PIO XI, MAGISTERIO PONTIFICIO 576

b) Pretensiones injustas del trabajo

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A los obreros ya irritados, se acercaron los que se llaman "intelectuales". oponiendo a aquella pretendida ley un principio moral no menos infundado, a saber: todo lo que se produce o rinde, separado unicamente cuanto baste para amortizar y reconstruir el capital, corresponde en pleno derecho a los obreros. Este error, por lo mismo que se muestra mas falaz que el de los socialistas, según los cuales los medios de producción deben transferirse al Estado, o socializarse como vulgarmente se dice, es mucho mas peligroso y apto para enganar a los incautos; suave veneno, que bebieron avidamente muchos a quienes jamas habia podido enganar un franco socialismo.

c) Principio directivo de la justa distribucion

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Por cierto, para que con estas falsedades no se cerrara el paso a la justicia y a la paz, unos y otros tuvieron que ser advertidos por las sapientisimas palabras de Nuestro Predecesor: "La tierra no deja de servir a la utilidad de todos, por diversa que sea la forma en que esté distribuida entre los particulares" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.) Y esto mismo Nos hemos ensenado poco antes al decir que la naturaleza misma establecio la repartición de los bienes entre los particulares para que rindan utilidad a los hombres de una manera segura y determinada. Importa tener siempre presente este principio para no apartarse uno del recto camino de la verdad.

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Ahora bien, para obtener enteramente, o al menos con la posible perfección, el fin senalado por Dios, no sirve cualquier distribución de bienes y riquezas entre los hombres. Por lo mismo, las riquezas incesantemente aumentadas por el incremento economico-social deben distribuirse entre las personas y clases de manera que quede a salvo lo que Leon XIII llama la utilidad comun de todos, o con otras palabras, de suerte que no padezca el bien comun de toda la sociedad. Esta ley de justicia social prohibe que una clase excluya a otra de la participación de los beneficios. Viola esta ley no solo la clase de los ricos, que libres de cuidados en la abundancia de su fortuna, piensan que el justo orden de las cosas esta en que todo rinda para ellos y nada llegue al obrero, sino también la clase de los proletarios que vehementemente enfurecidos por la violación de la justicia y excesivamente dispuestos a reclamar por cualquier medio el unico derecho que ellos reconocen, el suyo, todo lo quieren para si, por ser producto de sus manos; y por esto, y no por otra causa, impugnan y pretenden abolir dominio, intereses o productos no adquiridos mediante el trabajo, sin reparar a qué especie pertenecen o qué oficio desempenan en la convivencia humana. Y no debe olvidarse aqui cuan inepta e infundada es la apelación de algunos a las palabras del Apostol: "Si alguno no quiere trabajar, tampoco coma" (
2Th 3,10) el Apostol se refiere a los que, pudiendo y debiendo trabajar se abstienen de ello, amonestando que debemos aprovechar con diligencia el tiempo y las fuerzas corporales y espirituales sin gravar a los demás, mientras nos podamos proveer por nosotros mismos. Pero que el trabajo sea el unico titulo para recibir el alimento o las ganancias, eso no lo enseno nunca el Apostol (2Th 3, 8/10.)

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Dése, pues, a cada cual la parte de bienes que le corresponde; y hagase que la distribución de los bienes creados vuelva a conformarse con las normas del bien comun o de la justicia social; porque cualquier persona sensata ve cuan grave dano trae consigo la actual distribución de bienes por el enorme contraste entre unos pocos riquisimos y los innumerables pobres.

