Sacrosanctum Concilium ES 49


49 Por consiguiente, para que el sacrificio de la Misa, aun por la forma de los ritos alcance plena eficacia pastoral, el sacrosanto Concilio, teniendo en cuanta las Misas que se celebran con asistencia del pueblo, especialmente los domingos y fiestas de precepto, decreta lo siguiente:

Revision del Ordinario de la Misa

50 Revisese el ordinario de la misa, de modo que se manifieste con mayor claridad el sentido propio de cada una de las partes y su mutua conexion y se haga mas facil la piadosa y activa participacion de los fieles.

En consecuencia, simplifiquense los ritos, conservando con cuidado la sustancia; suprimanse aquellas cosas menos utiles que, con el correr del tiempo, se han duplicado o anadido; restablézcanse, en cambio, de acuerdo con la primitiva norma de los Santos Padres, algunas cosas que han desaparecido con el tiempo, segun se estime conveniente o necesario.

Mayor riqueza biblica en el misal

51 A fin de que la mesa de la palabra de Dios se prepare con mas abundancia para los fieles abranse con mayor amplitud los tesoros de la Biblia, de modo que, en un periodo determinado de anos, se lean al pueblo las partes mas significativas de la Sagrada Escritura.

Se recomienda la homilia

52 Se recomienda encarecidamente, como parte de la misma Liturgia, la homilia, en la cual se exponen durante el ciclo del ano liturgico, a partir de los textos sagrados, los misterios de la fe y las normas de la vida cristiana. Mas aun : en las Misas que se celebran los domingos y fiestas de precepto, con asistencia del pueblo, nunca se omita si no es por causa grave.

"Oracion de los fieles"

53 Restablézcase la "oracion comun" o de los fieles después del Evangelio y la homilia, principalmente los domingos y fiestas de precepto, para que con la participacion del pueblo se hagan suplicas por la santa Iglesia, por los gobernantes, por los que sufren cualquier necesidad, por todos los hombres y por la salvacion del mundo entero.

Lengua vernacula y latin

54 En las Misas celebradas con asistencia del pueblo puede darse el lugar debido a la lengua vernacula, principalmente en las lecturas y en la "oracion comun" y, segun las circunstancias del lugar, también en las partes que corresponden al pueblo, a tenor del articulo SC 36 de esta Constitucion.

Procurese, sin embargo, que los fieles sean capaces también de recitar o cantar juntos en latin las partes del ordinario de la Misa que les corresponde.

Si en algun sitio parece oportuno el uso mas amplio de la lengua vernacula, cumplase lo prescrito en el articulo 40 de esta Constitucion.

Comunion bajo ambas especies

55 Se recomienda especialmente la participacion mas perfecta en la misa, la cual consiste en que los fieles, después de la comunion del sacerdote, reciban del mismo sacrificio el Cuerpo del Senor.

Manteniendo firmes los principios dogmaticos declarados por el Concilio de Trento, la comunion bajo ambas especies puede concederse en los casos que la Sede Apostolica determine, tanto a los clérigos y religiosos como a los laicos, a juicio de los Obispos, como, por ejemplo, a los ordenados en la Misa de su sagrada ordenacion, a los profesos en la Misa de su profesion religiosa, a los neofitos en la Misa que sigue al bautismo.

Unidad de la Misa

56 Las dos partes de que costa la Misa, a saber: la Liturgia de la palabra y la Eucaristia, estan tan intimamente unidas que constituyen un solo acto de culto. Por esto el Sagrado Sinodo exhorta vehemente a los pastores de almas para que en la catequesis instruyan cuidadosamente a los fieles acerca de la participacion en toda la misa, sobre todo los domingos y fiestas de precepto.

