PIOXII, MAGISTERIO PONTIFICIO - Consagraciones Episcopales no autorizadas por la Sede Apostolica


29 de junio 1958

INTRODUCCION:

I. - Gratos recuerdos de la consagracion y del establecimiento de la jerarquia

eclesiastica China

1. Pio XII evoca la consagracion de los primeros Obispos chinos en San Pedro.

Cuando junto al sepulcro del Principe de los Apostoles, en la majestuosa Basilica Vaticana, nuestro inmediato Predecesor, de feliz memoria, Pio XI, hace treinta y dos anos, consagro y confirio la plenitud del sacerdocio a las primicias y a los nuevos retonos del Episcopado Chino(1), asi expandia los sentimientos de que estaba penetrado su paternal corazon en aquel momento solemne: Habéis venido, Venerables Hermanos a "ver a Pedro"; mas aun, de él habéis recibido el baculo, de que os serviréis para emprender los viajes apostolicos y congregar a las ovejas, y Pedro os ha abrazado con amor a vosotros, que infundis no poca esperanza de llevar a vuestros connacionales la verdad evangélica(1b).

2. Florecimiento de la Iglesia china y erecion de la Jerarquia eclesiastica.

El eco de estas palabras se reproduce hoy de nuevo en Nuestra alma, Venerables Hermanos y amados hijos, en esta hora de afliccion para la Iglesia Catolica en vuestra patria. Ciertamente no fue vana ni sin fruto la esperanza del gran Predecesor Nuestro: nuevos ejércitos de sagrados Pastores y heraldos del Evangelio se juntaron a aquel primer manipulo(2) de Obispos que PEDRO, viviente en su Sucesor, habia enviado la para regir aquélla selecta porcion del rebano de Cristo; un vigoroso florecer de nuevas obras y empresas de apostolado, aun en medio de multiples dificultades, florecieron entre vosotros. Y Nos, cuando mas tarde tuvimos la gran dicha de erigir la Jerarquia eclesiastica de China, hicimos Nuestra y aumentamos aquélla esperanza y vimos abrirse horizontes todavia mas amplios para la a dilatacion del Reino divino de Jesucristo.

II. - La persecucion y las Enciclicas Pontificias sobre China

3. Persecucion religiosa al clero y a los fieles.

Algunos anos después, por desgracia, nubarrones de tempestad oscurecieron el cielo; para vuestras comunidades cristianas, algunas de las cuales ya de antiguo florecian, comenzaron tiempos tristes y llenos de dolor. Vimos a los misioneros, entre quienes se contaban muchos Arzobispos y Obispos animados de un gran celo apostolico, y asimismo a nuestro Internuncio, obligados a abandonar el suelo de China; y arrojados a la carcel, o afligidos por las privaciones y sufrimientos de todas clases, a los sagrados Obispos, sacerdotes, religiosos y religiosas y a muchos fieles.

4. Enciclica en defensa de los misioneros y de la mision.

Entonces Nos vimos forzados a levantar Nuestra voz angustiada para reprobar la injusta persecucion, y con la Carta Enciclica "CUPIMUS IMPRIMIS" del 18 de enero de 1952(3), tuvimos cuidado de recordar por amor a la verdad, conscientes de Nuestro deber, que la Iglesia Catolica no puede considerarse como extrana, cuanto menos hostil, a nadie; mas aun que ella, en su maternal solicitud, abraza con la misma caridad a todas las naciones, que no ambiciona cosas terrenas, sino que, a la medida de sus fuerzas, conduce a todos los ciudadanos a la consecucion del cielo. Advertiamos, ademas, que los misioneros no pretenden los intereses de una nacion particular, sino que, viniendo de todas las partes del mundo, y unidos como estan por un unico amor divino, desean y buscan solamente la difusion del Reino de Dios; bien claro esta, por lo tanto, que su obra lejos de ser superflua o danosa, es benéfica y necesaria para ayudar al celoso clero chino en el campo del apostolado cristiano.

