Denzinger 2865

2865 Dz 1647 En efecto, por la fe debe sostenerse que fuera de la Iglesia Apostólica Romana nadie puede salvarse; que ésta es la única arca de salvación; que quien en ella no hubiere entrado, perecerá en el diluvio. Sin embargo, también hay que tener por cierto que quienes sufren ignorancia de la verdadera religión, si aquélla es invencible, no son ante los ojos del Señor reos por ello de culpa alguna. Ahora bien, ¿quién será tan arrogante que sea capaz de señalar los límites de esta ignorancia, conforme a la razón y variedad de pueblos, regiones, caracteres y de tantas. otras y tan numerosas circunstancias? A la verdad, cuando libres de estos lazos corpóreos, veamos a Dios tal como es (1Jn 3,2), entenderemos ciertamente con cuán estrecho y bello nexo están unidas la misericordia y la justicia divinas; mas en tanto nos hallamos en la tierra agravados por este peso mortal, que embota el alma, mantengamos firmísimamente según la doctrina católica que hay un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo (Ep 4,5): Pasar más allá en nuestra inquisición, es ilícito.

Dz 1648 Por lo demás, conforme lo pide la razón de la caridad, hagamos asiduas súplicas para que todas las naciones de la tierra se conviertan a Cristo; trabajemos, según nuestras fuerzas, por la común salvación de los hombres, pues no se ha acortado la mano del Señor (Is 59,1) y en modo alguno han de faltar los dones de la gracia celeste a aquellos que con ánimo sincero quieran y pidan ser recreados por esta luz. Estas verdades hay que fijarlas profundamente en las mentes de los fieles, a fin de que no puedan ser corrompidos por doctrinas que tienden a fomentar la indiferencia de la religión, que para ruina de las almas vemos se infiltra y robustece con demasiada amplitud.

 Del falso tradicionalismo (contra Agustín Bonnetty) (1)

 [Del Decreto de la S. Congr. del Indice de 11 (15) de junio de 1855]

2811 Dz 1649 1. «Aun cuando la fe está por encima de la razón; sin embargo, ninguna verdadera disensión, ningún conflicto puede jamás darse entre ellas, como quiera que ambas proceden de la única y misma fuente inmutable de la verdad, Dios óptimo máximo, y así se prestan mutua ayuda» (2) [cf. 1635 y 1799].

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Notas:

(1) ASS 3 (1867) 224. -- Agustín Bonnetty, nacido el 9 ab. 1798 en el pueblo de Entrevaux, en Francia, aparte de otras varias obras filosóficas, redactaba la revista «Annales de philosophie chrétienne». Firmó las tesis que le fueron propuestas por la S. Congr. del Indice. Murió el 29 marzo 1879.

(2) De la encíclica de Pío IX Qui pluribus, de 9 nov. 1846 [cf. 1634 ss]


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2812 Dz 1650 2. El razonamiento puede probar con certeza la existencia de Dios, la espiritualidad del alma y la libertad del hombre. La fe es posterior a la revelación y, por tanto, no puede convenientemente alegarse para probar la existencia de Dios contra el ateo, ni la espiritualidad y libertad del alma racional contra el seguidor del naturalismo y fatalismo [cf. 1622 y 1625].

2813 Dz 1651 3. El uso de la razón precede a la fe y a ella conduce al hombre con ayuda de la revelación y de la gracia [cf. 1626].

2814 Dz 1652 4. El método de que usaron Santo Tomás y San Buenaventura, y los demás escolásticos después de ellos, no conduce al racionalismo ni fué causa de que en las modernas escuelas la filosofía haya ido a dar en el naturalismo y panteísmo. Por tanto, no es lícito reprochar a aquellos doctores y maestros que hayan usado este método, sobre todo cuando la Iglesia lo aprueba o, por lo menos, se calla (3).

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Nota:

(3) Estas proposiciones son contradictorias de las que frecuentemente afirmaba Bonnetty.

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 Del abuso del magnetismo (1)

 [De la Encíclica del S. Oficio de 4 de agosto de 1856]

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Nota: (4) ASS 1 (1865) 177 s; CL VI 103 a; cf. «Collectanea S. Congr. de Propag. Fide» I (1907), 1128.