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3. LA REDENCIÓN DEL PROLETARIADO

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Tal es el fin que Nuestro Predecesor proclamo que debía lograrse: la redención del proletariado. Debemos afirmarlo con mas empeno y repetirlo con mas insistencia puesto que tan saludables mandatos del Pontifice en no pocos casos se echaron en olvido, ya con un estudiado silencio, ya juzgando que realizarlos era imposible cuando pueden y deben realizarse. Ni se puede decir que aquellos preceptos han perdido fuerza y su sabiduria en nuestra época, por haber disminuido el "pauperismo", que en tiempos de Leon XIII se veia con todos sus horrores. Es verdad que la condición de los obreros se ha elevado a un estado mejor y mas equitativo, principalmente en las ciudades mas prosperas y cultas, en las que mal se diria que todos los obreros en general estan afligidos por la miseria y padecen las escaseces de la vida. Pero es igualmente cierto que desde que las artes mecanicas y las industrias del hombre se han extendido rapidamente e invadido innumerables regiones, tanto las tierras que llamamos nuevas. como los reinos del Extremo Oriente famosos por su antiquisima cultura, el numero de los proletarios necesitados, cuyo gemido sube desde la tierra hasta el cielo, ha crecido inmensamente. Anadese el ejército ingente de asalariados del campo, reducidos a las mas estrechas condiciones de vida, y desesperanzados de poder jamas obtener "participación alguna en la propiedad de la tierra" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.) y por tanto, sujetos para siempre a la condición de proletarios, si no se aplican remedios oportunos y eficaces.

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Es verdad que la condición de proletario no debe confundirse con el pauperismo. pero es cierto que la muchedumbre enorme de proletarios por una parte, y los enormes recursos de unos cuantos ricos, por otra, son argumentos perentorio de que las riquezas multiplicadas tan abundantemente en nuestra época, llamada del industrialismo, estan mal repartidas e injustamente aplicadas a las distintas clases.

Acceso del proletariado a la propiedad familiar

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Por lo cual, con todo empeno y todo esfuerzo se ha de procurar que al menos para el futuro, las riquezas adquiridas vayan con mas justa medida a las manos de los ricos, y se distribuyan con bastante profusión entre los obreros, no ciertamente para hacerlos remisos en el trabajo, porque el hombre nace para el trabajo como el ave para volar, sino para que aumenten con el ahorro su patrimonio, y administrando con prudencia el patrimonio aumentado, puedan mas facil y seguramente sostener las cargas de su familia, y libres de las inseguridades de la vida, cuyas vicisitudes tanto agitan a los proletarios, no solo estén dispuestos a soportar las contingencias de la vida, sino que puedan confiar también en que, al abandonar este mundo, los que dejan tras de si quedan convenientemente asegurados.

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Todo esto que Nuestro Predecesor no solo insinuo sino también proclamo clara y explicitamente, queremos una y otra vez inculcarlo en esta Nuestra Enciclica; porque si con vigor y sin dilaciones no se emprende para llevar a la practica, es inutil pensar que puedan defenderse eficazmente el orden publico, la paz y tranquilidad de la sociedad humana contra los promotores de la revolucion.

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4. JUSTO SALARIO

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Mas es imposible llevarlo a efecto si no llegan los obreros a formar su modico capital con diligencia y ahorro, como ya hemos indicado, siguiendo las huellas de Nuestro Predecesor. Pero de donde pueden ahorrar algo para el futuro quienes no tienen otra cosa que su trabajo para atender al alimento y demás necesidades de la vida, sino del precio de su trabajo viviendo en la escasez? Queremos, pues, tratar esta cuestión del salario, que Leon XIII calificaba "de gran importancia" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.) declarando y desarrollando su doctrina y sus preceptos cuando sea preciso.

a) El salario no es injusto de suyo

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En primer lugar, los que condenan el contrato de trabajo como injusto por naturaleza, y tratan de sustituirlo por el contrato de sociedad, hablan un lenguaje insostenible e injurian gravemente a Nuestro Predecesor, cuya Enciclica no solo admite el salario, sino aun se extiende largamente explicando las normas de justicia que han de regirlo.

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Pero juzgamos que, atendidas las condiciones modernas de la asociación humana, seria mas oportuno que el contrato del trabajo algun tanto se suavizara en cuanto fuese posible por medio del contrato de sociedad como ya se ha comenzado a hacer en diversas formas con provecho no escaso de los mismos obreros y aun patronos. De esta suerte los obreros y empleados participan en cierta manera ya en el dominio, ya en la dirección del trabajo, y ya en las ganancias obtenidas.

