Suma Teológica III Qu.82 a.10

ARTíCULO 10

¿Está permitido al sacerdote abstenerse por completo de la consagración de la eucaristía?
Objeciones por las que parece que al sacerdote le está permitido abstenerse por completo de consagrar la eucaristía.
Objeciones: 1. Es propio del oficio sacerdotal consagrar la eucaristía, bautizar y administrar los otros sacramentos. Pero el sacerdote no está obligado a administrar los otros sacramentos si no tiene cura de almas. Luego parece que tampoco está obligado a consagrar la eucaristía si no tiene cura de almas.
2. Nadie está obligado a hacer lo que no está permitido. De lo contrario, se encontraría en situación de perplejidad. Pero al sacerdote pecador o excomulgado no le está permitido consagrar la eucaristía, como se ha dicho antes (a. 5 ad 1; a. 7). Luego parece que estos sacerdotes no están obligados a celebrar. Pero tampoco los demás, porque, de lo contrario, aquéllos quedarían favorecidos por la culpa.
3. Una enfermedad posterior no hace que se pierda la dignidad sacerdotal. Dice, efectivamente, el papa San Gelasio —y que se encuentra en Decretis dist LV can.12 —: Los cánones no permiten acceder al sacerdocio a los físicamente disminuidos. Pero si alguno hubiese sido ordenado, y posteriormente mutilado, no puede perder lo que había recibido cuando estaba sano. Ahora bien, acontece, a veces, que los ordenados de sacerdotes contraen después unas enfermedades que les impiden la celebración, como es la lepra, la epilepsia, etc. Luego no parece que los sacerdotes estén obligados a celebrar.
Contra esto: dice San Ambrosio en una Oración: Malo es que no vengamos a tu mesa con puro corazón y manos inocentes, pero sería peor que por temor a los pecados no celebrásemos el sacrificio.
Respondo: Algunos opinaron que el sacerdote puede lícitamente abstenerse del todo de consagrar, a no ser que, por tener cura de almas, tenga que celebrar y administrar los sacramentos al pueblo.
Pero esta opinión no es razonable. Porque cada cual está obligado a hacer uso de la gracia concedida cuando la oportunidad lo requiere, según la recomendación de 2Co 6,1: os exhortamos a no recibir la gracia de Dios en vano. Ahora bien, la oportunidad de ofrecer el sacrificio no se juzga sólo con relación a los fieles de Cristo, a quienes hay que administrar los sacramentos, sino principalmente con relación a Dios, a quien se ofrece el sacrificio en la consagración de este sacramento. Por lo que al sacerdote, aunque no tenga cura de almas, no le está permitido abstenerse por completo de celebrar la eucaristía. Pero parece que está obligado a celebrarla al menos en las fiestas principales, y muy especialmente en los días en que los fieles tienen por costumbre comulgar. Y, por eso, 2M 4,14 se lamenta de ciertos sacerdotes quejvz no sentían celo por el servido del altar, despreciando el templo y olvidándose de los sacrificios.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los demás sacramentos se hacen cuando se administran a los fieles. Por eso no tiene obligación de administrarlos más que quien tiene cura de almas. Pero este sacramento se realiza con la consagración de la eucaristía, en la que se ofrece a Dios el sacrificio, al cual el sacerdote está obligado por la ordenación que recibió.
2. Un sacerdote pecador, si por sentencia eclesiástica ha sido privado temporal o perpetuamente del ejercicio del orden, queda imposibilitado de ofrecer el sacrificio, en cuyo caso desaparece la obligación. Ahora bien, esta sentencia no le coloca en situación de favor, sino de privación de los frutos espirituales. Pero si no está privado de la potestad de celebrar, no queda libre de la obligación, por lo que no hay motivo para la perplejidad, porque puede arrepentirse del pecado y celebrar.
