Suma Teológica III Qu.62 a.2

ARTíCULO 2 ¿Añade la gracia sacramental algo a la gracia de las virtudes y los dones?

Objeciones por las que parece que la gracia sacramental no añade nada a la gracia de las virtudes y los dones.
Objeciones: 1. La gracia de las virtudes y de los dones perfecciona suficientemente al hombre en lo que se refiere a su esencia y en lo que se refiere a sus potencias, como ya se ha dicho en la Segunda Parte (I-II 110,3-4). Luego la gracia sacramental no puede añadir nada sobre la gracia de las virtudes y los dones.
2. Los defectos del alma provienen de los pecados. Pero la gracia de las virtudes y los dones es suficiente para excluir los pecados, ya que no hay pecado que no se oponga a alguna virtud. Luego la gracia sacramental, ordenada a eliminar los pecados del alma, nada puede añadir a la gracia de las virtudes y los dones.
3. Como se dice en el VIII Metaphys., cualquier adición o sustracción en las formas hace variar la especie. Si pues la gracia sacramental añade algo a la gracia de las virtudes y los dones, se sigue que el término gracia ha de entenderse en sentido equívoco, en cuyo caso, decir que los sacramentos causan la gracia, no es decir nada en concreto.
Contra esto: si la gracia sacramental no añade nada a la gracia de las virtudes y los dones, inútilmente se confieren los sacramentos a quienes tienen ya las virtudes y los dones. Pero en las obras de Dios ninguna cosa es inútil. Luego parece que la gracia sacramental sí que añade algo a la gracia de las virtudes y los dones.
Respondo: Como ya se ha dicho en la Segunda Parte (I-II 110,3-4), la gracia, considerada en sí misma, perfecciona la esencia del alma en cuanto le comunica una cierta semejanza con el ser divino. Y lo mismo que de la esencia del alma dimanan sus potencias, así de la gracia fluyen a las potencias del alma ciertas perfecciones, que se llaman virtudes y dones, por las que las mismas potencias son vigorizadas en orden a sus actos. Pues bien, los sacramentos se ordenan a producir unos efectos especiales, necesarios en la vida cristiana: el bautismo, por ejemplo, se ordena a producir una cierta generación espiritual, por la que el hombre muere a los vicios y se hace miembro de Cristo. Y éste, ciertamente, es un efecto especial, distinto de los actos de las potencias del alma. Y lo mismo se diga de los otros sacramentos. Por tanto, como las virtudes y los dones añaden a la gracia en general un perfeccionamiento de las potencias en orden a sus actos, así la gracia sacramental añade a la gracia en general y a las virtudes y los dones un auxilio divino para conseguir la finalidad del sacramento. Y en este sentido, la gracia sacramental añade algo a la gracia de las virtudes y los dones.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La gracia de las virtudes y de los dones perfecciona suficientemente la esencia y las potencias del alma en lo que se refiere a la actuación ordinaria, pero en lo que se refiere a algunos efectos especiales, requeridos en la vida cristiana, se necesita la gracia sacramental.
2. Las virtudes y los dones bastan para impedir los vicios y los pecados en el presente y en el futuro en cuanto que evitan que el hombre peque. Pero para los pecados pasados, cuyo acto ya pasó, permaneciendo el reato, se ofrecen al hombre, mediante los sacramentos, remedios especiales.
3. La gracia de los sacramentos respecto de la gracia en general, es como la especie respecto del género. Por tanto, como el término animal no es equívoco referido al animal y al hombre, tampoco es equívoco el término gracia referido a la gracia en general y a la gracia sacramental.

ARTíCULO 3 ¿Contienen la grada los sacramentos de la nueva ley?