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Leon XIII habia ya prudentemente declarado que la cuantia justa del salario debe deducirse de la consideración no de uno, sino de diversos titulos. Son suyas estas palabras: "para determinar la medida justa del salario, débense tener presente muchos puntos de vista" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.)

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Con este dicho queda del todo refutada la ligereza de quienes creen que se puede resolver este gravísimo asunto con el facil expediente de aplicar una regla unica, por cierto bien alejada de la verdad.

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Yerran gravemente los que no dudan en propagar el principio de que el trabajo vale tanto y debe remunerarse, en tanto, cuanto se estima el valor de los frutos producidos por él, y que por tanto, el obrero tiene derecho a reclamar todo lo que es producto de su trabajo; lo absurdo de este principio queda refutado solo con lo ya dicho acerca del capital y del trabajo.

b) Caracter individual y social del trabajo

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Ahora bien, en el dominio asi como en el trabajo, principalmente cuando se trata del trabajo contratado, claro es que debe considerarse además del aspecto personal e individual, el aspecto social. porque la actividad humana no puede producir sus frutos si no queda en pie un cuerpo verdaderamente social y organizado, si el orden juridico y social no garantizan el trabajo, si las diferentes profesiones dependientes unas de otras, no se conciertan entre si y se completan mutuamente, y lo que es mas importante si no se asocian y unen para un mismo fin la dirección, el capital y el trabajo. El trabajo, por tanto, no se estimara en lo justo ni se remunerara equitativamente, si no se atiende a su caracter individual y social.

c) Tres puntos que deben atenderse

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De este doble aspecto, intrinseco por naturaleza al trabajo humano, brotan consecuencias gravisimas, por las cuales deben regirse y determinarse los salarios.

1º - Sustento del obrero y de la familia

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En primer lugar, hay que dar al obrero una remuneración que sea suficiente para su propia sustentación y la de su familia (Pio XII: Enciclica Casti Connubi, 31/12/1930.)

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Justo es, por cierto, que el resto de la familia concurra según sus fuerzas al sostenimiento comun de todos, como pasa entre las familias sobre todo de labradores, y aun también entre los artesanos y comerciantes en pequeño; pero es un crimen abusar de la edad infantil y de la debilidad de la mujer. En la casa principalmente o en sus alrededores, las madres de familia pueden dedicarse a sus faenas sin dejar las atenciones del hogar. Pero es gravísimo abuso, y con todo empeno ha de ser extirpado, que la madre, a causa de la escasez del salario del padre, se vea obligada a ejercitar un arte lucrativo, dejando abandonados en la casa sus peculiares cuidados y quehaceres, y sobre todo la educación de los niños pequeños. Ha de ponerse, pues, todo esfuerzo en que los padres de familia reciban una remuneración suficientemente amplia para que puedan atender convenientemente a las necesidades domésticas ordinarias. Si las circunstancias presentes de la vida no siempre permiten hacerlo asi, pide la justicia social que cuanto antes se introduzcan tales reformas, que a cualquier obrero adulto se le asegure ese salario. No sera aqui inoportuno dar la merecida alabanza a cuantos con sapientísimo y utilísimo consejo han experimentado e intentado diversos medios para acomodar la remuneración del trabajo a las cargas de la familia, de manera que al aumento de las cargas corresponda el aumento del salario; y aun si fuere menester, para atender a las necesidades extraordinarias.

2º - La situación de la empresa

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Para determinar la cuantia del salario deben tenerse asimismo presentes las condiciones de la empresa y del empresario; seria injusto pedir salarios desmedidos, que la empresa, sin grave ruina propia y consiguientemente de los obreros no pudiera soportar. Pero no debe reputarse causa legitima para disminuir a los obreros el salario, la ganancia menor, debida a negligencia, pereza o descuido en atender al progreso técnico y economico. Mas si las empresas mismas no tienen entradas suficientes para poder pagar a los obreros un salario equitativo, porque o se ven oprimidas por cargas injustas o se ven obligadas a vender sus productos a precios menores de lo justo, quienes de tal suerte las oprimen, reos son de grave delito, ya que privan de su justa remuneración a los obreros, que se ven obligados por la necesidad a aceptar un salario inferior al justo.