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2823 Dz 1653 ... Sobre esta materia se han dado ya por la Santa Sede algunas respuestas a casos particulares, en que se reprueban como ilícitos aquellos experimentos que se ordenen a conseguir un fin no natural, no honesto, no por los medios debidos; por lo que en casos semejantes fué decretado el miércoles 21 de abril de 1841: El uso del magnetismo, tal como se expone, no es lícito. Igualmente, la Sagrada Congregación juzgó que debían ser prohibidos ciertos libros que pertinazmente diseminaban estos errores.

2824 Mas como aparte los casos particulares, había que tratar del uso del magnetismo en general, de ahí que a modo de regla fué estatuido el miércoles, 28 de julio de 1847: «Alejado todo error, sortilegio, implícita o explícita invocación del demonio, el uso del magnetismo, es decir, el mero acto de aplicar medios físicos por otra parte lícitos, no está moralmente vedado, con tal de que no tienda a un fin ilícito o de cualquier modo malo. La aplicación, empero, de principio y medios puramente físicos a cosas y efectos verdaderamente sobrenaturales para explicarlos físicamente, no es sino un engaño totalmente ilícito y herético».

2825 Dz 1654 Aun cuando por este decreto general se explica suficientemente la licitud o ilicitud en el uso o abuso del magnetismo; sin embargo, hasta tal punto ha crecido la malicia de los hombres que, descuidando el estudio lícito de la ciencia, buscando más bien lo curioso, con gran quebranto de las almas y daño de la misma sociedad civil, se glorían de haber alcanzado cierto principio de vaticinar y adivinar. De ahí que con los embustes del sonambulismo y de la que llaman clara intuición, unas mujerzuelas, arrebatadas en gesticulaciones no siempre honestas, charlatanean que ven cualquier cosa invisible y con temerario atrevimiento presumen pronunciar palabras sobre la religión misma, evocar las almas de los muertos, recibir respuestas, descubrir cosas lejanas y desconocidas, y practicar otras supersticiones por el estilo, con el fin de conseguir ganancia ciertamente pingüe para sí y para sus señores. En todo esto, sea el que fuere el arte o ilusión de que se valgan, como quiera que se ordenan medios físicos para fines no naturales, hay decepción totalmente ilícita y herética, y escándalo contra la honestidad de las costumbres (1).

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Nota:

(1) Respuesta del S. Oficio de 26 de jul. 1899 acerca de los experimentos de hipnotismo [«Collectanea S. Congr. de Prop. Fide» II (1907) 2061].

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 De la falsa doctrina de Antonio Günther (2)

 [Del Breve Eximiam tuam al Cardenal de Geissel, arzobispo de Colonia, de 15 de junio de 1857]

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Nota: (2) ASS 8 (1874) 446 s; Aexq 166 s; AP II 587 s; RskRP IV 383 s; ACol 241; «Analecta Iuris Pontificii» II 1445 s. -- Antonio Günther, nacido el 17 nov. 1783 en el pueblo de Lindenau (Bohemia), fué ordenado sacerdote en 1820. Vivió en Viena desde el año 1824 hasta su muerte, acaecida el 24 feb. 1863, y allí mismo escribió varias obras filosóficas y teológicas. Sus obras fueron alcanzadas por Decreto de la S. Congr. del Indice, promulgado el 8 en. 1857, aprobado por el Sumo Pontífice el 17 feb. del mismo año, al que el autor se sometió laudablemente. Mas, como algunos partidarios de Günther tomaron pretexto de que en aquella condenación no se notaban sentencias particulares, para pensar que les era lícito persistir en ellas; el Sumo Pontífice, en carta al Cardenal arzobispo de Colonia, nota particularmente los errores de Günther con las palabras que referimos.

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2828 Dz 1655 ... Y, en efecto, no sin dolor nos damos perfectamente cuenta que en esas obras domina ampliamente el sistema del racionalismo, erróneo y perniciosísimo, y muchas veces condenado por esta Sede Apostólica; y también sabemos que en los mismos libros se leen, entre otras, no pocas cosas que se desvían en no pequeña medida de la fe católica y de la genuina explicación de la unidad de la divina Sustancia en tres Personas distintas y sempiternas. Averiguado tenemos igualmente que no es mejor ni más exacto lo que se enseña del misterio del Verbo encarnado y de la unidad de la persona divina del Verbo en dos naturalezas divina y humana. Sabemos que en los mismos libros se hiere el sentir y la enseñanza católica acerca del hombre, el cual de tal modo se compone únicamente de cuerpo y alma, que el alma (que es racional), es por sí verdadera e inmediata forma del cuerpo (1). Tampoco ignoramos que en los mismos libros se enseñan y establecen cosas que se oponen claramente a la doctrina católica sobre la libertad de Dios, libre de toda necesidad en la creación de las cosas.


