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DECRETO

SOBRE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL


Proemio


Maravillosos inventos de la técnica

1 Entre los maravillosos inventos de la técnica que, el ingenio humano, principalmente en estos dias, extrajo de las cosas creadas con la ayuda de Dios la Madre Iglesia acoge y fomenta aquellos que miran principalmente al espiritu humano y han abierto nuevos caminos para comunicar facilisimamente las noticias, ideas y ordenes. Entre tales instrumentos sobresalen aquellos que por su naturaleza no solo pueden llegar a cada uno de los hombres, sino a las multitudes y a toda la sociedad humana, como la prensa, el cine, la radio, la television y otros que, por ello mismo, pueden llamarse con toda razon medios de comunicacion social.


2 La Madre Iglesia reconoce que estos instrumentos, rectamente utilizados, prestan ayuda valiosa al género humano, puesto que contribuyen eficazmente a distender y cultivar los espiritus y a propagar y afirmar el reino de Dios; sabe también que los hombres pueden utilizar tales medios contra los mandamientos del Creador y convertirlos en instrumentos de su propio dano; mas aun, siente maternal angustia por los danos que de su mal uso se han infligido con demasiada frecuencia a la sociedad humana.

Por lo cual, el Sacrosanto Concilio, acogiendo la vigilante preocupacion de los Sumos Pontifices y Obispos en cuestion de tanta importancia, considera su deber ocuparse de las principales cuestiones pertinentes a los instrumentos de comunicacion social. Confia, ademas, que su doctrina y disciplina, asi presentadas, aprovecharan no solo al bien de los cristianos, sino al progreso de todo el género humano.


CAPITULO I - NORMAS REGULADORAS DEL RECTO USO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL


La Iglesia y los medios de comunicacion social

3 La Iglesia catolica, fundada por nuestro Senor Jesucristo para la salvacion de todos los hombres, y por lo mismo que esta obligada a la evangelizacion de toda criatura, considera parte de su mision servirse de los instrumentos de comunicacion social para predicar a los hombres el mensaje de salvacion y ensenarles el recto uso de estos medios.

A la Iglesia, pues, corresponde el derecho natural de usar y poseer todos los instrumentos de este orden en cuanto sean necesarios o utiles para la educacion cristiana y para toda su obra de la salvacion de las almas, y corresponde, pues, a los sagrados pastores el deber de instruir y gobernar a los fieles de modo que éstos, sirviéndose de dichos instrumentos, atiendan a su propia perfeccion y salvacion, asi como a la de todo el género humano.

Por lo demas, corresponde principalmente a los laicos penetrar de espiritu cristiano esta clase de medios a fin de que respondan a la gran esperanza del género humano y a los designios divinos.


4 Para el recto uso de estos medios es absolutamente necesario que todos los que se sirven de ellos conozcan y llevan a la practica en este campo las normas del orden moral. Consideren, pues, la especial naturaleza de las cosas que se difunden a través de estos instrumentos, segun la peculiar naturaleza de cada uno; tengan, a la vez, en cuenta, las circunstancias o condiciones todas, es decir, el fin, las personas, el lugar, el tiempo y demas datos que entran en juego en los diversos medios de comunicacion, y aquellas otras circunstancias que pueden hacer perder su honestidad o cambiarla; entre las cuales el caracter especifico con que actua cada instrumento, es decir, su propia fuerza, que puede ser tan grande que los hombres, sobre todo si no estan formados, dificilmente sean capaces de advertirla, dominarla y, si llega el caso, rechazarla.


Recta conciencia en el uso de los medios de comunicacion social

5 En necesario, mas que nada, que todos los interesados, en la utilizacion de estos medios de comunicacion se formen recta conciencia sobre tal uso, en particular por lo que se refiere a algunas cuestiones agriamente debatidas en nuestros dias.

