Mater et magistra ES 5

"Quadragesimo anno"

5 5. (27) Pío XI, Nuestro Predecesor de s. m., a cuarenta años de distancia, conmemora la encíclica Rerum novarum con un nuevo documento solemne: la encíclica Quadragesimo anno (16).

(16) Cf. ibid. 177-228.


(28) En este documento, el Sumo Pontífice confirma que la Iglesia tiene el derecho y el deber de aportar su insustituible concurso a la feliz solución de los apremiantes y gravísimos problemas sociales que angustian a la familia humana; corrobora los principios fundamentales y las directrices históricas de la Encíclica leoniana; aprovecha, además, la ocasión para precisar algunos puntos de doctrina, sobre los cuales habían surgido dudas entre los católicos, y para desarrollar el pensamiento social cristiano conforme a las nuevas circunstancias de los tiempos.

408 (29) Las dudas se referían, en modo especial, a la propiedad privada, al régimen de salarios, a la conducta de los católicos ante una determinada forma de socialismo moderado.

(30) En cuanto a la propiedad privada, Nuestro Predecesor confirma el carácter de derecho natural, que le compete, y acentúa su aspecto social y su función respectiva.

(31) Respecto al régimen de salarios, rechaza la tesis que lo califica de injusto por naturaleza; pero reprueba las formas inhumanas e injustas con que no pocas veces se ha llevado a la práctica; ratifica y desarrolla los criterios en que debe inspirarse y las condiciones que deben cumplirse para que, en él, no sean quebrantadas la justicia y equidad.

(32) En esta materia, claramente indica Nuestro Predecesor que en las presentes circunstancias es oportuno suavizar el contrato de trabajo con elementos tomados del contrato de sociedad, de tal manera que los obreros lleguen a participar, ya en la propiedad, ya en la administración, ya en una cierta proporción de las ganancias logradas (17).

(17) Cf. ibid. 199.


(33) Hay que considerar asimismo de suma importancia doctrinal y práctica esta su afirmación de que el trabajo no se estimará en justicia ni se remunerará con equidad, si no se atiende a su carácter individual y social (18). Por consiguiente, al determinar la remuneración, declara el Pontífice, la justicia exige que se tengan muy presentes, además de las necesidades individuales de los trabajadores y su responsabilidad familiar, las condiciones de los organismos productores, donde los trabajadores ejercen su actividad, y las exigencias del bien económico público (19).

(18) Cf. ibid. 200.
(19) Cf. ibid. 201.


(34) El Pontífice proclama que la oposición entre comunismo y Cristianismo es radical, y concreta que de ningún modo puede admitirse que los católicos militen en las filas del socialismo moderado: ya porque es una concepción de la vida limitada al ámbito del tiempo, en la que el bienestar material se estima como supremo objetivo de la sociedad; ya porque en él se propugna una organización social de la convivencia atendiendo únicamente al fin de la producción, con grave perjuicio de la libertad humana; ya porque en él falta todo principio de verdadera autoridad social.

409 (35) Pero no escapa a la atención de Pío XI que en los cuarenta años pasados desde la promulgación de la Encíclica leoniana la situación histórica había sufrido un profundo cambio. Efectivamente, la libre concurrencia, en virtud de una dialéctica que le era intrínseca, había terminado por destruirse o casi destruirse a sí misma; había conducido a una gran concentración de la riqueza y a la acumulación de un poder económico enorme en manos de pocos, y éstos muchas veces no son ni dueños siquiera, sino sólo depositarios y administradores, que rigen el capital a su voluntad y arbitrio (20).

(20) Cf. ibid. 210 ss.


(36) Por lo tanto, como acertadamente observa el Sumo Pontífice, la libre concurrencia se ha destrozado a sí misma: la prepotencia económica ha suplantado al mercado libre; al deseo de lucro ha sucedido la ambición del predominio; toda la economía se ha hecho extremadamente dura, cruel, implacable (21), determinando la sumisión de los poderes públicos a los intereses de grupo, y desembocando en el imperialismo internacional del dinero.

(21) Cf. ibid. 211.


