Suma Teológica II-II Qu.187 a.6


ARTíCULO 6

¿Pueden los religiosos vestir ropa de peor calidad que los demás?
Objeciones por las que parece que los religiosos no pueden llevar ropa de peor calidad que los demás.
Objeciones: 1. Según el Apóstol dice en 1Th 5,12, debemos apartarnos de toda apariencia de mal. Ahora bien: la excesiva mala calidad de la ropa tiene apariencia de mal, puesto que dice el Señor en Mt 7,15: Guardaos de los falsos profetas, que vienen a vosotros con vestiduras de ovejas. Y comentando el pasaje de Ap 6,8: He aquí el caballo amarillo…, dice la Glosa: Viendo el diablo que no puede lograr nada mediante tribulaciones y herejías manifiestas, envía a falsos hermanos que, vestidos de religiosos, se mudan en caballos negros y rojos y pervierten la fe. Luego los religiosos no deben vestir descuidadamente.
2. Dice San Jerónimo en Ad Nepotianum: Evita la ropa pura, es decir, negra, tanto como la blanca. Hay que evitar los adornos tanto como el descuido, porque los primeros son efecto del lujo y el segundo de la vanagloria. Por tanto, dado que la vanagloria es pecado más grave que el lujo, parece que los religiosos, que deben aspirar a lo más perfecto, deben evitar la ropa descuidada más que la lujosa.
3. Los religiosos deben dedicarse, ante todo, a la penitencia. Pero en la penitencia no han de usarse signos externos de tristeza, sino más bien de alegría, pues dice el Señor en Mt 6,16: Cuando ayunáis, no os pongáis tristes como los hipócritas. Y más adelante (v. 17) añade: Tú, cuando ayunas, unge tu cabeza y lava tu cara. Comentando este pasaje, dice San Agustín en De Serm. Dom. in Monte: Al leer este pasaje hay que tener en cuenta que la jactancia puede darse no sólo en la limpieza y brillo de las cosas corpóreas, sino también en los vestidos luctuosos, y esta segunda es más peligrosa, por cuanto engaña bajo la apariencia de servicio a Dios. Por consiguiente, parece que los religiosos no deben usar ropa descuidada.
Contra esto: está el hecho de que el Apóstol dice en He 11,37: Anduvieron errantes, cubiertos de pieles de cabra. Sobre ello comenta la Glosa: Como Elías y otros. Y en las Decretales XXI q. 4: Si se ve a alguno que se burla de los que llevan ropa pobre y religiosa, corríjasele, porque en tiempos pasados toda persona sagrada usaba ropa pobre y vil.
Respondo: Como afirma San Agustín en III De Doct. Christ., En todas las cosas externas no está el pecado en el uso, sino en la pasión. Para determinar esta pasión hay que tener en cuenta que podemos considerar la ropa como vil y descuidada bajo un doble aspecto. Primero, como signo de una disposición o un estado humano, dado que, como se dice en Si 19,17, El vestido del hombre denuncia lo que hay en él. Bajo esta consideración, la condición humilde del vestido es, a veces, signo de tristeza. Por eso los hombres tristes suelen vestir ropa de peor calidad, como, a la inversa, en ocasión de solemnidad o de gozo visten ropa más elegante. Por ello, los penitentes visten ropa de condición humilde, como en Jon 3,6 se nos dice que el rey se vistió de saco. Y en 1R 2,27 se