgencias, por autoridad apostólica los confirmamos y aprobamos...

 De la unidad y potestad de la Iglesia (1)

 [De la Bula Unam sanctam, de 18 de noviembre de 1302]


(1) CIC Extr. comm. I, 8, 1: Frdbg II 1245; Rcht II 1159 s; Pth 25189; Bar(Th) ad 1302, 13 (23, 303 s); cf. Hfl VI 346 ss. -- Felipe IV, rey de Francia, abusó de esta bula diciendo que en ella se definía que el Papa tenía potestad directa sobre los reyes, aun en lo puramente temporal; pero en modo alguno fué esa la intención de Bonifacio VIII, quien en consistorio expresamente habido sobre este asunto declaró que falsamente se le había levantado que «nos habíamos mandado al Rey que reconociera por nuestro el reino. Cuarenta años hace que somos expertos en derecho y sabemos que hay dos potestades ordenadas por Dios. ¿Quién, pues, debe o puede creer que tanta fatuidad, tanta necedad esté o haya estado en nuestra cabeza? Decimos que en nada queremos usurpar la jurisdicción del Rey, y así lo dijo nuestro hermano portuense. Pero tampoco puede negar el Rey ni otro fiel cualquiera que no nos esté sujeto por razón del pecado.» Cf. DU PUY, Histoire du différend, etc., 77.


870 Dz 468 Por apremio de la fe, estamos obligados a creer y mantener que hay una sola y Santa Iglesia Católica y la misma Apostólica, y nosotros firmemente la creemos y simplemente la confesamos, y fuera de ella no hay salvación ni perdón de los pecados, como quiera que el Esposo clama en los cantares: Una sola es mi paloma, una sola es mi perfecta. Unica es ella de su madre, la preferida de la que la dió a luz (Ct 6,8). Ella representa un solo cuerpo místico, cuya cabeza es Cristo, y la cabeza de Cristo, Dios. En ella hay un solo Señor, una sola fe, un solo bautismo (Ep 4,5). Una sola, en efecto, fué el arca de Noé en tiempo del diluvio, la cual prefiguraba a la única Iglesia, y, con el techo en pendiente de un codo de altura, llevaba un solo rector y gobernador, Noé, y fuera de ella leemos haber sido borrado cuanto existía sobre la tierra.

871 Mas a la Iglesia la veneramos también como única, pues dice el Señor en el Profeta: Arranca de la espada, oh Dios, a mi alma y del poder de los canes a mi única (Ps 21,21). Oró, en efecto, juntamente por su alma, es decir, por sí mismo, que es la cabeza, y por su cuerpo, y a este cuerpo llamó su única Iglesia, por razón de la unidad del esposo, la fe, los sacramentos y la caridad de la Iglesia. Esta es aquella túnica del Señor, inconsútil (Jn 19,23), que no fué rasgada, sino que se echó a suertes. La Iglesia, pues, que es una y única, tiene un solo cuerpo, una sola cabeza, no dos, como un monstruo, es decir, Cristo y el vicario de Cristo, Pedro, y su sucesor, puesto que dice el Señor al mismo Pedro: Apacienta a mis ovejas (Jn 21,17). Mis ovejas, dijo, y de modo general, no éstas o aquéllas en particular; por lo que se entiende que se las encomendó todas. Si, pues, los griegos u otros dicen no haber sido encomendados a Pedro y a sus sucesores, menester es que confiesen no ser de las ovejas de Cristo, puesto que dice el Señor en Juan que hay un solo rebaño y un solo pastor (Jn 10,16).

873 Dz 469 Por las palabras del Evangelio somos instruídos de que, en ésta y en su potestad, hay dos espadas:. la espiritual y la temporal... Una y otra espada, pues, está en la potestad de la Iglesia, la espiritual y la material. Mas ésta ha de esgrimiese en favor de la Iglesia; aquélla por la Iglesia misma. Una por mano del sacerdote, otra por mano del rey y de los soldados, si bien a indicación y consentimiento del sacerdote. Pero es menester que la espada esté bajo la espada y que la autoridad temporal se someta ,a la espiritual... Que la potestad espiritual aventaje en dignidad y nobleza a cualquier potestad terrena, hemos de confesarlo con tanta más claridad, cuanto aventaja lo espiritual a lo temporal... Porque, según atestigua la Verdad, la potestad espiritual tiene que instituir a la temporal, y juzgarla si no fuere buena... Luego si la potestad terrena se desvía, será juzgada por la potestad espiritual; si se desvía la espiritual menor, por su superior; mas si la suprema, por Dios solo, no por el hombre, podrá ser juzgada. Pues atestigua el Apóstol: El hombre espiritual lo juzga todo, pero él por nadie es juzgado (1Co 2,15).

