Suma Teológica III Qu.63 a.4

ARTíCULO 4 ¿Reside el carácter en las potencias del alma como en su sujeto?

Objeciones por las que parece que el carácter no tiene por sujeto las potencias del alma.
1. El carácter es una disposición para la gracia. Pero la gracia reside en la esencia del alma, como se dijo en la Segunda Parte (II-II 110,4). Luego parece que el carácter reside en la esencia del alma, y no en las potencias.
2. Las potencias del alma no son sujetas más que de hábitos y de disposiciones.
Pero el carácter, como se ha dicho más arriba (a. 2), no es ni hábito ni disposición, sino más bien potencia, de la que solamente es sujeto la esencia del alma. Luego parece que el carácter no reside en la potencia del alma como en su propio sujeto, sino más bien en su esencia.
3. Las potencias del alma racional se dividen en cognoscitivas y apetitivas. Pero no se puede limitar el carácter a las potencias cognoscitivas ni tampoco a las apetitivas, ya que no está destinado ni sólo a conocer ni sólo a querer. Ni tampoco puede residir simultáneamente en las dos, porque un mismo accidente no puede residir en sujetos diversos. Luego parece que el carácter no reside en la potencia del alma como en su propio sujeto, sino más bien en su esencia.
Contra esto: se ha dicho, en una anterior definición del carácter (a. 3 s.c.), que se imprime en el alma racional como una imagen. Pero la imagen de la Trinidad en el alma se hace a través de las potencias. Luego el carácter reside en las potencias del alma.
Respondo: Hay que decir: Como ya se ha dicho (a. 3), el carácter es un sello con el que el alma es marcada para recibir para sí o comunicar a los demás cosas pertenecientes al culto. Pero el culto divino consiste en determinados actos, y las potencias del alma se ordenan a los actos, como la esencia se ordena a la existencia. Y, por eso, el carácter no reside como en su propio sujeto en la esencia del alma, sino en su potencia.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Para determinar el sujeto de un accidente se ha de tener en cuenta aquello a lo que próximamente dispone ese accidente, y no a lo que dispone de una manera remota e indirecta. Ahora bien, el carácter dispone al alma de una manera directa e /inmediata a los actos del culto divino; y como estos actos no se ejercen debidamente sin el auxilio de la gracia —porque, como se dice en Jn 4,24: Los adoradores de Dios deben adorarle en espíritu y en verdad —, es lógico que la generosidad divina conceda a quienes reciben el carácter la gracia para cumplir dignamente con aquellas cosas para las que ha sido deputado. Y por eso el sujeto en que reside el carácter ha de buscarse más en los actos pertenecientes al culto divino que en los actos concernientes a la gracia.
2. La esencia del alma es el sujeto de la potencia natural, derivada de los principios de la esencia. Pero el carácter no es una potencia natural, sino que es una potencia espiritual proveniente de fuera. Por eso, como la esencia del alma, fuente de la vida natural del hombre, es perfeccionada por la gracia —vida espiritual del alma—, así la potencia espiritual del alma es perfeccionada por esta potencia espiritual que es el carácter. Los hábitos y las disposiciones, en efecto, residen en las potencias del alma porque los actos a que se ordenan tienen a esas potencias por principio. Y, por la misma razón, todo lo que está ordenado al acto ha de atribuirse a las potencias.
3. Como se acaba de decir (in c.), el carácter está ordenado al culto divino, que es una testimonianza de la fe manifestada a través de signos externos. Por eso se colige que el carácter debe residir en la potencia cognoscitiva del alma, que es donde reside la fe.

ARTíCULO 5 ¿Es indeleble el carácter impreso en el alma?