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Nota:

(1) Pío IX, en la carta Dolore haud mediocri al obispo de Breslau de 30 ab. 1860, declara: «Que la sentencia que pone en el hombre un solo principio de vida, a saber, el alma racional, de la que el cuerpo también recibe el movimiento y la vida toda y el sentido, es comunísima en la Iglesia de Dios, y que a la mayoría de los doctores, y por cierto los más prestigiosos, de tal manera les parece estar unida con el dogma de la Iglesia que ella es la legítima y sola verdadera interpretación de aquél y que, por tanto, no puede negarse sin error en la fe» [Aexq 178; RskRP IV, 399; A. Franz, I. B. Beltzer 40]. Por eso el Concilio de Colonia dice: «No puede ser dudoso, según la mente de los Concilios, que el alma racional misma, creada por Dios, realiza todas las operaciones de nuestra vida» [CL V 293 b; ACol 32; cf. 1911 s].

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2829 Dz 1656 Hay también que reprobar y condenar con la mayor energía el hecho de que en los libros de Günther se atribuya temerariamente el derecho de magisterio a la razón humana y a la filosofía que en las materias de religión no deben en absoluto mandar, sino servir, y se perturban, por ende, todas aquellas cosas que han de permanecer firmísimas, ora sobre la distinción entre la ciencia y la fe, ora sobre la perenne inmutabilidad de la fe, que es siempre una y la misma, mientras la filosofía y las enseñanzas humanas ni siempre son consecuentes consigo mismas ni se ven libres de múltiple variedad de errores.

2830 Dz 1657 Añádese que tampoco los Santos Padres son tenidos en aquella reverencia que prescriben los cánones de los Concilios y que absolutamente merecen las más espléndidas lumbreras de la Iglesia; ni se abstiene el autor de aquellos dicterios contra las escuelas católicas que nuestro predecesor Pío VI, de feliz memoria, condenó solemnemente [v. 1576].

2831 Dz 1658 Tampoco pasaremos en silencio que en los libros güntherianos se viola de modo extremo la sana forma de hablar, como si fuera lícito olvidarse de las palabras del Apóstol Pablo (2Tm 1,13) o de éstas en que gravísimamente nos advierte Agustín: «Es menester que hablemos conforme a regla cierta, no sea que la licencia en las palabras engendre también impía opinión sobre las cosas que con las palabras son significadas» (2) [v.. 1714 a].

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Nota:

(2) S. AUG., De civ. Dei 1, 10, c. 23 [PL 41 (Aug. VIII) 300]

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 Errores de los ontologistas (3)

 [Según el decreto del S. Oficio de 18 de septiembre de 1861, no pueden enseñarse con seguridad]

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Nota: (3) ASS 3 (1867) 204 s.

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2841 Dz 1659 1. El conocimiento inmediato de Dios, por lo menos habitual, es esencial al entendimiento humano, de suerte que sin él nada puede conocer: como que es la misma luz intelectual.

2842 Dz 1660 2. Aquel ser que en todo y sin el cual nada entendemos es el Ser divino.

2843 Dz 1661 3. Los universales considerados objetivamente, no se distinguen realmente de Dios.

2844 Dz 1662 4. La congénita noticia de Dios como ser simpliciter, envuelve de modo eminente todo otro conocimiento, de suerte que por ella tenemos conocido implícitamente todo ser bajo cualquier aspecto que sea conocible.

2845 Dz 1663 5. Todas las demás ideas no son sino modificaciones de la idea por la que Dios es entendido como ser simpliciter.

2846 Dz 1664 6. Las cosas creadas están en Dios como la parte en el todo, no ciertamente en el todo formal, sino en el todo infinito, simplicísimo, que pone fuera de sí sus cuasipartes sin división ni disminución alguna de sí.

2847 Dz 1665 7. La creación puede explicarse de la siguiente manera: Dios, por el acto especial mismo con que se entiende y quiere a sí mismo como distinto de una criatura determinada, v. gr., el hombre, produce la criatura.


 De la falsa libertad de la ciencia (contra Jacobo Frohschammer) (1)

 [De la Carta Gravissimas inter, al arzobispo de Munich-Frisinga, de 11 de diciembre de 1862]

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Nota: (1) ASS 8 (1874) 429 ss; Aexq 219 ss; AP III 548 ss; RskRP IV 458 ss. -- Jacobo Frohschammer nació el 6 en. 1821 en la aldea de Illkofen (Baviera) y enseñó en la Universidad de Munich desde el año 1854. Murió el 14 jul. 1893.