(37) Para poner remedio a tal situación, el Supremo Pastor indica como principios fundamentales la reinserción del mundo económico en el orden moral y el logro de los intereses, individuales y de grupo, dentro del ámbito del bien común. Esto lleva consigo, según sus enseñanzas, el reajuste de la convivencia mediante la reconstrucción de organismos intermedios autónomos con fines económico-profesionales, creados libremente por los respectivos miembros y no impuestos por el Estado; el restablecimiento de la autoridad de los poderes públicos en el desenvolvimiento de las funciones que son de su competencia respecto a la realización del bien común; la colaboración en el plano mundial entre las Comunidades políticas, aun en el campo económico.

(38) Mas los motivos de fondo que caracterizan la magistral Encíclica de Pío XI pueden reducirse a dos.

410 Primer motivo: que no se puede tomar como criterio supremo de la actividad y de las instituciones del mundo económico el interés individual o de grupo, ni la libre concurrencia, ni el predominio económico, ni el prestigio de la nación o su potencia, ni otros criterios semejantes.

(39) En cambio, se consideran criterios supremos de estas actividades y de estas instituciones la justicia y la caridad sociales.

(40) Segundo motivo: que debemos afanarnos por dar vida a un ordenamiento jurídico -interno e internacional, con un complejo de instituciones estables, tanto públicas como privadas- inspirado en la justicia social, con el cual vaya acorde la economía, de tal manera que resulte menos difícil a los economistas desarrollar sus actividades en armonía con las exigencias de la justicia, dentro de la esfera del bien común.




Roma Pentecostés 1941

6 6. (41) También ha contribuido no poco Pío XII, Predecesor Nuestro de v. m., a definir y a desarrollar la doctrina social cristiana. El 1 de junio de 1941, en la solemnidad de Pentecostés, transmitía un radiomensaje para llamar la atención del mundo católico sobre una conmemoración que merece esculpirse con caracteres de oro en los fastos de la Iglesia; esto es, sobre el quincuagésimo aniversario de la publicación... de la fundamental encíclica social Rerum novarum, de León XIII... (22); y para dar a Dios Omnipotente... humildes gracias por el don que... prodigó a la Iglesia con aquella Encíclica de su Vicario en la tierra, y para alabarlo por el soplo del Espíritu renovador que por medio de ella se derramó desde entonces más creciente sobre la humanidad entera (23).

(22) Cf. A. A. S. 33 (1941) 196.
(23) Cf. ibid. 197.

411 (42) En el radiomensaje el gran Pontífice reivindica para la Iglesia la indiscutible competencia para juzgar si las bases de un determinado ordenamiento social están de acuerdo con el orden inmutable que Dios Creador y Redentor ha manifestado por medio del derecho natural y de la revelación (24); confirma la perenne vitalidad y la inagotable fecundidad de las enseñanzas de la encíclica Rerum novarum, y aprovecha la ocasión para dar ulteriores directrices morales sobre tres valores fundamentales de la vida social y económica..., que se entrecruzan, se unen y completan mutuamente. Estos son: el uso de los bienes materiales, el trabajo, la familia (25).

(24) Cf. ibid. 196.
(25) Cf. ibid. 198 ss.


(43) Por lo que se refiere al uso de los bienes materiales, Nuestro Predecesor afirma que el derecho de cada hombre a usar de estos bienes para su sustento obtiene prioridad frente a cualquier otro derecho de contenido económico; y esto también frente al derecho de propiedad. Ciertamente, añade Nuestro Predecesor, también el derecho de propiedad sobre los bienes es un derecho natural; sin embargo, según el orden objetivo establecido por Dios, el derecho de propiedad está dispuesto de tal manera que no puede constituir obstáculo para que sea satisfecha la ineludible exigencia de que los bienes, creados por Dios para todos los hombres, equitativamente afluyan a todos, según los principios de la justicia y de la caridad (26).

(26) Cf. ibid. 199.


(44) En orden al trabajo, reiterando la doctrina de la Encíclica leoniana, Pío XII confirma que es un deber y un derecho de cada uno de los seres humanos. Luego a éstos corresponde, en primer término, regular sus mutuas relaciones de trabajo. Sólo en el caso de que los interesados no cumplan o no puedan cumplir su función, corresponde... al Estado, como deber suyo, el intervenir en el campo, en la división y en la distribución del trabajo, según la forma y medida que requiera el bien común rectamente entendido (27).

(27) Cf. ibid. 201.