Objeciones por las que parece que el carácter no está en el alma de modo indeleble.
Objeciones: 1. Cuanto más perfecto es un accidente, más firme está en su sujeto de inhesión. Pero la gracia, que es más perfecta que el carácter —ya que el carácter está ordenado a la gracia como a su fin superior—, se pierde por el pecado. Luego mucho más el carácter.
2. El carácter, como acabamos de decir (a. 4), es una deputación para el culto divino. Pero algunos pasan del culto divino al culto contrario con la apostasía de la fe. Luego éstos deben perder el carácter sacramental.
3. Si el fin desaparece, debe desaparecer también todo lo que está ordenado a él, ya que serían cosas sin finalidad: después de la resurrección final, por ejemplo, ya no habrá matrimonio porque no habrá generación, que es el fin del matrimonio. Ahora bien, el culto exterior a que se ordena el carácter no existirá ya en la Patria, donde nada se realizará en figura, sino todo en su desnuda realidad. Luego el carácter sacramental no permanece siempre en el alma. Y, por tanto, no es indeleble.
Contra esto: dice San Agustín en II Contra Parmenianum: Los sacramentos cristianos no imprimen su carácter con menos fuerza que el carácter corporal de la milicia. Pero el carácter militar no se reimprime, sino que se reconoce el que tenía aquel que mereció el perdón del emperador, después de su culpa. Luego tampoco el carácter sacramental puede ser borrado.
Respondo: Como se acaba de decir (a. 3), el carácter sacramental es una participación del sacerdocio de Cristo en sus fieles, de tal manera que como Cristo tiene la plena potestad del sacerdocio espiritual, así sus fieles se configuran en él en la participación de una potestad espiritual referida a los sacramentos y al culto divino. Por eso, Cristo no tiene carácter sacerdotal, sino que la potestad de su sacerdocio se compara con el carácter como lo que es pleno y perfecto con una participación. Ahora bien, el sacerdocio de Cristo es eterno, según las palabras del (Ps 109,4: Tú eres sacerdote eterno según el orden de Melquisedec. Y de aquí viene que toda consagración, realizada en virtud del sacerdocio de Cristo, mientras dura la cosa consagrada, es permanente. Y esto acontece incluso en las cosas inanimadas: la consagración, por ej., de una iglesia o de un altar dura mientras no sean destruidos. Y como el sujeto del carácter es la parte intelectiva del alma, que es donde reside la fe, como se ha dicho (a. 4 ad 3), es claro que siendo el entendimiento perpetuo e incorruptible, también el carácter reside en el alma de manera indeleblez.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La gracia y el carácter no se encuentran en el alma de la misma manera.
Porque la gracia reside en ella como una forma autónoma, mientras que el carácter reside en el alma, ya lo hemos dicho (a. 2), como una virtud instrumental. Ahora bien, una forma autónoma reside en un sujeto acomodándose a la condición del sujeto, y puesto que el alma es mudable en esta vida en virtud de su libre albedrío, es lógico que la gracia resida en ella de forma mudable. La virtud instrumental, sin embargo, se acomoda más bien a la condición del agente principal. Y, por eso, el carácter reside en el alma de una manera indeleble, no por su propia perfección, sino por la perfección del sacerdocio de Cristo, del que se deriva el carácter como una virtud instrumental.
2. Dice San Agustín que ni los mismos apóstatas pierden el bautismo, ya que cuando se arrepienten no se les bautiza de nuevo, con lo cual se indica que el bautismo no se puede perder. Y la razón está en que el carácter es una virtud instrumental, como se ha dicho (a. 1). Ahora bien, la esencia del instrumento consiste en ser movido por otro, y no en que se mueva a sí mismo, como sucede con la voluntad. Por eso, aunque la voluntad quiera lo contrario, el carácter no desaparece por la inmovilidad del agente principal.
3. Aunque después de esta vida no subsista ya el culto externo, permanece, sin embargo, el fin de ese culto. Por eso, después de esta vida permanece el carácter: en los buenos para su gloria, y en los malos para su propia ignominia, como ocurre con los soldados, cuyo carácter militar se conserva también después de la victoria: en los que vencieron a título de gloria, y en los vencidos para su castigo.

ARTíCULO 6 ¿Imprimen carácter todos los sacramentos de la nueva ley?