Concelebracion

57 1. La concelebracion, en la cual se manifiesta apropiadamente la unidad del sacerdocio, se ha practicado hasta ahora en la Iglesia, tanto en Oriente como en Occidente. En consecuencia, el Concilio decidio ampliar la facultad de concelebrar en los casos siguientes:



a) El Jueves Santo, tanto en la Misa crismal como en la Misa vespertina.

b) En la misa de la bendicion de un abad

2) Ademas, con permiso del ordinario, al cual pertenece juzgar de la oportunidad de la concelebracion.

a) En las Misa conventual y en la Misa principal de las iglesias, cuando la utilidad de los fieles no exija que todos los sacerdotes presentes celebren por separado.

b) En las Misas celebradas con ocasion de cualquier clase de reuniones de sacerdotes, lo mismo seculares que religiosos. 1º Con todo, corresponde al Obispo reglamentar la disciplina de la concelebracion en la diocesis.

2º Sin embargo, quede siempre a salvo para cada sacerdote la facultad de celebrar la Misa individualmente, pero no al mismo tiempo ni en la misma Iglesia, ni el Jueves de la Cena del Senor.


58 Elaborese el nuevo rito de la concelebracion e incluyase en el Pontifical y en el Misal romano.


CAPITULO III - LOS DEMAS SACRAMENTOS Y LOS SACRAMENTALES


Sacramentos

59 Los sacramentos estan ordenados a la santificacion de los hombres, a la edificacion del Cuerpo de Cristo y, en definitiva, a dar culto a Dios; pero, en cuanto signos, también tienen un fin pedagogico. No solo suponen la fe, sino que, a la vez, la alimentan, la robustecen y la expresan por medio de palabras y de cosas; por esto se llaman sacramentos de la "fe". Confieren ciertamente la gracia, pero también su celebracion prepara perfectamente a los fieles para recibir fructuosamente la misma gracia, rendir el culto a dios y practicar la caridad.

Por consiguiente, es de suma importancia que los fieles comprendan facilmente los signos sacramentales y reciban con la mayor frecuencia posible aquellos sacramentos que han sido instituidos para alimentar la vida cristiana.

Sacramentales

60 La santa madre Iglesia instituyo, ademas, los sacramentales. Estos son signos sagrados creados segun el modelo de los sacramentos, por medio de los cuales se expresan efectos, sobre todo de caracter espiritual, obtenidos por la intercesion de la Iglesia. Por ellos, los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los sacramentos y se santifican las diversas circunstancias de la vida.

Relacion con el misterio pascual

61 Por tanto, la Liturgia de los sacramentos y de los sacramentales hace que, en los fieles bien dispuestos, casi todos los actos de la vida sean santificados por la gracia divina que emana del misterio pascual de la Pasion, Muerte y Resurreccion de Cristo, del cual todos los sacramentos y sacramentales reciben su poder, y hace también que el uso honesto de las cosas materiales pueda ordenarse a la santificacion del hombre y alabanza de Dios.

Necesidad de una reforma en los ritos

62 Habiéndose introducido en los ritos de los sacramentos y sacramentales, con el correr del tiempo, ciertas cosas que actualmente oscurecen de alguna manera su naturaleza y su fin, y siendo necesarios acomodar otras a las necesidades presentes, el sacrosanto Concilio determina los siguiente para su revision:

Mayor cabida a la lengua vernacula

63 Como ciertamente el uso de la lengua vernacula puede ser muy util para el pueblo en la administracion de los sacramentos y de los sacramentales, debe darsele mayor cabida, conforme a las normas siguientes:

a) En la administracion de los sacramentos y sacramentales se puede usar la lengua vernacula a tenor del articulo 36.

b) Las competentes autoridades eclesiasticas territoriales, de que se habla en el articulo
SC 22, parrafo 2, de esta Constitucion, preparen cuanto antes, de acuerdo con la nueva edicion del Ritual romano, rituales particulares acomodados a las necesidades de cada region; también en cuanto a la lengua y una vez aceptados por la Sede Apostolica, empléense en las correspondientes regiones. En la redaccion de estos rituales o particulares colecciones de ritos no se omitan las instrucciones que, en el Ritual romano, preceden a cada rito, tanto las pastorales y de rubrica como las que encierran una especial importancia comunitaria.