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Esfuércense todos, obreros y directores, con unión de fuerzas y voluntades, en superar los obstaculos y las dificultades, y la autoridad publica no debe negarles su prudente intervención en obra tan salvadora. Mas si el caso hubiere llegado al extremo, entonces habra que deliberar si puede continuar la empresa o si hay que atender a los obreros en alguna otra forma. En este punto, verdaderamente gravísimo, conviene que exista una unión amigable y concordia cristiana entre obreros y directores, y que esta sea verdaderamente eficaz.

3º - La necesidad del bien comun

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Finalmente, la cuantia del salario debe atemperarse al bien publico economico. Ya hemos expuesto mas arriba cuanto ayuda a este bien comun que los obreros y empleados lleguen a reunir poco a poco un modesto capital mediante el ahorro de alguna parte de su salario, después de cubiertos los gastos necesarios. Pero tampoco debe desatenderse otro punto quizas de no menor importancia y en nuestros dias muy necesario, a saber: que se ofrezca oportunidad para trabajar a los que quieren y puedan trabajar. Esto depende no poco de la fijación de los salarios; la cual, asi como ayuda cuando se encierra dentro de los justos limites, asi por el contrario puede ser obstaculo cuando los sobrepasa. ¿Quién no sabe que los salarios demasiado reducidos o extraordinariamente elevados han sido la causa de que los obreros quedaran sin tener trabajo?( ) XXX) Este mal, que se ha desarrollado principalmente en los dias de nuestro Pontificado, ha perjudicado a muchos, ha arrojado a los obreros en la miseria y duras pruebas, ha arruinado la prosperidad de las naciones y puesto en peligro el orden publico, la paz y la tranquilidad de todo el orbe de la tierra. Contrario es, pues, a la justicia social, disminuir o aumentar indebidamente los salarios de los obreros, para obtener mayores ganancias personales, y sin atender al bien comun: la misma justicia demanda que con el comun sentir y querer, en cuanto es posible, los salarios se regulen de manera que los mas puedan emplear su trabajo y obtener los bienes convenientes para el sostenimiento de la vida.

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Contribuye a lo mismo la justa proporción entre los salarios; con ella se enlaza estrechamente la razonable proporción entre los precios de venta de los productos obtenidos por las distintas artes, cuales son: la agricultura, la industria, y otras semejantes. Si se guardan convenientemente tales proporciones, las diversas artes se aunaran y combinaran para formar un solo cuerpo, y a manera de miembros mutuamente se ayudaran y perfeccionaran, ya que la economia social estara solidamente constituida y alcanzara sus fines, solo cuando a todos y cada uno se provea de todos los bienes que las riquezas y subsidios naturales, la técnica y la constitución social de la economia pueden producir. Esos bienes deben ser suficientemente abundantes para satisfacer las necesidades y comodidades honestas y elevar a los hombres a aquélla condición de vida mas feliz que, administrada prudentemente no solo no impide la virtud, sino que la favorece en gran manera (T. de Aquino, De regimine Principium.)

5. LA RESTAURACIÓN DEL ORDEN SOCIAL

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Lo que hemos dicho hasta ahora sobre el reparto equitativo de los bienes y el justo salario, se refiere principalmente a las personas particulares y solo indirectamente toca al orden social, principal objeto de los cuidados y pensamientos de Nuestro Predecesor Leon XIII, que tanto hizo por restaurarlo en conformidad con los principios de la sana filosofia, y por perfeccionarlo según las normas altisimas de la ley Evangélica.

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Pero para consolidar lo que l felizmente inicio y realizar lo que queda por hacer, y por alcanzar mas alegres y copiosas ventajas en provecho de la sociedad humana, se necesitan sobre todo dos cosas: la reforma de las instituciones y la enmienda de las costumbres.