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Dz 1666 Entre las gravísimas amarguras con que de todas partes nos sentimos oprimidos en tan grande perturbación e impiedad de los tiempos, nos dolemos vehementemente al saber que en varias regiones de Alemania se hallan hombres, aun entre los católicos, que, al enseñar la sagrada teología y la filosofía, no dudan en modo alguno en introducir una libertad de enseñar y escribir inaudita hasta ahora en la Iglesia ni en profesar pública y abiertamente opiniones nuevas y de todo punto reprobables, que diseminan entre el vulgo.

Dz 1667 De ahí, Venerable Hermano, que sentimos tristeza no leve, cuando a Nos llegó la infaustísima nueva de que el presbítero Jacobo Frohschammer, maestro de filosofía en esa Universidad de Munich, emplea más que nadie semejante licencia de enseñar y escribir, y defiende en sus obras publicadas perniciosísimos errores. Así, pues, sin tardanza ninguna, mandamos a nuestra Congregación, encargada de la censura de los libros, que cuidadosamente y con la mayor diligencia examinara los principales volúmenes que corren bajo el nombre del mismo presbítero Frohschammer, y nos informara de todo. Estos volúmenes escritos en alemán llevan por título: Introducción a la filosofía, De la libertad de la ciencia, Athenaeum, de los cuales el primero salió a luz ahí en Munich el año 1858, el segundo el año 1861, el tercero en el curso del presente año de 1862. Así, pues, la misma Congregación ... juzgó qué el autor no siente rectamente en muchos puntos y que su doctrina se aparta de la verdad católica.

2850 Dz 1668 Y esto principalmente por doble motivo: primero porque el autor atribuye a la razón humana tales fuerzas, que en manera alguna competen a la misma razón; y segundo, porque concede a la misma razón tal libertad de opinar de todo y de atreverse siempre a todo, que totalmente quedan suprimidos los derechos, el deber y la autoridad de la Iglesia misma.

2851 Dz 1669 Porque este autor enseña en primer lugar que la filosofía, si se tiene su verdadera noción, no sólo puede percibir y entender aquellos dogmas cristianos que la razón natural tiene comunes con la fe (es decir, como objeto común de percepción); sino aquellos también que de modo más particular y propio constituyen la religión y fe cristianas; es decir, que el mismo fin sobrenatural del hombre y todo lo que a este fin se refiere, y el sacratísimo misterio de la Encarnación del Señor pertenecen al dominio de la razón y de la filosofía, y que la razón, dado este objeto, puede llegar a ellos científicamente por sus propios principios. Y si bien es cierto que el autor introduce alguna distinción entre unos y otros dogmas y atribuye estos últimos con menor derecho a la razón; sin embargo, clara y abiertamente enseña que también éstos se contienen entre los que constituyen la verdadera y propia materia de la ciencia o de la filosofía.

2852 Por lo cual, de la sentencia del mismo autor pudiera y debiera absolutamente concluirse que la razón, aun propuesto el objeto de la revelación, puede por sí misma, no ya por el principio de la divina autoridad, sino por sus mismos principios y fuerzas naturales, llegar a la ciencia o certeza incluso en los más ocultos misterios de la divina sabiduría y bondad, más aún, hasta en los de su libre voluntad. Cuán falsa y errónea sea esta doctrina del autor, nadie hay que no lo vea inmediatamente y llanamente lo sienta, por muy ligeramente instruido que esté en los rudimentos de la doctrina cristiana.

2853 Dz 1670 Porque si estos cultivadores de la filosofía defendieran los verdaderos y solos principios y derechos de la razón y de la disciplina filosófica, habría que rendirles alabanzas ciertamente debidas. Puesto que la verdadera y sana filosofía ocupa su notabilísimo lugar, como quiera que a la misma filosofía incumbe inquirir diligentemente la verdad, cultivar recta y cuidadosamente e ilustrar a la razón humana, que, si bien oscurecida por la culpa del primer hombre, no quedó en modo alguno extinguida; percibir, entender bien y promover el objeto de su conocimiento y muchísimas verdades, y demostrar, vindicar y defender por argumentos tomados de sus propios principios muchas de las que también la fe propone para creer, como la existencia de Dios, su naturaleza y atributos, preparando de este modo el camino para que estos dogmas sean más rectamente mantenidos por la fe, y aun para que de algún modo puedan ser entendidos por la razón aquellos otros dogmas más recónditos que sólo por la fe pueden primeramente ser percibidos. Esto debe tratar, en esto debe ocuparse la severa y pulquérrima ciencia de la verdadera filosofía. Si en alcanzar esto se esfuerzan los doctos varones en las universidades de Alemania, siguiendo la singular propensión de aquella ínclita nación para el cultivo de las más severas y graves disciplinas, Nos aprobamos y recomendamos su empeño, como quiera que convertirán en provecho y utilidad de las cosas sagradas lo que ellos encontraron para sus usos.