(45) Por lo que se refiere a la familia, el Sumo Pontífice afirma que la propiedad privada de los bienes materiales también debe ser considerada como espacio vital de la familia; es decir, como un medio idóneo para asegurar al padre de familia la sana libertad de que tiene necesidad para cumplir los deberes que el Creador le ha señalado, concernientes al bienestar físico, espiritual y religioso de la familia (28). Esto determina asimismo el derecho que tiene la familia de emigrar. Sobre este punto Nuestro Predecesor advierte que si los Estados, tanto los que permiten la emigración como los que acogen a los emigrados, procuran eliminar cuanto pueda ser impedimento a que surja y se desenvuelva una verdadera confianza (29) entre sí mismos, de ello se seguirá una utilidad recíproca, que contribuirá también a aumentar el bienestar humano y el progreso de la cultura.

(28) Cf. ibid. 202.
(29) Cf. ibid. 203.


Ulteriores cambios

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7 7. (46) El estado de las cosas, ya tan cambiado en la época de la conmemoración hecha por Pío XII, ha sufrido en estos veinte años profundas innovaciones, así en lo interior de las Comunidades políticas, como en sus mutuas relaciones.

(47) En el campo científico-técnico-económico: el descubrimiento de la energía nuclear, sus primeras aplicaciones a fines bélicos, su sucesiva y creciente utilización para usos civiles; las ilimitadas posibilidades descubiertas por la química en las producciones sintéticas; el extenderse la automatización y la automación en el sector industrial y en el de los servicios; la modernización de la agricultura; la casi total desaparición de las distancias en las comunicaciones, sobre todo por efecto de la radio y de la televisión; la rapidez creciente de los transportes; la conquista iniciada de los espacios interplanetarios.

(48) En el campo social: el desarrollo de los sistemas de seguros sociales, y, en algunas Comunidades políticas económicamente desarrolladas, la instauración de sistemas de seguridad social; en los movimientos sindicales, la formación y acrecentamiento de una actitud de responsabilidad respecto a los mayores problemas económico-sociales; una progresiva elevación de la instrucción básica; un bienestar cada vez más extendido; la creciente movilidad social y la consiguiente reducción de las distancias entre las clases; el interés del hombre de cultura media por los hechos cotidianos de dimensiones mundiales. Además, la aumentada influencia de los sistemas económicos en un número siempre creciente de Comunidades políticas hace resaltar más los desequilibrios económico-sociales entre el sector de la agricultura, por una parte, y el sector de la industria y de los servicios, por otra; entre zonas económicamente desarrolladas y zonas económicamente menos desarrolladas en el interior de cada una de las Comunidades políticas; y, en el plano mundial, los desequilibrios económico-sociales, aún más estridentes, entre los Países económicamente avanzados y los Países económicamente en vías de desarrollo.

413 (49) En el campo político: la participación de un siempre creciente número de ciudadanos de diversas condiciones sociales en la vida pública de muchas Comunidades políticas; la extensión y profundización, cada vez mayor, de la acción de los poderes públicos en el campo económico-social. A esto se añade, además, en el plano internacional, el ocaso de los regímenes coloniales y la independencia política que han obtenido los pueblos de Asia y Africa; la multiplicación y la intensificación de las relaciones entre los pueblos y la profundización de su interdependencia; el nacimiento y desarrollo de una red cada vez más rica en organismos de dimensiones mundiales, con tendencia a inspirarse en criterios supranacionales: organismos con fines económicos, sociales, culturales y científicos, o, finalmente, políticos.


Fines de la nueva Encíclica

8 8. (50) Nos, por lo tanto, sentimos el deber de mantener viva la antorcha encendida por Nuestros grandes Predecesores, y de exhortar a todos para que en sus documentos busquen impulso y orientación para resolver la cuestión social en la forma más conforme a las necesidades de nuestro tiempo. Por este motivo, al conmemorar en forma solemne la Encíclica leoniana, Nos complacemos en aprovechar esta ocasión para confirmar y precisar puntos de doctrina ya expuestos por Nuestros Predecesores, y, al mismo tiempo, desarrollar el pensamiento de la Iglesia sobre los nuevos y más importantes problemas del actual momento.


II. DETERMINACIONES Y DESARROLLO DE LAS ENSEÑANZAS DE LA "RERUM NOVARUM"


Iniciativa personal, e intervención de los poderes públicos en el campo económico

9 9. (51) Ante todo, debe afirmarse que el mundo económico es creación de la iniciativa personal de cada uno de los ciudadanos, ya en su actividad individual, ya en el seno de las diversas asociaciones para el logro de intereses comunes.