Objeciones por las que parece que todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
Objeciones: 1. Todos los sacramentos de la nueva ley comunican una participación del sacerdocio de Cristo. Pero el carácter sacramental, como se ha dicho (a. 3.5), no es más que una participación del sacerdocio de Cristo. Luego parece que todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
2. El carácter es al alma, donde reside, lo que la consagración a los objetos consagrados. Pero todos los sacramentos de la nueva ley comunican al hombre la gracia santificante. Luego todos los sacramentos de la nueva ley comunican el carácter.
3. El carácter es res et sacramentum. Pero en todos los sacramentos de la nueva ley hay algo que es res solamente, algo que es solamente sacramentum y algo que es res et sacramentum. Luego todos los sacramentos de la nueva ley imprimen carácter.
Contra esto: los sacramentos que imprimen carácter no se pueden reiterar porque el carácter es indeleble, como se ha dicho (a. 5). Pero algunos sacramentos se reiteran, como es el caso de la penitencia y el matrimonio.
Luego no todos los sacramentos imprimen carácter.
Respondo: Como ya se ha dicho (II-II 62,1 II-II 62,5), los sacramentos de la nueva ley tienen una doble finalidad: el remedio del pecado y el culto divino. Ahora bien, es común a todos los sacramentos el ser remedio contra el pecado porque confieren la gracia. Pero no todos los sacramentos se ordenan directamente al culto, como es el caso de la penitencia, por la que el hombre queda libre del pecado —este sacramento nada nuevo da al hombre para el culto divino, sino que le restituye al estado anterior.
Pero un sacramento puede estar ordenado al culto de tres maneras. Primera, por la naturaleza de la misma acción sacramental. Segunda, preparando los ministros. Tercera, proveyendo de receptores. El sacramento que está ordenado al culto por la naturaleza de su misma acción sacramental es la Eucaristía, en la que el culto divino tiene su principal expresión por ser el sacrificio de la Iglesia.
Este sacramento no imprime carácter porque no deputa al hombre a hacer o recibir alguna cosa ulterior en el orden sacramental, ya que este sacramento, como dice Dionisio en el III De Eccles. Hier., es el fin yla consumación de todos los demás sacramentos. Pero contiene a Cristo mismo, en el que reside no el carácter, sino toda la plenitud del sacerdocio.
A la preparación de ministros para el culto pertenece el sacramento del orden porque este sacramento capacita a los hombres para comunicar los sacramentos a los demás.
Y a la provisión de receptores está reservado el sacramento del bautismo, por el que el hombre recibe la potestad de recibir todos los demás sacramentos de la Iglesia, por lo que al bautismo se le llama puerta de los sacramentos. A lo mismo está ordenada en cierto modo la confirmación, como en su lugar diremos (III 65,3). Por tanto, tres son los sacramentos que imprimen carácter: el bautismo, la confirmación y el orden.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Todos los sacramentos hacen al hombre participante del sacerdocio de Cristo, puesto que le comunican algún efecto de él. Pero no todos los sacramentos deputan para hacer o recibir cosas que se refieren al culto del sacerdocio de Cristo. Esto es lo que se requiere para que el sacramento imprima carácter.
2. Todos los sacramentos santifican al hombre, entendiendo por santidad la purificación del pecado por la gracia. Pero los sacramentos que imprimen carácter le santifican de una manera especial comunicándole una consagración que le deputa al culto divino, como ocurre con las cosas inanimadas, que también se las llama consagradas por estar destinadas al culto divino.
3. Aunque el carácter es res et sacramentum, no todo lo que es res et sacramentum es carácter. Lo que en los demás sacramentos es res et sacramentum se dirá después (III 73,1 ad 3; III 84,1 ad 3).



CUESTIÓN 64 Las causas de los sacramentos Nos corresponde estudiar ahora las causas de los sacramentos (cf. @III 60@ Intr.), a saber, la causa principal, y la causa ministerial.