3. La invalidez física o la enfermedad posterior a la ordenación sacerdotal no hacen desaparecer el orden recibido. Pero impiden el ejercicio del orden en cuanto a la consagración de la eucaristía. A veces, por imposibilidad física, como cuando se pierden los ojos, o los dedos, o el habla. Otras, por razones de peligro, como sucede con la epilepsia o alguna enajenación mental. Y otras, finalmente, por motivos de repugnancia, como sucedería con un leproso, que no debe celebrar en público, aunque puede celebrar privadamente, a no ser que la lepra le haya carcomido los miembros de tal modo que físicamente no pueda celebrar.

CUESTIÓN 83 El rito de este sacramento

Finalmente, vamos a estudiar el rito de este sacramento (cf. q.73, introd.). Esta cuestión plantea y exige respuesta a seis problemas: 1. ¿Se inmola Cristo en la celebración de este misterio? 2. El tiempo de la celebración. 3. El lugar y las otras cosas que pertenecen al conjunto de la celebración. 4. Las palabras que acompañan la celebración de este misterio. 5. Las ceremonias que se hacen en la celebración de este misterio. 6. Los defectos que pueden tener lugar en la celebración de este sacramento.

ARTíCULO 1 ¿Se inmola Cristo en la celebración de este sacramento?

Objeciones por las que parece que Cristo no se inmola en la celebración de este sacramento.
Objeciones: 1. Se dice en He 10,14)que Cristo con una sola oblación ha llevado a la perfección para siempre a los santificados. Pero esa oblación fue su inmolación. Luego Cristo no se inmola en la celebración de este sacramento.
2. La inmolación de Cristo se hizo en la cruz, en la que se entregó por nosotros como oblación y víctima de suave aroma, como se dice en Ep 5,2). Pero en la celebración de este misterio Cristo no es crucificado. Luego tampoco se inmola.
3. Dice San Agustín en IV De Trin. que en la inmolación de Cristo es el mismo el sacerdote y la víctima. Pero en la celebración de este misterio no es el mismo el sacerdote y la víctima. Luego la celebración de este sacramento no es una inmolación de Cristo.
Contra esto: dice San Agustín en el libro Sententiarum Prosperi: Cristo se inmoló a sí mismo una sola vezy, sin embargo, todos los días se inmola en el sacramento.
Respondo: La celebración de este sacramento es considerada como inmolación de Cristo de dos maneras. Primera, porque, como dice San Agustín en Ad Simplicianumz: Las imágenes de las cosas suelen llamarse con el mismo nombre que las cosas mismas, como, por ej., al ver un cuadro o un fresco decimos: ése es Cicerón, y aquél, Salustio. Ahora bien, la celebración de este sacramento, como se ha dicho antes (II-II 76,2 ad 1; II-II 79,1), es una imagen representativa de la pasión de Cristo, que es verdadera inmolación. Por eso dice San Ambrosio comentando la carta Ad Hebr.: En Cristo se ofreció una sola vez el sacrificio eficazpara la vida eterna. ¿Qué hacemos entonces nosotros? ¿Acaso no le ofrecemos todos los días como conmemoración de su muerte?
Segundo, este sacramento es considerado como inmolación por el vínculo que tiene con los efectos de la pasión, ya que por este sacramento nos hacemos partícipes de los frutos de la pasión del Señor. Por lo que en una oración secreta dominical se dice: Siempre que se celebra la memoria de esta víctima, se consigue el fruto de nuestra redención.
Por eso, en lo que se refiere al primer modo, puede decirse que Cristo se inmolaba también en las figuras del Antiguo Testamento. Y, en este sentido, se lee en el (Ap 13,8: Cuyos nombres no están escritos en el libro de la vida del Cordero, muerto ya desde el origen del mundo. Pero en lo que se refiere al segundo modo, es propio de este sacramento el que se inmole Cristo en su celebración.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Como afirma San Ambrosio en el lugar antes citado: Única es la víctima, o sea, la que Cristo ofreció y nosotros ofrecemos, y no muchas, ya que Cristo se ha inmolado una sola vez. Pero este sacrificio nuestro es una imagen de aquél. De la misma manera que lo que se ofrece en todas partes es un solo cuerpo y no muchos, así el sacrificio es único.
2. De la misma manera que la celebración de este sacramento es una imagen representativa de la pasión de Cristo, así también el altar es la representación de su cruz, sobre la que Cristo se inmoló en su cuerpo físico.