414 (52) En él, sin embargo, por las razones ya aducidas por Nuestros Predecesores, deben estar también activamente presentes los poderes públicos a fin de promover, en las formas debidas, el desarrollo productivo en función del progreso social para beneficio de todos los ciudadanos.

(53) Su acción, tiene carácter de orientación, de estímulo, de coordinación, de suplencia y de integración. Debe inspirarse en el principio de subsidiariedad (30) formulado por Pío XI en la encíclica Quadragesimo anno: Queda en la filosofía social fijo y permanente aquel importantísimo principio que ni puede ser suprimido ni alterado; como es ilícito quitar a los particulares lo que con su propia iniciativa y propia industria pueden realizar para encomendarlo a la comunidad, así también es injusto, y al mismo tiempo de grave perjuicio y perturbación para el recto orden social, confiar a una sociedad mayor y más elevada lo que pueden hacer y procurar comunidades menores e inferiores. Toda acción de la sociedad debe, por su naturaleza, prestar auxilio a los miembros del cuerpo social, mas nunca absorberlos y destruirlos (31).

(30) Cf. A. A. S. 23 (1931) 203.
(31) Cf. ibid. 203.


(54) Es verdad que los actuales avances científicos y de las técnicas de producción ofrecen a los poderes públicos mayores posibilidades concretas de reducir los desniveles entre los diversos sectores de la producción, entre las diversas zonas dentro de las Comunidades políticas y entre las diversas Naciones en el plano mundial; como también de contener las oscilaciones en el sucederse de las situaciones económicas, y de afrontar con esperanza de resultados positivos los fenómenos de la desocupación de masas. Por consiguiente, los poderes públicos, responsables del bien común, no pueden menos de sentirse obligados a desenvolver en el campo económico una acción multiforme, más vasta, más profunda y más orgánica, como también a acomodar a esta finalidad las instituciones, los empleos, los instrumentos y los métodos de acción.

415 (55) Pero siempre debe afirmarse el principio de que la presencia del Estado en el campo económico, por extensa y profunda que sea, no se encamina a empequeñecer cada vez más la esfera de la libertad en la iniciativa personal de los individuos, sino más bien a garantizar a esa esfera la mayor amplitud posible, tutelando efectivamente, para todos y cada uno, los derecho esenciales de la persona; entre los cuales se ha de reconocer el derecho que cada persona tiene de ser y permanecer normalmente como primer responsable de su propia manutención y de la de su propia familia, lo cual exige que en los sistemas económicos esté permitido y facilitado, a cada individuo, el libre desarrollo de la actividad de una profesión provechosa.

(56) Por lo demás, la misma evolución histórica pone de relieve cada vez con mayor claridad que, entre los hombres, no puede existir una convivencia ordenada y fecunda sin una cooperación, en el campo económico, así de los particulares como de los poderes públicos; aportación simultánea, concordemente realizada y proporcional a las exigencias del bien común, todo ello según las variables condiciones de los tiempos y de las costumbres.

(57) Y así es como la experiencia atestigua frecuentemente que, donde falta la iniciativa personal de los particulares, domina la tiranía política; pero hay, además, estancamiento de los sectores económicos destinados a producir, sobre todo, la gama indefinida de los bienes de consumo y de los servicios que se refieren no sólo a las necesidades materiales, sino también a las exigencias del espíritu: bienes y servicios que exigen, de un modo especial, la genialidad creadora de los individuos.

(58) En cambio, donde falta o es defectuosa -en el orden económico- la debida actuación del Estado, reina un desorden irremediable, con el abuso de los débiles por parte de los fuertes menos escrupulosos, que prosperan en todas tierras y en todos tiempos, como la cizaña entre el trigo.



"Socialización"


Origen y amplitud de este fenómeno

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10 10. (59) Uno de los aspectos típicos que caracterizan a nuestra época es la "socialización", entendida como un progresivo multiplicarse de las relaciones de convivencia, con diversas formas de vida y actividad asociada, e institucionalización jurídica. Como origen y fuente de este hecho aparecen múltiples factores históricos, entre los que deben contarse los progresos científico-técnicos, una mayor eficiencia productiva y un nivel de vida más alto en los ciudadanos.