dice de Acab que cubrió su carne con cilicio. Pero otras veces es signo de desprecio de las riquezas y de la pompa del mundo. Por eso dice San Jerónimo en Ad Rusticum Monachum: El vestido descuidado es señal de alma pura, y una túnica vil demuestra desprecio por el mundo, con tal de que el alma no se enorgullezca y de que el vestido no esté en desacuerdo con el lenguaje. Bajo estos dos aspectos conviene a los religiosos la humildad en los vestidos, puesto que el estado religioso es estado de penitencia y de desprecio de la gloria mundana.
Pero al querer manifestarse a los demás esta penitencia puede buscarse una triple finalidad. En primer lugar, la propia humillación, puesto que así como el hombre se enorgullece con el esplendor de los vestidos, también se humilla con la pobre condición de los mismos. Por eso dijo el Señor a Elias, a propósito de Acab, quien se cubrió con cilicio: ¿No has visto a Acab humillado en mi presencia?, como se narra en 1R 2,29. En segundo lugar, se puede buscar el dar ejemplo. Por eso, al comentar el pasaje de Mt 3,4: Iba vestido de piel de camello, dice la Glosa: El que predica penitencia lleva un vestido de penitencia. En tercer lugar, se puede buscar la vanagloria. Así, San Agustín dice que puede haber jactancia incluso en los vestidos de penitencia. Por consiguiente, el vestir ropa humilde es digno de alabanza en los dos primeros casos, mientras que es pecado en el tercero.
También puede considerarse el vestido humilde como fruto de avaricia o negligencia, en cuyo caso también es pecado.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La condición humilde de la ropa no tiene, en sí misma, apariencia de mal, sino más bien de virtud, a saber: de desprecio del mundo. Prueba de ello es que los malos ocultan su malicia bajo la humildad de los vestidos. Por eso dice San Agustín, en De Serm. Dom. in Monte, que las ovejas no deben odiar su vestido por el hecho de que los lobos se ocultan frecuentemente bajo él.
2. San Jerónimo, en el texto aducido, habla de los vestidos humildes que se llevan por gloria humana.
3. Según la doctrina del Señor, en lo concerniente a la santidad los hombres no deben hacer nada por afán de apariencia, la cual se da, sobre todo, cuando se hace algo nuevo. Por eso dice San Juan Crisóstomo en Super Mt.: El que ora no haga nada raro que atraiga las miradas de los hombres, como gritar, golpearse el pecho, levantar los brazos…, porque la misma novedad atraería la atención. Sin embargo, no toda novedad que atraiga la atención de los hombres es reprochable, porque puede hacerse con buena o con mala intención. Por eso dice San Agustín, en De Serm. Dom. in Monte: Quien atrae la atención de los hombres por una pobreza excesiva en la profesión de su cristianismo, si lo hace voluntariamente y no por necesidad, habrá de ser juzgado por sus otras obras para ver si lo hace por desprecio del fausto superfluo o por ambición. Ahora bien: es evidente que los religiosos, que llevan un hábito humilde como símbolo de su profesión, la cual consiste en el desprecio del mundo, no lo hacen por ambición.