3. Por la misma razón, también el sacerdote es la imagen de Cristo, en cuyo nombre y por cuya virtud pronuncia las palabras de la consagración, como se ha dicho anteriormente (III 83,1 III 83,3). Por tanto, en cierto modo, es el mismo el sacerdote y la víctima.

ARTíCULO 2 ¿Está debidamente determinado el tiempo de la celebración de este misterio?

Objeciones por las que parece que no está debidamente determinado el tiempo de la celebración de este misterio.
Objeciones: 1. Este sacramento, como acabamos de decir (a. 1), es la representación de la pasión del Señor. Pero la conmemoración de la pasión del Señor se hace en la Iglesia una sola vez al año. Dice, efectivamente, San Agustín en Super Psalmos: ¿Muere Cristo, acaso, tantas veces como se celebra la pascua? No obstante, el recuerdo anual nos representa lo que sucedió en otro tiempo y nos conmueve como si viéramos al Señor pendiente de la cruz. Luego este sacramento no debe celebrarse más que una vez al año.
2. La pasión de Cristo se conmemora en la Iglesia el día de Viernes Santo, y no en la fiesta de Navidad. Luego, puesto que este sacramento es el memorial de la pasión de Cristo, parece inadecuado que el día de Navidad se celebre tres veces este sacramento, y que el Viernes Santo se omita del todo su celebración.
3. En la celebración de este sacramento la Iglesia debe imitar la institución hecha por Cristo. Pero Cristo consagró este sacramento al atardecer. Luego parece que este sacramento debería celebrarse a esa hora.
4. Escribe San León papa a Dióscoro, obispo de Alejandría —tal y como se contiene en De Consecr. Dist. 1 —, que está permitido celebrar misas en la primera parte del día. Pero el día comienza a medianoche, como se ha dicho ya (III 80,8 ad 5). Luego parece que una vez pasada la medianoche se puede celebrar.
5. En una oración secreta dominical se dice: Te rogamos, Señor, nos concedas frecuentar estos misterios. Pero la frecuencia será mayor si el sacerdote celebra varias veces al día. Luego parece que no se debería prohibir al sacerdote celebrar varias veces al día.
Contra esto: está la costumbre mantenida por la Iglesia según las leyes canónicas.
Respondo: En la celebración de este misterio, como acabamos de decir (a. 1), se debe tener en cuenta la representación de la pasión del Señor y la participación de sus frutos. Y para determinar el tiempo adecuado de la celebración se tuvieron en cuenta los dos aspectos. Pues bien, porque del fruto de la pasión del Señor necesitamos todos los días a causa de nuestros cotidianos defectos, este sacramento se ofrece en la Iglesia por lo regular todos los días. Y así, el mismo Señor nos enseña a pedir en Lc 11,3: Danos hoy nuestro pan de cada día. Palabras que al comentarlas San Agustín, en su libro De Verbis Domini, dice: Si el pan debe ser cotidiano, ¿por qué has de tomarlo de año en año, como acostumbran a hacer los griegos en Oriente? Recibe a diario lo que diariamente te aprovecha. Pero, porque la pasión del Señor tuvo lugar desde las nueve de la mañana hasta las tres de la tarde (cf. ad 2), la celebración de este sacramento en la Iglesia tiene lugar regularmente en esa parte del día.
A las objeciones:
Soluciones: 1. En este sacramento se recuerda la pasión de Cristo en cuanto que su efecto se comunica a los fieles. Pero en el tiempo de pasión se recuerda la pasión de Cristo solamente en cuanto que tuvo lugar en él, que es nuestra cabeza. Lo cual, efectivamente, sucedió una sola vez, mientras que los fieles reciben los frutos de la pasión del Señor todos los días. Este es el motivo de que la única conmemoración se haga una sola vez al año, mientras que la misa se celebra todos los días, tanto por el fruto como por el constante recuerdo.