Catecumenado

64 Restaurese el catecumenado de adultos dividido en distintas etapas, cuya practica dependera del juicio del ordinario del lugar; de esa manera, el tiempo del catecumenado, establecido para la conveniente instruccion, podra ser santificado con los sagrados ritos, que se celebraran en tiempos sucesivos.

En las misiones

65 En las misiones, ademas de los elementos de iniciacion contenidos en la tradicion cristiana, pueden admitirse también aquellos que se encuentran en uso en cada pueblo, en cuanto puedan acomodarse al rito cristiano segun la norma de los articulos 37 al 40 de esta Constitucion.

Bautismo de adultos

66 Revisense ambos ritos del bautismo de adultos, tanto el simple como el solemne, teniendo en cuanta la restauracion del catecumenado, e insértese en el misal romano la Misa propia In collatione baptismi.

Bautismo de ninos

67 Revisese el rito del bautismo de los ninos y adaptese realmente a su condicion, y pongase mas de manifiesto en el mismo rito la participacion y las obligaciones de los padres y padrinos.

Rito breve para casos especiales

68 Para los casos de bautismos numerosos, en el rito bautismal, deben figurar las adaptaciones necesarias, que se emplearan a juicio del ordinario del lugar. Redactese también un rito mas breve que pueda ser usado, principalmente en las misiones, por los catequistas, y, en general, en peligro de muerte, por los fieles cuando falta un sacerdote o un diacono.

Rito nuevo

69 En lugar del rito llamado Ordo supplendi omissa super infantem baptizatum, preparese otro nuevo en el cual se ponga de manifiesto con mayor claridad y precision que el nino bautizado con el rito breve ya ha sido recibido en la Iglesia.

Ademas, para los que, bautizados ya validamente se convierten a la religion catolica, preparese un rito nuevo en el que se manifieste que son admitidos en la comunion de la Iglesia.

Bendicion del agua bautismal

70 Fuera del tiempo pascual, el agua bautismal puede ser bendecida, dentro del mismo rito del bautismo, usando una formula mas breve que haya sido aprobada.

Rito de la Confirmacion

71 Revisese también el rito de la confirmacion, para que aparezca mas claramente la intima relacion de este sacramento con toda la iniciacion cristiana; por tanto, conviene que la renovacion de las promesas del bautismo preceda a la celebracion del sacramento.

La confirmacion puede ser administrada, segun las circunstancias, dentro de la Misa. Para el rito fuera de la Misa, preparese una formula que sera usada a manera de introduccion.

Rito de la Penitencia

72 Revisese el rito y las formulas de la penitencia de manera que expresen mas claramente la naturaleza y efecto del sacramento.

Uncion de enfermos

73 La "extremauncion", que también, y mejor, puede llamarse "uncion de enfermos", no es solo el Sacramento de quienes se encuentran en los ultimos momentos de su vida. Por tanto, el tiempo oportuno para recibirlo comienza cuando el cristiano ya empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez.

Reforma del rito

74 Ademas de los ritos separados de la uncion de enfermos y del viatico, redactese un rito continuado, segun el cual la uncion sea administrada al enfermo después de la confesion y antes del recibir el viatico.

Numero de unciones y oraciones

75 Adaptese, segun las circunstancias, el numero de las unciones, y revisense las oraciones correspondientes al rito de la uncion de manera que respondan a las diversas situaciones de los enfermos que reciben el sacramento.

Revision del rito de la ordenacion

76 Revisense los ritos de las ordenaciones, tanto en lo referente a las ceremonias como a los textos. Las alocuciones del Obispo, al comienzo de cada ordenacion o consagracion, pueden hacerse en lengua vernacula.

En la consagracion episcopal, todos los Obispos presentes pueden imponer las manos.

Rito del matrimonio

77 Revisese y enriquézcase el rito de la celebracion del matrimonio que se encuentra en el Ritual romano, de modo que se exprese la gracia del sacramento y se inculquen los deberes de los esposos con mayor claridad.

"Si en alguna parte estan en uso otras laudables costumbres y ceremonias en la celebracion del Sacramento del Matrimonio, el Santo Sinodo desea ardientemente que se conserven".