CUESTIÓN 188 Las distintas órdenes religiosas

Nos toca ahora tratar de las distintas órdenes religiosas.
Sobre ello se plantea ocho problemas: ¿Hay varias formas de vida religiosa o una sola? 2. ¿Puede fundarse una Orden religiosa dedicada a obras de vida activa? 3. ¿Puede fundarse una Orden cuyo fin sea la guerra? 4. ¿Puede fundarse una Orden religiosa destinada a la predicación y a otros ministerios semejantes? 5. ¿Puede fundarse una Orden dedicada al estudio de la ciencia? 6. ¿Es mejor una Orden dedicada a la vida contemplativa que otra ordenada a la vida activa? 7. ¿Es la posesión de bienes en común un obstáculo para la perfección religiosa? 8. ¿Es la vida solitaria más excelente que la vida en comunidad?


ARTíCULO 1

¿Existe una sola forma de vida religiosa?
Objeciones por las que parece que sólo existe una forma de vida religiosa.
Objeciones: 1. En aquello que se posee de un modo total y perfecto no puede haber diversidad. Por ello no puede haber más que un primer sumo bien, como quedó demostrado en la Primera Parte (). Pero, como dice San Gregorio en Super Ez., cuando se ofrece todo lo que se posee, toda la propia vida y todo cuanto se ama, al Dios omnipotente, a esto lo llamamos holocausto, y se dice que sin él no puede existir vida religiosa. Luego parece que no hay muchas formas de vida religiosa, sino una sola.
2. Las cosas que coinciden en lo esencial no se distinguen sino accidentalmente. Ahora bien: no hay vida religiosa sin los votos esenciales a la misma, como dijimos antes (II-II 186,6-7). Luego parece que las formas de vida religiosa no se distinguen esencialmente, sino sólo accidentalmente.
3. El estado de perfección conviene tanto a los religiosos como a los obispos, tal como ya se dijo (II-II 184,5). Pero no existen varias clases de episcopado, sino que es una sola en todas partes. Por eso dice San Jerónimo en Ad Evandrum Episcopum: Dondequiera que haya un obispo, sea en Roma o en Eugerbio, en Constantinopla o en Rhegio, tiene la misma dignidad y el mismo sacerdocio. Luego, por paralelismo, hay una sola forma de vida religiosa.
4. La Iglesia debe suprimir todo lo que pueda llevar a confusión. Pero la diversidad de formas de vida religiosa parece que puede llevar a la confusión al pueblo cristiano, como dice una Decretal, la que trata De Statu Monachorum et Canonicorum Regularium. Luego parece que no deben existir diversas formas de vida religiosa.
Contra esto: está el hecho de que en el Ps 44,10.15 se describe como adorno propio de la reina el estar vestida de variedad.
Respondo: Como queda claro por lo ya expuesto (II-II 186,7 II-II 187,2), el estado religioso es un ejercicio ordenado a conducir a quien lo abraza a la perfección de la caridad. Ahora bien: son diversas las obras de caridad a las que el hombre puede dedicarse, como son también diversos los modos de ejercitarse. Por ello, las formas de vida religiosa pueden distinguirse bajo dos aspectos. En primer lugar, por la diversidad de los fines a los que se ordena. Así, uno puede ordenarse a dar hospedaje a los peregrinos y otro a visitar y redimir a los cautivos. En segundo lugar, la diversidad de formas de vida religiosa puede ser debida a la diversidad de ejercicios. En una, por ejemplo, se castiga al cuerpo mediante la privación de alimento; en otra mediante la práctica del trabajo manual; en otra mediante la desnudez, etc. Pero, dado que el fin es lo principal en todo, es mayor la diversidad de formas de vida religiosa derivada de los diversos fines a los que se ordenan que la originada por los distintos ejercicios.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Es común a todas las órdenes religiosas la obligación de entregarse enteramente al servicio divino. Luego este aspecto no da lugar a distintas órdenes, de modo que en una se retenga para sí una parte y en otra religión otra parte. Pero se da diversidad por razón de los distintos modos como el hombre puede servir a Dios; y, según esos modos, el hombre puede disponerse a ellos en formas distintas.
2. Los tres votos esenciales a la vida religiosa pertenecen a la práctica de la religión como elementos principales a los que se reducen todos los demás, según dijimos antes (II-II 186,7 ad 2). Pero cada uno puede prepararse de distintos modos para el cumplimiento de cada uno de ellos. Por ejemplo, para cumplir el voto de castidad hay quienes escogen un lugar solitario, otros la abstinencia, otros la vida común, etc. Queda claro, según esto, que la unidad de los votos esenciales es compatible con la diversidad de formas de vida religiosa, sea por razón de las diversas disposiciones, sea también por los diversos fines, como ya quedó demostrado (In corp.).
3. En las cosas tocantes a la perfección, el obispo es elemento activo, mientras que los religiosos son elementos pasivos, según dijimos antes (II-II 184,7). Ahora bien: el agente, incluso en el orden natural, cuanto más excelente es, tanto más tiende a la unidad, mientras que los elementos pasivos son múltiples. Por eso es lógico que haya un solo estado episcopal y distintos modos de vida religiosa.
4. La confusión se opone a la distinción y al orden. Por eso la diversidad de formas religiosas produciría confusión si las diversas formas se ordenaran al mismo fin, y a través de los mismos medios, sin utilidad ni necesidad. Por eso, para evitar que suceda esto, está mandado que no se funde una nueva Orden sin la autorización del Sumo Pontífice.