Objeciones por las que parece que los sacramentos de la nueva ley no contienen la gracia.
Objeciones: 1. El contenido está en el continente. Pero la gracia no está en el sacramento: ni como en su sujeto, ya que el sujeto de la gracia no es el cuerpo, sino el espíritu; ni como en un vaso, ya que, como se dice en IV Physic., el vaso es un lugar móvil, y no es propio del accidente estar en un lugar. Luego los sacramentos de la nueva ley no contienen la gracia.
2. Los sacramentos se ordenan a que los hombres, a través de ellos, consigan la gracia. Pero la gracia, por ser accidente, no puede pasar de un sujeto a otro.
Luego la gracia en los sacramentos no tendría ningún fin.
3. Lo que es espiritual no puede ser contenido por lo que es corporal, aunque se encuentre en ello: el alma, de hecho, no es contenida por el cuerpo, sino que más bien contiene ella al cuerpo. Luego parece que la gracia, que es espiritual, no es contenida en un sacramento corporal.
Contra esto: dice Hugo de San Víctor que el sacramento en virtud de su santificación contiene la gracia invisible.
Respondo: Una cosa puede estar en otra de varios modos, y la gracia está en los sacramentos concretamente de dos: uno, como está una cosa en los signos que la representan, porque el sacramento es signo de la gracia; otro, como el efecto está en la causa, porque, como se ha dicho ya (a. 1), el sacramento de la nueva ley es causa instrumental de la gracia. Por donde se deduce que la gracia está en el sacramento de la nueva ley no según una semejanza específica: como el efecto está en la causa unívoca; ni tampoco según una forma propia y permanente proporcionada a tal efecto: como están los efectos en las causas no unívocas —de este modo estarían en el sol las cosas engendradas por él—, sino que está según una virtud instrumental que, como diremos después (a. 4), es una realidad transitoria e incompleta en su mismo ser.
A las objeciones:
Soluciones: 1. No se dice que la gracia esté en el sacramento como en su sujeto, ni como en un vaso, entendido éste en el sentido de recipiente, sino entendido como instrumento para hacer algo, o sea, en el sentido que lo toma Ez 9,1, cuando dice: cada uno tiene en su mano un vaso de destrucción.
2. Aunque el accidente no pasa de un sujeto a otro sujeto, pasa, sin embargo, en cierto modo, de la causa principal a otro sujeto a través de un instrumento: y no porque se encuentre en los dos del mismo modo, sino que en cada uno se encuentra adaptado a su modo de ser.
3. Un ser espiritual que exista perfectamente en otro (corporal), contiene a éste más que ser contenido por él. Pero la gracia está en el sacramento de modo transeúnte e incompleto. Luego no es erróneo decir que el sacramento contiene la gracia.

ARTíCULO 4 ¿Hay en los sacramentos una virtud causativa de la gracia?