Esta cuestión plantea y exige respuesta a diez problemas: 1. ¿Es solamente Dios quien produce el efecto interior de los sacramentos? 2. ¿Proviene sólo de Dios la institución de los sacramentos? 3. El poder de Cristo sobre los sacramentos. 4. ¿Pudo comunicar a otros ese poder? 5. ¿Tienen poder los pecadores para administrar los sacramentos? 6. ¿Pecan los pecadores administrando los sacramentos? 7. ¿Pueden los ángeles administrar los sacramentos? 8. ¿Se requiere en los sacramentos la intención del ministro? 9. ¿Se requiere en los sacramentos una fe verdadera, de tal forma que un infiel no sea capaz de administrarlos? 10. ¿Se requiere recta intención en los sacramentos?

ARTíCULO 1 ¿Es solamente Dios quien produce el efecto interior de los sacramentos o también lo produce el ministro?

Objeciones por las que parece que no solamente Dios, sino también el ministro produce el efecto interior de los sacramentos.
Objeciones: 1. El efecto interior de los sacramentos consiste en que el hombre se vea libre del pecado y quede iluminado por la gracia. Ahora bien, pertenece a los ministros de la Iglesia purificar, iluminar y perfeccionar, como dice Dionisio en V De Coel. Hier.. Luego parece que no sólo Dios, sino también los ministros de la Iglesia, producen el efecto del sacramento.
2. La administración de los sacramentos va acompañada de oraciones de petición. Ahora bien, Dios escucha de mejor grado las oraciones de los justos que las de cualquier otra persona, según aquello de Jn 9,31: Si uno es religioso y cumple la voluntad de Dios, Dios a ése le escucha. Luego parece que quien recibe los sacramentos de un ministro santo, recibe un efecto mayor y, por consiguiente, también el ministro produce algo del efecto interior del sacramento.
3. El hombre vale más que las cosas inanimadas. Pero hay cosas inanimadas que concurren en la producción del efecto interior del sacramento, porque elagua toca el cuerpo y limpia el corazón, como dice San Agustín en Super Io..
Luego también el hombre concurre al efecto interior del sacramento, y no sólo Dios.
Contra esto: se dice en Rm 8,33: Dios es quien justifica. Y como el efecto interior de todos los sacramentos es la justificación, parece claro que sólo Dios es quien produce el efecto interior del sacramento.
Respondo: Un efecto se puede producir de dos maneras. Una, como causa principal. Otra, como instrumento. Del primer modo sólo Dios produce el efecto interior del sacramento, ya porque sólo él penetra el alma, donde se produce el efecto sacramental —nadie puede obrar inmediatamente donde no está—, ya porque la gracia, que es un efecto interior del sacramento, proviene sólo de Dios, como se ha dicho en la Segunda Parte (I-II 112,1). También el carácter, que es un efecto interior de algunos sacramentos, es una virtud instrumental que proviene del agente principal, que es Dios.
De la segunda manera el hombre puede cooperar al efecto interior del sacramento actuando como ministro, ya que es lo mismo decir ministro que instrumento, puesto que la acción de ambos se realiza exteriormente, pero produciendo un efecto interior en virtud de la causa principal, que es Dios.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La purificación que se atribuye a los ministros de la Iglesia no es la purificación concerniente al pecado. Se dice que los diáconos purifican, bien porque expulsan a los pecadores de la asamblea de los fieles, bien porque los preparan con piadosas exhortaciones a la recepción de los sacramentos.
2. Las oraciones que acompañan a la administración de los sacramentos van dirigidas a Dios no por una persona privada, sino por toda la Iglesia, cuyas preces son agradables a Dios, según se lee en Mt 18,19: Si dos de vosotros se ponen de acuerdo en la tierra para pedir algo, sea lo que fuere, lo conseguirán de mi Padre. Sin embargo, no se puede decir que la devoción de un santo no coopere para este fin.
No obstante, el efecto propio del sacramento no se obtiene por la oración de la Iglesia o del ministro, sino por el mérito de la pasión de Cristo, cuya virtud actúa en los sacramentos, como se ha dicho (II-II 62,5). Por donde se deduce que el efecto del sacramento no es superior porque sea más santo el ministro, aunque algo puede conseguirse por la devoción del ministro en favor de quien recibe el sacramento, no porque el ministro lo produzca, sino porque lo consigue de Dios.
3. Las cosas inanimadas cooperan al efecto interior del sacramento sólo instrumentalmente, como se ha dicho. Y, de modo semejante, los hombres sólo ministerialmente cooperan en la producción del efecto sacramental, como también se ha dicho.