2854 Dz 1671 Mas lo que en este asunto, a la verdad gravísimo, jamás podemos tolerar es que todo se mezcle temerariamente y que la razón ocupe y perturbe aun aquellas cosas que pertenecen a la fe, siendo así que son certísimos y a todos bien conocidos los límites, más allá de los cuales jamás pasó la razón por propio derecho, ni es posible que pase. Y a tales dogmas se refieren de modo particular y muy claro todas aquellas cosas que miran a la elevación sobrenatural del hombre y a su sobrenatural comunicación con Dios y cuanto se sabe que para este fin ha sido revelado. Y a la verdad, como quiera que estos dogmas están por encima de la naturaleza, de ahí que no puedan ser alcanzados por la razón natural y los naturales principios. Nunca, en efecto, puede la razón hacerse idónea por sus naturales principios para tratar científicamente estos dogmas. Y si esos filósofos se atreven a afirmarlo temerariamente, sepan ciertamente que se apartan no de la opinión de cualesquiera doctores, sino de la común y jamás cambiada doctrina de la Iglesia.

2855 Dz 1672 Porque consta por las Divinas Letras y por la tradición de los Santos Padres, que la existencia de Dios y muchas otras verdades son conocidas con la luz natural de la razón aun para aquellos que todavía no han recibido la fe; mas aquellos dogmas más ocultos, sólo Dios los ha manifestado, al querer dar a conocer el misterio que estuvo escondido desde los siglos y las generaciones (Col 1,26), y ello por cierto de modo que después de que antaño en ocasiones varias y de muchos modos habló a los padres por los profetas, últimamente nos ha hablado a nosotros por su Hijo... por quien hizo también los siglos (He 1,1)... Porque a Dios, nadie le vió jamás: El Hijo unigénito, que está en el seno del Padre, Él mismo nos lo contó (Jn 1,18). Por eso el Apóstol, que atestigua que las gentes conocieron a Dios por las cosas creadas, al tratar de la gracia y de la verdad que fué hecha por Jesucristo (Jn 1,17), hablamos - dice - de la sabiduría de Dios en el misterio; sabiduría que está oculta... y que ninguno de los príncipes de este mundo ha conocido... A nosotros, empero, nos lo reveló Dios por medio de su Espíritu: Porque el Espíritu lo escudriña todo, aun las profundidades de Dios. Porque ¿quién de los hombres sabe lo que es del hombre, sino el espíritu del hombre que está dentro de él? Por la misma manera, tampoco lo que es de Dios lo conoce nadie, sino el Espíritu de Dios (1Co 2,7).

2856 Dz 1673 Siguiendo estos y otros casi innumerables oráculos divinos, al enseñar la doctrina de la Iglesia, los Santos Padres tuvieron continuamente cuidado de distinguir el conocimiento de las cosas divinas, que por la fuerza de la inteligencia natural es a todos común, de aquel conocimiento de las cosas que se recibe por la fe por medio del Espíritu Santo, y constantemente enseñaron que por ésta se nos revelan en Cristo aquellos misterios que no sólo trascienden la filosofía humana, sino la misma inteligencia natural de los ángeles, y que, aun después de ser conocidos por la revelación divina y recibidos por la fe misma, siguen, sin embargo, cubiertos por el sagrado velo de la misma fe y envueltos en oscura tiniebla, mientras peregrinamos en esta vida mortal lejos del Señor (1).

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Nota:

(1) S. IOHANN CHRYSOST. Hom, 7 (9) in 1Co [PG 61, 53]; S. AMBROS, De fide ad Grat 1, 10 [PL, 16, 542 D]; S. LEO, De Nativ. Dom. sermo 9 [sermo 29: PL 54, 226 B]; S. CYRILL. ALEX., Contra Nestor. 1, 3 initio [PG 76, 111 A]; Comment. in Ioann.. 1, 9 [PG 73, 124 C]; S. IOHANN. DAM., Expos. fidei orth. 1, 2 [PG 94. 794 B]; S. HIERON., Comment. in Gal. 3, 2 [PL 26, 348 C].