Objeciones por las que parece que en los sacramentos no hay ninguna virtud causativa de la gracia.
Objeciones: 1. La virtud causativa de la gracia es una virtud espiritual. Pero en un ser corporal no puede residir una virtud espiritual: no puede tenerla como propia, pues la virtud dimana de la esencia de la cosa y, por tanto, no puede ser superior a ella; ni puede tenerla como recibida de otro, pues lo recibido de otro toma el modo de ser del recipiente. Luego en los sacramentos no puede haber una virtud causativa de la gracia.
2. Todo lo que existe se inscribe en una categoría del ser y en un grado de bien.
Pero en las categorías del ser no existe una en la que pueda ser inscrita, como se demuestra discurriendo por cada una de ellas. Ni tampoco puede ser reducida a uno de los grados esa virtud de bien: no a uno de los bienes inferiores, ya que los sacramentos son necesarios para la salvación; ni a uno de los bienes intermedios, como son las potencias del alma, ya que éstas son potencias naturales; ni a uno de los bienes superiores, porque ni es la gracia ni una virtud espiritual. Luego en los sacramentos no hay una virtud causativa de la gracia.
3. Si en los sacramentos existe esa virtud, sólo Dios podría causarla en ellos mediante la creación. Pero resulta incongruente que una creatura tan noble deje de existir súbitamente, una vez realizado el sacramento. Luego en los sacramentos no hay ninguna virtud causativa de la gracia.
4. Una misma cosa no puede encontrarse en sujetos diversos. Pero un sacramento se constituye de cosas diversas, o sea, de palabras y elementos, y un sacramento no puede tener más que una virtud. Luego ninguna virtud existe en los sacramentos.
Contra esto: pregunta San Agustín en Super Io.: ¿De dónde le viene al agua tan gran poder que toque el cuerpo y purifique el corazón? Igualmente, San Beda dice que el Señor por el contacto de su purísima carne confinó a las aguas la virtud regenerativa.
Respondo: Quienes sostienen que los sacramentos no causan la gracia más que por cierta concomitancia, afirman que en el sacramento no hay una virtud que produzca el efecto sacramental, sino que hay una virtud divina concomitante a la acción sacramental, que es la que produce el efecto. Pero si mantenemos que el sacramento es causa instrumental de la gracia, es preciso mantener también que en el sacramento hay una virtud instrumental apta para producir el efecto del sacramento. Y esta virtud es proporcionada al instrumento. Por lo cual se la compara a la virtud absoluta y perfecta de una cosa, como se compara un instrumento con el agente principal. Pues bien, el instrumento, como ya se ha dicho (a. 1), no actúa si no es impulsado por el agente principal, que actúa por sí mismo. Por eso la virtud del agente principal tiene una existencia permanente y completa, mientras que la virtud instrumental tiene una existencia incompleta y transitoria de uno a otro sujeto, parecida al movimiento, que es un acto imperfecto por pasar del agente al paciente.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Como dice la objeción, en una cosa corporal no puede haber una virtud espiritual de modo permanente y completo. Pero nada impide que en un cuerpo haya una virtud espiritual instrumental en el sentido de que un cuerpo puede ser movido por una sustancia espiritual para producir un efecto espiritual. Así sucede, por ejemplo, con la voz humana, que es algo sensible, y en ella hay una fuerza espiritual procedente de la inteligencia de quien habla, dirigida a mover la inteligencia del que escucha. Pues, de modo semejante, hay una fuerza espiritual en los sacramentos en cuanto que están ordenados por Dios para producir un efecto espiritual.
2. Como el movimiento no está clasificado propiamente como un género —por ser un acto imperfecto—, sino que se reduce al género de la acción perfecta - como la alteración se reduce a la cualidad—, así la virtud instrumental, propiamente hablando, no está clasificada como un género, sino que se la reduce al género y a la especie de la virtud perfecta.
3. Como la virtud instrumental es recibida en el instrumento en el mismo momento en que éste es movido por la causa principal, así el sacramento recibe la virtud espiritual por la bendición de Cristo y la realización del ministro. Por eso dice San Agustín en un Sermón De Epiphania: No es para maravillarse decir que el agua, o sea, una sustancia corporal, llegue hasta el alma para purificarla. Llega hasta ella e invade todos los rincones de la conciencia. Pues, siendo ella sutil y tenue por naturaleza, se hace más sutil por la bendición de Cristo, y con fino frescor penetra los principios ocultos de la vida y los secretos de la mente.
4. De la misma manera que es la misma virtud del agente principal la que está instrumentalmente en todos los instrumentos utilizados por él para producir un efecto en cuanto que todos están coordinados para producir una sola cosa, así una e idéntica es la virtud sacramental en las palabras y en las cosas en cuanto que ambas concurren a la realización del sacramento.

ARTíCULO 5 ¿Reciben su virtud los sacramentos de la nueva ley de la pasión de Cristo?