ARTíCULO 2 ¿Son los sacramentos sólo una institución divina?

Objeciones por las que parece que los sacramentos no son exclusivamente de institución divina.
1. Las cosas que han sido instituidas por Dios se nos han transmitido en la Sagrada Escritura. Ahora bien, hay cosas en los sacramentos que la Sagrada Escritura no menciona, por ej.: el crisma de la confirmación, el óleo de la ordenación sacerdotal y otras muchas cosas, palabras y acciones usadas en los sacramentos. Luego los sacramentos no son sólo de institución divina.
2. Los sacramentos son signos. Ahora bien, las cosas sensibles tienen, de suyo, un significado. Y no puede decirse que Dios se complazca más en unos significados que en otros, puesto que él aprueba todo lo que ha hecho (Gn 1,31), sino que esta preferencia parece propia más bien de los demonios, quienes, como dice San Agustín en XIX De Civ. Dei, se dejan seducir por ciertos signos: Los demonios son atraídos por las creaturas —que Dios hizo y no ellos - por la variedad de sus formas, no como animales por la comida, sino como espíritus por los signos. Luego no se ve la necesidad de que los sacramentos sean de institución divina.
3. Los Apóstoles hicieron las veces de Dios en la tierra. San Pablo, en efecto, dice en 2Co 2,10: Lo que perdoné, si algo perdoné, por amor vuestro lo perdoné en la persona de Cristo, es decir, como si el mismo Cristo lo hubiese perdonado. Así pues, parece que los Apóstoles y sus sucesores pueden instituir nuevos sacramentos.
Contra esto: instituir es dar a la cosa fuerza y vigor, como consta en la institución de las leyes. Pero el vigor del sacramento viene sólo de Dios, como ya se ha dicho (a. 1; III 62,1). Luego sólo Dios puede instituir un sacramento.
Respondo: Como se ha dicho antes (Ib.), los sacramentos producen instrumentalmente efectos espirituales. Ahora bien, el instrumento recibe todo su vigor del agente principal. Pero los agentes, en lo que a los sacramentos se refiere, son dos, a saber: el que lo instituye y el que lo usa. Y, como el vigor del sacramento no puede venir de quien lo usa, ya que éste actúa sólo como ministro, sólo queda que el vigor del sacramento provenga del institutor. Y como el vigor del sacramento no puede provenir más que de Dios, es claro que sólo Dios es el institutor de los sacramentos.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Hay cosas en los sacramentos que han sido introducidas por los hombres, y éstas no son necesarias, sino que les confieren una cierta solemnidad, útil para mover a la devoción y reverencia en quienes los reciben. Pero hay otras cosas que sí son necesarias, y éstas son las establecidas por Cristo, que es Dios y hombre. Y aunque no todas nos han sido transmitidas en la Sagrada Escritura, la Iglesia las recibió por la transmisión familiar de los Apóstoles, como lo dice San Pablo en 2Co 11,34: lo demás lo dispondré cuando vaya.
2. Las cosas sensibles tienen por naturaleza una cierta aptitud para significar efectos espirituales. Pero esta aptitud debe ser determinada a un significado específico por institución divina. Y esto es lo que quiere decir Hugo de San Víctor cuando afirma que el sacramento significa algo por institución divina. Ahora bien, Dios ha preferido unas cosas a otras para los signos sacramentales, no porque limite su afecto a las cosas elegidas, sino porque éstas son más aptas para significar algo concreto.
3. Los Apóstoles y sus sucesores son vicarios de Dios en el gobierno de la Iglesia, constituida sobre la fe y los sacramentos de la fe. Por tanto, de la misma manera que a ellos no les es permitido fundar otra Iglesia, tampoco les es permitido transmitir otra fe, ni instituir otros sacramentos, pues se dice que la Iglesia de Cristo ha sido construida por los sacramentos que brotaron del costado de Cristo pendiente de la cruz.