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2857
 De todo esto se sigue en forma patente, ser totalmente ajena a la doctrina de la Iglesia Católica la sentencia por la que el mismo Frohschammer no duda en afirmar que todos los dogmas de la religión cristiana son indistintamente objeto de la ciencia natural o filosofía y que la razón humana, con sólo que esté históricamente cultivada, si se proponen estos dogmas como objeto a la razón misma, por sus fuerzas y principios naturales, puede llegar a verdadera ciencia sobre todos los dogmas, aun los más recónditos [v. 1709].

2858 Dz 1674 Además, en los citados escritos del mismo autor, domina otra sentencia que manifiestamente se opone a la doctrina y sentir de la Iglesia Católica. Porque atribuye a la filosofía tal libertad, que no debe ya ser llamada libertad de la ciencia, sino reprobable e intolerable licencia de la filosofía. En efecto, establecida cierta distinción entre el filósofo y la filosofía, al filósofo atribuye el derecho y el deber de someterse a la autoridad que haya reconocido por verdadera; pero uno y otro se lo niega a la filosofía, de tal suerte que, sin tener para nada en cuenta la doctrina revelada, afirma que la filosofía no debe ni puede jamás someterse a la autoridad.

2859 Lo cual debería tolerarse y acaso admitirse, si se dijera sólo del derecho que tiene la filosofía, como también las demás ciencias, de usar de sus principios o métodos y de sus conclusiones, y si su libertad consistiera en usar de este su derecho, de suerte que nada admita en sí misma que no haya sido adquirido por ella con sus propias condiciones o fuere ajeno a la misma. Pero esta justa libertad de la filosofía debe conocer y sentir sus propios límites. Porque jamás será licito, no sólo al filósofo, sino a la filosofía tampoco, decir nada contrario a lo que la revelación divina y la Iglesia enseñan, o poner algo de ello en duda por la razón de que no lo entiende, o no aceptar el juicio que la autoridad de la Iglesia determina proferir sobre alguna conclusión de la filosofía que hasta entonces era libre.

2860 Dz 1675 Añádese a esto que el mismo autor tan enérgica y temerariamente propugna la libertad o, por decir mejor, la desenfrenada licencia de la filosofía, que no se recata en modo alguno de afirmar que la Iglesia no sólo no debe reprender jamás a la filosofía, sino que debe tolerar los errores de la misma filosofía y dejar que ella misma se corrija [v. 1711]; de donde resulta que también los filósofos participan necesariamente de esta libertad de la filosofía y que también ellos se ven libres de toda ley. ¿Quién no ve con cuánta vehemencia haya de ser rechazada, reprobada y absolutamente condenada semejante sentencia y doctrina de Frohschammer? Porque la Iglesia, por su divina institución, debe custodiar diligentísimamente íntegro e inviolado el depósito de la fe y vigilar continuamente con todo empeño por la salvación de las almas, y con sumo cuidado ha de apartar y eliminar todo aquello que pueda oponerse a la fe o de cualquier modo pueda poner en peligro la salud de las almas.

2861 Dz 1676 Por lo tanto, la Iglesia, por la potestad que le fué por su Fundador divino encomendada, tiene no sólo el derecho, sino principalmente el deber de no tolerar, sino proscribir y condenar todos los errores, si así lo reclamaron la integridad de la fe y la salud de las almas; y a todo filósofo que quiera ser hijo de la Iglesia, y también a la filosofía, le incumbe el deber de no decir jamás nada contra lo que la Iglesia enseña y retractarse de aquello de que la Iglesia le avisare. La sentencia, empero, que enseña lo contrario, decretamos y declaramos que es totalmente errónea, y en sumo grado injuriosa a la fe misma, a la Iglesia y a la autoridad de ésta.

 Del Indiferentismo (1)

 [De la Encíclica Quanto conficiamur moerore, a los obispos de Italia, de 10 de agosto de l863]

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Nota: (1) Aexq 229 s; AP III 613 s.

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DS 2865
Dz 1677 Y aquí, queridos Hijos nuestros y Venerables Hermanos, es menester recordar y reprender nuevamente el gravísimo error en que míseramente se hallan algunos católicos, al opinar que hombres que viven en el error y ajenos a la verdadera fe y a la unidad católica pueden llegar a la eterna salvación [v. 1717]. Lo que ciertamente se opone en sumo grado a la doctrina católica.