5. Enciclica en defensa del patriotismo de los catolicos y contra la falsa doctrina de las tres independencias.

Después de casi dos anos, el 7 de octubre de 1954, con otra Carta Enciclica "Ad Sinarum gentem"(4), enviada a vosotros para refutar las acusaciones dirigidas contra los mismos catolicos chinos, proclamabamos abiertamente que el cristiano no es, ni puede ser, inferior a ninguno en la verdadera fidelidad y amor a su patria terrena. Y porque se habia difundido entre vosotros la falsa doctrina llamada de las Tres Independencias, Nos, en virtud de Nuestro divino y universal Magisterio, advertimos que esa doctrina, segun la entendian sus partidarios, ya en la significacion teorica, ya en las aplicaciones practicas que de ella se derivan, no podia ser aprobada por ningun catolico, puesto que arranca a las almas de la necesaria unidad de la Iglesia.

6. Nuevo documento pontificio. Testimonios de fidelidad a la Iglesia.

Ahora debemos advertir que en vuestra nacion, en estos ultimos anos, las condiciones de la Iglesia han ido empeorando. Es verdad y esto es motivo para a Nos de gran consuelo en medio de tantas y tan grandes tristezas que ante las prolongadas persecuciones que os afligen, no ha disminuido en vosotros la intrépida fe ni el amor ardentisimo al Divino Redentor y a su Iglesia; intrépida fe y ardentisimo amor que habéis demostrado de mil maneras, por todas las cuales recibiréis un dia el premio eterno de Dios, aunque solo una pequena parte de ellas ha llegado a conocimiento de los hombres.

PRIMERA PARTE GENERAL



1. LA IGLESIA Y SUS DIFICULTADES ACTUALES



I. - La "Asociacion patriotica", sus fines y métodos

7. Se denuncian las insidias de la "Asociacion patriotica".

Pero al mismo tiempo es deber Nuestro denuncia a las claras -y lo hacemos con temblor y con profunda pena- que, merced a planes insidiosos, las condiciones van empeorando entre vosotros hasta el punto de que parece que la falsa doctrina, que Nos hemos reprobado, va llegando a las mas extremas y perniciosas consecuencias.

En efecto, con una tactica habilmente concebida, se ha fundado entre vosotros una asociacion, que ha tomado el nombre de patriotica, y los catolicos se ven forzados con toda violencia a pertenecer a ella.

Esta asociacion, -Como se ha dicho en repetidas declaraciones- tendria el fin de unir el clero y los fieles en nombre del amor a la patria y a la religion para propagar el espiritu patriotico, para defender la paz entre los pueblos, y al mismo tiempo para apoyar, reforzar y propagar el socialismo establecido en vuestra Nacion y para ayudar a las autoridades civiles a defender cuando se ofrezca ocasion, resueltamente, la que ellos llaman libertad politica y religiosa. Es sin embargo evidente que, bajo estas expresiones de paz y de patriotismo, que pueden enganar a los ingenuos, tal asociacion tiende a llevar a la practica ciertos principios y planes perniciosos.

8. Fines que la "Asoeiacion" persigue.

Con la apariencia de patriotismo que realmente se muestra falaz, tal asociacion mira principalmente a que los Catolicos den progresivamente su adhesion a las falsedades del materialismo ateo, con las cuales se niega a Dios y se rechazan todos los principios sobrenaturales.

Con el pretexto de defender la paz, esa misma asociacion acepta y propaga falsas sospechas y acusaciones contra muchos y venerables miembros del clero y aun contra los Obispos y la misma Sede Apostolica, atribuyéndoles extravagantes propositos de imperialismo, de condescendencia y complicidad en la explotacion del pueblo, de premeditada hostilidad hacia la Nacion China.

Mientras afirman que es necesario que exista una absoluta libertad en materia religiosa, y con la excusa de facilitar las relaciones entre la autoridad eclesiastica y la civil, de hecho la asociacion pretende que la Iglesia, desatendidos y postergados sus sagrados derechos, quede totalmente sometida a la autoridad civil. Para lo cual se incita a los miembros a tener por buenas injustas medidas como la expulsion de los misioneros, el encarcelamiento de los Obispos, sacerdotes, religiosos, religiosas y fieles; asimismo a consentir en las medidas tomadas para impedir pertinazmente la jurisdiccion de muchos legitimos Pastores; ademas a sostener principios reprobables que abiertamente atacan la unidad y universalidad de la Iglesia y su constitucion jerarquica; y a admitir iniciativas que tienen por fin minar la obediencia del clero y de los fieles a sus legitimos Prelados separar las comunidades catolicas de la Sede Apostolica.