ARTíCULO 3 ¿Tuvo Cristo en cuanto hombre potestad de producir el efecto interior del sacramento?

Objeciones por las que parece que Cristo en cuanto hombre no pudo producir el efecto interior de los sacramentos.
Objeciones: 1. Tal y como se encuentra en Jn 1,33, dice San Juan Bautista: El que me envió a bautizar con agua me dijo: Aquel sobre quien veas que baja el Espíritu Santo y se queda sobre él, ése es el que bautiza con Espíritu Santo. Ahora bien, bautizar con Espíritu Santo es conferir interiormente la gracia del Espíritu Santo.
Y el Espíritu Santo descendió sobre Cristo en cuanto que era hombre, no en cuanto que era Dios, pues en cuanto Dios él da el Espíritu Santo. Luego parece que Cristo, en cuanto hombre, tuvo poder para causar el efecto interior de los sacramentos.
2. Tal y como se dice en Mt 9,6, el Señor afirma: Sabed que el Hijo del hombre tiene sobre la tierra poder de perdonar los pecados. Pero la remisión de los pecados es el efecto interior del sacramento. Luego parece que Cristo, en cuanto hombre, produce el efecto interior del sacramento.
3. La institución de los sacramentos pertenece al que, como agente principal, produce el efecto interior de ellos. Pero es manifiesto que Cristo instituyó los sacramentos. Por tanto, él es quien produce el efecto interior de ellos.
4. Nadie puede conferir sin sacramentos el efecto de los sacramentos, a no ser que produzca dicho efecto por virtud propia. Pero Cristo, sin recurrir al sacramento, confirió el efecto del sacramento como consta por las palabras que dirigió a la Magdalena en Lc 7,8: Tus pecados te son perdonados.
5. Aquel por cuya virtud opera el sacramento, es el agente principal del efecto interior. Pero los sacramentos reciben su virtud de la pasión de Cristo y de la invocación de su nombre, según se dice en 1Co 1,13: ¿Acaso fue Pablo crucificado por vosotros? ¿O habéis sido bautizados en el nombre de Pablo? Luego Cristo, en cuanto hombre, produce el efecto interior.
Contra esto: dice San Agustín: En los sacramentos la virtud divina produce secretamente la salvación. Pero la virtud divina pertenece a Cristo no como hombre, sino como Dios. Luego Cristo no realiza el efecto interior del sacramento en cuanto hombre, sino en cuanto Dios.
Respondo: Cristo produce el efecto interior de los sacramentos en cuanto Dios y en cuanto hombre, aunque de diversa manera. En cuanto Dios lo hace por propia autoridad; y en cuanto hombre, meritoria y eficazmente, pero como instrumento. Ya hemos dicho (II-II 48,1 II-II 48,6 II-II 49,1), efectivamente, que la pasión de Cristo padecida por él en su naturaleza humana es causa meritoria de nuestra justificación: no como agente principal o por autoridad, sino de modo instrumental, en cuanto que la humanidad es instrumento de la divinidad, según se ha dicho más arriba (III 13,2-3 III 19,1).
Sin embargo, puesto que es un instrumento unido a la divinidad en su misma persona, esta humanidad de Cristo tiene una cierta principalidad y causalidad con respecto a los instrumentos separados, que son los ministros de la Iglesia y los mismos sacramentos, como se dijo más arriba (a. 1). Por eso, como Cristo, en cuanto Dios, tiene poder de autoridad en los sacramentos, así, en cuanto hombre, tiene sobre ellos poder de ministro principal o de excelencia. Y este último poder se funda en cuatro prerrogativas: primera, en que el mérito y la virtud de su pasión operan en los sacramentos, como ya se ha dicho (II-II 62,5). Y puesto que la virtud de su pasión se nos comunica a nosotros por la fe, según se dice en Rm 3,25: a quien Dios ha propuesto como instrumento de propiciación por su propia sangre mediante la fe, fe que nosotros confesamos invocando el nombre de Cristo, a esta excelencia de la potestad de Cristo pertenece, en segundo lugar, el que los sacramentos se confieran en su nombre. Y puesto que los sacramentos obtienen su virtud de la institución, a la misma excelencia pertenece, en tercer lugar, el que Cristo, que confirió esta virtud a los sacramentos, haya tenido potestad para instituirlos. Y puesto que la causa no depende del efecto, sino más bien lo contrario, a dicha excelencia pertenece, en cuarto lugar, el que Cristo haya podido producir el efecto de los sacramentos prescindiendo de ellos.
A las objeciones: Consta en lo dicho, porque cada parte de las objeciones es verdadera según las distinciones que se han hecho.