2866 Notoria cosa es a Nos y a vosotros que aquellos que sufren ignorancia invencible acerca de nuestra santísima religión, que cuidadosamente guardan la ley natural y sus preceptos, esculpidos por Dios en los corazones de todos y están dispuestos a obedecer a Dios y llevan vida honesta y recta, pueden conseguir la vida eterna, por la operación de la virtud de la luz divina y de la gracia; pues Dios, que manifiestamente ve, escudriña y sabe la mente, ánimo, pensamientos y costumbres de todos, no consiente en modo alguno, según su suma bondad y clemencia, que nadie sea castigado con eternos suplicios, si no es reo de culpa voluntaria.

2867 Pero bien conocido es también el dogma católico, a saber, que nadie puede salvarse fuera de la Iglesia Católica, y que los contumaces contra la autoridad y definiciones de la misma Iglesia, y los pertinazmente divididos de la unidad de la misma Iglesia y del Romano Pontífice, sucesor de Pedro, «a quien fué encomendada por el Salvador la guarda de la viña» (1), no pueden alcanzar la eterna salvación.

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Nota:

(1) Conc. de Calcedonia en la relación a León I [cf. 149]

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Dz 1678 Lejos, sin embargo, de los hijos de la Iglesia Católica ser jamás en modo alguno enemigos de los que no nos están unidos por los vínculos de la misma fe y caridad; al contrario, si aquéllos son pobres o están enfermos o afligidos por cualesquiera otras miserias, esfuércense más bien en cumplir con ellos todos los deberes de la caridad cristiana y en ayudarlos siempre y, ante todo, pongan empeño por sacarlos. de las tinieblas del error en que míseramente yacen y reducirlos a la verdad católica y a la madre amantísima, la Iglesia, que no cesa nunca de tenderles sus manos maternas y llamarlos nuevamente a su seno, a fin de que, fundados y firmes en la fe, esperanza y caridad y fructificando en toda obra buena (
Col 1,10), consigan la eterna salvación.

 De los congresos de teólogos en Alemania (2)

 [De la Carta Tuas libenter, al arzobispo de Munich-Frisinga, de 21 de diciembre de 1863]

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Nota: (2) AAS 8 (1874) 438 ss; Aexq 244 ss; AP III 638 ss; RskRP IV 487 ss.

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2875 Dz 1679 ... Sabíamos también, Venerable Hermano, que algunos de los católicos que se dedican al cultivo de las disciplinas más severas, confiados demasiado en las fuerzas del ingenio humano, no temieron, ante los peligros de error, al afirmar la falaz y en modo alguno genuina libertad de la ciencia, fueran arrebatados más allá de los límites que no permite traspasar la obediencia debida al magisterio de la Iglesia, divinamente instituido para guardar la integridad de toda la verdad revelada. De donde ha resultado que esos católicos, míseramente engañados, llegan a estar frecuentemente de acuerdo hasta con quienes claman y chillan contra los Decretos de esta Sede Apostólica y de nuestras Congregaciones, en que por ellos se impide el libre progreso de la ciencia [v. 1712], y se exponen al peligro de romper aquellos sagrados lazos de la obediencia con que por voluntad de Dios están ligados a esta misma Sede Apostólica, que fué constituida por Dios mismo maestra y vengadora de la verdad.

2876 Dz 1680 Tampoco ignorábamos que en Alemania ha cobrado fuerza la opinión falsa en contra de la antigua Escuela y contra la doctrina de aquellos sumos Doctores [v. 1713] que por. su admirable sabiduría y santidad de vida venera la Iglesia universal. Por esta falsa opinión, se pone en duda la autoridad de la Iglesia misma, como quiera que la misma Iglesia no sólo permitió durante tantos siglos continuos que se cultivara la ciencia teológica según el método de los mismos doctores y según los principios sancionados por el común sentir de todas las escuelas católicas; sino que exaltó también muy frecuentemente con sumas alabanzas su doctrina teológica y vehementemente la recomendó como fortísimo baluarte de la fe y arma formidable contra sus enemigos...