Objeciones por las que parece que los sacramentos de la nueva ley no reciben su virtud de la pasión de Cristo.
Objeciones: 1. La virtud de los sacramentos va destinada a causar la gracia en el alma, por la que, espiritualmente hablando, tiene vida. Pero, como dice San Agustín en Super Io.: El Verbo, en cuanto que estaba desde el principio en Dios, vivifica las almas. Pero en cuanto encarnado, vivifica los cuerpos. Y como la pasión de Cristo pertenece al Verbo encarnado, parece que no puede causar la virtud de los sacramentos.
2. La virtud de los sacramentos parece que depende de la fe, pues dice San Agustín en Super Io. que la palabra de Dios produce el sacramento no en cuanto pronunciada, sino en cuanto creída. Pero nuestra fe no sólo se refiere a la pasión de Cristo, sino también a los otros misterios de su humanidad y principalmente de su divinidad. Luego los sacramentos no reciben su virtud especialmente de la pasión de Cristo.
3. Los sacramentos se ordenan a la justificación de los hombres, según lo que se dice en 1Co 6,11: Habéis sido lavados y justificados. Pero la justificación se atribuye a la resurrección, según se dice en Rm 4,25: Resucitó para nuestra justificación. Luego parece que los sacramentos reciben su virtud más de la resurrección que de la pasión.
Contra esto: a propósito de lo que se dice en Rm 5,14: a semejanza de la prevaricación de Adán, dice la Glosa: Del costado de Cristo muerto brotaron los sacramentos por los que la Iglesia ha sido salvada. Luego los sacramentos reciben su virtud de la pasión de Cristo.
Respondo: El sacramento, como ya se ha dicho (a. 1), causa la gracia como instrumento. Ahora bien, hay dos clases de instrumento. Uno, separado como por ej. el bastón. Otro, unido como es el caso de la mano. Por el instrumento unido es movido el instrumento separado, como el bastón es movido por la mano. La causa eficiente principal de la gracia es el mismo Dios, en relación al cual la humanidad de Cristo hace de instrumento unido, y el sacramento, de instrumento separado. Por eso, es necesario que la virtud salvífica promane de la divinidad de Cristo, a través de su humanidad, hasta los sacramentos.
Pero la gracia sacramental está ordenada principalmente a dos fines: 1) arrancar los defectos de los pecados pasados, pues aunque el acto pasó, permanece el reato; 2) a perfeccionar el alma en lo que pertenece al culto de Dios según la religión cristiana.
Por lo que ya dijimos más arriba (III 48,1-2 III 48,6 III 49,1 III 49,0 III 3,0), está claro que Cristo nos ha librado de nuestros pecados por su pasión no sólo eficaz y meritoriamente, sino también satisfactoriamente. E, igualmente, por su pasión inició el culto de la religión cristiana ofreciéndose a sí mismo a Dios como oblación y sacrificio, según se dice en Ep 5,2). Es claro, por tanto, que los sacramentos de la Iglesia reciben su virtud especialmente de la pasión de Cristo, cuya virtud se nos comunica a nosotros cuando los recibimos, en signo de lo cual, del costado de Cristo pendiente en la cruz manó agua y sangre: una, refiriéndose al bautismo; la otra, a la Eucaristía, que son los sacramentos principales.
A las objeciones:
Soluciones: 1. El Verbo, en cuanto que estaba desde el principio en Dios, vivifica las almas como agente principal. Su carne, en cambio, y los misterios perpetrados en ella, actúan para la vida del alma en calidad de instrumentos. Mientras que para la vida del cuerpo actúan no sólo como instrumento, sino también con una cierta función ejemplar, como ya se dijo en III 56,1 ad 3.
2. Cristo habita en nosotros por la fe, como se dice en Ep 3,17). Por eso, la virtud de Cristo se nos comunica por la fe. Pero la virtud de perdonar los pecados pertenece especialmente a su pasión. Por tanto, a los hombres se les perdonan sus pecados especialmente por la fe en su pasión, según se dice en Rm 3,25: a quien Dios ha propuesto como instrumento de propiciación por la fe en su propia sangre. Por consiguiente, la virtud de los sacramentos, destinados a perdonar los pecados, procede principalmente de la fe en la pasión de Cristo.
3. La justificación se atribuye a la resurrección como término final, que consiste en una vida nueva mediante la gracia. Pero se atribuye a la pasión como punto de partida que mueve a la remisión de los pecados.

ARTíCULO 6 ¿Causaban la gracia los sacramentos de la ley antigua?