ARTíCULO 2

¿Es preciso fundar alguna Orden dedicada a las obras de vida activa?
Objeciones por las que parece que no debe fundarse ninguna Orden dedicada a obras de vida activa.
Objeciones: 1. Toda Orden religiosa pertenece al estado de perfección, como ya quedó demostrado (II-II 184,5 II-II 186,1). Pero la perfección del estado religioso consiste en la contemplación de las verdades divinas, pues dice San Dionisio, en VI Eccles. Hierarch., que son llamadas así por el puro culto y servicio a Dios y por la vida indivisible y singular que los une en las indivisibles y santas circunvoluciones, es decir, contemplaciones, en orden a una unidad deiforme y a una perfección grata a Dios. Por tanto, parece que no debe fundarse ninguna Orden religiosa que se dedique a obras de vida activa.
2. Parece que ha de decirse lo mismo de los monjes y de los canónigos regulares, como aparece en una Decretal, De Postulando, Ex parte (4). Y en De Statu Monach., Quod Dei Timorem, se dice que los canónigos no son considerados como separados de la sociedad de los santos monjes. Lo mismo vale para los demás religiosos. Ahora bien: la vida monástica se instituyó para la vida contemplativa. De ahí que San Jerónimo diga en Ad Paulinum: Si quieres ser lo que te llamas, "monje", es decir, "solo", ¿qué haces en las ciudades? Y lo mismo dice la Decretal De Renunt. Nisi cum pridem, y de Regularibus, Licet quibusdam. Luego parece que toda Orden religiosa está ordenada a la contemplación y ninguna a la vida activa.
3. La vida activa es propia del siglo. Pero se considera que todos los religiosos abandonan el siglo, y por eso dice San Gregorio en Super Ez.: El que abandona el presente siglo y hace el bien que puede, ofrece un sacrificio en el desierto, como si ya hubiera dejado Egipto. Luego parece que ninguna Orden religiosa puede dedicarse a la vida activa.
Contra esto: está el hecho de que en Jc 1,27 se dice: La religión pura e inmaculada ante Dios Padre es visitar a los huérfanos y a las viudas en sus tribulaciones. Luego una Orden religiosa puede, lícitamente, dedicarse a la vida activa.
Respondo: Como expusimos antes (II-II 187,2), el estado religioso tiene como fin la perfección de la caridad, que comprende el amor a Dios y al prójimo. Ahora bien: al amor de Dios se ordena directamente la vida contemplativa, que se propone dedicarse sólo a Dios, mientras que del amor al prójimo se ocupa la vida activa, que ayuda al prójimo en sus necesidades. Y así como la caridad hace que se ame al prójimo por Dios, así también la ayuda prestada al prójimo es servicio hecho a Dios, según se dice en Mt 25,40: Lo que hicisteis al más pequeño de mis hermanos, a mí me lo hicisteis. De ahí que esos servicios hechos al prójimo, en cuanto que dicen relación a Dios, se llamen sacrificios, conforme a lo que se dice en He 13,16: De la beneficencia y de la mutua asistencia no os olvidéis, que en tales sacrificios se complace Dios. Y puesto que es propio de la religión ofrecer sacrificios a Dios, como ya dijimos (I-II 81,1 ad 1; I-II 85,3), sigúese que pueden algunas órdenes dedicarse a obras de vida activa. Por eso, en las Colaciones de los Padres, el abad Nesteros dice, distinguiendo los diversos fines de las órdenes: Algunos fijan su deseo en la soledad del desierto y en la pureza de corazón; otros se dedican a instruir a los hermanos y a cuidar de los monasterios, mientras que otros encuentran su deleite en la hospitalidad.
A las objeciones:
Soluciones: 1. El culto y servicio divino se cumple también en las obras de vida activa, mediante las cuales se sirve al prójimo por Dios, como dijimos antes (In corp.). También queda a salvo la vida retirada, no en cuanto que el hombre no hable con sus semejantes, sino en cuanto que se entrega especialmente a todo lo tocante al servicio divino, y cuando los religiosos se entregan a las obras de vida activa por Dios es claro que su acción brota de la contemplación de lo divino. Por consiguiente, no queda totalmente privado del fruto de la vida contemplativa.
2. La condición es la misma para los monjes y para todos los otros religiosos, en cuanto a lo que es común a toda vida religiosa, a saber: el dedicarse totalmente al culto divino, guardar los votos esenciales a la vida religiosa y abstenerse de negocios seculares. Pero no conviene que haya semejanza en cuanto a otros elementos de la profesión monástica que se ordenan especialmente a la vida contemplativa. Por eso la Decretal citada, De Postulando, no dice simplemente que haya que aplicar a los canónigos regulares la misma norma que a los monjes, sino en lo que se refiere a las cosas de las que ha hablado, a saber: que no deben ejercer el oficio de abogado en las causas judiciales. En cuanto a la segunda Decretal citada después, De Statu Monachorum, tras haber dicho que los canónigos regulares no se consideran como algo distinto de la sociedad de los monjes, se añade en ella: Sin embargo, se rigen por una regla más libre. De donde se deduce que no están obligados a todas las cosas que deben observar los monjes.
3. Se puede estar en el siglo de dos modos: mediante presencia corporal y con afecto del espíritu. Por eso el Señor dijo a sus discípulos: Yo os elegí del mundo (Jn 15,19). Pero cuando habla de ellos con el Padre dice: Estos están en el mundo y yo voy a ti. Por consiguiente, aunque los religiosos que realizan obras de vida activa estén corporalmente en el mundo, no lo están con el afecto de su espíritu, porque se ocupan de las cosas externas no como buscando algo en éste, sino sólo por el servicio de Dios, puesto que usan de este mundo como si no lo usaran, como se dice en 1Co 7,13. Por eso en Santiago, después de decir que una religión pura y sin mancha es visitar a los huérfanos y a las viudas en su tribulación, se añade (Jc 1,27): Y conservarse sin mancha en este mundo, es decir, no poner el afecto en las cosas de este mundo.