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Al hablar de la reforma de las instituciones pensamos principalmente en el Estado; no que deba esperarse de su influjo toda la salvación, sino que por el vicio que hemos llamado "individualismo" han llegado las cosas a tal punto que, abatida y casi extinguida aquella exuberante vida social, que en otros tiempos se desarrollo en las corporaciones o gremios de todas clases, han quedado casi solos frente a frente los particulares y el Estado, con no pequeño detrimento para el mismo Estado; pues, deformado el régimen social y recayendo sobre el Estado todas las cargas que antes sostenian las antiguas corporaciones, se ve él abrumado y oprimido por una infinidad de negocios y obligaciones.

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Es verdad, y lo prueba la historia palmariamente, que la mudanza de las condiciones sociales hace que muchas cosas que antes hacian aun las asociaciones pequeñas, hoy no las pueden ejecutar sino las grandes colectividades. Y, sin embargo, queda en la filosofia social fijo y permanente, aquel principio, que ni puede ser suprimido ni alterado: como es ilicito quitar a los particulares lo que con su propia iniciativa y propia industria pueden realizar para encomendarlo a una comunidad, asi también es injusto, y al mismo tiempo de grave perjuicio y perturbación del recto orden social, confiar a una sociedad mayor y mas elevada lo que pueden hacer y procurar comunidades menores e inferiores. Toda acción social debe por su naturaleza prestar auxilio a los miembros del cuerpo social, nunca absorberlos y destruirlos, o sea, debe ser, según su concepto subsidiario. Conviene que la autoridad publica suprema deje a las asociaciones inferiores tratar por si mismas los cuidados de menor importancia, de otro modo le seran de grandísimo impedimento para cumplir con mayor libertad, firmeza y eficacia lo que a ella solo corresponde, y que solo ella puede realizar, a saber: dirigir, vigilar, urgir, castigar, según los casos y la necesidad lo exijan. Por tanto tengan bien entendido esto los que gobiernan: cuanto mas vigorosamente reine el orden jerarquico entre las diversas asociaciones, quedando en pie este principio de la función supletiva del Estado, tanto mas firme sera la autoridad y el poder social, y tanto mas prospera y feliz la condición del Estado.

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Esta debe ser ante todo la mira, éste el esfuerzo del Estado y de todos los buenos ciudadanos: que cese la lucha de clases opuestas y se promueva una cordial cooperación entre las diversas profesiones de los ciudadanos.

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La politica social tiene, pues, que dedicarse a reconstituir las profesiones. Hasta ahora, en efecto, el estado de la sociedad humana sigue aun violento y por tanto inestable y vacilante, como basado en clases de tendencias diversas, contrarias entre si, y por lo mismo inclinado a enemistades y luchas (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.)

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Aunque el trabajo, como decia muy bien Nuestro Predecesor, en su Enciclica. no es vil mercancia, sino que hay que reconocer en él la dignidad humana del obrero, y por eso no ha de ser comprado ni vendido como cualquier mercancia; sin embargo, en las actuales circunstancias, la oferta y la demanda en el asi llamado mercado de trabajo separan a los hombres en dos clases, como en dos ejércitos, y la disputa de ambas transforma tal mercado como en un campo de batalla, donde uno en frente de otro luchan cruelmente. Como todos ven, a tan gravísimo mal, que precipita a la sociedad humana hacia la ruina, urge poner, cuanto antes, un remedio. Pues bien, perfecta curación no se obtendra sino cuando quitada de en medio esa lucha, se formen miembros del cuerpo social bien organizados, es decir, ordenes o profesiones en que se unan los hombres, no según el cargo que tienen en el mercado del trabajo sino según las diversas funciones sociales que cada uno ejercita.

