Suma Teológica III Qu.71
Esta cuestión plantea y exige respuesta a cuatro problemas: 1. ¿Debe preceder al bautismo la instrucción catequética? 2. ¿Debe preceder al bautismo el exorcismo? 3. La catequesis y el exorcismo, ¿producen algún efecto o solamente significan? 4. ¿Deben ser instruidos y exorcizados por el sacerdote los bautizandos?
Objeciones por las que parece que la instrucción catequética no debe preceder al bautismo.
Objeciones: 1. Con el bautismo los hombres son regenerados para la vida espiritual. Pero el hombre recibe antes la vida que la doctrina. Luego el hombre no debe ser catequizado, o sea, adoctrinado, antes de ser bautizado.
2. El bautismo se da no solamente a los adultos, sino también a los niños incapaces de recibir instrucción por no tener uso de razón. Luego es ridículo catequizarles.
3. En la instrucción catequética, el catecúmeno confiesa su fe. Pero el niño no puede confesar su fe ni por sí mismo ni tampoco otro por él: ya porque nadie debe obfigar a otro a nada, ya porque nadie puede saber si el niño, al llegar a la adultez adecuada, asentirá a la fe. Luego la instrucción catequética no debe preceder al bautismo.
Contra esto: dice Rábano Mauro en De Institutione Clericorum: Antes del bautismo, quien desempeña el oficio de catequista debe instruir al catecúmeno para que éste reciba primeramente los rudimentos de la fe.
Respondo: Como se ha dicho más arriba (III 70,1), el bautismo es el sacramento de la fe, ya que es una profesión de la fe cristiana. Ahora bien, para que uno reciba la fe se requiere una instrucción sobre ella, conforme a lo que se dice en Rm 10,14: ¿Cómo creerán en aquel de quien no han oído hablar? ¿Y cómo oirán hablar de él si nadie se lo anuncia? Por eso es conveniente que la instrucción catequética preceda al bautismo. De ahí que el mismo Señor, al transmitir a los discípulos el precepto de bautizar, puso la instrucción antes que el bautismo al decir: Idy enseñad a todas las gentes, bautizándolas, etc. (Mt 28,19).
A las objeciones:
Soluciones: 1. La vida de la gracia, a la que el hombre es regenerado por el bautismo, presupone la vida de la naturaleza racional, que es la que le permite recibir la instrucción.
2. La madre Iglesia, como hemos visto ya (III 69,6 ad 3), no sólo presta a los niños que han de ser bautizados los pies de otros para que vengan, y el corazón de otros para que crean, sino que también les presta los oídos de otros para que oigan, y la inteligencia de otros para ser instruidos. Por tanto, son catequizados por la misma razón que son bautizados.
3. Quien responde creo por el niño bautizado, no predice que el niño creerá cuando llegue a la madurez adecuada. Si así fuera, respondería creerá. Lo que hace es profesar la fe de la Iglesia en nombre del niño, al que se comunica la fe, recibe el sacramento de esta fe, y queda obligado a ella a través de otro. De hecho, nada impide que uno quede obligado a través de otro en las cosas que son indispensables para la salvación. De igual modo, el padrino que responde por el niño, promete que él hará todo lo que pueda para que el niño crea. Esto, sin embargo, no sería suficiente en el caso de los adultos que tienen uso de razón.
Objeciones por las que parece que el exorcismo no debe preceder al bautismo.
Objeciones: 1. El exorcismo está prescrito contra los energúmenos, o sea, contra los posesos. Pero no todos los bautizandos son eso. Luego el exorcismo no debe preceder al bautismo.
2. Todo el tiempo que el hombre permanece en pecado, el diablo tiene poder sobre él, como se dice en Jn 8,34: El que peca se hace esclavo del pecado. Pero el pecado se borra con el bautismo. Luego antes del bautismo no han de ser exorcizados los hombres.
3. El agua bendita fue introducida para frenar el poder de los demonios. Luego no era necesario aplicar para este fin otro remedio con los exorcismos.