Objeciones por las que parece que los sacramentos de la antigua ley causaban la gracia.
Objeciones: 1. Como hemos dicho ya (a. 5 ad 2), los sacramentos de la nueva ley reciben su eficacia de la fe en la pasión de Cristo. Pero fe en la pasión de Cristo hubo tanto en la antigua como en la nueva ley, pues nosotros tenemos el mismo espíritu de fe, como se dice en 2Co 2,13. Luego de la misma manera que los sacramentos de la nueva ley confieren la gracia, la confieren también los de la antigua.
2. La santificación sólo se produce por la gracia. Pero los hombres se santificaban por los sacramentos de la ley antigua, pues se dice en Lv 8,31: después que Moisés santificó a Aarón y a sus hijos en sus vestidos… Luego parece que los sacramentos de la antigua ley conferían la gracia.
3. Dice San Beda en la Homilía Circumcisionis: La árcunásión en tiempo de la ley proporcionaba contra las heridas del pecado original el mismo auxilio de curación que el bautismo proporciona ahora en el tiempo de la gracia. Pero el bautismo ahora confiere la gracia. Luego la circuncisión confería la gracia. Y lo mismo se diga de los otros sacramentos legales, porque de la misma manera que el bautismo es la puerta de los sacramentos de la nueva ley, así la circuncisión era la puerta de los sacramentos de la antigua. Por eso el Apóstol dice en Ga 5,3: Yo declaro a quien se circuncida que está obligado a observar la ley.
En cambio se dice en Ga 4,9: ¿Cómo retornáis a esos elementos sin fuerza ni valor?, y explica la Glosa: o sea, a la ley, de la que se dice que no tiene fuerza porque no justifica perfectamente. Luego los sacramentos de la antigua ley no conferían la gracia.
Respondo: No puede decirse que los sacramentos de la antigua ley conferían la gracia por sí mismos, o sea, por su propia virtud, ya que, de ser así, no hubiese sido necesaria la pasión de Cristo, según lo que se dice en Ga 2,21: Si la justicia viene de la ley, Cristo murió en vano.
Pero es que ni siquiera se puede decir que recibiesen la virtud de conferir la gracia santificante de la pasión de Cristo. Como hemos visto (a. 5), la virtud de la pasión de Cristo se nos comunica por la fe y los sacramentos. Sin embargo, de modo distinto en cada caso. Porque la unión por la fe se realiza por un acto del alma. Mientras que la unión por los sacramentos se realiza utilizando cosas materiales. Es cierto que nada impide que una cosa posterior en el tiempo ejerza una moción antes de existir realmente, con tal que esté presente en el conocimiento: el fin, por ejemplo, aunque se consigue después, mueve ya al agente por su conocimiento y su deseo. Pero lo que todavía no existe en la realidad no puede mover utilizando cosas materiales. Y, por eso, cronológicamente la causa eficiente no puede ser, como la causa final, posterior al efecto. Es claro, por tanto, que de la pasión de Cristo, la cual es causa de la justificación humana, puede promanar la virtud justificativa a los sacramentos de la nueva ley, pero no a los sacramentos de la ley antigua.
Sin embargo, también los antiguos padres eran justificados, como nosotros, por la fe en la pasión de Cristo, pues los sacramentos de la antigua ley eran profesiones de fe, en la medida en que esos sacramentos significaban la pasión de Cristo y sus efectos. Queda claro, por tanto, que los sacramentos de la antigua ley no contenían en sí mismos una virtud que confiriese la gracia justificante, sino que sólo significaban la fe por la que se justificaban.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los antiguos padres tenían fe en la pasión futura de Cristo, la cual podía justificarlos por la prefiguración que de ella tenían en su mente. Nosotros, en cambio, tenemos fe en la pasión de Cristo ya realizada, la cual puede justificar también a través de los sacramentos, como se ha dicho (en c.).
2. Aquella santificación era figurativa, ya que consistía en la aplicación al culto divino según el rito de la antigua ley, el cual estaba ordenado en su totalidad a prefigurar la pasión de Cristo.
3. Sobre la circuncisión hubo muchas opiniones. Algunos dijeron que no confería la gracia, sino que sólo quitaba el pecado. Pero esto es imposible, porque el hombre no se libra del pecado más que por la gracia, como se dice en Rm 3,24: vosotros habéis sido justificados gratuitamente por su grada.
Por eso otros dijeron que la circuncisión confería la gracia en el sentido de que removía la culpa, aunque sin producir los efectos positivos. Pero también esta interpretación es falsa, porque la circuncisión daba a los niños la facultad de entrar en la gloria, que es el supremo efecto positivo de la gracia. Y, además, según el orden de la causa final, los efectos positivos son naturalmente anteriores a los privativos, aunque según el orden de la causa material ocurre al revés, pues la forma no excluye la privación más que informando al sujeto.
Este es el motivo de que otros digan que la circuncisión confería la gracia con algún efecto positivo también, como es el hacer al hombre digno de la vida eterna, pero sin poder reprimir el impulso de la concupiscencia al pecado. Y así llegué a opinar yo también. Pero, bien considerada la cosa, también se ve que esto es falso, porque la más mínima gracia es capaz de resistir a cualquier concupiscencia y merecer la vida eterna.
Por todo lo cual, parece más exacto afirmar que la circuncisión era sólo un signo de la fe que justificaba. Por eso el Apóstol dice en Rm 4,11 que Abrahán recibió la circuncisión como signo de la Justina otorgada por la fe. Así pues, la circuncisión confería la gracia por ser signo de la pasión futura de Cristo, como se dirá más adelante (III 70,4).

CUESTIÓN 63 El segundo efecto de los sacramentos, que es el carácter

Nos corresponde estudiar ahora el segundo efecto de los sacramentos, que es el carácter (cf. III 62,0 Intr.). Esta cuestión plantea y exige respuesta a seis problemas: 1. ¿Producen los sacramentos algún carácter en el alma? 2. ¿En qué consiste este carácter? 3. ¿De quién es este carácter? 4. ¿Dónde reside el carácter? 5. La indelebilidad del carácter.
6. ¿Imprimen carácter todos los sacramentos?