2877 Dz 1681 A la verdad, al afirmar todos los hombres del mismo congreso, como tú escribes, que el progreso de las ciencias y el éxito en la evitación y refutación de los errores de nuestra edad misérrima depende de la íntima adhesión a las verdades reveladas que enseña la Iglesia Católica, ellos mismos han reconocido y profesado aquella verdad que siempre sostuvieron y enseñaron los verdaderos católicos entregados al cultivo y desenvolvimiento de las ciencias. Y apoyados en esta verdad, esos mismos hombres sabios y verdaderamente católicos pudieron con seguridad cultivar, explicar y convertir en útiles y ciertas las mismas ciencias. Lo cual no puede ciertamente conseguirse, si la luz de la razón humana, circunscrita en sus propios límites, aun investigando las verdades, que están al alcance de sus propias fuerzas y facultades, no tributa la máxima veneración, como es debido, a la luz infalible e increada del entendimiento divino que maravillosamente brilla por doquiera en la revelación cristiana. Porque, si bien aquellas disciplinas naturales se apoyan en sus propios principios conocidos por la razón; es menester, sin embargo, que sus cultivadores católicos tengan la revelación divina ante sus ojos, como una estrella conductora, por cuya luz se precavan de las sirtes y errores, apenas adviertan que en sus investigaciones y exposiciones pueden ser conducidos por ellos, como muy frecuentemente acontece, a proferir algo que en mayor o menor grado se oponga a la infalible verdad de las cosas que han sido reveladas por Dios.

2878 Dz 1682 De ahí que no queremos dudar de que los hombres del mismo congreso, al reconocer y confesar la mentada verdad, han querido, al mismo tiempo rechazar y reprobar claramente la reciente y equivocada manera de filosofar, que si bien reconoce la revelación divina como hecho histórico, somete, sin embargo, a las investigaciones de la razón humana las inefables verdades propuestas por la misma revelación divina, como si aquellas verdades estuvieran sujetas a la razón, o la razón pudiera por sus fuerzas y principios. alcanzar inteligencia y ciencia de todas las más. altas verdades. y misterios de nuestra fe santísima, que están tan por encima de la razón humana, que jamás ésta podrá hacerse idónea para entenderlos o demostrarlos por sus fuerzas y por sus principios naturales [v. 1709]. A los hombres, empero, de ese congreso les rendimos las debidas alabanzas, porque rechazando, como creemos, la falsa distinción entre el filósofo y la filosofía, de que te hablamos. en otra carta a ti dirigida [v. 1674], han reconocido y afirmado que todos los católicos deben en conciencia obedecer en sus doctas disquisiciones a los decretos dogmáticos de la infalible Iglesia Católica.

2879 Dz 1683 Mas al tributarles las debidas alabanzas por haber profesado una verdad que necesariamente nace de la obligación de la fe católica, queremos estar persuadidos de que no han querido reducir la obligación que absolutamente tienen los maestros y escritores católicos, sólo a aquellas materias que son propuestas por el juicio infalible de la Iglesia para ser por todos creídas como dogmas de fe [v. 1722]. También estamos persuadidos de que no han querido declarar que aquella perfecta adhesión a las verdades reveladas, que reconocieron como absolutamente necesaria para la consecución del verdadero progreso de las ciencias y la refutación de los errores, pueda obtenerse, si sólo se presta fe y obediencia a los dogmas expresamente definidos por la Iglesia. Porque aunque se tratara de aquella sujeción que debe prestarse mediante un acto de fe divina; no habría, sin embargo, que limitarla a las materias que han sido definidas por decretos expresos de los Concilios ecuménicos o de los Romanos Pontífices y de esta Sede, sino que habría también de extenderse a las que se enseñan como divinamente reveladas por el magisterio ordinario de toda la Iglesia extendida por el orbe y, por ende, con universal y constante consentimiento son consideradas por los teólogos católicos como pertenecientes a la fe.

2880 Dz 1684 Mas como se trata de aquella sujeción a que en conciencia están obligados todos aquellos católicos que se dedican a las ciencias especulativas, para que traigan con sus escritos nuevas utilidades a la Iglesia; de ahí que los hombres del mismo congreso deben reconocer que no es bastante para los sabios católicos aceptar y reverenciar los predichos dogmas de la Iglesia, sino que es menester también que se sometan a las decisiones que, pertenecientes a la doctrina, emanan de las Congregaciones pontificias, lo mismo que a aquellos capítulos de la doctrina que, por común y constante sentir de los católicos, son considerados como verdades teológicas y conclusiones tan ciertas, que las opiniones contrarias a dichos capítulos de la doctrina, aun cuando no puedan ser llamadas heréticas, merecen, sin embargo, una censura teológica de otra especie.


Denzinger 2865