9. Métodos de violencia y de opresion.

Para difundir e inculcar en todas las inteligencias con mas facilidad estos principios, esta asociacion, que como dijimos, se gloria con el nombre de patriotica, recurre a los mas variados medios, aun a los de la opresion y la violencia: a saber, propaganda abundante y clamorosa en la prensa: reuniones y congresos, a los que se obliga a asistir con invitaciones, amenazas y enganos -aun a quienes no lo desean-, y en los que, si alguno valientemente se levanta a defender la verdad, facilmente le hacen callar, le derrotan y le tachan de infame, como enemigo de la patria y del orden nuevo. También se ha de hacer mencion de esos cursillos de formacion, en los que los discipulos tienen que beber y abrazar esta falaz doctrina, a los que van forzados sacerdotes, religiosos y religiosas, alumnos del sagrado seminario, fieles de cualquier estado y edad. En estos cursillos por medio de casi infinitas e interminables lecciones y discusiones, a lo largo de semanas y meses, las fuerzas de la mente y de la voluntad, tanto se debilitan y apagan que con esta violencia sicologica se arranca, mas bien que se pide libremente, como seria justo, una adhesion, que ya casi nada tiene de humana. A esto hay que anadir esos modos de proceder que, ejercidos con todos los medios, privada y publicamente, con engano, con dolo y con grave temor, perturban las mentes; las denominadas confesiones, arrancadas por la fuerza; los campos de reeducacion; los llamados juicios populares, ante los cuales se han atrevido a arrastrar ignominiosamente para juzgarlos a venerables Obispos.

Contra tales medios, que violan los mas importantes derechos de la persona humana y pisotean la sagrada libertad de los hijos de Dios, no puede menos de elevarse junto con la Nuestra la protesta de todos los fieles cristianos del mundo entero, y aun de todas las personas sensatas para deplorar el atropello contra la conciencia de los ciudadanos.

10. El cristiano y el amor a la Patria.

Y puesto que en nombre del patriotismo se ejecutan tales iniquidades, es deber Nuestro recordar a todos, una vez mas, que es precisamente la Iglesia con su doctrina que exhorta e incita a los catolicos a fomentar un sincero y profundo amor a sus propias naciones, a prestar la debida sumision a las autoridades publicas, salvo el derecho divino natural y positivo, a contribuir generosa y activamente a todas las empresas que conduzcan a una pacifica y ordenada prosperidad siempre creciente y a un verdadero progreso de la comunidad patria. La Iglesia jamas se ha cansado de inculcar a sus hijos la norma recibida de su Divino Redentor: Dad, pues, al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios(5); norma que se funda en el presupuesto de que ninguna oposicion puede existir entre los postulados de la verdadera Religion y los verdaderos intereses de la patria.

11. El cristiano y el amor supremo de Dios.

Pero es necesario afirmar también que, si los cristianos, por deber de conciencia, deben dar a César, o sea a la autoridad humana lo que le pertenece, asimismo no puede el César, es decir los gobernantes, exigir a los ciudadanos sumision en las cosas que tocan a Dios y no a ellos y por eso no puede pedir obediencia cuando se trata de usurpar los soberanos derechos de Dios, o bien de obligar a los fieles a obrar en oposicion con sus deberes religiosos, o a separarse de la unidad de la Iglesia y de su legitima jerarquia. Entonces sin duda alguna, todo cristiano con rostro sereno y voluntad firmisima repita las palabras con que Pedro y los primeros Apostoles respondieron a los perseguidores: Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres(6).