La primera cuestion se refiere a la llamada informacion, a la obtencion y divulgacion de las noticias. Es evidente que tal informacion, por razon del moderno progreso de la sociedad humana y por los mas estrechos vinculos entre sus miembros, resulta muy util y, las mas de las veces, necesaria, pues el intercambio publico y puntual de noticias sobre acontecimientos y cosas facilita a los hombres un conocimiento mas amplio y continuo de la actualidad, de modo que puedan contribuir eficazmente al bien comun y al mayor progreso de toda la sociedad humana. Existe, pues, en el seno de la sociedad humana el derecho a la informacion sobre aquellas cosas que convienen a los hombres, segun las circunstancias de cada cual, tanto particularmente como constituidos en sociedad. Sin embargo, el recto uso de este derecho exige que la informacion sea siempre objetivamente verdadera y, salva la justicia y la caridad, integra; en cuanto al modo, ha de ser, ademas, honesta y conveniente, es decir, que respete las leyes morales del hombre, sus legitimos derechos y dignidad, tanto en la obtencion de la noticia como en su divulgacion; pues no toda la ciencia aprovecha, "pero la caridad es constructiva" (
1Co 8,1).


Primacia del Orden moral

6 Una segunda cuestion se plantea sobre las relaciones que median entre los llamados derechos del arte y las normas de la ley moral. Dado que, no rara vez, las controversias que surgen sobre este tema tienen su origen en falsas doctrinas sobre ética y estética, el Concilio proclama que la primacia del orden moral objetivo ha de ser aceptada por todos, puesto que es el unico que supera y congruentemente ordena todos los demas ordenes humanos por dignos que sean, sin excluir el arte. Pues solamente el orden moral abarca, en toda su naturaleza, al hombre, hechura racional de Dios y llamado a lo sobrenatural; y cuando tal orden moral se observa integra y fielmente, le conduce a la perfeccion y bienaventuranza plena.


7 Por otra parte, la narracion, descripcion y representacion del mal moral, puede, sin duda, con el auxilio de los medios de comunicacion social, servir para conocer y descubrir mejor al hombre y para hacer que mejor resplandezca y se exalte la verdad y el bien mediante oportunos y logrados efectos dramaticos; sin embargo, para que no produzcan mayor dano que utilidad a las almas, han de someterse plenamente a las leyes morales, sobre todo si se trata de cosas que merecen el maximo respeto o que incitan mas facilmente al hombre, inclinado por la culpa original, a deseos depravados.


Deberes de justicia y caridad

8 Como quiera que la opinion publica ejerce hoy un poderoso influjo en todos los ordenes de la vida social, publica y privada, es necesario que todos los miembros de la sociedad cumplan sus deberes de justicia y caridad también en esta materia, y, por tanto, que con el auxilio de estos medios, se procure formar y divulgar una recta opinion publica.

De los destinatarios de la informacion

9 Peculiares deberes competen a todos los destinatarios de la informacion, lectores, espectadores y oyentes que por su personal y libre eleccion reciben las informaciones difundidas por estos medios de comunicacion. Pues, una recta eleccion exige que aquéllos fomenten todo lo que contribuye a la virtud, la ciencia y el arte, y eviten, en cambio, todo lo que pueda ser causa u ocasion de dano espiritual para ellos o para otros, por el mal ejemplo que puedan ocasionarles, y lo que favorezca las malas producciones y se oponga a las buenas, lo que sucede a menudo contribuyendo economicamente en empresas que tan solo persiguen el lucro en la utilizacion de estos medios.

Asi, pues, para que los destinatarios de la informacion cumplan con la ley moral, deben cuidar de informarse oportunamente sobre los juicios o criterios de las autoridades competentes en esta materia y de seguirlos segun las normas de una recta conciencia; mas para que puedan con mayor facilidad oponerse a los malos atractivos y secundar de lleno los buenos, procuren ilustrar y dirigir su conciencia con recursos adecuados.


10 Los destinatarios, sobre todo los jovenes, procuren acostumbrarse a ser moderados y disciplinados en el uso de estos instrumentos; pongan, ademas, empeno en entender bien lo oido, visto, leido; dialoguen con educadores y peritos en materia y aprendan a formar recto juicio. Recuerden los padres que es deber suyo vigilar cuidadosamente para que los espectaculos, las lecturas y cosas parecidas que puedan ofender la fe o las buenas costumbres no entren en el hogar y para que sus hijos no los vean en otra parte.