Ademas, la competente autoridad eclesiastica territorial, de que se habla en el articulo 22, parrafo 2, de esta Constitucion, tiene la facultad, segun la norma del articulo 63, de elaborar un rito propio adaptado a las costumbres de los diversos lugares y pueblos, quedando en pie la ley de que el sacerdote asistente pida y reciba el consentimiento de los contrayentes.

Celebracion del matrimonio

78 Celébrese habitualmente el matrimonio dentro de la Misa, después de la lectura del Evangelio y de la homilia, antes de la "oracion de los fieles". La oracion por la esposa, oportunamente revisada de modo que inculque la igualdad de ambos esposos en la obligacion de mutua fidelidad, puede recitarse en lengua vernacula.

Si el sacramento del Matrimonio se celebra sin Misa, léanse al principio del rito la epistola y el evangelio de la Misa por los esposos e impartase siempre la bendicion nupcial.

Revision de los sacramentos

79 Revisense los sacramentos teniendo en cuanta la norma fundamental de la participacion consciente, activa y facil de los fieles, y atendiendo a las necesidades de nuestros tiempos. En la revision de los rituales, a tenor del articulo 63, se pueden anadir también nuevos sacramentales, segun lo pida la necesidad.

Sean muy pocas las bendiciones reservadas y solo en favor de los Obispos u ordinarios.

Provéase para que ciertos sacramentales, al menos en circunstancias particulares, y a juicio del ordinario, puedan ser administrados por laicos que tengan las cualidades convenientes.

La profesion religiosa

80 Revisese el rito de la consagracion de Virgenes que forma parte del Pontifical romano.

Redactese, ademas, un rito de profesion religiosa y de renovacion de votos que contribuya a una mayor unidad, sobriedad y dignidad, con obligacion de ser adoptado por aquellos que realizan la profesion o renovacion de votos dentro de la Misa, salvo derecho particular.

Es laudable que se haga la profesion religiosa dentro de la Misa.

Rito de la exequias

81 El rito de las exequias debe expresar mas claramente el sentido pascual de la muerte cristiana y responder mejor a las circunstancias y tradiciones de cada pais, aun en lo referente al color liturgico.


82 Revisese el rito de la sepultura de ninos, dotandolo de una Misa propia.


CAPITULO IV - EL OFICIO DIVINO


Obra de Cristo y de la Iglesia

83 El Sumo Sacerdote de la nueva y eterna Alianza, Cristo Jesus, al tomar la naturaleza humana, introdujo en este exilio terrestre aquel himno que se canta perpetuamente en las moradas celestiales. El mismo une a Si la comunidad entera de los hombres y la asocia al canto de este divino himno de alabanza.

Porque esta funcion sacerdotal se prolonga a través de su Iglesia, que, sin cesar, alaba al Senor e intercede por la salvacion de todo el mundo no solo celebrando la Eucaristia, sino también de otras maneras, principalmente recitando el Oficio divino.


84 Por una tradicion antigua, el Oficio divino esta estructurado de tal manera que la alabanza de Dios consagra el curso entero del dia y de la noche, y cuando los sacerdotes y todos aquellos que han sido destinados a esta funcion por institucion de la Iglesia cumplen debidamente ese admirable cantico de alabanza, o cuando los fieles oran junto con el sacerdote en la forma establecida, entonces es en verdad la voz de la misma Esposa que habla al Esposo; mas aun, es la oracion de Cristo, con su Cuerpo, al Padre.

Obligacion y altisimo honor

85 Por tanto, todos aquellos que ejercen esta funcion, por una parte, cumplen la obligacion de la Iglesia, y por otra, participan del altisimo honor de la Esposa de Cristo, ya que, mientras alaban a Dios, estan ante su trono en nombre de la madre Iglesia.