II. - La Santa Sede y el pueblo chino

12. La verdadera paz debe fuudarse sobre la justicia y la caridad.

Con enfatica elocuencia los que fomentan y sostienen esta asociacion; que usa el nombre de patriotica como nombre suyo propio, hablan constantemente de paz y proclaman insistentemente que los catolicos deben luchar a favor de ella. Palabras, en si mismas, magnificas y justisimas: ¿A quién se debe alabar mas que a quien prepara el camino de la paz? Pero la paz, bien lo sabéis vosotros, Venerables Hermanos y amados hijos, no se funda solo en palabras, no es una formalidad exterior, sugerida quizas por tactica ocasional y contradicha por iniciativas y obras que, mas bien que inspirarse en sentimientos pacificos, disponen los corazones a resentimientos, odios o aversiones. La verdadera paz debe fundarse sobre principios de justicia y caridad, ensenadas por Aquel que se adorno, como con un titulo real, con el nombre de Principe de la paz(7); la verdadera paz es la deseada por la Iglesia, paz estable, justa, equitativa y ordenada entre los individuos, las familias y los pueblos que, respetando los derechos de cada uno, y especialmente los de Dios, una a todos con el vinculo de la reciproca y fraternal colaboracion.

13. La Iglesia reconoce los derechos del pueblo chino.

En tal pacifica perspectiva de armoniosa convivencia de todas las naciones, la Iglesia desea que cada Nacion tenga el puesto de dignidad que le compete. La Iglesia que, siempre ha seguido con simpatia los acontecimientos y vicisitudes de vuestra Patria, ya antes, hablando por boca de Nuestro inmediato Predecesor, de feliz memoria, deseo que fuesen plenamente reconocidas las legitimas aspiraciones y los derechos de ese pueblo, el mas numeroso de la tierra, cuya civilizacion se remonta a edades antiquisimas, que en siglos pasados conocio periodos de grandeza y esplendor, y al que no faltara un gran porvenir, si se mantiene en los caminos de la justicia y de la honestidad(8).

14. Ataques a la Santa Sede y arbitrarias limitaciones del Magisterio Pontificio.

Al contrario, segun las noticias trasmitidas por la radio y por la prensa, no faltan algunos y por cierto también entre el clero, desgraciadamente, que se atreven a insinuar la sospecha y la acusacion de malevolencia de la Santa Sede hacia vuestra Patria.

Partiendo de este falso y ofensivo ,presupuesto, no temen como primera medida limitar a su arbitrio la autoridad del supremo , diciendo que existen cuestiones como las sociales y economicas, en las que a los catolicos seria licito no hacer caso de las ensenanzas doctrinales y de las normas dadas por esta Sede Apostolica. Opinion -casi no habria necesidad de decirlo-, absolutamente falsa y llena de error, porque -como tuvimos ocasion de exponer hace algunos anos a una selecta asamblea de Venerables Hermanos en el Episcopado- la potestad de la Iglesia no esta circunscrita al dominio de las "cosas estrictamente religiosas" como suele decirse, mas pertenece a ella todo el campo de la ley natural, su ensenanza, interpretacion y aplicacion, en cuanto al fundamento moral. En efecto, por disposicion divina, la observancia de la ley natural se refiere al camino, por el cual el hombre debe tender hacia su fin sobrenatural. Ahora bien, la Iglesia en este camino, guia y custodia de los hombres, en cuanto se relaciona con su fin sobrenatural(9). Se trata de la misma verdad que con sabiduria ilustro Nuestro Predecesor SAN Pio X, en la Enciclica "Singulari quadam" del 24 de septiembre de 1912, cuando advertia que todas las acciones del cristiano estan sujetas al juicio y a la jurisdiccion de la Iglesia, en cuanto son buenas o malas desde el punto de vista moral, es decir, en cuanto concuerdan o estan en oposicion con el derecho natural y divino(10).

15. Falsas protestas de fidelidad.

Ademas quienes después de haber proclamado una limitacion tan arbitraria, declaran de palabra que quieren obedecer al Romano Pontifice en las verdades de fe y -como acostumbran expresarse- en las normas eclesiasticas que deben observarse, llegan hasta el atrevimiento de negar la obediencia a claras y precisas medidas y disposiciones de la Santa Sede, atribuyéndoles segundos fines imaginarios de orden politico, como si se tratase de tenebrosas maquinaones dirigidas contra la propia nacion.

Notas

() A.A.S. 50 (1958); La presente Enciclica del 29-VI-1958 no fue dada a publicidad sino el 8 de Septiembre de ese ano. La version es la de la Oficina de Prensa del Vaticano. Véase también L'Osservatore Romano, edicion castellana, Bs. Aires, Ano VII, Nº 353, del 18-IX-1958.