De los sujetos activos de la informacion

11 Muy principal deber moral incumbe, en cuanto al recto uso de los medios de comunicacion social, a los periodistas, escritores, actores, productores, realizadores, exhibidores, distribuidores, directores y vendedores, criticos y demas que de algun modo intervienen en la realizacion y difusion de las comunicaciones; pues es de toda evidencia la trascendencia y gravedad de su cometido en las actuales circunstancias humanas, pudiendo encauzar a la humanidad al bien o al mal con sus informaciones y excitaciones.

Mision suya es, por tanto, tratar las cuestiones economicas, politicas o artisticas de modo que no produzcan dano al bien comun; para lograr esto mas facilmente, bueno sera que se asocien profesionalmente -incluso si fuera necesario mediante el compromiso de observar desde el comienzo un codigo moral- en aquellas entidades que impongan a sus miembros el respeto a las leyes morales en las empresas y deberes profesionales.

Recuerden siempre que la mayor parte de los lectores y espectadores esta compuesta de jovenes, necesitados de prensa y espectaculos que les ofrezcan ejemplos de moralidad y los estimulen hacia sentimientos elevados. Procuren, ademas que las materias concernientes a la religion se confien a personas dignas y expertas y se traten con la debida reverencia.

De las autoridades

12 Las autoridades civiles tienen peculiares deberes en esta materia en razon del bien comun al que se ordenan estos instrumentos. Por virtud de su autoridad y en funcion de la misma, les corresponde defender y tutelar una verdadera y justa libertad de informacion que la sociedad moderna necesita enteramente para su provecho, sobre todo en lo que atane a la prensa. Defender la religion, fomentar la cultura, las bellas artes, proteger a los destinatarios para que puedan gozar libremente de sus legitimos derechos. Por otra parte, a la autoridad civil corresponde fomentar aquellas obras y empresas que, siendo especialmente utiles para la juventud, no podrian de otro modo ser acometidas.

Por ultimo, la misma autoridad publica que legitimamente se ocupa del bienestar de los ciudadanos, esta obligada a procurar, justa y celosamente, mediante la oportuna promulgacion y diligente ejecucion de las leyes, que no perjudiquen a las costumbres y al progreso de la sociedad por el mal uso de estos medios de comunicacion. Esta diligente vigilancia no restringe en modo alguno la libertad de los individuos o de las asociaciones, sobre todo cuando faltan las debidas precauciones por parte de aquellos que, por razon de su oficio, manejan estos instrumentos.

Téngase particular cuidado en proteger a los jovenes de la prensa y de los espectaculos perniciosos para su edad.


CAPITULO II - LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y LA ACCION PASTORAL DE LA IGLESIA

13 Procuren, de comun acuerdo, todos los hijos de la Iglesia que los instrumentos de comunicacion social se utilicen, sin la menor dilacion y con el maximo empeno, en las mas variadas formas de apostolado, tal como lo exigen las realidades y las circunstancias de nuestro tiempo, adelantandose asi a las malas iniciativas, especialmente en aquellas regiones en las que el progreso moral y religioso reclama una mayor atencion.

Apresurense, pues, los sagrados pastores a cumplir en este campo su mision, intimamente ligada a su deber ordinario de predicar. A su vez, los laicos que hacen uso de dichos instrumentos, procuren dar testimonio de Cristo, realizando, en primer término, sus propias tareas con pericia y espiritu apostolico y aportando, ademas, en lo que esté de su parte, mediante las posibilidades de la técnica, de la economia, de la cultura y del arte, su apoyo directo a la accion pastoral de la Iglesia.