Contra esto: dice el papa Celestino: Tanto los niños como los jóvenes que vienen al sacramento de la regeneración, no deben acercarse a la fuente de la vida antes que los exorcismos y las exudaciones de los clérigos hayan arrojado de ellos al espíritu inmundo.
Respondo: Todo el que se propone hacer sabiamente una cosa, quita primero los impedimentos de su acción, por lo que se dice en Jr 4,3: Cultivad el barbecho, y no sembréis entre cardos. Ahora bien, el diablo es enemigo de la salvación que el hombre alcanza por el bautismo, y tiene un cierto poder sobre el hombre por el mismo hecho de que éste se encuentra bajo el pecado original y también el personal. Por eso es conveniente que antes del bautismo se expulsen los demonios con el exorcismo, para que no impidan la salvación de los hombres. Esta expulsión está significada en la exufiación. Y la bendición, que tiene lugar con la imposición de manos, cierra al expulsado la vía de retorno. La sal que se le pone en la boca y la unción con saliva en narices y oídos significan: la recepción de la doctrina de la fe para los oídos, la aprobación para las narices, y la confesión para la boca. La unción con el óleo significa la capacitación del hombre para luchar contra el demonio.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Energúmenos equivale a interiormente activos, movidos por la influencia externa del diablo. Y aunque no todos los que se acercan al bautismo estén corporalmente atormentados por él, todos los no bautizados, sin embargo, están sometidos a su poder, aunque no sea más que como una consecuencia del pecado original.
2. La ablución bautismal sustrae el poder que el demonio tiene sobre el hombre para impedirle alcanzar la gloria. Pero los exorcismos sustraen el poder que el demonio tiene para impedir que el hombre reciba el sacramento.
3. El agua bendita sirve contra los asaltos externos del demonio. Mientras que el exorcismo se destina contra los asaltos internos. De ahí que se denominen energúmenos, o sea, como interiormente activos, a los que son exorcizados.
También podría decirse que, como el segundo remedio contra el pecado lo constituye la penitencia, ya que el bautismo no se puede repetir, así el segundo remedio contra las asechanzas del demonio lo constituye el agua bendita, ya que los exorcismos bautismales tampoco se pueden repetir.
Objeciones por las que parece que los ritos del exorcismo no producen nada y solamente significan.
Objeciones: 1. Si un niño muere después del exorcismo y antes del bautismo, no se salva.
Ahora bien, el efecto pretendido en los ritos sacramentales es que el hombre consiga la salvación, por lo que en Mc 16,16) se dice: El que creyere y se bautizare se salvará. Luego los ritos del exorcismo no producen nada, y solamente significan.
2. Como ya se ha dicho más arriba (III 62,1), para que una cosa se constituya en sacramento de la nueva ley solamente se requiere que sea signo y causa.
Luego, si los ritos practicados en el exorcismo producen algo, cada uno de ellos será un sacramento.
3. Como el exorcismo es una disposición para el bautismo, así un posible efecto del exorcismo dispondrá también para el efecto del bautismo. Ahora bien, la disposición precede necesariamente a la perfección de la forma, ya que la forma perfecta no se recibe más que en la materia dispuesta. Pero esto quiere decir que nadie podría conseguir el efecto del bautismo si previamente no ha recibido el exorcismo, lo que manifiestamente es falso. Luego los ritos del exorcismo no producen efecto alguno.
4. De la misma manera que los ritos del exorcismo son anteriores al bautismo, hay otros ritos que son posteriores a él, como la unción que el sacerdote hace al bautizado en la coronilla. Ahora bien, estos ritos posbautismales no parece que tengan eficacia alguna, ya que, de ser así, el efecto del bautismo no sería perfecto. Luego tampoco los ritos prebautismales del exorcismo.
Contra esto: dice San Agustín en su libro De Symbolo: Los niños son exufladosy exorcizados para que el poder hostil del demonio, que engañó al hombre, sea arrojado fuera de ellos. Ahora bien, la Iglesia no hace cosas sin sentido. Luego estas exufiaciones contribuyen a arrojar el poder del demonio.