ARTíCULO 1 ¿Imprimen los sacramentos carácter en el alma?

Objeciones por las que parece que el sacramento no imprime ningún carácter en el alma.
Objeciones: 1. El carácter es un signo distintivo. Ahora bien, los miembros de Cristo se distinguen de los demás hombres por la predestinación eterna, que nada pone en el predestinado, sino solamente en Dios que predestina, como ya se dijo en la Primera Parte (I 23,1), pues se dice en 2Tm 2,19: El sólido fundamento puesto por Dios se mantiene firme marcado por este sello: el Señor conoce a los sujos. Luego los sacramentos no imprimen carácter en el alma.
2. El carácter es un signo distintivo. Pero San Agustín en el libro II De Doct. Christ. Define el signo como aquello que, además de impresionar los sentidos con su imagen, nos conduce al conocimiento de otra cosa. Ahora bien, nada hay en el alma que pueda impresionar los sentidos con su imagen. Luego parece que ningún carácter imprimen los sacramentos en el alma.
3. Los fieles se distinguen de los infieles por los sacramentos de la nueva ley y por los de la antigua. Pero los sacramentos de la antigua ley no imprimían en el alma ningún carácter, y por eso los llama el Apóstol, en He 9,10, justicias de la carne. Luego tampoco los sacramentos de la nueva ley lo imprimen.
Contra esto: dice el Apóstol en 2Co 1,21-22: Es Dios el que nos ungió y nos marcó con su sello y depositó las arras del Espíritu en nuestros corazones. Pero el carácter viene a ser un cierto sello. Luego parece que Dios por los sacramentos nos imprime su carácter.
Respondo: Como hemos dicho ya (III 62,5), los sacramentos de la nueva ley se ordenan a dos fines: al remedio del pecado y a perfeccionar el alma en lo que pertenece al culto de Dios según la religión cristiana. Ahora bien, cuando una persona es deputada para un cargo, se acostumbra a ponerle un distintivo: los soldados alistados antiguamente en el ejército eran marcados con unos caracteres corporales, puesto que estaban destinados a un ejercicio corporal.
Pues, de forma semejante, los sacramentos, que destinan a los hombres al servicio espiritual del culto de Dios, deben marcar a los fieles con un cierto carácter espiritual. Por eso dice San Agustín en el II Contra Parmenianum: Si un cobarde desertor aborreciese el carácter militar grabado en su cuerpo, y corriese a la clemencia del emperador, y, dirigida la súplica y obtenido el perdón, ya hubiese comenzado a pelear, ¿acaso, una vez vuelto y corregido, se le vuelve a grabar aquel carácter, o más bien se le reconoce el que tenia? ¿O es que acaso los sacramentos cristianos imprimen su carácter con menos fuerza que el carácter corporal
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los fieles de Cristo son deputados al premio de la gloria futura por el sello de la predestinación divina. Pero para las funciones de la Iglesia peregrina son deputados por un sello espiritual impreso en el alma que se llama carácter.
2. El carácter impreso en el alma tiene rango de signo por haber sido impreso por un sacramento sensible: se sabe que un hombre está marcado por el carácter bautismal porque ha sido bautizado con el agua sensible. No obstante, también se puede llamar carácter o sello, en sentido metafórico, todo lo que se asemeja o distingue a uno de otro, aunque no sea sensible, como es el caso de Cristo que, al decir del Apóstol en He 1,3), es figura o carácter de la sustancia del Padre.
3. Como se ha dicho más arriba (III 62,6), los sacramentos de la antigua ley no tenían en sí mismos la virtud de producir un efecto espiritual y, por lo mismo, tampoco exigían un carácter espiritual, sino que era suficiente la circuncisión corporal, que el Apóstol llama sello (Rm 4,1).

ARTíCULO 2 ¿Es el carácter una potestad espiritual?