Medios de comunicacion social catolicos

14 Han de fomentarse, ante todo, las publicaciones honestas. Ahora bien, para imbuir plenamente de espiritu cristiano a los lectores debe crearse y difundirse una prensa genuinamente catolica -bien sea por parte de la propia jerarquia eclesiastica, o promovida por hombres catolicos y dependiente de ellos- editada con la intencion de formar, afirmar y promover una opinion publica en consonancia con el derecho natural y con las doctrinas y preceptos catolicos, al mismo tiempo que divulga y desarrolla adecuadamente los acontecimientos relacionados con la vida de la Iglesia. Debe advertirse a los fieles de la necesidad de leer y difundir la prensa catolica para conseguir un criterio cristiano sobre todos los acontecimientos.

Que la produccion y exhibicion de cintas destinadas al honesto descanso del espiritu, provechosas para la cultura y el arte humano, sobre todo aquellas que se destinan a la juventud, sean promovidas por todos los medios eficaces y aseguradas a toda costa; lo cual se logra, sobre todo, apoyando y coordinando las realizaciones y las iniciativas honestas, tanto de produccion como de distribucion, recomendando las peliculas que merecen elogio por el juicio concorde y por los premios de los criticos, fomentando y asociando entre si las salas pertenecientes a empresarios catolicos y a hombres honrados.

Préstese asimismo apoyo eficaz a las emisiones radiofonicas y televisivas honestas, ante todo a aquellas que sean apropiadas para las familias. Y que se fomenten con todo interés las emisiones catolicas, mediante las cuales los oyentes y los espectadores sean estimulados a participar en la vida de la Iglesia y se compenetren con las verdades religiosas. Con toda solicitud deben promoverse, alli donde fuese oportuno, las emisoras catolicas; hay que cuidar, empero, de que sobresalgan por su perfeccion y por su eficacia.

Cuidese, en fin, de que el noble y antiguo arte escénico, que hoy se propaga ampliamente a través de los instrumentos de comunicacion social, trabaje a favor del sentido humano y la ordenacion de las costumbres de los espectadores.

Formacion catolica para el uso de estos medios

15 Para proveer a las necesidades arriba indicadas han de formarse oportunamente sacerdotes, religiosos y también laicos, que posean la debida competencia de estos instrumentos y puedan dirigirlos a los fines del apostolado.

En primer lugar, deben ser instruidos los laicos en el arte, la doctrina y las costumbres, multiplicando el numero d escuelas, facultades e institutos, donde los periodistas, los guionistas cinematograficos, radiofonicos, de television y demas interesados puedan adquirir una formacion integra, penetrada de espiritu cristiano, sobre todo en la doctrina social de la Iglesia.

También los actores escénicos han de ser formados y ayudados para que convenientemente sirvan, con su arte, a la sociedad humana. Por ultimo, han de prepararse cuidadosamente criticos literarios, cinematograficos, radiofonicos, de la television y de los demas medios, que dominen perfectamente su profesion, preparados y estimulados para emitir juicios en que la razon moral aparezca siempre en su verdadera luz.


16 Habida cuenta de que el uso de los instrumentos de comunicacion social, que se dirigen a personas diversas por edad y cultura, requieren en estas personas una formacion y una experiencia acomodadas y apropiadas, deben favorecerse, multiplicarse y encauzarse, segun los principios de las costumbres cristianas, las iniciativas que sean aptas para conseguir este fin (sobre todo si se destinan a los jovenes), en las escuelas catolicas de cualquier grado, en los seminarios y en las asociaciones apostolicas seglares. Para realizar esto con mayor rapidez, la exposicion y explicacion de la doctrina y disciplina catolicas en esta materia debe ensenarse en el catecismo.

Apoyo economico a los medios catolicos de comunicacion social

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Siendo incompatible para los hijos de la Iglesia soportar insensiblemente que la doctrina de la salvacion sea obstaculizada e impedida por razones técnicas o por los gastos, ciertamente cuantiosos, que son propios de estos medios, este Santo Concilio amonesta sobre la obligacion de sostener y auxiliar los diarios catolicos, las revistas e iniciativas cinematograficas, las emisoras y transmisiones radiofonicas y televisadas, cuyo principal fin es divulgar y defender la verdad y proveer a la formacion cristiana de la sociedad humana. igualmente, invita insistentemente a las asociaciones y a los particulares, que gozan de autoridad en las cuestiones economicas y técnicas, a sostener con largueza y de buen grado, con sus bienes economicos y su competencia, estos instrumentos, en cuanto sirven al apostolado ya la verdadera cultura.