ARTíCULO 3

¿Puede alguna Orden religiosa tener por objeto la vida militar?
Objeciones por las que parece que ninguna Orden puede tener por finalidad la vida militar.
Objeciones: 1. Toda Orden religiosa tiene como meta el estado de perfección. Pero es propio de la vida cristiana lo que el Señor dice en Mt 5,39: Yo os digo: no resistáis al mal, y si alguno te abofetea en la mejilla derecha, dale también la otra. Ahora bien: todo esto está en contraposición con la vida militar. Luego ninguna Orden religiosa puede ser fundada para dedicarse a la vida militar.
2. La lucha corporal es más grave que los litigios verbales que tienen lugar en la abogacía. Pero a los religiosos les está prohibido ejercer el oficio de abogados, como aparece claramente en la Decretal De Postulando, citada antes (a. 2 obj.2). Luego parece que mucho menos se podrá fundar una Orden religiosa para dedicarse a la vida militar.
3. El estado religioso es un estado de penitencia, como ya dijimos (I-II 186,1 ad 4; I-II 187,6). Ahora bien: el derecho prohíbe a los penitentes la vida militar, puesto que en la Decretal De Poenit. Dist.V se dice: Es totalmente contrario a la norma de la Iglesia el volver a la milicia secular después de practicar la penitencia. Luego no se puede fundar ninguna Orden para la vida militar.
4. Ninguna Orden religiosa puede ser fundada para algo injusto. Pero, como dice San Isidoro en Etymol., es justa la guerra que el emperador declara. Por consiguiente, siendo los religiosos personas privadas, parece que no les está permitido hacer la guerra, y por ello no puede fundarse una Orden religiosa para esto.
Contra esto: está el hecho de que San Agustín dice en Ad Bonifacium: No creas que no puede agradar a Dios quien sirve en las armas. Entre ellos estaba el santo David, a quien Dios rindió un homenaje tan bello. Ahora bien: las órdenes religiosas han sido fundadas para que los hombres agraden a Dios. Luego no hay ningún inconveniente en que se funde una Orden religiosa dedicada a la vida militar.
Respondo: Como ya observamos antes (a. 2), puede fundarse una Orden religiosa no sólo para las obras propias de la vida contemplativa, sino también para las de vida activa en lo que llevan consigo de ayuda al prójimo y servicio a Dios, no en lo que se refiere a negocios mundanos. En cuanto al oficio militar, puede ir ordenado a la ayuda al prójimo no sólo en orden a las personas privadas, sino también para defensa de todo el estado. Por eso se dice de Judas Macabeo, en 1M 3,2-3, que combatía con alegría en las batallas de Israel y aumentó la gloría de su pueblo. Puede también ordenarse a la conservación del culto divino. Y por ello se añade, en el mismo pasaje (v. 1M 3,21), que Judas dijo: Luchamos por nuestras vidas y por nuestras leyes. Y más adelante, en 1M 13,3, dice Simón: Ya sabéis lo que yo, mis hermanos y la casa de mi padre hemos luchado por nuestras leyes y por el santuario. Por consiguiente, puede fundarse lícitamente una Orden religiosa que se dedique a la vida militar, no con una finalidad temporal, sino para defensa del culto divino, del bien público o incluso de los pobres y oprimidos, según se dice en el Ps 81,4: Salvad al pobre, librad al indigente de las manos del pecador.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Existen dos maneras de no oponer resistencia al mal. En primer lugar, perdonando la injuria personal, y puede ser necesaria para la perfección cuando lo exige el bien de los demás. En segundo lugar, tolerando pacientemente las injurias de los demás, y esto es imperfección o incluso vicio, supuesto que se pueda resistir debidamente al que comete injusticia. Por eso dice San Ambrosio en De Offic.: Es totalmente justa la fuerza que defiende a la patria contra los bárbaros, los enfermos del país o los amigos contra los ladrones. Del mismo modo, el Señor manda (Lc 6,30): No reclames lo que es tuyo. Y, sin embargo, si alguno no reclama lo que es de otros cuando debe hacerlo, peca, ya que el hombre hace bien en dar lo suyo, pero no lo ajeno, y mucho menos debe descuidar las cosas del Señor, ya que, como dice San Juan Crisóstomo en Super Mt., es una gran impiedad no preocuparse por las injurias contra Dios.
2. Ejercer el oficio de abogado por un fin temporal va contra el estado religioso, pero no el ejercerlo con la autorización del superior, por el bien del propio monasterio, tal como dispone la Decretal, ni el hacerlo para defender a los pobres o a las viudas. Por ello se dispone en las Decretales, dist. LXXXVIII: Ordena el santo Sínodo que ningún clérigo podrá en adelante encargarse de la administración de posesiones ni mezclarse en asuntos mundanos, a no ser para cuidar a huérfanos… Asimismo, es contrario al estado religioso el servicio de las armas por un fin mundano, pero no si está ordenado al servicio de Dios.
3. La milicia secular está prohibida a los penitentes; pero la milicia como obsequio a Dios se impone a algunos, como, por ejemplo, a los que se les manda a servir con las armas para ayudar a Tierra Santa.
4. No se funda una Orden religiosa ordenada a la milicia, de tal modo que los religiosos puedan hacer la guerra por su propia autoridad, sino sólo bajo la autoridad de los príncipes de la Iglesia.