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Como, siguiendo el impulso natural, los que estan juntos en un lugar forman una ciudad, asi los que se ocupan de una misma arte o profesión, sea economica, sea de otra especie, forman asociaciones o cuerpos, hasta el punto que muchos consideran esas agrupaciones que gozan de su propio derecho, si no esenciales a la sociedad, al menos connaturales con ella.

a) Aspiración concorde de las asociaciones

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El orden, como egregiamente dice el Doctor Angélico (S. Tomas Contra Gentiles, iii, 71; Summa Theol. 1 q. 65, a.2 c.) es la unidad resultante de la conveniente disposición de muchas cosas; por esto, el verdadero y genuino orden social requiere que los diversos miembros de la sociedad se junten en uno con algun vinculo firme. Esta fuerza de cohesión se encuentra, ya en los mismos bienes que se han de producir u obligaciones que se han de cumplir, en lo cual de comun acuerdo trabajan patronos y obreros de una misma profesion; ya en aquel bien comun, a que todas las profesiones juntas, según sus fuerzas, amigablemente deben concurrir. Esta unión tanto mas fuerte y eficaz sera cuanto con mayor fidelidad cada individuo y cada una de las agrupaciones tengan empeno en ejercer su profesión y sobresalir en ella.

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De todo lo que precede se deduce con facilidad que en dichas corporaciones indiscutiblemente tienen la primacia los intereses comunes a toda clase; y ninguno hay tan principal como la cooperación, que intensamente se ha de procurar, de cada una de las profesiones en favor del bien comun de la sociedad. En cambio, en los negocios relativos al especial cuidado y tutela de los peculiares intereses de los patronos y de los obreros, si se presentara el caso, unos y otros podran deliberar o resolver por separado, según convenga.

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Apenas es necesario recordar que lo que Leon XIII dejo ensenado sobre la forma politica de gobierno, debe aplicarse, guardada la debida proporción, a los colegios o corporaciones profesionales, a saber: que es libre a los hombres escoger la forma de gobierno que quisieran con tal que quede a salvo la justicia y las necesidades del bien comun (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.)

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Ahora bien, como los habitantes de un municipio suelen fundar asociaciones con fines muy diversos en los cuales es completamente libre inscribirse o no inscribirse, asi también los que ejercitan la misma profesión formaran unos con otros sociedades igualmente libres para alcanzar fines que en alguna manera estan unidos con el ejercicio de la misma profesion. Nuestro Predecesor describio clara y distintamente estas asociaciones. Nos basta, pues, inculcar una sola cosa: que el hombre tiene facultad libre no solo para fundar asociaciones de orden y derecho privado, sino también "para escoger libremente el estatuto y las leyes que mejor conduzcan al fin que se proponen" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.) Debe proclamarse la misma libertad para fundar asociaciones que excedan los limites de cada profesion. Las asociaciones libres que estan floreciendo y se gozan viendo sus saludables frutos, vayan preparandose el camino para formar aquellas otras agrupaciones mas perfectas de que hemos hecho mención y promuévanlas con todo denuedo, según el espiritu de la doctrina social cristiana.

b) Restauración de un principio directivo de la economia

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Nos resta atender a otra cosa muy unida con lo anterior. Como la unidad del cuerpo social no puede basarse en la lucha de clases, tampoco la recta organización del mundo economico puede entregarse al libre juego de la concurrencia. De este punto, como de fuente emponzonada, nacieron todos los errores de la ciencia economica individualista; la cual, suprimiendo por olvido o ignorancia, el caracter social y moral del mundo economico, sostuvo que éste debía ser juzgado y tratado como totalmente independiente de la autoridad publica, por la razon de que su principio directivo se hallaba en el mercado o libre concurrencia, y con este principio habria de regirse mejor que con cualquier entendimiento creado. Pero la libre concurrencia aun cuando, encerrada dentro de ciertos limites, sea justa y, sin duda, util, no puede ser en modo alguno la norma reguladora de la vida economica; y lo probo demasiado la experiencia cuando se llevo a la practica la orientación del viciado espiritu individualista. Es, pues, completamente necesario que se reduzca y se sujete de nuevo la economia a un verdadero y eficaz principio directivo. La prepotencia economica que ha sustituido recientemente a la libre concurrencia, mucho menos puede servir para ese fin; ya que, inmoderada y violenta por naturaleza, para ser util a los hombres necesita de un freno enérgico y una dirección sabia; pues, por si misma no puede regularse ni regirse. Asi que, de algo superior y mas noble hay que echar mano para regir con severa integridad ese poder economico: de la justicia y caridad social. Por tanto las instituciones publicas y toda la vida social de los pueblos han de ser informadas por esa justicia; es muy necesario que ésta sea verdaderamente eficaz, o sea, que dé vida a todo orden juridico y social, y la economia quede como empapada en ella. La caridad social debe ser como el alma de ese orden; la autoridad publica no debe desmayar en la tutela y defensa eficaz del mismo, y no le sera dificil lograrlo si arroja de si las cargas que como deciamos antes, son ajenas a su esencia.