2. Al llegar la verdad cesa la figura. Ahora bien, como acabamos de ver, este sacramento es figura e imagen de la pasión del Señor. Por eso, el día en que se recuerda la pasión del Señor, tal y como sucedió en la realidad, no se celebra la consagración de este sacramento. Pero, para que la Iglesia no se vea privada del fruto de la pasión que se nos ofrece en este sacramento, el día anterior se reserva el cuerpo consagrado de Cristo para recibirlo el Viernes Santo. No se reserva, sin embargo, la sangre por el peligro que hay de que se derrame, y porque la sangre es una imagen especial de la pasión de Cristo, como se ha dicho ya (III 78,3 ad 2). Y tampoco es cierto lo que algunos afirman: que, introduciendo la partícula del cuerpo en el vino, éste se convierte en sangre. Porque la conversión no se puede realizar más que por la consagración, y ésta se efectúa con la debida pronunciación de las palabras.
Pero el día de Navidad se celebran tres misas por el triple nacimiento de Cristo. Uno es eterno, y para nosotros es oculto. Y, por eso, se canta una misa por la noche, en cuyo introito se dice: El Señor me dijo: Tú eres mi hijo, yo te he engendrado hoy. Otro es temporal, pero espiritual, por el que Cristo nace en nuestros corazones como un lucero, según se dice en 2P 1,19. Por eso, una misa se canta a la aurora, en cuyo introito se dice: La luz brilla hoy sobre nosotros. El tercer nacimiento de Cristo es temporal y corporal, según el cual salió visiblemente del vientre virginal revestido de nuestra carne. Y, por eso, se canta la tercera misa a plena luz, en cuyo introito se dice: Un niño nos ha nacido. Aunque, inviniendo el orden, también se podría decir que el nacimiento eterno tuvo lugar a plena luz, y por eso se hace mención, en el evangelio de la tercera misa, del nacimiento eterno. Ahora bien, según el nacimiento corporal nació literalmente de noche, como signo de que venía a las tinieblas de nuestra debilidad. Por eso se dice en la misa nocturna el evangelio del nacimiento corporal de Cristo.
Y otros días en que concurren varios beneficios de Cristo, ya sea para recordar o para implorar, se celebran varias misas en el mismo día, por ejemplo, una de la fiesta, otra por el ayuno y otra por los difuntos.
3. Cristo, como se ha manifestado ya (III 73,5), quiso dar este sacramento a sus discípulos en último lugar para que se imprimiese más fuertemente en sus corazones. Por eso lo consagró y se lo entregó después de la cena y al finalizar el día. Nosotros, sin embargo, lo celebramos a la hora de la pasión del Señor, a saber: en los días de fiesta, a las nueve de la mañana, que es cuando fue crucificado por las lenguas de los judíos, tal y como se dice en Mc 15,25), y cuando el Espíritu Santo descendió sobre los discípulos, en los días ordinarios, a las doce del mediodía, que es cuando fue crucificado a manos de los soldados, como se dice en Jn 19,14); y en los días de ayuno, a las tres de la tarde, que es cuando dando un fuerte grito, exhaló el espíritu, como se dice en Mt 27,46 Mt 27,50.
Pero se puede celebrar también más tarde, especialmente cuando hay ordenaciones, y sobre todo el día de Sábado Santo, ya sea por la prolijidad del oficio, ya sea porque las órdenes pertenecen al domingo, como se dice en Decretis Dist. LXXV cap. 4 Quod a patribus. E, incluso, pueden celebrarse misas en las primeras horas del día por motivos de necesidad, como se dice en De Consecr. Dist. I cap. 51 Necesse est, etc..
4. De ordinario, la misa debe celebrarse de día, y no de noche, porque Cristo, que está presente en este sacramento, dice a través de Jn 9,4-5: Tengo que hacer las obras del que me ha enviado mientras es de día. Viene la noche, cuando nadie puede trabajar. Mientras estoy en el mundo soy la luz del mundo. Pero de tal modo que el principio del día no se compute desde la medianoche, ni tampoco desde la salida del sol, cuando el disco solar aparece sobre la tierra, sino al despuntar la aurora, ya que en cierto modo se considera que el sol ha salido cuando la claridad de sus rayos aparece sobre la tierra. Por lo que en Mc 16,2) se dice que las mujeres vinieron al sepulcro a la salida del sol, mientras que en Jn 20,1) se dice que fueron al sepulcro cuando todavía estaba oscuro. Y así es como resuelve esta contradicción San Agustín en su libro De Consensu Evangelistarum.