Valor pastoral del Oficio divino

86 Los sacerdotes dedicados al sagrado ministerio pastoral rezaran con tanto mayor fervor las alabanzas de las Horas cuando mas vivamente estén convencidos de que deben observar la amonestacion de San Pablo: "Orad sin interrupcion" (1Th 5,17); pues solo el Senor puede dar eficacia y crecimiento a la obra en que trabajan, segun dijo: "Sin Mi, no podéis hacer nada" (Jn 15,5); por esta razon los Apostoles, al constituir diaconos, dijeron: "Asi nosotros nos dedicaremos de lleno a la oracion y al ministerio de la palabra" (Ac 6,4).


87 Pero al fin de que los sacerdotes y demas miembros de la Iglesia puedan rezar mejor y mas perfectamente el Oficio divino en las circunstancias actuales, el sacrosanto Concilio, prosiguiendo la reforma felizmente iniciada por la Santa Sede, ha determinado establecer lo siguiente, en relacion con el Oficio segun el rito romano:

Curso tradicional de las Horas

88 Siendo el fin del Oficio la santificacion del dia, restablézcase el curso tradicional de las Horas de modo que, dentro de lo posible, éstas correspondan de nuevo a su tiempo natural y a la vez se tengan en cuenta las circunstancias de la vida moderna en que se hallan especialmente aquellos que se dedican al trabajo apostolico.


89 Por tanto, en la reforma del Oficio guardense estas normas:

a) Laudes, como oracion matutina, y Visperas, como oracion verpertina, que, segun la venerable tradicion de toda la Iglesia, son el doble quicio sobre el que gira el Oficio cotidiano, se deben considerar y celebrar como las Horas principales.

b) Las Completas tengan una forma que responda al final del dia.

c) La hora llamada Maitines, aunque en el coro conserve el caracter de alabanza nocturna, compongase de manera que pueda rezarse a cualquier hora del dia y tenga menos salmos y lecturas mas largas.

d) Suprimase la Hora de Prima.

e) En el coro consérvense las Horas menores, Tercia, Sexta y Nona. Fuera del coro se puede decir una de las tres, la que mas se acomode al momento del dia.

Fuente de piedad

90
El Oficio divino, en cuanto oracion publica de la Iglesia, es, ademas, fuente de piedad y alimento de la oracion personal. por eso se exhorta en el Senor a los sacerdotes y a cuantos participan en dicho Oficio, que al rezarlo, la mente concuerde con la voz, y para conseguirlo mejor adquieran una instruccion liturgica y biblica mas rica, principalmente acerca de los salmos.

Al realizar la reforma, adaptese el tesoro venerable del Oficio romano de manera que puedan disfrutar de él con mayor amplitud y facilidad todos aquellos a quienes se les confia.

Distribucion de los salmos

91 Para que pueda realmente observarse el curso de las Horas, propuesto en el articulo 89, distribuyanse los salmos no es una semana, sino en un periodo de tiempo mas largo.

El trabajo de revision del Salterio, felizmente emprendido, llévese a término cuanto antes, teniendo en cuenta el latin cristiano, el uso liturgico, incluido el canto, y toda la tradicion de la Iglesia latina.

Ordenacion de las lecturas

92 En cuanto a las lecturas, obsérvese lo siguiente:

a) Ordénense las lecturas de la Sagrada Escritura de modo que los tesoros de la palabra divina sean accesibles, con mayor facilidad y plenitud.

b) Estén mejor seleccionadas las lecturas tomadas de los Padres, Doctores y Escritores eclesiasticos.

c) Devuelvase su verdad historica a las pasiones o vidas de los santos.

Revision de los himnos

93
Restituyase a los himnos, en cuento sea conveniente, la forma primitiva, quitando o cambiando lo que tiene sabor mitologico o es menos conforme a la piedad cristiana. Segun la conveniencia, introduzcanse también otros que se encuentran en el rico repertorio himnologico.

Tiempo del rezo de las Horas

94
Ayuda mucho, tanto para santificar realmente el dia como para recitar con fruto espiritual las Horas, que en su recitacion se observe el tiempo mas aproximado al verdadero tiempo natural de cada Hora canonica.