ARTíCULO 4 ¿Puede fundarse una Orden religiosa ordenada a predicar o a oír confesiones?

Objeciones por las que parece que no se puede fundar una Orden destinada a la predicación o a oír confesiones.
Objeciones: 1. Se dice en la Decretal VII 2.1: La vida de los monjes significa estar sujetos y ser discípulos, no enseñar, presidir ni ser pastores de otros; y parece que esto mismo es aplicable a los demás religiosos. Ahora bien: el predicar y oír confesiones significa pastorear y enseñar a los demás. Por tanto, no puede fundarse ninguna Orden con esta finalidad.
2. El fin para el cual se funda una Orden religiosa parece que es lo más propio de la misma, según dijimos antes (a. 1). Pero los actos que hemos mencionado no son propios de religiosos, sino más bien de prelados. Luego no puede fundarse una religión cuyos fines sean esos actos.
3. No parece conveniente que la autorización para predicar y oír confesiones se dé a un número infinito de hombres. Pero el número de los que son admitidos a la vida religiosa es ilimitado. Por consiguiente, no parece oportuno que se funde una Orden religiosa destinada a ejercer dichos ministerios.
4. Los fieles deben mantener a los predicadores, como se dice en 1Co 9. Luego si se confía el ministerio de la predicación a una Orden religiosa con este fin, los fieles tendrán que sustentar a un número infinito de personas, lo cual supondría para ellos una carga muy pesada. Por consiguiente, no debe fundarse una Orden religiosa para desempeñar estos ministerios.
5. Más todavía: la Iglesia debe actuar tal como lo hizo Cristo. Ahora bien: Cristo envió a predicar, primero, a los doce Apóstoles, como se relata en Lc 9,1-2, y luego envió a setenta y dos discípulos, como se narra en Lc 10,1. Y, como la Glosa comenta al respecto, los obispos ocupan el lugar de los apóstoles, y los presbíteros menores--es decir, los párrocos- el de los setenta y dos discípulos. Por tanto, fuera de los obispos y los párrocos, no debe fundarse otra institución religiosa destinada a predicar y oír confesiones.
Contra esto: está el hecho de que, en las Colaciones de los Padres, el abad Nesteros, hablando de la diversidad de familias religiosas, dice: Eligiendo algunos el cuidado de los enfermos, dedicándose otros a la protección de los desgraciados y oprimidos, consagrándose otros a la enseñanza o al alivio de los pobres por la limosna, sobresalieron entre los hombres grandes y admirables por su afecto y piedad. Por consiguiente, igual que puede fundarse una Orden religiosa para cuidar a los enfermos, también puede fundarse una para enseñar al pueblo mediante la predicación y otras obras similares.
Respondo: Como ya observamos (a. 2), es perfectamente lícito fundar una Orden religiosa ordenada a obras de vida activa, en cuanto que se ordena a la utilidad del prójimo, al servicio de Dios y a la conservación del culto divino. Pero se es más útil al prójimo mediante actos que se ordenan al bien espiritual de las almas que mediante los que tienen por objeto ayudar en una necesidad corporal, puesto que los bienes espirituales son más excelentes, y de ahí que, según dijimos antes (II-II 32,3), la limosna espiritual es mejor que la corporal. Esto es, además, un mejor servicio a Dios, al que ningún sacrificio es más agradable que el celo por las almas, como dice San Gregorio en Super Ez.. También es más importante defender a los fieles con armas espirituales contra los errores de los herejes y las tentaciones de los demonios que defender al pueblo fiel con armas corporales. Por tanto, es muy conveniente que se funde alguna Orden religiosa dedicada a predicar y a otros ministerios útiles a las almas.
A las objeciones:
Soluciones: 1. El que obra por el poder que le transmite otro, lo hace como instrumento suyo. Ahora bien: el ministro es como un instrumento, tal como dice el Filósofo en I Polit.. Luego el que uno predique o haga otras cosas con la autorización de los prelados no lleva consigo el dejar de ser discípulo y estar sujeto, lo cual es propio de los religiosos.
2. Así como se fundan algunas órdenes religiosas para dedicarse a la vida militar, no por propia autoridad, sino bajo la autoridad de los reyes o de la Iglesia, que la tienen por oficio, como dijimos antes (a. 3 ad 4), también se fundan algunas órdenes para predicar y oír confesiones, no con autoridad propia, sino bajo la autoridad de prelados superiores e inferiores, a los cuales compete por oficio. Así, el ayudar a los prelados en este ministerio es propio de estas órdenes.
3. La autorización para predicar y oír confesiones no es concedida por los prelados a tales religiosos indistintamente, sino bajo el control de los que están al frente de estas órdenes o según estimación del propio prelado.
4. El pueblo fiel no está obligado en justicia a proveer al sustento más que a los prelados ordinarios, quienes para ello reciben los diezmos y oblaciones de los fieles y las demás rentas eclesiásticas. Pero si algunos quieren asistir gratis a los fieles en estos ministerios, sin exigirles retribución, no por ello les resultan una carga, puesto que los mismos fieles pueden recompensar generosamente su trabajo mediante la ayuda temporal, que, aunque no están obligados a darles en justicia, sí lo están por caridad, aunque de tal modo que para otros haya desahogo y para ellos estrechez, como se dice en 2Co 8,13. Pero si no se hallaran quienes se dedicaran gratuitamente a estos ministerios, los prelados ordinarios, si ellos mismos no fueran suficientes, tendrían que buscar a otros para ello, manteniéndolos a sus expensas.
5. Ocupan el lugar de los setenta y dos discípulos no sólo los párrocos, sino todos aquellos que, siendo inferiores a los obispos, les ayudan en su ministerio, puesto que no está escrito que el Señor asignara a los discípulos parroquias determinadas, sino que (Lc 10,1) los enviaba delante a todas las ciudades y lugares a los que él mismo pensaba ir. Ahora bien: fue necesario que, además de los prelados ordinarios, fueran designados otros para desempeñar estos ministerios, dada la gran cantidad de fieles y la dificultad en encontrar suficientes personas para enviarlas a los distintos pueblos. Por la misma razón se hizo necesario fundar órdenes que se dedicaran a la vida militar, dada la insuficiencia de príncipes seculares para oponerse a los infieles en algunos países.