(60) La "socialización" es al mismo tiempo reflejo y causa de una creciente intervención de los poderes públicos aun en los sectores más delicados, como los relativos a la sanidad, la instrucción y la educación de las nuevas generaciones, la orientación profesional, los métodos para la reeducación y readaptación de sujetos en cualquier manera deficientes; pero es también fruto y expresión de una tendencia natural, casi incontenible, de los seres humanos: la tendencia a asociarse para conseguir los bienes que, siendo aspiración de cada uno, superan la capacidad y los medios de que aisladamente pueden disponer los individuos; tendencia, que ha dado vida, sobre todo en los últimos tiempos, a una rica serie de grupos, de movimientos, de asociaciones, de instituciones para fines económicos, culturales y recreativos, sociales, deportivos, profesionales y políticos, que han surgido doquier, dentro de cada una de las Comunidades nacionales, y en el plano mundial.


Valoración

11 11. (61) Es claro que la "socialización" así entendida lleva consigo muchas ventajas. En efecto, hace que puedan satisfacerse muchos derechos de la persona, particularmente los llamados económico-sociales, como, por ejemplo, el derecho a los medios indispensables para el sustento humano, a la asistencia sanitaria, a una instrucción básica más elevada, a una formación profesional más completa, a la habitación, al trabajo, a un descanso conveniente, a la honesta recreación. Además, gracias a la organización, cada vez más perfecta, de los medios modernos de la difusión, del pensamiento -prensa, cine, radio, televisión- los particulares pueden participar en los acontecimientos humanos de esfera mundial, y ello doquier se encuentren.

417 (62) Pero al mismo tiempo la "socialización" multiplica las formas organizativas y hace cada vez más circunstanciada la reglamentación jurídica de las mutuas relaciones entre todos los ciudadanos. Consiguientemente restringe el radio de la libertad en la actuación individual de cada hombre, y utiliza medios, sigue métodos y crea ambientes que dificultan el que cada uno piense independientemente de los influjos externos, obre por iniciativa propia, ejercite su responsabilidad y afirme y enriquezca su persona ¿Habrá, pues, de concluirse que la "socialización", al crecer en amplitud y profundidad, convertirá necesariamente a los hombres en autómatas? Es una interrogación, a la cual se debe responder negativamente.

(63) La "socialización" no ha de considerarse como un producto de fuerzas naturales que obran fatalmente, sino que, como hemos observado, es creación de los hombres, seres conscientes, libres e inclinados naturalmente a obrar con responsabilidad, aunque en su acción se ven obligados a reconocer y respetar las leyes del desarrollo económico y del progreso social y no pueden sustraerse del todo a las influencias del medio ambiente.

(64) Por lo cual creemos que la "socialización" puede y debe realizarse de modo que se obtengan las máximas ventajas que consigo pueda traer, pero que se eviten o, por lo menos, se reduzcan cuanto posible sus efectos negativos.

(65) Mas para así lograrlo, se requiere que en los hombres investidos de autoridad pública presida y gobierne una recta concepción del bien común; concepción, que ha de respetar el conjunto de las condiciones sociales que permiten y favorecen, en los seres humanos, el desarrollo integral de su persona. Creemos, además, necesario que los organismos intermedios y las múltiples iniciativas sociales, en las cuales tiende ante todo a expresarse y realizarse la "socialización", gocen de una efectiva autonomía respecto a los poderes públicos y vayan tras sus intereses específicos con relaciones de leal colaboración mutua, y en subordinación a las exigencias del bien común. Y no es menos necesario que dichos organismos presenten el aspecto y el carácter de verdaderas comunidades, lo cual tan sólo se manifestará cuando los respectivos miembros siempre sean tratados como personas y sean estimulados a tomar parte activa en su vida societaria.

418 (66) En el desarrollo de las formas organizativas de la sociedad contemporánea, el orden se realiza cada vez más mediante el equilibrio renovado entre una exigencia de colaboración autónoma y activa de todos, individuos y grupos, y una oportuna actuación estatal, que coordina y dirige convenientemente la iniciativa privada.