Obligacion del Oficio divino

95 Las comunidades obligadas al coro, ademas de la Misa conventual, estan obligadas a celebrar cada dia el Oficio divino en el coro, en esta forma:

a) Todo el Oficio, las comunidades de canonigos, de monjes y monjas y de otros regulares obligados al coro por derecho o constituciones.

b) Los cabildos catedrales o colegiales, las partes del Oficio a que estan obligados por derecho comun o particular.

c) Todos los miembros de dichas comunidades que o tengan ordenes mayores o hayan hecho profesion solemne, exceptuados los legos, deben recitar en particular las Horas canonicas que no hubieren rezado en coro.


96 Los clérigos no obligados a coro, si tienen ordenes mayores, estan obligados a rezar diariamente, en privado o en comun, todo el Oficio, a tenor del articulo 89.


97 Determinen las rubricas las oportunas conmutaciones del Oficio divino con una accion liturgicas.

En casos particulares, y por causa justa, los ordinarios pueden dispensar a sus subditos de la obligacion de rezar el Oficio, en todo o en parte, o bien permutarlo.

Oracion publica de la Iglesia

98 Los miembros de cualquier Instituto de estado de perfeccion que en virtud de las Constituciones rezan alguna parte del Oficio divino, hacen oracion publica de la Iglesia.

Asimismo, hacen oracion publica de la Iglesia si reza, en virtud de las Constituciones, algun Oficio parvo, con tal que esté estructurado a la manera del Oficio divino y debidamente aprobado.

Recitacion comunitaria del Oficio divino

99 siendo el Oficio divino la voz de la Iglesia o sea, de todo el Cuerpo mistico, que alaba publicamente a Dios, se recomienda que los clérigos no obligados a coro, y principalmente los sacerdotes que viven en comunidad o se hallan reunidos, recen en comun, al menos, una parte del Oficio divino.

Todos cuantos rezan el Oficio, ya en coro ya en comun, cumplan la funcion que se les ha confiado con la maxima perfeccion, tanto por la devocion interna como por la manera externa de proceder.

Conviene, ademas, que, segun las ocasiones, se cante el Oficio en el coro y en comun.

Participacion de los fieles en el Oficio

100 Procuren los pastores de almas que las Horas principales, especialmente las Visperas, se celebren comunitariamente en la Iglesia los domingos y fiestas mas solemnes. Se recomienda, asimismo, que los laicos recen el Oficio divino o con los sacerdotes o reunidos entre si e inclusive en particular.

Uso del latin o de la lengua vernacula

101 § 1. De acuerdo con la tradicion secular del rito latino, en el Oficio divino se ha de conservar para los clérigos la lengua latina. Sin embargo, para aquellos clérigos a quienes el uso del latin significa un grave obstaculo en el rezo digno del Oficio, el ordinario puede conceder en cada caso particular el uso de una traduccion vernacula segun la norma del articulo 36.

§ 2. El superior competente puede conceder a las monjas y también a los miembros, varones no clérigos o mujeres, de los Institutos de estado de perfeccion, el uso de la lengua vernacula en el Oficio divino, aun para la recitacion coral, con tal que la version esté aprobada.

§ 3. Cualquier clérigo que, obligado al Oficio divino, lo celebra en lengua vernacula con un grupo de fieles o con aquellos a quienes se refiere el & 2, satisface su obligacion siempre que la traduccion esté aprobada.


CAPITULO V - EL ANO LITURGICO


Sentido del ano liturgico

102 La santa madre Iglesia considera deber suyo celebrar con un sagrado recuerdo en dias determinados a través del ano la obra salvifica de su divino Esposo. Cada semana, en el dia que llamo "del Senor", conmemora su Resurreccion, que una vez al ano celebra también, junto con su santa Pasion, en la maxima solemnidad de la Pascua.

Ademas, en el circulo del ano desarrolla todo el misterio de cristo, desde la Encarnacion y la Navidad hasta la Ascension, Pentecostés y la expectativa de la dichosa esperanza y venida del Senor.

Conmemorando asi los misterios de la Redencion, abre las riquezas del poder santificador y de los méritos de su Senor, de tal manera que, en cierto modo, se hacen presentes en todo tiempo para que puedan los fieles ponerse en contacto con ellos y llenarse de la gracia de la salvacion.