Respondo: Algunos han dicho que los ritos del exorcismo no producen nada y que son sólo signos. Pero esto es manifiestamente falso, porque, en los exorcismos, la Iglesia emplea la forma imperativa del verbo para arrojar fuera la potestad del demonio, como cuando dice: Luego, maldito diablo, sal de él.
Por eso, tenemos que afirmar que producen algún efecto, aunque de diverso modo que el bautismo. Porque el bautismo otorga al hombre la gracia con la plena remisión de las culpas. Mientras que los ritos del exorcismo eliminan los dos obstáculos que impiden recibir la gracia salvífica. El primero es un obstáculo extrínseco, constituido por los intentos que hacen los demonios para impedir la salvación del hombre. Pues bien, este obstáculo se elimina por las exuflaciones, que, como consta en el texto citado de San Agustín, reprimen el poder del demonio para que no impida recibir el sacramento. Permanece, no obstante, en el hombre el poder del demonio por la mancha del pecado y la deuda de la pena hasta que el pecado sea borrado en el bautismo. De acuerdo con esto, dice San Cipriano: Has de saber que la maldad del demonio puede resistir hasta el momento de recibir el agua salvífica, pero en el bautismo perderá todo poder de dañar.
El otro, sin embargo, es un obstáculo intrínseco, y consiste en que el hombre, debido a la enfermedad del pecado original, tiene los sentidos embotados para percibir los misterios de la salvación. Por lo que Rábano Mauro, en De Institutione Clericorum, dice que con la saliva simbólica y el tacto de los sacerdotes, la sabiduría y el poder divinos operan la salvación en los catecúmenos, de tal manera que se abran sus narices para percibir el perfume del conocimiento de Dios, sus oídos para oír los preceptos divinos y sus sentidos más íntimos para responder.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Los ritos del exorcismo no borran la culpa por la que el hombre es castigado después de la muerte, sino que solamente apartan los impedimentos para recibir, mediante el sacramento, la remisión de la culpa. Por eso, el exorcismo sin el bautismo no tiene valor después de la muerte.
Prepositino, no obstante, dice que los niños exorcizados y muertos sin el bautismo padecerán unas tinieblas menores. Pero esto no parece que pueda ser verdad, porque las tinieblas a que hace alusión son la carencia de la visión divina, que no admite más y menos.
2. Lo propio del sacramento es conferir el efecto principal, que es la gracia remisiva de la culpa o supletiva de algún defecto del hombre. Los ritos del exorcismo no producen este efecto, sino que solamente quitan los impedimentos para que se produzca. Luego no son sacramentos, sino sacramentales.
3. La disposición suficiente para recibir la gracia bautismal es la fe y la intención: propia, si el que se bautiza es un adulto; o de la Iglesia, si el que se bautiza es un niño. Pero los ritos del exorcismo se dirigen a remover los impedimentos. Luego sin ellos se puede conseguir el efecto del bautismo.
Sin embargo, no se deben omitir, si no es en caso de necesidad. Pero, una vez que ha pasado el peligro, se deben suplir para guardar la uniformidad en el bautismo. Y no se crea que esta suplencia es inútil, porque de la misma manera que se puede impedir el efecto del bautismo antes de recibirlo, también se puede impedir después de haberlo recibido.
4. Hay ritos posbautismales realizados en el bautismo que no solamente significan, sino que también producen. Es el caso, por ej., de la unción en la coronilla, que produce la conservación de la gracia bautismal. Otros ritos, sin embargo, no producen nada y solamente significan, como, por ej., el vestido blanco dado al bautizado para significar la nueva vida.
Objeciones por las que parece que no pertenece al sacerdote la instrucción catequética y el exorcizar.
Objeciones: 1. A los ministros incumbe, como dice Dionisio en V De Eccl. Hier., ocuparse de los inmundos. Ahora bien, los catecúmenos, que reciben instrucción catequética, y los energúmenos, sometidos a la purificación del exorcismo, son considerados como inmundos, como el mismo Dionisio dice. Luego la instrucción catequética y el exorcizar no es oficio de los sacerdotes, sino más bien de los ministros.