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Mas aun, convendria que varias naciones unidas en sus estudios y trabajos, puesto que economicamente dependen en gran manera unas de otras y mutuamente se necesitan, promovieran con sabios tratados e instituciones una fausta y feliz cooperacion.

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Restablecidos asi los miembros del organismo social, y restituido el principio directivo del mundo economico-social, podrian aplicarse en alguna manera a este cuerpo las palabras del Apostol acerca del Cuerpo Mistico de Cristo: "Todo el cuerpo trabado y unido recibe por todos los vasos y conductos de comunicación, y según la medida correspondiente a cada miembro, el aumento propio del cuerpo para su perfección mediante la caridad" (
Ep 4,16)

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Recientemente, todos lo saben, se ha iniciado una especial organización sindical y cooperativa, de la cual, dada la materia de esta Nuestra Enciclica, parece bien dar aqui brevemente una idea con algunas consideraciones.

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El Estado reconoce juridicamente el sindicato y no sin caracter de monopolio, en cuanto que solo él, asi reconocido, puede representar a los obreros y a los patronos respectivamente, y él solo puede concluir contratos de trabajo. La adscripción al sindicato es facultativa, y solo en este sentido puede decirse que la organización sindical es libre; puesto que la cuota sindical y ciertas tasas especiales son obligatorias para todos los que pertenecen a una categoria determinada sean obreros o patronos, asi como son obligatorios para todos, los contratos de trabajo estipulados por el sindicato juridico. Es verdad que autorizadamente se ha declarado que el sindicato juridico no excluye la existencia de asociaciones profesionales de hecho.

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Las corporaciones se constituyen por representantes de los sindicatos de obreros y patronos de la misma arte y profesión, y en cuanto verdaderos y propios organos e instituciones del Estado, dirigen y coordinan los sindicatos en las cosas de interés comun.

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La huelga esta prohibida; si las partes no pueden ponerse de acuerdo, interviene el juez.

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Basta un poco de reflexión para ver las ventajas de esta organización, aunque la hayamos descrito sumariamente; la colaboración pacifica de las clases, la represión de las organizaciones y de los intentos socialistas, la acción moderadora de una magistratura especial. Para no omitir nada en argumento de tanta importancia, y en armonia con los principios generales mas arriba expuestos y con los que luego anadiremos, debemos asimismo decir que vemos que hay quien teme que en esa organización el Estado se sustituya a la libre actividad, en lugar de limitarse a la necesaria y suficiente asistencia y ayuda, que la nueva organización sindical y corporativa tenga caracter excesivamente burocratico y politico, y que, no obstante las ventajas generales senaladas, pueda servir a intentos politicos particulares, mas bien que a la facilitación y comienzo de un estado social mejor.

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Creemos que para alcanzar este nobilísimo intento, con verdadero y estable provecho para todos, es necesaria primera y principalmente la bendición de Dios y luego la colaboración de todas las buenas voluntades. Creemos, además, y como consecuencia natural de lo mismo, que ese mismo intento se alcanzara tanto mas seguramente, cuanto mayor sea la cooperación de las competencias técnicas, profesionales y sociales. y mas todavia, de los principios catolicos y de la practica de los mismos, no de parte de la Acción Catolica (porque no pretende desarrollar actividad estrictamente sindical o politica), sino de parte de aquellos de nuestros hijos que la Acción Catolica educa exquisitamente en los mismos principios y en el mismo apostolado, bajo la guia y el Magisterio de la Iglesia que, en el terreno antes senalado, asi como donde quiera que se agitan y regulan cuestiones morales, no puede olvidar o descuidar el mandato de custodia o de magisterio que se le ha confiado.