Excepcionalmente, sin embargo, en la noche de Navidad se celebra la misa porque el Señor nació durante la noche, como se dice en De Consecr. Dist. I cap. 48 Nocte, etc.. E, igualmente, también el Sábado Santo se celebra la misa al principio de la noche, o sea, cuando se estaba todavía en tinieblas, mucho antes de salir el sol.
5. Como se manifiesta en De Consecr. Dist. I, tomado del decreto del papa Alejandro: Al sacerdote le basta con celebrar una sola misa al día, porque Cristo padeció una sola vezj redimió a todo el mundo, y puede considerarse dichoso quien pueda celebrar una sola misa diariamente. Algunos, sin embargo, dicen una de difuntos, y otra del día, si es menester. Pero quienes por dinero o buscando la adulación de los seglares se ufanan de celebrar varias misas al día no creo que se escapen de la condenación. Y en Extra. De Celebr., dice el papa Inocencio III que a excepción de la Navidad del Señor, a no ser que intervenga una causa de necesidad, le basta al sacerdote celebrar una sola misa al día.

ARTíCULO 3 ¿Ha de celebrarse este sacramento en un edificio y con vasos sagrados?

Objeciones por las que parece que no ha de celebrarse este sacramento en un edificio y con vasos sagrados.
Objeciones: 1. Este sacramento representa la pasión del Señor. Pero Cristo no murió bajo techo, sino fuera de la puerta de la ciudad, según se dice en He 13,12: Jesús, para santificar con su sangre al pueblo, murió fuera de la puerta. Luego parece que este sacramento no debe celebrarse bajo techo, sino más bien al aire libre.
2. En la celebración de este sacramento la Iglesia debe imitar el comportamiento de Cristo y de los Apóstoles. Pero la casa en que Cristo consagró por primera vez este sacramento no estaba consagrada, sino que fue un cenáculo corriente, preparado por un padre de familia, como se dice en Lc 22,11-12). Y en Ac 2,46 se lee que los Apóstoles acudían asiduamente al templo, y partiendo el pan por las casas lo comían con alegría. Luego tampoco ahora es menester que estén consagradas las casas en que se celebra este sacramento.
3. Nada que sea inútil debe hacerse en la Iglesia, que es gobernada por el Espíritu Santo. Pero parece que es inútil consagrar una iglesia o un altar, o cualquier otra cosa inanimada, que son incapaces de recibir la gracia o la virtud espiritual. Luego no tienen sentido estas consagraciones en la Iglesia.
4. Solamente las obras divinas deben recordarse con solemnidad, según aquello de Ps 92,5: Me alegraré con las obras de tus manos. Pero la iglesia y el altar reciben la consagración de la mano humana, de la misma manera que el cáliz, los ministros, etc. Ahora bien, estas últimas consagraciones no tienen una conmemoración especial en la Iglesia. Luego tampoco debe conmemorarse solemnemente la consagración de una iglesia o de un altar.
5. La realidad debe corresponder a la figura. Pero en el Antiguo Testamento, que era figura del Nuevo, no se hacía el altar de piedras talladas, conforme a la norma del Ex 20,24-25: Me erigirás un altar de tierra… Si me hiñeres un altar de piedras, no le construirás de piedras talladas. E incluso en Ex 27,1-2 se manda hacer el altar de madera de acacia, revestida de bronce, o también de oro, como se dice en Ex 25. No parece oportuna, por tanto, la prescripción de la Iglesia según la cual el altar debe hacerse sólo de piedra.
6. el cáliz con la patena representa el sepulcro de Cristo, que había sido excavado en la roca, como se lee en los Evangelios. Luego el cáliz debe hacerse de piedra, y no sólo de plata, oro o estaño.