2. A los catecúmenos se les instruye en la fe a través de la Sagrada Escritura, que en la Iglesia la proclaman los ministros; así como los lectores leen en la Iglesia el Antiguo Testamento, así también los diáconos y subdiáconos leen el Nuevo. Y así se ve cómo es propio de los ministros la instrucción catequética. Y, de modo semejante, el exorcizar parece que es propio también de los ministros.
Porque dice en una Epístola San Isidoro: El exorcista debe saber de memoria las fórmulas de los exorcismos, y debe imponer las manos sobre los energúmenos y catecúmenos en el momento del rito. Luego no es oficio del sacerdote la instrucción catequética y el exorcizar.
3. Instrucción catequética es lo mismo que enseñar, y enseñar es lo mismo que perfeccionar. Pero esto último, como dice Dionisio en V De Eccl. Hier., es oficio de los obispos. Luego no es oficio del sacerdote.
Contra esto: dice el papa Nicolás I: Los sacerdotes de cada Iglesia pueden dar la instrucción catequética a los bautizados. E, igualmente, San Gregorio en Super Ez. Dice: ¿Qué hacen los sacerdotes sino expulsar a los demonios cuando, en virtud del exorcismo, imponen la mano sobre los creyentes? Respondo: El ministro, como indica su mismo nombre, se compara al sacerdote como el agente secundario e instrumental al agente principal. Ahora bien, el agente secundario no actúa sin la actuación del principal. Y cuanto más importante es la operación, tanto más importantes instrumentos necesita el agente principal. Pero la operación del sacerdote es más importante en la confección del sacramento que en la preparación del mismo. Por eso los ministros supremos, llamados diáconos, cooperan con el sacerdote en la administración de los sacramentos. Porque dice San Isidoro que al diácono pertenece asistir a los sacerdotes y servir en todo lo que se hace en los sacramentos de Cristo, como son el bautismo, la confirmación, la patena y el cáliz. En cambio, los ministros inferiores cooperan con el sacerdote en las cosas preparatorias para los sacramentos, como los lectores en la instrucción catequética, y los exorcistas en el exorcismo.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Acerca de los inmundos los ministros tienen una ocupación ministerial y como instrumental, pero la del sacerdote es principal.
2. Los lectores y los exorcistas tienen el oficio de instruir y de exorcizar, no como agentes principales, sino como ministros de los sacerdotes en esas tareas.
3. La instrucción tiene muchas etapas. Una, la instrucción de conversión a la fe.
Dionisio, en II De Eccl. Hier., la atribuye al obispo, aunque la puede desempeñar cualquier predicador o cualquier fiel. La segunda tiene por objeto los rudimentos de la fe y el modo de comportarse en la recepción de los sacramentos. Esta incumbe secundariamente a los ministros, y principalmente a los sacerdotes. La tercera enseña a vivir cristianamente. Y ésta incumbe a los padrinos. La cuarta es una instrucción acerca de los grandes misterios de la fe y de la perfección de la vida cristiana. Y ésta incumbe, en virtud de su oficio, a los obispos.
Esta cuestión plantea y exige respuesta a doce problemas: 1. ¿Es sacramento la confirmación? 2. ¿Cuál es su materia? 3. ¿Es indispensable al sacramento la anterior consagración del crisma por parte del obispo? 4. ¿Cuál es su forma? 5. ¿Imprime carácter? 6. ¿Presume el carácter de la confirmación el carácter del bautismo? 7. ¿Confiere la gracia? 8. ¿A quién compete recibir este sacramento? 9. ¿En qué parte se ha de administrar? 10. ¿Se requiere padrino para el confirmando? 11. ¿Solamente los obispos confieren este sacramento? 12. ¿Cuál es su rito?
Objeciones por las que parece que la confirmación no es sacramento.
Objeciones: 1. Los sacramentos producen su eficacia por institución divina, como se ha dicho ya (III 64,2). Pero no consta que Cristo haya instituido la confirmación.
Luego no es sacramento.