Tal vez no sea inconveniente, hacer a la presente Enciclica, ultima de Pio XII en pnblicarse penultima en escribirse, una breve introduccion.

En 1947 habia en China 20 Arquidiocesis,85 Diocesis y 39 Prefecturas Apostolicas.

La China Continental tenia ya su jerarquia propia formalmente establecida por Pio XII.

En 1926, Pio XI personalmente habia consagrado, como recuerda el Sumo Pontifice en la introduccion a la presente Enciclica, a los primeros Obispos Chinos en la Basilca de San Pedro; en 1947 se elevo este numero a una veintena y alrededor de 2.500 sacerdotes chinos. Desde 1952 se siguen los documentos pontificios que denuncian los atentados siempre mas graves contra la libertad de la Iglesia Catolica en China. En la Enciclica Evangelii Praecones de 1951 Pio XII evoca en general las dificultades que ecuentran los misioneros en el Extremo Oriente; en 1952 en la Carta Cupimus imprimis, el Padre Santo pone a los fieles cristianos en guardia contra el movimiento de la triple autonomia, la financiera, la administrativa y la apostolica; en 1945, la Enciclica Ad Sinarum Gentem, rechaza las calumnias que se estaban lanzando contra los catolicos y la Sede Apostolica. En la ultima Enciclica de Pio XII, Memmisse iuvat, no faltan alusiones severas a este estado de cosas, cuando pide oraciones especiales por la Iglesia del silencio, y no dijo mas el Sumo Pontifice porque ya obraba en manos de la autoridad eclesiastica china, aunque no se habia publicado aun, la presente Enciclica en que se condena la separacion abierta producida por las consagraciones episcopales recién realizadas. En 1959, aparecio en italiano un libro que traia, clasificados por paises, todos los textos pontificios sobre la Iglesia del Silencio, en que la China Continental ocupa un lugar tan doloroso, textos que complementan el anterior "Libro Rojo" consagrado a historiar los acontecimientos a que esas ensenanzas pontificias aluden.

(1) Pio XI, Homilia lam finis est, A.A.S. 18 (1926) 432.

(1b) Pio XI, Homilia lam finis est, A.A.S. 18 (1926) 432.

(2) Manipulo: Subdivision de la Legion Romana, equivalente en un tiempo a dos centurias; se emplea aqui por grupo compacto de combate.

(3) Pio XII, Carta Cupimus imprimis. 18-1952, A.A.S. 44 (1952) 153; en esta Coleccion: Encicl. 215, nota (1), pag. 2045-2047.

(4) Pio XII, Enciclica Ad Sinarum Gentem,7-X-1954; A.A.S. 47 (1955) 5; en esta Coleccion: Enclcl. 215, pag 2045.

(5) Lc 20 25.

(6) Ac 5,29.

(7) Is 9,6.

(8) Ver Plo Xl, Mensaje al Delegado Apostolico en China, Il Sancto Padre,1- VIII-1928; A.A.S. 20 (1928) 245.

(9) Pio XII, Alocucion Magnificale Dominum mecum,2-XI-1945 al Colegio de Cardenales y Obis- pos; A. A.S. 46(1954) 671, y 672.

(10) San Plo X, Enclcllca Slngulari Quadan,24-IX-1912; A.A.S. 4 (1921) 658; en esta Coleccion: Enciclica 111,2, pag. 876




SEGUNDA PARTE ESPECIAL: ELECCION y CONSAGRACION SACRILEGA DE OBISPOS

I. - El hecho delictuoso

16. Un grave acto de rebelion contra la autoridad eclesiastica.

Prueba de tal espiritu de rebeldia contra la Iglesia, es el hecho gravisimo que causa indecibles y profundas amarguras a Nuestro corazon de Padre y Pastor universal de las almas, del que Nos ocuparemos en seguida. Desde hace algun tiempo, el llamado movimiento patriotico, viene proclamando con insistente propaganda, un pretendido derecho de los catolicos para elegir a los Obispos por propia iniciativa, afirmandose que tal eleccion es indispensable para que se provea con la debida solicitud al bien de las almas y para que se confie el gobierno de las diocesis a Pastores gratos a las autoridades civiles, porque no se oponen a las orientaciones ideologicas y politicas propias del Comunismo.