18 Para que se vigorice el apostolado de la Iglesia en relacion con los medios de comunicacion social, debe celebrarse cada ano en todas las diocesis del orbe, a juicio del Obispo, un dia en el que los fieles sean adoctrinados sobre sus obligaciones en esta materia, invitados a orar por esta causa y a entregar una limosna para este fin, que sera empleada para sostener y fomentar, segun las necesidades del orbe catolico, las instituciones e iniciativas promovidas por la Iglesia en este sector.

Organismos adecuados

19 Para ejercitar la suprema cura pastoral sobre los instrumentos de comunicacion social, el Sumo Pontifice tiene a su disposicion un peculiar organismo de la Santa Sede.


20 Sera competencia de los Obispos, en sus propias diocesis, vigilar estas obras e iniciativas, promoverlas y, en cuanto atanen al apostolado publico, ordenarlas, sin excluir aquellas que estan sometidas a la direccion de los religiosos exentos.


21 Pero, como la eficacia del apostolado en toda la nacion requiere unidad de propositos y de esfuerzos, este Santo Concilio establece y manda que en todas partes se constituyan y se apoyen por todos los medios oficinas nacionales para los problemas de la prensa, del cine, de la radio y la television. Mision de estas oficinas, sera velar para que la conciencia de los fieles se forme rectamente sobre el uso de estos instrumentos y para estimular y organizar todo lo que los catolicos realizan en este campo.

En cada nacion la direccion de estos organismos ha de confiarse a una especial comision del Episcopado o a un Obispo delegado. En esos organismos han de participar también seglares que conozcan la doctrina de la Iglesia sobre estas actividades.

Trabajo coordinado

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Y puesto que la eficacia de tales instrumentos traspasa los limites de las naciones, y es como si convirtiera a cada hombre en ciudadano de la Humanidad, coordinense las iniciativas de este género, lo mismo en el plano nacional que en el internacional. Aquellos organismos, de los que se habla en el numero 21, han de trabajar denodadamente en union con su correspondiente asociacion catolica internacional. Estas asociaciones catolicas internacionales solo pueden ser legitimamente aprobadas por la Santa Sede, de la cual dependen.


CLAUSULAS

23 Para que todos los principios y las normas de este Santo Sinodo acerca de los medios de comunicacion social se lleven a efecto, por expreso mandato del Concilio, preparese una instruccion pastoral por el Organismo de la Santa Sede, del que se habla en el numero 19, con la ayuda de peritos de diferentes naciones.


24
Por los demas, este Santo Concilio confia en que estas instrucciones y normas seran libremente aceptadas y santamente observadas por todos los hijos de la Iglesia, los cuales por esta razon, al utilizar tales medios, lejos de padecer dano, como sal y como luz, daran sabor a la tierra e iluminaran el mundo; el Concilio invita, ademas, a todos los hombres de buena voluntad, especialmente a aquellos que gobiernan estos instrumentos, para que se esfuercen en utilizarlos en bien de la sociedad humana, cuya suerte depende cada dia mas del recto uso de aquéllos. Asi, pues, como en los monumentos artisticos de la antigüedad, también ahora en los nuevos inventos debe ser glorificado el nombre del Senor segun aquello del Apostol: "Jesucristo, ayer y hoy, y El mismo por los siglos de los siglos" (
He 13,8).

Todas y cada uno de las cosas contenidas en este Decreto han obtenido el beneplacito de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostolica recibida de Cristo, juntamente con los Venerables Padres, las aprobamos, decretamos y establecemos en el Espiritu Santo, y mandamos que lo asi decidido conciliarmente, sea promulgado para gloria de Dios.

Roma, en San Pedro, 4 de diciembre de 1963.

Yo, PABLO, Obispo de la Iglesia Catolica.



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