ARTíCULO 5

¿Es necesario fundar una Orden dedicada al estudio?
Objeciones por las que parece que no debe ser fundada una Orden dedicada al estudio.
Objeciones: 1. En el salmo 70 (Ps 70,15-16) se dice: Por no haber conocido las letras, entraré en las potencias del Señor. Y la Glosa comenta: Es decir, en la virtud cristiana. Ahora bien: la perfección de la virtud cristiana parece ser propia, ante todo, de los religiosos. Luego no es propio de ellos dedicarse al estudio de las letras.
2. Aquello que es principio de disensión no es propio de los religiosos, los cuales se reúnen en la unidad de la paz. Ahora bien: el estudio produce disensiones, y de ahí la diversidad de escuelas aparecidas en filosofía. Y por eso San Jerónimo dice en su Epist. Ad Tit.: Antes de que, por instigación del diablo, existiera el estudio en la religión, y se dijera en los pueblos: yo soy de Pablo, yo de Apolo, yo de Cejas… Luego parece que no debe fundarse ninguna Orden religiosa dedicada al estudio.
3. La profesión de la religión cristiana ha de ser distinta de la profesión de los gentiles. Pero entre los gentiles había algunos que se dedicaban a la filosofía, y aún hoy muchos se llaman profesores de algunas ciencias. Por tanto, no es propio de los religiosos el estudio de las letras.
Contra esto: está el hecho de que San Jerónimo, en su carta Ad Paulinum, le invita a instruirse dentro del estado monástico diciéndole: Aprendamos en la tierra la ciencia que ha de perdurar en el cielo. Y más adelante: Todo lo que quieras saber, me esforzaré en aprenderlo contigo.
Respondo: Como ya se expuso antes (a. 2.3), la vida religiosa puede ordenarse a la vida activa y a la contemplativa. Y entre las obras de la vida activa son las principales las que se ordenan directamente a la salud de las almas, como la predicación y otras similares. Por tanto, el estudio de las letras es propio del estado religioso por un triple capítulo. En primer lugar, por lo que toca a la vida contemplativa, a la cual ayuda el estudio de las letras de dos maneras. Primera, colaborando directamente a la contemplación, a saber: iluminando el entendimiento, puesto que la vida contemplativa, de la que ahora tratamos, se ordena principalmente a la contemplación de las cosas divinas, como ya dijimos (I-II 180,4), para la cual el hombre es ayudado por el estudio. Por eso se dice en el Ps 1,2, en alabanza del justo, que medita en la ley del Señor día y noche. Y en Si 39,1 se dice: El sabio investiga la sabiduría de los antiguos y dedica sus ocios a la lectura de los profetas. Segunda, colaborando indirectamente, apartando los obstáculos a la contemplación, es decir, los errores, que son frecuentes en la contemplación de las cosas divinas por parte de aquellos que desconocen las Escrituras. Así leemos, en las Colaciones de los Padres, que el abad Serapión, por su simplicidad, cayó en el error de los antropomorfitas, es decir, de aquellos que creían que Dios tiene forma humana. Por eso dice San Gregorio en VII Moral.: Algunos, buscando en la contemplación más que aquello de que son capaces, caen en errores perversos y, descuidando el ser humildes discípulos de la verdad, se hacen maestres de errores. A este propósito se dice en Qo 2,3: Me propuse regalar mi carne con vino mientras daba mi mente a la sabiduría, y me di a la locura.