17. Eleccion y consagraciones episcopales espureas.

Mas aun, hemos sabido que se han llegado a realizar no pocas de estas elecciones abusivas y, ademas que, no obstante la explicita y severa amonestacion de la Santa Sede a los interesados, se ha tenido la osadia de conferir a algunos eclesiasticos, la consagracion episcopal.

II. - La Doctrina de la Iglesia acerca de la eleccion y consagracion de Obispos

18. El Papa senala las disposiciones de los canones.

En presencia de atentados tan graves contra la disciplina y la unidad de la Iglesia, es Nuestro preciso deber, recordar a todos, que muy otros son la doctrina y los principios que rigen la constitucion de la sociedad que, con poder divino, fundo Cristo nuestro Senor

En efecto los sagrados canones sancionan clara y explicitamente que compete exclusivamente a la Sede Apostolica juzgar acerca de la idoneidad de un eclesiastico para la dignidad y la mision episcopal(11), y que es de competencia del Romano Pontifice el nombrar libremente a los Obispos(12). y si, como en determinados casos sucede, al escoger un candidato al episcopado, se admite el concurso de otras personas o entidades, eso se da legitimamente solo en virtud de una concesion -expresa y particular- que hace la Santa Sede a personas o corporaciones morales bien determinadas, en condiciones y circunstancias bien definidas. De aqui se sigue que, Obispos que no han sido nombrados ni confirmados por la Santa Sede, mas aun, escogidos y consagrados contra explicitas disposiciones de ella, no podran gozar de poder alguno de magisterio o de jurisdiccion; ya que la jurisdiccion se da a los Obispos unicamente por mediacion del Romano Pontifice, como ya hemos tenido oportunidad de recordarlo en la Carta Enciclica "MYSTICI CORPORIS CHRISTI" con estas palabras: Por lo que se refiere a sus propias Diocesis los Prelados, como verdaderos Pastores, apacientan y gobiernan en nombre de Cristo sus propios rebanos, que les han sido asignados; sin embargo, mientras esto hacen, no ejercen este derecho con plena independencia, sino bajo la debida autoridad del Romano Pontifice, si bien gozan de la ordinaria potestad de jurisdiccion, que les ha comunicado inmediatamente el mismo Sumo Pontifice(13). Posteriormente recordamos esta misma doctrina en la Carta que dirigimos a vosotros "Ad Sinarum gentem": La potestad de jurisdiccion, que se confiere directamente al Sumo Pontifice por derecho divino, en virtud del mismo derecho, se deriva a los Obispos, pero solo mediante el Suceor de San Pedro, a quien no solo los fieles cristianos, mas también todos los Obispos estan siempre obligados a prestar adhesion y sumision con el servicio de la obediencia y con el vinculo de la union(14).

19. Consagraciones validas, gravemente ilicitas.

Y los actos que pertenecen a la potestad del Orden sagrado, realizados por dichos eclesiasticos, aunque sean validos, suponiendo que haya sido valida la consagracion que se les quiere conferir, son gravemente ilicitos, es decir, pecaminosos y sacrilegos. Vienen muy a proposito las palabras de amonestacion pronunciadas por el Divino Maestro: Quien no entra en el redil por la puerta, sino que sube por otra parte, es un ladron y un asesino(15); las ovejas reconocen la voz de su verdadero pastor y lo siguen docilmente, pero no van tras de un extrano sino que huyen de él: porque no reconocen la voz de los extranos(16).