7. De la misma manera que el oro es el metal más precioso para hacer vasos, así la seda es la tela más preciosa para hacer manteles. Luego como el cáliz se hace de oro, así los manteles del altar deben hacerse de seda, y no simplemente de lino.
8. La administración y reglamentación de los sacramentos pertenece a los ministros de la Iglesia, de la misma manera que la administración de las cosas temporales está sometida a los príncipes seglares. Por eso dice el Apóstol en 1Co 4,1: Que nos tengan los hombres por ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios. Ahora bien, en la administración de las cosas temporales lo que se hace contra los estatutos de los príncipes es nulo. Luego, si las cosas de que hablamos están convenientemente establecidas por los prelados de la Iglesia, parece que sin tenerlas en cuenta no se puede celebrar. De donde parece seguirse que las palabras de Cristo no son suficientes para consagrar este sacramento. Lo cual es inadmisible. No parecen, por tanto, oportunas las prescripciones establecidas sobre la celebración de este sacramento.
Contra esto: lo prescrito por la Iglesia está ordenado por Cristo, que dice en Mt 18,20: Donde haya dos o tres congregados en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos.
Respondo: Los ritos inherentes a la celebración eucarística tienen una doble finalidad: La primera es representar lo que sucedió en la pasión del Señor. La segunda es fomentar el respeto que se debe a este sacramento, en el que Cristo está presente en su realidad, y no sólo en figura. Por tanto, las consagraciones de las cosas que se utilizan en este sacramento están prescritas para fomentar el respeto que se le debe, y para representar los efectos de santidad provenientes de la pasión de Cristo, conforme a lo que se dice en He 13,12: Jesús para santificar con su sangre al pueblo, etc.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Por lo regular, este sacramento debe celebrarse dentro de un edificio, significado por la iglesia, según aquello de 1Tm 3,15: Para que sepas cómo debes comportarte en la casa de Dios que es la Iglesia del Dios vivo. Porque fuera de la Iglesia, como dice San Agustín, no hay lugar para el verdadero sacrificio. Y como la Iglesia no debía limitarse a los confines de la nación judía, sino que debía establecerse en todo el mundo, por eso la pasión de Cristo no tuvo lugar dentro de la ciudad de Jerusalén, sino al aire libre, para que el mundo entero vea en la pasión de Cristo la protección de una casa.
Sin embargo, como se dice en De Consecr. Dist. I cap.30 Concedimus: Cuando no hay iglesia, concedemos a los caminantes celebrar al aire libre o en tiendas de campaña, con tal que no falte una tabla consagrada y la sagrada indumentaria pertinente.
2. Puesto que la casa en que se celebra este sacramento significa la Iglesia, y se llama iglesia, es oportuna su consagración, tanto para representar la santidad obtenida por la Iglesia con la pasión de Cristo como también para significar la santidad requerida en los que han de recibir este sacramento. Ahora bien, el altar significa el mismo Cristo, del cual dice el Apóstol en He 13,15: Por él ofrecemos a Dios una hostia de alabanza. Por tanto, la consagración del altar significa la santidad de Cristo, de la cual se dice en Lc 1,35: El Santo que de ti nacerá se llamará Hijo de Dios. Por lo que en De Consecr. Dist. I can. 32 se dice: Se ha determinado que los altares sean consagrados no sólo con la unción del crisma, sino también con la bendición sacerdotal.
Y, por eso, de ordinario, no está permitido celebrar este sacramento más que en las casas consagradas. De ahí que se diga lo siguiente en De Consecr. Dist. I can. 15: Que ningún presbítero se atreva a celebrar la misa más que en los lugares consagrados por el obispo. Y, por el mismo motivo, porque los paganos y los otros infieles no pertenecen a la Iglesia, en el mismo lugar, can. 28, se lee lo siguiente: No está permitido consagrar una iglesia en la que han sido sepultados cadáveres de infieles. Pero si se quiere consagrar, desalójense de allí los cuerpos, ráspense las paredes y los techos Y readáptese de nuevo. Pero si la iglesia hubiese sido consagrada con anterioridad, puede celebrarse la misa en ella con tal que fueran fieles los enterrados en ella.