874 Ahora bien, esta potestad, aunque se ha dado a un hombre y se ejerce por un hombre, no es humana, sino antes bien divina, por boca divina dada a Pedro, y a él y a sus sucesores confirmada en Aquel mismo a quien confesó, y por ello fué piedra, cuando dijo el Señor al mismo Pedro: Cuanto ligares etc. (Mt 16,19). Quienquiera, pues, resista a este poder así ordenado por Dios, a la ordenación de Dios resiste (Rm 13,2), a no ser que, como Maniqueo, imagine ,que hay dos principios, cosa que juzgamos falsa y herética, pues atestigua Moisés no que «en los principios», sino en el principio creó Dios el cielo y la tierra (Gn 1,1).

875 Ahora bien, someterse al Romano Pontífice, lo declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos como de toda necesidad de salvación para toda humana criatura.


 BENEDICTO XI, 1303 -1304

 De la repetida confesión de los pecados (1)

 [De la Constitución Inter cunctas sollicitudines, de 17. de febrero de 1304]


(1) CIC Extr. comm. V, 7, 1: Frdbg II 1298 s, Rcht II 1213; Pth 25370; cf. Bar(Th) 1304, 21 (23, 335 b). La Constitución Inter cunctas, después de siete años fué derogada nuevamente en el Concilio de Vienne (1311).


880 Dz 470 Aunque no sea de necesidad confesar nuevamente los pecados, sin embargo, por la vergüenza que es una parte grande de la penitencia, tenemos por cosa saludable que se reitere la confesión de los mismos pecados. Rigurosamente mandamos que los frailes mismos que confiesan [Predicadores y Menores] atentamente avisen y en sus predicaciones exhorten a que los fieles se confiesen con sus sacerdotes por lo menos una vez al año, asegurándoles que ello indudablemente se refiere al provecho de las almas.


 CLEMENTE V, 1305-1314

 CONCILIO DE VIENNE, 1311-1312  XV ecuménico (abolición de los templarios)

 Errores de los begardos y beguinos

 (sobre el estado de perfección) (1)


(1) CIC Clem. V, 3, 3: Frdbg II, 1183; Rcht II, 1100; Msi XXV 410 A; Hrd VII 1358 s; GOTTI, Verit. relig. christ. II 382; cf. Hfl VI 544; Bar(Th) 1312, 17 s (23, 514 a ss).


891 Dz 471 (1) El hombre en la vida presente puede adquirir tal y tan grande grado de perfección, que se vuelve absolutamente impecable y no puede adelantar más en gracia; porque, según dicen, si uno pudiera siempre adelantar, podría hallarse alguien más perfecto que Cristo.

892 Dz 472 (2) Después que el hombre ha alcanzado este grado de perfección, no necesita ayunar ni orar; porque entonces la sensualidad está tan perfectamente sujeta al espíritu y a la razón, que el hombre puede conceder libremente al cuerpo cuanto le place.

893 Dz 473 (3) Aquellos que se hallan en el predicho grado de perfección y espíritu de libertad, no están sujetos a la obediencia humana ni obligados a preceptos algunos de la Iglesia, porque (según aseguran) donde está el Espíritu del Señor, allí está la libertad (2Co 3,17).

894 Dz 474 (4) El hombre puede alcanzar en la presente vida la beatitud final según todo grado de perfección, tal como la obtendrá en la vida bienaventurada.

895 Dz 475 (5) Cualquier naturaleza intelectual es en sí misma naturalmente bienaventurada y el alma no necesita de la luz de gloria que la eleve para ver a Dios y gozarle bienaventuradamente.

896 Dz 476 (6) Ejercitarse en los actos de las virtudes es propio del hombre imperfecto, y el alma perfecta licencia de sí las virtudes.

897 Dz 477 (7) El beso de una mujer, como quiera que la naturaleza no inclina a ello, es pecado mortal; en cambio, el acto carnal, como quiera que a esto inclina la naturaleza, no es pecado, sobre todo si el que lo ejercita es tentado.

898 Dz 478 (8) En la elevación del cuerpo de Jesucristo no hay que levantarse ni tributarle reverencia, y afirman que sería imperfección para ellos si descendieran tanto de la pureza y altura de su contemplación, que pensaran algo sobre el ministerio (v. 1.: misterio) o sacramento de la Eucaristía o sobre la pasión de la humanidad de Cristo.

899
 Censura:, Nos, con aprobación del sagrado Concilio, condenamos y reprobamos absolutamente la secta misma con los antedichos errores y con todo rigor prohibimos que en adelante los sostenga, apruebe o defienda nadie.

De la usura (1)

 [De la Constitución Ex gravi ad nos]



(1) CIC Clem. V,1: Frdbg II 1184; Rcht II 1101; Msi XXV 411 D; Hrd VII 1360 A; cf. Hfl VI 546; Bar(Th) 1312, 21 (23, 523 b).


906 Dz 479 Si alguno cayere en el error de pretender afirmar pertinazmente que ejercer las usuras no es pecado, decretamos que sea castigado como hereje.