20. No cabe recurrir a la disciplina antigua: solo es valida la actual: el Concilio del Vaticano.

Por desgracia, bien sabemos que para legitimar sus usurpaciones, apelan estos rebeldes a la practica seguida en siglos pasados; pero todos ven muy bien a donde iria a parar la disciplina eclesiastica si, en una o en otra cuestion, fuera licito a cualquiera, atenerse a disposiciones o costumbres que ya no estan en vigor, puesto que la suprema autoridad eclesiastica hace tiempo que determino diversamente. Mas aun, el mismo hecho de apelar a una disciplina diversa, lejos de excusar su conducta, es una prueba de su voluntad de sustraerse deliberadamente a la disciplina vigente y que estan obligados a seguir: disciplina que vale no solamente para China y para los territorios recientemente evangelizados, sino para toda la Iglesia; disciplina que ha sido sancionada en virtud de la potestad suprema y universal de apacentar, de regir y de gobernar que confirio nuestro Senor a los Sucesores del Apostol SAN PEDRO. Es por demas conocida la solemne definicion del Concilio Vaticano: Fundandose en los testimonios claros de la Sagrada Escritura, y en plena armonia con precisos y explicitos decretos, ya de nuestros Predecesores, los Romanos Pontifices, ya de los Concilios Generales, renovamos la definicion del Concilio ecuménico de Florencia, segun el cual, todos los fieles deben creer "que la Santa Sede Apostolica y el Romano Pontifice ejercen el Primado en todo el mundo; que el mismo Romano Pontifice es el sucesor de San Pedro, Principe de los Apostoles el verdadero vicario de Cristo, y es la Cabeza de toda la Iglesia, el padre y el doctor de los Cristianos; que a él, en la persona de San Pedro, le ha confiado Nuestro Senor Jesucristo la plena potestad de apacentar, regir y gobernar la Iglesia universal". Por tanto, ensenamos y declaramos que la Iglesia Romana, por disposicion divina, posee la potestad ordinaria de primario sobre todas las demas, y que tal poder de jurisdiccion del Romano Pontifice, de caracter verdaderamente episcopal, es inmediato; y que los pastores y los fieles de cualquier rito y dignidad, sea que se tomen en su conjunto o cada uno en particular, estan obligados al deber de subordinacion jerarquica y de obediencia verdadera para con ella, no solo en las cosas de la fe y de la moral, sino en las que se refieren a la disciplina y al gobierno de la Iglesia, difundida por el mundo entero, de esta suerte la Iglesia, conservando la unidad de la comunion y de la fe con el Romano Pontifice, llega a ser un solo rebano bajo un unico pastor supremo. Esta es la ensenanza de la verdad catolica de la cual nadie puede apartarse sin perder la fe y la salvacion(17).

21. Solo con el beneplacito del Romano Pontifice se pueden consagrar Obispos.

De cuanto hemos expuesto, se sigue, que ninguna otra autoridad que no sea la del Pastor Supremo, puede revocar la institucion canonica conferida a un Obispo; ninguna persona o asamblea, ya de sacerdotes o de laicos, puede arrogarse el derecho de nombrar Obispos; ninguno puede conferir legitimamente la consagracion episcopal sin el beneplacito apostolico(18). Asi, pues, por causa de una consagracion abusiva, que constituye un gravisimo atentado a la unidad de la Iglesia, ha sido establecida la excomunion "especialisimamente reservada a la Santa Sede Apostolica", en la cual incurre ipso facto, no solo quien recibe la consagracion arbitraria, sino quien la confiere; quedando ambos, por ese mismo hecho, separados de la unidad y de la comunion con la Iglesia (19).

22. El futil pretexto de que las sedes episcopales estan privadas de pastores, cuando solo estan impedidas.

Pero, ¿qué decir, finalmente, del pretexto que aducen los exponentes de la asociacion seudopatriotica, cuando querrian justificarse invocando la necesidad de proveer a la cura de las almas en las diocesis privadas de la presencia de su Obispo?

Es evidente, desde luego, que no se provee a las necesidades espirituales de los fieles con la violacion de las leyes de la Iglesia. En segundo lugar, no se trata, como se querria hacer creer de diocesis vacantes, sino frecuentemente sedes episcopales, cuyos legitimos titulares, o han sido expulsados, o languidecen en la prision, o se ven impedidos en diversas formas en el libre ejercicio de su jurisdiccion y donde, ademas han sido igualmente encarcelados o expulsados o excluidos de manera semejante los eclesiasticos a quienes los legitimos Pastores -en conformidad con las prescripciones del derecho canonico y en virtud de especiales instrucciones recibidas de la Santa Sede- habian designado para reemplazarlos en el gobierno diocesano.

Es verdaderamente doloroso que, mientras los celosos Pastores sufren tantas tribulaciones, se aproveche precisamente la ocasion de sus dolores para poner en su puesto pastores falsos, para trastornar la organizacion jerarquica de la Iglesia y para constituirse en rebelion contra la autoridad del Romano Pontifice.