En casos de necesidad, sin embargo, y con permiso del obispo, puede celebrarse este sacramento en casas no consagradas o violadas. Por lo que en el mismo lugar, can.12, se lee lo siguiente: Ordenamos que la misa se celebre no en cualquier lugar, sino en los lugares consagrados por el obispo o donde él lo permitiere. Pero nunca sin un altar consagrado. Por lo que en el mismo lugar, can. 30, se lee: Si las iglesias hubiesen sido incendiadas o quemadas, concedemos que pueda celebrarse la misa en alguna capilla con tabla consagrada. Porque siendo la santidad de Cristo fuente de toda la santidad de la Iglesia, en casos de necesidad es suficiente para celebrar este sacramento el altar consagrado. Esta es la razón por la que nunca se consagra una iglesia sin consagrar un altar. En cambio, sin consagrar la iglesia, algunas veces se consagra un altar con las reliquias de los santos, cuya vida está escondida con Cristo en Dios (Col 3,3). De ahí que en el mismo lugar, can. 26, se diga: Ordenamos que los altares que no contengan el cuerpo o las reliquias de un mártir sean retirados, a ser posible, por los obispos del lugar.
3. Si se consagran la iglesia, el altar y demás objetos inanimados, no es porque sean capaces de recibir la gracia, sino porque con la consagración adquieren una virtud espiritual que los hace idóneos para el culto divino, de tal manera que estas cosas inspiren a los hombres una cierta devoción por la que se dispongan mejor a las cosas divinas, a no ser que su propia irreverencia se lo impida. Por lo que en 2M 3,38 2M 3,39 se dice: En verdad que en este lugar hay un poder divino, pues el que tiene en los cielos su morada lo visita y lo protege.
Y es precisamente por esto por lo que estas cosas, antes de la consagración, son purificadas y exorcizadas, para expeler de ellas la fuerza del enemigo. Y, por la misma razón, son reconciliadas las iglesias que han sido profanadas con derramamiento de sangre o de cualquier clase de espermaz, porque el pecado cometido allí manifiesta un influjo del demonio en ese lugar. Por lo cual, también en el mismo lugar, can. 21, se lee: Dondequiera que encontréis iglesias amanas, consagradlas sin demora como iglesias católicas con las divinas preces y los ritos prescritos.
En esto se fundan los que sostienen que por entrar en una iglesia consagrada probablemente se consigue la remisión de los pecados veniales, lo mismo que por la aspersión del agua bendita, citando las palabras de Ps 84,2-3: Has bendecido, Señor, tu tierra y has perdonado el pecado de tu pueblo.
Y porque la consagración confiere una virtud a la iglesia, la consagración no se repite. De ahí que en el mismo lugar, can. 20, tomado del Concilio de Nicea, se diga: Una vez que han sido consagradas las iglesias no debe repetirse la consagración, a no ser que hayan sido quemadas o hayan sido profanadas con derramamiento de sangre o de cualquier clase de esperma, porque de la misma manera que no se bautiza de nuevo al niño que ha sido bautizado ya por el sacerdote en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, así tampoco se ha de consagrar de nuevo un lugar dedicado a Dios, a no ser por las causas referidas. Esto en el supuesto de que tengan fe en la Santísima Trinidad quienes lo consagran, pues los que están fuera de la Iglesia no pueden consagrar. Pero en el mismo lugar, can. 18, se advierte: Si se duda de que una iglesia o un altar están consagrados, conságreseles.
Por el hecho de que la consagración confiere una virtud espiritual a estas cosas, en el mismo lugar, can. 38, se establece: Las maderas de una iglesia dedicada no deben dedicarse a otros menesteres, a no ser que se empleen en otra iglesia, o se quemen, o se entreguen a los hermanos de un monasterio, pero nunca deben ser utilizadas para usos profanos. Y en el can. 39 se lee: Los manteles del altar, los atriles, candelabros y velos viejos quémense y échense sus cenizas en el baptisterio o sepúlteselas en una pared o échense en fosas practicadas al efecto en el suelo para que no sean profanadas por los pies de los que entran.