(67) Si la "socialización" se cumple en el ámbito del orden moral siguiendo las líneas indicadas, no trae, de por sí, peligros graves de cargas excesivas en daño de los ciudadanos como individuos; en cambio, contribuye a fomentar en ellos la afirmación y el desarrollo de las cualidades propias de la persona; además, se concreta en una reconstrucción orgánica de la convivencia que Nuestro predecesor Pío XI en la encíclica Quadragesimo anno (32) proponía y defendía como condición indispensable para que queden satisfechas las exigencias de la justicia social.

(32) Cf. ibid. 222 ss.


Remuneración del trabajo


Criterios de justicia y equidad

12 12. (68) Profunda amargura embarga Nuestro ánimo ante el espectáculo inmensamente triste de innumerables trabajadores de muchas Naciones y aun de Continentes enteros, a los cuales se les da un salario que les somete, a ellos y a sus familias, a condiciones de vida infrahumana. Esto, sin duda, se debe, además, al hecho de que en aquellas Naciones y en aquellos Continentes el proceso de la industrialización está o en sus comienzos o todavía en fase no suficientemente avanzada.

(69) Pero en algunas de esas Naciones la abundancia y el lujo desenfrendado de unos pocos privilegiados contrastan de manera estridente y ofensiva con las condiciones de extremo malestar de los más; en otras todavía hoy se obliga a la actual generación a vivir con privaciones inhumanas para aumentar la eficiencia de la economía nacional según ritmos acelerados que sobrepasan los límites que la justicia y la humanidad consienten; mientras en otras Naciones un elevado tanto por ciento de la renta se consume en robustecer o mantener un mal entendido prestigio nacional o se gastan sumas enormes en armamentos.

419 (70) Además, en las Naciones económicamente desarrolladas no es raro comprobar cómo se fijan altas, y aun altísimas compensaciones por prestaciones de poco esfuerzo o de discutible valor, en tanto que al trabajo asiduo y provechoso de enteras categorías de ciudadanos honrados y trabajadores les corresponden muy bajas retribuciones, insuficientes o ciertamente no proporcionadas a lo que contribuyen al bien de la comunidad o a la renta de las respectivas empresas o al bien total de la economía de la nación.

(71) Por eso creemos deber Nuestro afirmar una vez más que, así como la retribución del trabajo no se puede abandonar enteramente a la ley del mercado, tampoco se puede fijar arbitrariamente, sino que debe determinarse conforme a justicia y equidad. Esto exige que a los trabajadores les corresponda una retribución tal que les permita un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a su responsabilidad familiar; pero exige además que, al determinar la retribución, se mire a su efectivo influjo en la producción y a las condiciones económicas de la empresa; a las exigencias del bien común de las respectivas Comunidades políticas, particularmente en lo que toca a las repercusiones sobre el empleo total de las fuerzas laborales de toda la Nación, así como también a las exigencias del bien común universal, o sea, de las Comunidades internacionales de diversa naturaleza y amplitud.

(72) Claro está que los criterios que acabamos de exponer valen siempre y en todas partes; pero no se puede determinar el grado en que deben ser aplicados, en los casos concretos, sin tener en cuenta la riqueza disponible: riqueza que, en cantidad y en calidad, puede variar y de hecho varía de Nación a Nación y dentro de una misma Nación, de un tiempo a otro.


Proceso de adecuación entre el desarrollo económico y el progreso social

13 13. (73) Mientras las economías de las diversas Naciones evolucionan rápidamente y con ritmo aún más intenso después de la última guerra, creemos oportuno llamar la atención sobre un principio fundamental, a saber: que al desarrollo económico debe ir unido y proporcionado el progreso social, de suerte que de los aumentos productivos puedan participar equitativamente todas las categorías de ciudadanos. Para ello es necesario vigilar atentamente y emplear los medios eficaces, de suerte que las desigualdades económico-sociales no aumenten, antes se atenúen lo más posible.

420 (74) También la economía nacional -observa justamente Nuestro predecesor Pío XII-, como fruto que es de la actividad de los hombres que trabajan unidos dentro de la comunidad del Estado, no tiene otro fin que asegurar sin interrupción las condiciones materiales en que pueda desarrollarse plenamente la vida individual de los ciudadanos. Donde esto se lograre en forma duradera, el pueblo será económicamente rico, porque el bienestar general y, por consiguiente, el derecho personal de todos al uso de los bienes terrenales, se realizará entonces conforme a la finalidad establecida por el Creador (33).