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Cuanto hemos ensenado sobre la restauración y perfección del orden social es imposible realizarlo sin la reforma de las costumbres; los documentos historicos lo prueban claramente. Existio en otros tiempos un orden social, no ciertamente perfecto y completo en todas sus partes, pero si conforme de algun modo a la recta razon si se tienen en cuenta las condiciones y necesidades de la época. Perecio hace tiempo aquel orden de cosas, y no fue, por cierto, porque no pudo adaptarse, por su propio desarrollo y evolución a los cambios y nuevas necesidades que se presentaban, sino mas bien, porque los hombres, o endurecidos en su egoismo, se negaron a abrir los senos de aquel orden, como hubiera convenido al numero siempre creciente de la muchedumbre, o seducidos por una apariencia de falsa libertad y por otros errores y por los enemigos de cualquier clase de autoridad, intentaron sacudir de si todo yugo.

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Resta, pues, que llamada de nuevo a juicio la organización actual economica con el socialismo, su mas acérrimo acusador y, dictada sobre ambos franca y justa sentencia, averigüemos a fondo cual es la raiz de tantos males y senalemos, como su primero y mas necesario remedio, la reforma de costumbres.

III - RAIZ DE LA PRESENTE PERTURBACIÓN Y SU SALVADORA RESTAURACION

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Grandes cambios han sufrido desde los tiempos de Leon XIII tanto la organización economica, como el socialismo.

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En primer lugar, es manifiesto que las condiciones economicas han sufrido profunda mudanza. Ya sabéis, Venerables Hermanos y amados hijos, que Nuestro Predecesor, de feliz memoria, dirigio sus miradas en su Enciclica, principalmente al régimen capitalista, o sea, hacia aquella manera de proceder en el mundo economico por lo cual unos ponen el capital y otros el trabajo, como el mismo Pontifice definia con una expresión feliz: "No puede existir capital sin trabajo, ni trabajo sin capital" (Leon XIII, Rerum Novarum, 15/5/1891.)

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1. CAMBIOS EN EL RGIMEN CAPITALISTA

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Leon XIII puso todo empeno en ajustar esa organización economica a las normas de la justicia: de donde se deduce que no puede condenarse por si misma. Y en realidad no es por su naturaleza viciosa; pero viola el recto orden de la justicia, cuando el capital esclaviza a los obreros o a la clase proletaria con tal fin y tal forma, que los negocios y por tanto, todo el capital, sirvan a su voluntad y a su utilidad, despreciando la dignidad humana de los obreros, la indole social de la economia y la misma justicia social y el bien comun.

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Es cierto que aun hoy no es éste el unico modo vigente de organización economica: existen otros, dentro de los cuales vive una muchedumbre de hombres, muy importante por su numero y por su valor, por ejemplo, la clase agricultora; en ella la mayor parte del género humano honesta y honradamente halla su sustento y su cultura. Tampoco estan libres de las estrecheces y dificultades, que senalaba Nuestro Predecesor en no pocos lugares de su Enciclica, y a la vez que también Nos en ésta hemos aludido mas de una vez.

628
Pero el régimen economico capitalista se ha extendido muchísimo por todas partes, después de publicada la Enciclica de Leon XIII, a medida que se extendia por todo el mundo el industrialismo. Tanto que aun la economia y la condición social de los que se hallan fuera de su esfera de acción, estan invadidas y penetradas de él, y sienten y en alguna manera participan de sus ventajas o inconvenientes y defectos.

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Asi, pues, cuando miramos a las mudanzas que el orden economico capitalista ha experimentado desde el tiempo de Leon XIII, no solo nos fijamos en el bien de los que habitan regiones entregadas al capital y a la industria, sino en el de todos lo hombres.


PIO XI, MAGISTERIO PONTIFICIO 576