ARTíCULO 4 ¿Pudo Cristo comunicar a sus ministros la misma potestad que él tuvo sobre los sacramentos?

Objeciones por las que parece que Cristo no pudo comunicar a sus ministros la potestad que él tenía sobre los sacramentos.
Objeciones: 1. San Agustín en Contra Máximum argumenta así: si pudo y no quiso es que tuvo celos. Pero la celotipia queda excluida de Cristo, en quien residía la plenitud de la caridad. Luego, como Cristo no ha comunicado esa potestad propia a sus ministros, parece que es porque no ha podido comunicarla.
2. A propósito de las palabras de Jn 14,12: Obras mayores aún hará, comenta San Agustín: Yo diría que hacer justo a un pecador es una obra más importante que crear el cielo y la tierra. Pero Cristo no pudo comunicar a sus discípulos el poder de crear el cielo y la tierra. Luego tampoco el de justificar al pecador. Y como la justificación del pecador se realiza por el poder que Cristo tiene sobre los sacramentos, parece claro que él no podía comunicar este poder a sus ministros.
3. A Cristo compete, como cabeza de la Iglesia, ser fuente de la gracia que se difunde de él a todos los demás, según las palabras de Jn 1,16: De su plenitud hemos recibido todos. Pero esta plenitud era incomunicable, ya que la Iglesia sería monstruosa al tener muchas cabezas. Luego parece que Cristo no pudo comunicar a sus ministros su poder.
Contra esto: comentando San Agustín aquello de Jn 1,31: Yo no le conocía, afirma: Juan desconocía que el Señor tuviera y se reservase exclusivamente para sí el poder sobre el bautismo. Pero Juan no podía ignorar esto si ese poder fuese comunicable. Luego Cristo pudo comunicar este poder a sus ministros.
Respondo: Cristo, como se ha dicho ya (a. 3), tuvo sobre los sacramentos un doble poder. Uno, el poder de autoridad que le corresponde como Dios. Y este poder no pudo comunicarlo a ninguna creatura, como tampoco pudo comunicar la esencia divina. Otro, un poder de excelencia, que a él le corresponde como hombre. Y este poder sí pudo comunicarlo a sus ministros concediéndoles, digamos, tanta plenitud de gracia, que sus méritos produjesen el efecto de los sacramentos; que los sacramentos fuesen conferidos en sus nombres; que ellos mismos pudiesen instituir los sacramentos; y que pudiesen producir el efecto de los sacramentos sin rito externo con su propia voluntad. De hecho, cuanto más fuerte sea el instrumento unido, mejor puede comunicar su virtud al instrumento separado, como ocurre con la mano que comunica su fuerza al bastón.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Cristo se abstuvo de comunicar a sus ministros su poder de excelencia no por celotipia, sino por el propio beneficio de los fieles: para que no pusiesen su esperanza en el hombre, y no se instituyesen diversos sacramentos, de los que podría originarse división en la Iglesia, como es el caso de los que decían: Yo soy de Pablo, yo de Apolo, yo de Cefas, como se consigna en 1Co 1,12).
2. La objeción se refiere al poder de autoridad, que le compete a Cristo en cuanto Dios, aunque al poder de excelencia se le puede denominar de autoridad por comparación con el de los demás ministros, por lo que la Glosa, comentando las palabras de 1Co 1,13: ¿está Cristo dividido?, dice que pudo comunicar la autoridad del bautismo a quienes dio el ministerio.
3. Para evitar el inconveniente de que hubiese diversas cabezas en la Iglesia, no quiso Cristo comunicar a sus ministros el poder de excelencia. Pero si lo hubiese comunicado, él hubiese sido la cabeza principal, y los demás, las secundarias.