2. Los sacramentos de la nueva ley estaban prefigurados en la antigua, como dice el Apóstol en 1Co 10,2ss: Todos fueron bautizados con Moisés por la nube y el mar, y todos comieron el mismo alimento espiritual, y todos bebieron la misma bebida espiritual. Pero la confirmación no estuvo prefigurada en el Antiguo Testamento. Luego no es sacramento.
3. Los sacramentos están destinados a la salvación de los hombres. Pero sin la confirmación puede haber salvación, ya que los niños bautizados y muertos sin la confirmación se salvan. Luego la confirmación no es sacramento.
4. Todos los sacramentos de la Iglesia configuran al hombre con Cristo, que es el autor de los sacramentos. Pero la confirmación no puede configurar con Cristo, ya que no consta que Cristo se haya confirmado.
Contra esto: está lo que el papa Melquíades respondía a los obispos españoles: Acerca de lo que me habéis pedido que os informe, es decir, qué sacramento es más importante: la imposición de manos del obispo o el bautismo, os hago saber que los dos son importantes.
Respondo: Los sacramentos de la nueva ley están destinados a producir especiales efectos de gracia. Por eso, donde quiera que se encuentre un efecto especial de la gracia, allí hay un sacramento especial. Ahora bien, puesto que las cosas sensibles y corporales son imagen de las espirituales e inteligibles, por las cosas que suceden en la vida corporal podemos percibir lo que ocurre de especial en la vida del espíritu. Es manifiesto que en la vida corporal supone una cierta perfección el hecho de que el hombre llegue a una edad madura, que es cuando el hombre es capaz de realizar acciones perfectas, por lo que el Apóstol dice en 1Co 13,11: al hacerme hombre abandoné las cosas de niño.
Efectivamente, sabemos que, además del proceso generativo, por el que uno recibe la vida corporal, se da en nosotros un proceso evolutivo por el que uno llega a la edad perfecta. Así que el hombre recibe la vida espiritual también con el bautismo, que es una regeneración espiritual. En la confirmación, sin embargo, el hombre llega en cierto modo a la edad perfecta de la vida espiritual. Por lo que el papa Melquíades dice: El Espíritu Santo, que con vuelo salvador descendió sobre las aguas del bautismo, en la fuente otorga la plenitud de la inocencia, y en la confirmación, el aumento de la gracia. En el bautismo somos regenerados a la vida, después del bautismo somos fortalecidos. Por eso es manifiesto que la confirmación es un sacramento especial.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Acerca de la institución de este sacramento hay tres opiniones. Algunos dijeron que este sacramento no fue instituido ni por Cristo ni por los apóstoles, sino posteriormente, pasado ya un cierto tiempo, por un Concilio. Otros, sin embargo, dijeron que lo instituyeron los apóstoles. Pero esto es imposible, porque instituir un nuevo sacramento pertenece a la potestad de excelencia, que compete sólo a Cristo.
Por eso hay que decir que Cristo instituyó este sacramento no confiriéndolo él, sino haciendo una promesa sobre él cuando dijo en Jn 16,7: Si yo no me voy no vendrá a vosotros el Paráclito, pero si me voy os lo enviaré. Y lo hizo así porque en este sacramento se da la plenitud del Espíritu Santo, plenitud que no debía conferirse antes de la Resurrección y de la Ascensión de Cristo, ateniéndonos a las palabras de Jn 7,39: No se había dado todavía el Espíritu Santo, porque Jesús no había sido glorificado aún.
2. La confirmación es el sacramento de la plenitud de la gracia, por lo que en el Antiguo Testamento pudo tener una prefiguración correspondiente, ya que la ley no llevó nada a la perfección, como se dice en He 7,19).
3. Como ya se dijo más arriba (III 65,4), todos los sacramentos son de algún modo necesarios para la salvación, pero hay algunos sin los cuales esta salvación no se puede conseguir, mientras que hay otros que concurren a la perfección de la misma. En este sentido la confirmación es necesaria para la salvación: aunque sin ella pueda obtenerse la salvación, no debe ser omitida, sin embargo, por desprecio.
