El aborto

Segúnel Nuevo Catecismo de la Iglesia

2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida (cf CDF, instr. "Donum vitae" 1, 1).

Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te teníaconsagrado (Jr 1, 5; cf Jb 10, 812; Sal 22, 10 - 11).

Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139, 15).

2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.

No matarásel embriónmediante el aborto, no darásmuerte al reciénnacido (Didajé,2, 2; Bernabé,ep. 19, 5; Epístola a Diogneto 5, 5; Tertuliano, Apolo. 9).

Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misiónde conservar la vida, misiónque deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción, tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables (GIS 51, 3).

2272 La cooperaciónformal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunióneste delito contra la vida humana. "Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomuniónlatae sententiae" (CIC can. 1398), es decir, "de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito" (CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323 - 1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el dañoirreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación:

"Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no estánsubordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesiónde la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepciónhasta la muerte" (CDF, instr. "Donum vitae" 3).

"Cuando una ley positiva priva a una categoríade seres humanos de la protecciónque el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es másdébil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho... El respeto y la protecciónque se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violaciónde sus derechos" (CDF, instó."Donum vitae" 3).

2274 Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrióndeberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médica mente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano.

El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, "si respeta la vida e integridad del embrióny del feto humano, y si se orienta hacia su proteccióno hacia su curación... Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformacióno de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte" (CDF, instó."Donum vitae" 1, 2).

2275 Se deben considerar "lícitas las intervenciones sobre el embriónhumano, siempre que respeten la vida y la integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos desproporcionados, que tengan como fin su curación, la mejora de sus condiciones de salud o su supervivencia individual" (CDF, instó."Donum vitae" 1, 3).

"Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como 'material biológico' disponible" (CDF, instó."Donum vitae" 1, 5).

"Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producciónde seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad" (CDF, instó."Donum vitae" 1, 6).