ARTíCULO 5 ¿Pueden conferir los sacramentos los malos ministros?

Objeciones por las que parece que los malos ministros no pueden conferir los sacramentos.
Objeciones: 1. Los sacramentos de la nueva ley están destinados a borrar las culpas y a infundir la gracia. Ahora bien, los malos, por estar manchados, no pueden limpiar a otros de sus pecados, según se dice en Si 34,4: ¿Qué pureza puede salir de los impuros? Además, si ellos no poseen la gracia, no parece que la puedan comunicar, ya que nadie da lo que no tiene. No parece, pues, que los malos puedan conferir los sacramentos.
2. Toda la virtud de los sacramentos proviene de Cristo, como ya se ha dicho (a. 3; III 60,0 Intr., III 62,5). Pero los malos están separados de Cristo porque no tienen caridad, que es el lazo de unión entre los miembros y la cabeza, según las palabras de 1Jn 41,6: Quien permanece en la caridad, permanece en Dios, y Dios en él. Luego parece que los malos no pueden conferir los sacramentos.
3. Si falta alguna de las cosas que se requieren para la confección de un sacramento, éste no se realiza, como si faltase, por ej., la forma o la materia debida. Pero el debido ministro del sacramento es el que está limpio de pecado, según lo que se dice en Lv 21,17-18: Si entre las familias de tu estirpe hubiera un hombre que tuviera un defecto no ofrecerá el pan a tu Dios ni accederá a su ministerio. Luego parece que si el ministro es malo no se realiza el sacramento.
Contra esto: comentando el pasaje de Jn 1,33: Sobre quien vieres descender el Espíritu…, afirma San Agustín: desconocía Juan que el Señor tuviera y se reservara exclusivamente para sí el poder sobre el bautismo, mientras que concedería la administración del mismo a los buenos y a los malos. ¿Qué te puede hacer un mal ministro si el Señor es bueno?
Respondo: Como ya se ha dicho (a. 1), los ministros de la Iglesia actúan en los sacramentos como instrumentos, porque, de alguna manera, el concepto de ministro se identifica con el de instrumento. Pero también se ha dicho ya (III 62,1 III 62,4) que el instrumento no actúa según su propia forma, sino según el impulso que recibe de quien le mueve. Por eso el instrumento, en cuanto tal, puede tener formas o cualidades diversas, además de la exigida para su función de instrumento. Así, por ej., el cuerpo del médico —instrumento del alma en el ejercicio de la ciencia médica-puede estar sano o enfermo; y un tubo por el que pasa el agua puede ser de plata o de plomo. Por consiguiente, los ministros de la Iglesia pueden conferir los sacramentos aunque sean malos.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los ministros de la Iglesia purifican de sus pecados a los hombres que se acercan a los sacramentos y les confieren la gracia no por su propia virtud, sino por el poder de Cristo, quien se sirve de ellos como de instrumentos. Y por eso, el efecto de los sacramentos no procura a los que los reciben una semejanza con los ministros, sino una configuración con Cristo.
2. Por la caridad, los miembros de Cristo se unen a su cabeza para recibir de El la vida, porque, como se dice en 1Jn 3,14: El que no ama permanece en la muerte. Pero puede uno servirse de un instrumento inanimado y separado de él, con tal de que se le una en la moción del impulso. Un artesano, por ej., trabaja de distinto modo valiéndose de las manos o del cuchillo. Pues así actúa Cristo en los sacramentos, sirviéndose de los malos ministros como de instrumentos inanimados. Y de los buenos como de miembros vivos.
3. Una cosa es requerida en la confección del sacramento de doble modo. Uno, como algo absolutamente necesario. Y en el caso de faltar no se realizaría el sacramento, como cuando falta la debida forma o la debida materia. Otro, como algo conveniente. Y de este modo se requiere que los ministros de los sacramentos sean buenos.


Suma Teológica III Qu.63 a.4