Objeciones por las que parece que el carácter no es una potestad espiritual.
Objeciones: 1. Carácter es lo mismo que figura. Por eso en He 1,3), donde el latín dice "figura" de la sustancia del Padre, el griego dice carácter. Pero la figura es la cuarta dentro de la categoría cualidad, por lo que difiere de la potestad, que es la segunda. Luego el carácter no es una potencia espiritual.
2. Dice Dionisio en el II De Eccles. Hier.: La divina beatitud recibe al bautizando a la participación de sí misma y le comunica esta participación por su propia luz que es como un signo, por lo que parece que el carácter es como una especie de luz. Pero la luz pertenece a la tercera especie dentro de la categoría cualidad. Luego el carácter no es una potencia, puesto que ésta pertenece a la segunda.
3. Hay algunos que definen el carácter de la siguiente manera: el carácter es un signo sagrado de la comunión en la fe y de la sagrada ordenación, conferido por la sagrada jerarquía. Ahora bien, el signo pertenece a la categoría de relación, y no a la de potencia. Luego el carácter no es una potestad espiritual.
4. La potencia, como se dice en V Metaphys., tiene categoría de causa y de principio. Pero el signo, que forma parte de la definición del carácter (arg. 3), tiene más bien categoría de efecto. Luego el carácter no es una potestad espiritual.
Contra esto: dice el Filósofo en II Ethic.: Hay tres cosas en el alma: potencia, hábito y pasión. Pero el carácter no es pasión, porque la pasión es transitoria, mientras que el carácter es indeleble, como se dirá después (a. 5). Y tampoco es hábito, porque ningún hábito es indeterminado para el bien o para el mal, mientras que el carácter sí lo es, ya que unos usan bien de él y otros mal, cosa que no ocurre con los hábitos: nadie hace mal uso del hábito de la virtud, y nadie hace buen uso del hábito del vicio. Luego solamente resta que el carácter sea una potencia.
Respondo: Como se ha dicho ya (a. 1), los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter porque deputan al culto de Dios según el culto de la religión cristiana. Por eso Dionisio en II De Eccl. Hier., después de decir que Dios comunica al bautizando una participación de sí mismo a través de un cierto signo, añade haciéndole divino y transmisor de lo divino. Ahora bien, el culto divino consiste en recibir cosas divinas o en transmitirlas a otro, para lo cual se requiere una cierta potencia, porque para transmitir algo a otros se requiere una potencia activa, y para recibirlo se requiere una potencia pasiva. El carácter, por tanto, implica una potencia espiritual orientada a las cosas del culto divino.
Se ha de tener en cuenta, sin embargo, que esta potencia espiritual es instrumental, como la virtud que se encuentra en los sacramentos, conforme a lo dicho (II-II 62,4). Porque tener el carácter sacramental es propio de los ministros de Dios y, según el Filósofo en I Polit., el ministro tiene función de instrumento. Y por eso, como la virtud que reside en los sacramentos no está clasificada en un género por sí misma, sino que se reduce a ese género, ya que es una entidad transitoria e incompleta, así tampoco el carácter está clasificado propiamente en un determinado género o especie, sino que se reduce a la segunda especie de la categoría de cualidad.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La figura es una delimitación de la categoría "cuantidad", por lo que, propiamente hablando, solamente se encuentra en las cosas corpóreas, y se atribuye a las espirituales sólo en sentido metafórico. Ahora bien, a una cosa se la clasifica dentro de un género o una especie por lo que le compete en sentido propio. El carácter, por tanto, no debe ser clasificado en la cuarta especie de la categoría "cualidad", aunque algunos lo dijeran.
2. A la tercera especie de categoría "cualidad" pertenecen solamente las pasiones sensibles y las cualidades sensibles. Pero el carácter no es una luz sensible. Y, por eso, no se clasifica en la tercera especie de la cualidad, como algunos dijeron.
3. La relación que va implícita en el nombre de signo debe tener un fundamento. Pero la relación de este signo que se llama carácter no puede tener por fundamento la esencia del alma, porque así correspondería naturalmente a todas las almas. Luego debe haber algo en el alma sobre lo cual se funde esta relación. Este algo es precisamente la esencia del carácter. No deberá ser clasificado, por tanto, como perteneciente a la categoría de relación.
4. El carácter tiene categoría de signo si se le compara al sacramento sensible que lo imprime. Pero, considerado en sí mismo, tiene categoría de principio, como ya se ha dicho.

ARTíCULO 3 ¿Es el carácter sacramental el carácter de Cristo?