 Errores de Pedro Juan Olivi (acerca de la llaga de Cristo, de la unión del alma y del cuerpo, y del bautismo) (2)

 [De la Constitución De Summa Trinitate et fide catholical



(2) CIC Clem. I, 1: Frdbg II 1133 s; Rcht II 1057 s; Msi XXV 410 E s; Hrd VII 1359 C s, cf. Hfl VI 536 s; Bar(Th) 1312. 19 s (23, 522 a ss). -- Pedro Juan Olivi, O. F. M., nació el año 1248, en Sérignan, de Francia. Sus errores acerca del alma v. en la edición Quaracchi (B. Jansen, S.I.) 1922-1926, II. p. 104 ss, y 136 ss y 302 ss. Murió después de hacer bellísima profesión de fe el 14 marzo 1298 (ó 1297) [Hrt 11.ª 404 ss]. Cf. I. KOCH, en «Theol. Quartalschrift» 113 (Tubingen 1932) 142 ss.


900 Dz 480 [De la encarnación.] Adhiriéndonos firmemente al fundamento de la fe católica, fuera del cual, en testimonio del Apóstol, nadie puede poner otro (1Co 3,11), abiertamente confesamos, con la santa madre Iglesia, que el unigénito Hijo de Dios, eternamente subsistente junto con el Padre en todo aquello en que el Padre es Dios, asumió en el tiempo en el tálamo virginal para la unidad de su hipóstasis o persona, las partes de nuestra naturaleza juntamente unidas, por las que, siendo en sí mismo verdadero Dios, se hiciera verdadero hombre, es decir, el cuerpo humano pasible y el alma intelectiva o racional que verdaderamente por sí misma y esencialmente informa al mismo cuerpo.

901 Y en esta naturaleza asumida, el mismo Verbo de Dios, para obrar la salvación de todos, no sólo quiso ser clavado en la cruz y morir en ella, sino que sufrió que, después de exhalar su espíritu, fuera perforado por la lanza su costado, para que, al manar de él las ondas de agua y sangre, se formara la única inmaculada y virgen, santa madre Iglesia, esposa de Cristo, como del costado del primer hombre dormido fué formada Eva para el matrimonio; y así a la figura cierta del primero y viejo Adán que, según el Apóstol, es forma del futuro (Rm 5,14), respondiera la verdad en nuestro novísimo Adán, es decir, en Cristo. Esta es, decimos, la verdad, asegurada, como por una valla, por el testimonio de aquella grande águila, que vió el profeta Ezequiel pasar de vuelo a los otros animales evangélicos, es decir, por el testimonio del bienaventurado Juan Apóstol y Evangelista, que, contando el suceso y orden de este misterio, dice en su Evangelio: Mas cuando llegaron a Jesús, como le vieron ya muerto, no quebraron sus piernas, sino que uno de los soldados abrió con la lanza su costado y al punto salió sangre y agua. Y el que lo vió dió testimonio, y su testimonio es verdadero, y él sabe que dice verdad, para que también vosotros creáis (Jn 19,33 ss). Nosotros, pues, volviendo la vista de la consideración apostólica, a la cual solamente pertenece declarar estas cosas, a tan preclaro testimonio y a la común sentencia de los Padres y Doctores, con aprobación del sagrado Concilio, declaramos que el predicho Apóstol y Evangelista Juan, se atuvo, en lo anteriormente transcrito, al recto orden del suceso, contando que a Cristo ya muerto uno de los soldados le abrió el costado con la lanza.

902 Dz 481 [Del alma como forma del cuerpo.] Además, con aprobación del predicho sagrado Concilio, reprobamos como errónea y enemiga de la verdad de la fe católica toda doctrina o proposición que temerariamente afirme o ponga en duda que la sustancia del alma racional o intelectiva no es verdaderamente y por sí forma del cuerpo humano; definiendo, para que a todos sea conocida la verdad de la fe sincera y se cierre la entrada a todos los errores, no sea que se infiltren, que quienquiera en adelante pretendiere afirmar, defender o mantener pertinazmente que el alma racional o intelectiva no es por sí misma y esencialmente forma del cuerpo humano, ha de ser considerado como hereje.

903 Dz 482 [Del bautismo.] Además ha de ser por todos fielmente confesado un bautismo único que regenera a todos los bautizados en Cristo, como ha de confesarse: un solo Dios y una fe única (Ep 4,5); bautismo que, celebrado en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo, creemos ser comúnmente, tanto para los niños como para los adultos, perfecto remedio de salvación.

904 Dz 483 Mas como respecto al efecto del bautismo en los niños pequeños se halla que algunos doctores teólogos han tenido opiniones contrarias, diciendo algunos de ellos que por la virtud del bautismo ciertamente se perdona a los párvulos la culpa, pero no se les confiere la gracia, mientras afirman otros que no sólo se les perdona la culpa en el bautismo, sino que se les infunden las virtudes y la gracia informante en cuanto al hábito [v. 140], aunque por entonces no en cuanto al uso; nosotros, empero, en atención a la universal eficacia de la muerte de Cristo que por el bautismo se aplica igualmente a todos los bautizados, con aprobación del sagrado Concilio, hemos creído que debe elegirse como más probable y más en armonía y conforme con los dichos de los Santos y de los modernos doctores de teología la segunda opinión que afirma conferirse en el bautismo la gracia informante y las virtudes tanto a los niños como a los adultos.



Denzinger 826