103 En la celebracion de este circulo anual de los misterios de Cristo, la santa Iglesia venera con amor especial a la bienaventurada Madre de Dios, la Virgen Maria,unida con lazo indisoluble a la obra salvifica del su Hijo; en Ella, la Iglesia admira y ensalza el fruto mas espléndido de la Redencion y la contempla gozosamente, como una purisima imagen de lo que ella misma, toda entera, ansia y espera ser.


104 Ademas, la Iglesia introdujo en el circulo anual el recuerdo de los martires y de los demas santos, que llegados a la perfeccion por la multiforme gracia de Dios y habiendo ya alcanzado la salvacion eterna, cantan la perfecta alabanza a Dios en el cielo e interceden por nosotros. Porque al celebrar el transito de los santos de este mundo al cielo, la Iglesia proclama el misterio pascual cumplido en ellos, que sufrieron y fueron glorificados con Cristo, propone a los fieles sus ejemplos, los cuales atraen a todos por Cristo al Padre y por los méritos de los mismos implora los beneficios divinos.


105 Por ultimo, en diversos tiempos del ano, de acuerdo a las instituciones tradicionales, la Iglesia completa la formacion de los fieles por medio de ejercicios de piedad espirituales y corporales, de la instruccion, de la plegaria y las obras de penitencia y misericordia.

En consecuencia, el sacrosanto Concilio decidio establecer lo siguiente:

Revalorizacion del domingo

106 La Iglesia, por una tradicion apostolica, que trae su origen del mismo dia de la Resurreccion de Cristo, celebra el misterio pascual cada ocho dias, en el dia que es llamado con razon "dia del Senor" o domingo. En este dia los fieles deben reunirse a fin de que, escuchando la palabra de Dios y participando en la Eucaristia, recuerden la Pasion, la Resurreccion y la gloria del Senor Jesus y den gracias a DIos, que los "hizo renacer a la viva esperanza por la Resurreccion de Jesucristo de entre los muertos" (1P 1P 1,3). Por esto el domingo es la fiesta primordial, que debe presentarse e inculcarse a la piedad de los fieles, de modo que sea también dia de alegria y de liberacion del trabajo. No se le antepongan otras solemnidades, a no ser que sean de veras de suma importancia, puesto que el domingo es el fundamento y el nucleo de todo el ano liturgico.

Revision del ano liturgico

107 Revisese al ano liturgico de manera que conservadas o restablecidas las costumbres e instituciones tradicionales de los tiempos sagrados de acuerdo con las circunstancias de nuestra época, se mantenga su indole primitiva para que alimente debidamente la piedad de los fieles en la celebracion de los misterios de la redencion cristiana, muy especialmente del misterio pascual. Las adaptaciones, de acuerdo con las circunstancias de lugar, si son necesarias, haganse de acuerdo con los articulos 39 y 40.

Orientacion de los fieles

108 Oriéntese el espiritu de los fieles, sobre todo, a las fiestas del Senor, en las cuales se celebran los misterios de salvacion durante el curso del ano.

Por tanto, el cielo temporal tenga su debido lugar por encima de las fiestas de los santos, de modo que se conmemore convenientemente el ciclo entero del misterio salvifico.

Cuaresma

109 Puesto que el tiempo cuaresmal prepara a los fieles, entregados mas intensamente a oir la palabra de Dios y a la oracion, para que celebran el misterio pascual, sobre todo mediante el recuerdo o la preparacion del bautismo y mediante la penitencia, dése particular relieve en la Liturgia y en la catequesis liturgica al doble caracter de dicho tiempo. Por consiguiente:

a) Usense con mayor abundancia los elementos bautismales propios de la Liturgia cuaresmal y, segun las circunstancias, restaurense ciertos elementos de la tradicion anterior.

b) Digase lo mismo de los elementos penitenciales. Y en cuanto a la catequesis, inculquese a los fieles, junto con las consecuencias sociales del pecado, la naturaleza propia de la penitencia, que lo detesta en cuanto es ofensa de Dios; no se olvide tampoco la participacion de la Iglesia en la accion penitencial y encarézcase la oracion por los pecadores.