Objeciones por las que parece que el carácter sacramental no es el carácter de Cristo.
Objeciones: 1. Se dice en Ep 4,30: No entristezcáis al Espíritu Santo de Dios con el que fuisteis sellados. Pero la sigilación está comprendida en la noción de carácter.
Luego el carácter sacramental debe atribuirse más al Espíritu Santo que a Cristo.
2. El carácter tiene categoría de signo, signo de la gracia que confiere el sacramento. Pero la gracia en el alma es infundida por toda la eternidad, como se dice en el Ps 83,12: El Señor dará la gracia y la gloria. Luego no parece que deba atribuirse el carácter sacramental de modo especial a Cristo.
3. Si alguno recibe un carácter es para distinguirse de otros. Pero el distintivo entre los santos y los otros es la caridad, ya que según San Agustín en XV De Trin. ella sola distingue a los hijos del Reino de los hijos de la perdición, por lo que en el (Ap 13,16-17) dice de estos últimos que llevan el carácter de la bestia.
Pero la caridad no se atribuye a Cristo, sino más bien al Espíritu Santo, conforme a lo que se dice en Rm 5,5: LM caridad de Dios se ha derramado en nuestros corazones a través del Espíritu Santo que se nos ha dado, o se atribuye al Padre según lo afirmado en 2Co 13,13: LM grada de nuestro Señor Jesucristo y la caridad de Dios… Luego parece que el carácter sacramental no debe atribuirse a Cristo.
Contra esto: algunos definen el carácter de la siguiente manera: El carácter es una señal distintiva grabada en el alma racional donde el carácter eterno imprime la eternidad creada a imagen de la Trinidad creante y recreante, y que distingue a los no marcados en el comportamiento de la fe. Pero el carácter eterno es el mismo Cristo, según lo dicho en He 1,3: el cual, siendo resplandor de su gloria y figura, o sea, carácter, de su sustancia, etc. Luego parece que el carácter ha de ser atribuido propiamente a Cristo.
Respondo: Como consta por lo dicho (a. 1), el carácter es propiamente hablando un sello por el que una cosa es determinada al cumplimiento de un fin. Así, por ej., las monedas van selladas con un carácter porque están destinadas al comercio, y los soldados son sellados con otro, para indicar su destino a la milicia. Pues bien, los fieles están destinados a dos cosas. La primera y principal es la fruición de la gloria, y para este fin son marcados con el sello de la gracia, conforme a lo que se dice en Ez 9,4: Pon el signo de la "tau" en la frente de los varones que gimen y se duelen; y en el Ap 7,3: No hagáis daño a la tierra ni al mar ni a los árboles hasta que hayamos sellado a los siervos de nuestro Dios en la frente. La segunda cosa a que un fiel está destinado es a recibir para él o a comunicar a los demás las cosas concernientes al culto de Dios. Y es para esto para lo que propiamente hablando deputa el carácter sacramental. Pero todo el culto de la religión cristiana deriva del sacerdocio de Cristo. Es claro, por tanto, que el carácter sacramental es específicamente carácter de Cristo, a cuyo sacerdocio están configurados los fieles por estos caracteres sacramentales, los cuales no son más que participaciones del sacerdocio de Cristo, del mismo Cristo derivadas.
A las objeciones:
Soluciones: 1. El Apóstol habla aquí del sello que destina a la gloria y que consiste en la gracia. Esta es atribuida al Espíritu Santo, porque todo lo que Dios nos concede gratuitamente y que ciertamente es una gracia, procede de su amor, y el Espíritu Santo es amor. Por eso se dice en 1Co 12,4: Hay diferencia de gracias, pero uno sólo es el Espíritu.
2. El carácter sacramental es realidad con relación al rito externo, y es sacramento con relación al efecto último. Por eso se puede hablar del carácter en dos sentidos. Primero, en su acepción de sacramento, en cuyo caso es signo de la gracia invisible, conferida en el rito externo. Segundo, en su acepción específica de carácter, en cuyo caso es un sello que configura con un jefe, en el cual reside la autoridad de aquello para lo cual uno es deputado, como es el caso del soldado, destinado al combate, y que es marcado con el sello del jefe por el que en cierto modo se configura con él.
3. El carácter distingue a unos de otros por el fin a que es destinado todo aquel que recibe el carácter, como hemos visto ya (a. 1) hablando del carácter militar, por el que, en la lucha, se distingue el soldado del rey del soldado enemigo.
Pues, de modo semejante, el carácter de los fieles es el que distingue a los fieles de Cristo de los siervos del diablo, ya sea en orden a la vida eterna o en orden al culto de la Iglesia militante. Lo primero se consigue por la caridad y la gracia, como dice la objeción, y lo segundo, por el carácter sacramental. Por donde el carácter de la bestia correspondiente a los réprobos puede entenderse como una malicia obstinada por la que algunos están destinados a la pena eterna, o como profesión de un culto ilícito.


Suma Teológica III Qu.62 a.2