En segundo lugar, el estudio de las letras es necesario a toda Orden religiosa fundada para predicar y para ejercer otros ministerios semejantes. De ahí que diga el Apóstol, en Tt 1,9, sobre el obispo, del que es propio el ejercicio de esta función: Que se ajuste a la doctrina de suerte que pueda exhortar con doctrina sana y argüir a los contradictores. No es objeción contra esto el hecho de que los Apóstoles fueron enviados a predicar sin haber estudiado letras, porque, como dice San Jerónimo en su carta Ad Paulinum, todo cuanto con el estudio y la meditación diaria de la ley suele darse lo sugería el Espíritu Santo.
En tercer lugar, el estudio de las letras es conveniente a toda Orden religiosa en cuanto a lo que es común a todas ellas, puesto que es útil para evitar la concupiscencia de la carne. Por eso dice San Jerónimo, en Ad Rusticum Monachum: Ama el estudio de las Escrituras y no amarás los vicios de la carne. En efecto, aparta al alma de pensar en la lujuria, según lo que se dice en Si 31,1: La vigilia de la honradez marchita la carne. También es útil para evitar los deseos de riqueza. De ahí que se diga en Sg 7,8: Junto a ella me parecieron nada las riquezas. Y en 1M 12,9 se dice: No hemos necesitado de ninguna de ellas, es decir, de las ayudas externas, porque tenemos, para nuestro consuelo, los santos libros entre las manos. Es igualmente útil para formar en la obediencia. A este respecto dice San Agustín en De Operibus Monach.: ¿Qué perversidad es esta de no querer acomodarse a lo que se lee, teniendo tanta afición a la lectura?
Por tanto, es evidente que es totalmente legítimo el fundar una Orden religiosa para el estudio de las letras.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La Glosa se refiere a la ley antigua, sobre la cual dice el Apóstol en 2Co 3,6: La letra mata. Por tanto, el no conocer la literatura significa no aprobar la circuncisión material y las demás observancias carnales.
2. El estudio se ordena a la ciencia, la cual, sin la caridad, hincha y, por tanto, es causa de disensiones según se dice en Pr 13,10: Entre los soberbios siempre hay riñas. De ahí que el Apóstol, en 1Co 1,5, tras haber dicho: Os habéis enriquecido en toda palabra y en toda ciencia, añada (v. 10): Sentid todos igual y no haya escisiones entre vosotros. Pero San Jerónimo, en el texto aducido, no habla del estudio de las letras, sino de la afición a la disputa, que vino a la religión cristiana a través de los herejes y los cismáticos.
3. Los filósofos profesaban el estudio de las letras en lo tocante a las ciencias humanas. En cambio, es propio de los religiosos entregarse al estudio de las letras sobre la doctrina que conduce a la piedad, como se dice en Tt 1,1. No es propio de los religiosos el dedicarse a otras doctrinas, ya que su vida se dedica al servicio divino, a no ser en cuanto se ordena a la doctrina sagrada. Por eso dice San Agustín al final de su Musicae: Puesto que creemos que no debemos desinteresarnos de aquellos a quienes los herejes engañan con la falsa promesa del saber y de la ciencia, nos detenemos a estudiar sus métodos. No podríamos hacer esto si no viéramos que otros hijos de la Iglesia hicieron lo mismo movidos por la necesidad de refutar a los herejes.


Suma Teológica II-II Qu.187 a.6