4. Porque la consagración del altar significa la santidad de Cristo, y la consagración de la casa la santidad de la iglesia, por eso es oportuno recordar solemnemente la consagración de una iglesia y de un altar. Además, la solemnidad de la dedicación dura ocho días, para significar con ellos la resurrección de Cristo y de los miembros de la Iglesia. Y no se ha de pensar que la consagración de una iglesia o de un altar es una obra meramente humana, ya que encierra en sí una virtud espiritual. Por eso se lee en De Consecr. Dist. eadem can. 17: Celébrese cada año solemnemente la fiesta de la dedicación de la iglesia. Y que la celebración deba durar ocho días, se encuentra en 3 Pre 8,66 en la narración de la dedicación del templo.
5. En De Consecr. Dist. I can.31 se afirma: Si los altares no son de piedra, no se consagren con crisma. Lo cual se ajusta al significado de este sacramento, tanto porque el altar significa a Cristo: se dice, efectivamente, en 1Co 10,4) que la piedra era Cristo, como porque el cuerpo de Cristo fue depositado en un sepulcro de piedra. Y se ajusta también al uso del sacramento, ya que la piedra es sólida y se encuentra fácilmente en todas partes. Esto no era necesario en la antigua ley, ya que entonces el altar se erigía en un solo lugar. Y el mandato de hacer el altar de tierra o de piedras toscas fue para evitar la idolatría.
6. En el documento que venimos citando, can. 44, se expone: En otro tiempo, los sacerdotes utilizaban cálices no de oro, sino de madera. Sin embargo, el papa Ceferino mandó celebrar la misa con patenas de cristal. Y, posteriormente, el papa Urbano mandó que todo se hiciera de plata. Pero pasando el tiempo se estableció que el cáliz del Señor con la patena se haga de oro o de plata o que por lo menos el cáliz sea de estaño. Pero que no sea de bronce ni de oropel, ya que estos metales, al contacto con el vino, crían cardenillo y provocan vómitos. Y que nadie ose cantar la misa con cáliz de madera o de cristal. Porque la madera es porosa y permanecería en ella la sangre consagrada, y el cristal es frágil y hay peligro de que se rompa. Y lo mismo se diga de la piedra. Por consiguiente, por respeto al sacramento se decretó que el cáliz se hiciera de los metales indicados.
7. Donde ha podido hacerse sin peligro, la Iglesia estableció con respecto a este sacramento lo que mejor representa la pasión de Cristo. Ahora bien, no había tanto peligro con respecto al cuerpo, que se coloca en el corporal, como con respecto a la sangre, que se contiene en el cáliz. Por tanto, aunque el cáliz no deba hacerse de piedra, los corporales son de lino, como el lienzo en que fue envuelto el cuerpo de Cristo. Por lo que en la Epístola del papa Silvestre, citada por el referido documento, can. 46, se dice: Con el parecer de todos mandamos que nadie ose celebrar el sacrificio del altar con corporales de seda o de color, sino con corporales de lino puro, consagrados por el obispo, de la misma manera que el cuerpo de Cristo fue sepultado envuelto en una sábana limpia de lino. Los corporales de lino, por lo demás, dada su blancura, se prestan para significar la pureza de conciencia; y por el mucho trabajo que cuesta su elaboración, estos corporales de lino se prestan para significar la pasión de Cristo.
8. La administración de los sacramentos pertenece a los ministros de la Iglesia, pero la consagración de los mismos depende del mismo Dios. Por lo que los ministros de la Iglesia no tienen ningún poder para determinar nada acerca de la forma de la consagración, sino acerca del uso del sacramento y del modo de celebrarlo. Por tanto, si el sacerdote pronuncia las palabras de la consagración sobre una materia con intención de consagrar, aun faltando las cosas que se han dicho, como la casa, el altar, el cáliz y los corporales consagrados y las demás cosas establecidas por la Iglesia, consagra verdaderamente el cuerpo de Cristo, aunque peque gravemente por no observar el rito de la Iglesia.


Suma Teológica III Qu.82 a.10