23. La Santa Sede deplora que se le impida proveer las vacancias.

Y a tal punto de arrogancia se llega, que se quiere imputar a la misma Sede Apostolica un estado de cosas tan deplorable y digno de compasion, provocado por un designio preciso de los perseguidores, siendo asi que todos saben que ella, por los obstaculos que se oponen a la comunicacion libre y segura con las diocesis de China, se ha hallado y se halla en la imposibilidad de procurarse -segun sea necesario- las informaciones apropiadas que son indispensables, en vuestra nacion y en cualquiera otra, para escoger los candidatos idoneos para la dignidad episcopal.

CONCLUSION: INVITACION A LA FIRMEZA EN LA FE

24. Consuelo y preces del Papa.

¡Venerables Hermanos y amados hijos! Os hemos expresado hasta aqui Nuestras preocupaciones por los errores que se pretenden insinuar en medio de vosotros, y por las divisiones que se crean; a fin de que, iluminados y sostenidos por las ensenanzas del Padre comun, podais permanecer intrépidos e incontaminados en la fe que a todos nos une y nos salva.

Y ahora, con toda la efusion de Nuestro afecto queremos deciros, cuan cerca de vosotros Nos sentimos. Vuestros sufrimientos fisicos y morales, especialmente los que soportan los heroicos testigos de Cristo -entre los que se cuentan algunos Venerables Hermanos nuestros en el Episcopado- los llevamos en el corazon y dia tras dia los ofrecemos, juntamente con las oraciones y los sufrimientos de toda la Iglesia, en el altar de nuestro Redentor Divino.

25. Permaneced firmes en Cristo, al amparo de vuestros martires y de Maria Santisima.

Permaneced firmes y poned vuestra confianza en El: Depositando en El todos vuestros cuidados, ya que El tiene cuidado de vosotros(20) El ve vuestros afanes y vuestras penas; sobre todo, El acoge el sufrimiento intimo y las lagrimas secretas que muchos de vosotros -Pastores, sacerdotes, personas religiosas y simples fieles- derramais al ver que se pretende exterminar vuestras comunidades cristianas. Estas lagrimas y estas penas, juntamente con la sangre y los padecimientos de los martires de ayer y de hoy, seran la prenda preciosa del reflorecimiento de la Iglesia en vuestra Patria, cuando gracias a la poderosa intercesion de la Santisima Virgen, Reina de China, vuelvan a brillar dias mas serenos en vuestro cielo.

26. Bendicion Apostolica.

Animados por esta confianza, con grande afecto en el Senor, os impartimos, a vosotros y a la grey confiada a vuestros cuidados, como prenda de gracias celestiales y como prueba de Nuestra especial benevolencia, la Bendicion Apostolica.

Dada en Roma, junto a San Pedro, el 29 de junio, en la fiesta de los Apostoles San Pedro y San Pablo, en el ano 1958, vigésimo de Nuestro Pontificado.

PIO PAPA XII.



Notas

(11) Codigo Der. Can. canon 331 § 3. volver)

(12) Codigo Der. Can., canon 329 § 2.

(13) Pio XII Enclclica Mystici Corporis 29-VI- 1943; A.A.S. 35 (1943) 211 y 212; en esta Coleccion: Enclcl. 177,36, pag. 1601

(14) Pio XII, Enciclica Ad Sinarum Gentem,7-X-1954; A.A.S. 47 (1955) 9; en esta Coleccion: Enc.icl. 215, pag. 2049.

(15) Juan 10,1.

(16) Juan 10,5.

(17) Concilio Vaticano, Sesion IV, cap,3 (Coll. Lac. VII,484)

(18) Codigo Der. Can., canon 953.

(19) Ver Decreto de S. C. del Santo Oficio. II Episcopus. cuiusvis ritus,9-IV-1951; A.A.S. 43 (1951) 217-218; Pio XII. Enciclica Anni Sacri,12- 111-1950. A.A.S. 42 (1951) 217 y 218

(20) 1 Pedro 5,7.



PIOXII, MAGISTERIO PONTIFICIO - Consagraciones Episcopales no autorizadas por la Sede Apostolica