De donde se sigue que la riqueza económica de un pueblo no consiste tan sólo en la abundancia total de los bienes, sino también, y aún más, en la real y eficaz distribución según justicia para garantía del desarrollo personal de los miembros de la sociedad, pues tal es la verdadera finalidad de la economía nacional.

(33) Cf. A. A. S. 33 (1941) 200.


(75) No podemos dejar de señalar aquí el hecho de que hoy, en muchas economías, las empresas medianas y grandes obtienen frecuentemente un rápido e ingente aumento de su capacidad de producción gracias a la autofinanciación. En tal caso estimamos poder afirmar que a los obreros les sea reconocido un título de crédito frente a las empresas en las que trabajan, especialmente cuando se les da una retribución no superior al salario mínimo.

(76) Acerca de esto debe recordarse el principio propuesto en la encíclica Quadragesimo anno por Nuestro predecesor Pío XI: Es completamente falso atribuir sólo al capital o sólo al trabajo lo que es un resultado de la eficaz colaboración de ambos; y es totalmente injusto que el uno o el otro, desconociendo la eficacia de la otra parte, trate de atribuirse a sí solo todo cuanto se logra (34).

(34) Cf. A. A. S. 23 (1931) 195.


(77) La indicada exigencia de justicia puede ser cumplida de diversas maneras, sugeridas por la experiencia. Una de ellas, y de las más deseables, consiste en hacer que los obreros, en las formas y en los grados más oportunos, puedan llegar a participar en la propiedad de las mismas empresas, puesto que hoy, lo mismo y aún más que en los tiempos de Nuestro Predecesor,

421 con todo empeño y todo esfuerzo se ha de procurar que, al menos para lo futuro, las riquezas adquiridas se acumulen con medida equitativa en manos de los ricos, y se distribuyan con bastante profusión entre los obreros (35).

(35) Cf. ibid. 198.


(78) Pero, además, debemos recordar que la proporción justa entre la remuneración del trabajo y las rentas ha de realizarse en armonía con las exigencias del bien común, así de la propia Comunidad política como de la entera familia humana.

(79) En un plano nacional deben considerarse como exigencias del bien común: dar ocupación al mayor número de obreros; evitar que se constituyan categorías privilegiadas, incluso entre los obreros; mantener una adecuada proporción entre salarios y precios y hacer accesibles bienes y servicios al mayor número de ciudadanos; eliminar o contener los desequilibrios entre los sectores de la agricultura, de la industria y de los servicios; realizar el equilibrio entre expansión económica y desarrollo de los servicios públicos esenciales; ajustar, en los límites de lo posible, las estructuras productivas a los progresos de las ciencias y las técnicas; lograr, finalmente, que las mejoras en el tenor de vida de la generación presente sean tales que preparen también un porvenir mejor a las generaciones futuras.

(80) Son, en cambio, exigencias del bien común en un plano mundial: evitar toda forma de concurrencia desleal entre las economías de los varios Países; favorecer la colaboración entre las economías nacionales mediante convenios eficaces; cooperar al desarrollo económico de las Comunidades políticas económicamente menos adelantadas.

(81) Es obvio que las indicadas exigencias del bien común, así en el plano nacional como en el mundial, también han de tenerse en cuenta cuando se trata de determinar la parte de las utilidades que corresponde asignar, en forma de beneficios, a los responsables de la dirección de las empresas; y, en forma de intereses o de dividendos, a los aportadores de capitales.



Exigencias de la justicia frente a las estructuras productoras


Estructuras conformes a la dignidad del hombre

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422 14. (82) Las normas de justicia han de regir no sólo en la distribución de la riqueza, sino también en orden a la estructura de las empresas que desarrollan actividad productora. Porque a la naturaleza de los hombres va unida la exigencia de que, al desarrollar su actividad productora, tengan también posibilidad de cumplir su propia responsabilidad y perfeccionar su propia persona.

(83) Por lo tanto, si las estructuras, el funcionamiento, los ambientes de un sistema económico, son tales que comprometan la dignidad humana de cuantos en él despliegan su propia actividad, o les entorpezcan sistemáticamente el sentido de responsabilidad o les dificulten de algún modo la manifestación de su iniciativa personal, tal sistema económico es injusto, aun en la hipótesis de que la riqueza que produzca alcance un alto nivel y sea distribuida según criterios de justicia y equidad.



Mater et magistra ES 5