Penitencia individual y social

110 La penitencia del tiempo cuaresmal no debe ser solo interna e individual, sino también externa y social. Foméntese la practica penitencia de acuerdo con las posibilidades de nuestro tiempo y de los diversos paises y condiciones de los fieles y recomiéndese por parte de las autoridades de que se habla en el articulo 22.

Sin embargo, téngase como sagrado el ayuno pascual; ha de celebrarse en todas partes el Viernes de la Pasion y Muerte del Senor y aun extenderse, segun las circunstancias, al Sabado Santo, para que de este modo se llegue al gozo del Domingo de Resurreccion con animo elevado y entusiasta.

Fiestas de los santos

111 De acuerdo con la tradicion, la Iglesia rinde culto a los santos y venera sus imagenes y sus reliquias auténticas. Las fiestas de los santos proclaman las maravillas de Cristo en sus servidores y proponen ejemplos oportunos a la imitacion de los fieles.

Para que las fiestas de los santos no prevalezcan sobre los misterios de la salvacion, déjese la celebracion de muchas de ellas a las Iglesias particulares, naciones o familias religiosas, extendiendo a toda la Iglesia solo aquellas que recuerdan a santos de importancia realmente universal.


CAPITULO VI - LA MUSICA SAGRADA


Dignidad de la musica sagrada

112 La tradicion musical de la Iglesia universal constituye un tesoro de valor inestimable, que sobresale entre las demas expresiones artisticas, principalmente porque el canto sagrado, unido a las palabras, constituye una parte necesaria o integral de la Liturgia solemne.

En efecto, el canto sagrado ha sido ensalzado tanto por la Sagrada Escritura, como por los Santos Padres, los Romanos Pontifices, los cuales, en los ultimos tiempos, empezando por San Pio X, han expuesto con mayor precision la funcion ministerial de la musica sacra en el servicio divino.

La musica sacra, por consiguiente, sera tanto mas santa cuanto mas intimamente esté unida a la accion liturgica, ya sea expresando con mayor delicadeza la oracion o fomentando la unanimidad, ya sea enriqueciendo la mayor solemnidad los ritos sagrados. Ademas, la Iglesia aprueba y admite en el culto divino todas las formas de arte auténtico que estén adornadas de las debidas cualidades.

Por tanto, el sacrosanto Concilio, manteniendo las normas y preceptos de la tradicion y disciplinas eclesiasticas y atendiendo a la finalidad de la musica sacra, que es gloria de Dios y la santificacion de los fieles, establece lo siguiente:

Primacia de la Liturgia solemne

113 La accion liturgica reviste una forma mas noble cuando los oficios divinos se celebran solemnemente con canto y en ellos intervienen ministros sagrados y el pueblo participa activamente.

En cuanto a la lengua que debe usarse, cumplase lo dispuesto en el articulo 36; en cuanto a la Misa, el articulo 54; en cuanto a los sacramentos, el articulo 63, en cuanto al Oficio divino, el articulo 101.

Participacion activa de los fieles

114 Consérvese y cultivese con sumo cuidado el tesoro de la musica sacra. Foméntense diligentemente las "Scholae cantorum", sobre todo en las iglesias catedrales. Los Obispos y demas pastores de almas procuren cuidadosamente que en cualquier accion sagrada con canto, toda la comunidad de los fieles pueda aportar la participacion activa que le corresponde, a tenor de los articulos 28 y 30.

Formacion musical

115 Dése mucha importancia a la ensenanza y a la practica musical en los seminarios, en los noviciados de religiosos de ambos sexos y en las casas de estudios, asi como también en los demas institutos y escuelas catolicas; para que se pueda impartir esta ensenanza, formense con esmero profesores encargados de la musica sacra.

Se recomienda, ademas, que, segun las circunstancias, se erijan institutos superiores de musica sacra.

Dése también una genuina educacion liturgica a los compositores y cantores, en particular a los ninos.


Sacrosanctum Concilium ES 49