4. Los que reciben la confirmación, que es el sacramento de la plenitud de la gracia, quedan configurados a Cristo, que desde el primer momento de su concepción estuvo lleno de gloria y de verdad, como se dice en Jn 1,14. Y o z/ J esta plenitud fue manifestada en el bautismo cuando el Espíritu Santo descendió sobre él en forma corpórea (Lc 3,22). Por lo que en Lc 4,1 se dice cze. Jesús, lleno del Espíritu Santo, se volvió al Jordán. Pero no convenía a la dignidad de Cristo, que es el autor de los sacramentos, recibir la plenitud de la gracia en un sacramento.
Objeciones por las que parece que el crisma no es materia adecuada de este sacramento. 1. Este sacramento, como acabamos de decir (a. 1 ad 1), fue instituido por Cristo al prometer el Espíritu Santo a sus discípulos. Pero él les envió el Espíritu Santo sin la unción del crisma. Y los mismos Apóstoles le conferían con la sola imposición de manos, sin crisma. De hecho se lee en Ac 3,17 que los Apóstoles imponían las manos sobre los bautizados y recibían el Espíritu Santo. Luego el crisma no es la materia de este sacramento, porque la materia es imprescindible en el sacramento.
2. Como se dijo más arriba (III 65,3-4), la confirmación perfecciona en cierto modo el sacramento del bautismo, por lo que debe relacionarse con él como la perfección a lo perfectible. Pero en el bautismo, la materia, que es el agua, es un elemento simple. Luego el crisma, que se compone de aceite y bálsamo, no es materia adecuada de este sacramento.
3. El aceite se utiliza en el sacramento como materia para ungir. Pero con cualquier clase de aceite se puede hacer la unción, por ej. con aceite de nueces o de cualquier otra cosa. Luego para este sacramento no debe utilizarse solamente aceite de oliva.
4. Más arriba se ha dicho (II-II 66,3) que el agua se utiliza en el bautismo como materia porque en todas partes se encuentra fácilmente. Pero el aceite de oliva no se encuentra en todas partes y mucho menos el bálsamo. Luego el crisma, que se compone de estos dos elementos, no es materia adecuada para este sacramento.
Contra esto: dice San Gregorio en el Registro: Que los presbíteros no osen signar a los niños bautizados en la frente con el santo crisma.
Respondo: El crisma es materia adecuada para este sacramento. Como ya se dijo (a. 1; III 65,1), en este sacramento se da la plenitud del Espíritu Santo para obtener el robustecimiento espiritual que es el propio de la edad madura. Ahora bien, el hombre cuando llega a esta madurez comienza a comunicarse con los demás, mientras que antes vivía solamente para sí mismo. Pues bien, la gracia del Espíritu Santo es designada con el óleo, ya que se dice que Cristo fue ungido con el óleo de la alegría por la plenitud que tuvo del Espíritu Santo. Y, por tanto, el óleo es materia adecuada de este sacramento. Se mezcla, sin embargo, con bálsamo para indicar el perfume que llega hasta los otros, por lo que el Apóstol dice en 2Co 2,15: Somos la fragancia de Cristo, etc. Y, aunque haya otras muchas sustancias olorosas, se utiliza principalmente el bálsamo por la intensidad de su perfume y porque confiere incorrupción, por lo que se dice en Si 24,21: Mi olor es como bálsamo puro.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Cristo, por el poder que tiene sobre los sacramentos, confirió a los Apóstoles el efecto de este sacramento, o sea, la plenitud del Espíritu Santo, prescindiendo del sacramento, ya que ellos recibieron las primicias del Espíritu Santo, como se dice en Rm 8,23).
No obstante, algo parecido a la materia de este sacramento fue dado a los Apóstoles sensiblemente en la entrega del Espíritu Santo. Porque el hecho de que el Espíritu Santo descendiese sobre ellos visiblemente en forma de fuego tiene el mismo significado que el óleo, excepción hecha de que el fuego tiene una fuerza activa, mientras que el óleo la tiene pasiva, ya que es materia y combustible del fuego. Y esta diferencia significaba que la gracia del Espíritu Santo había de comunicarse a los demás a través de los Apóstoles. Sobre los Apóstoles el Espíritu Santo descendió también en forma de lenguas. El significado es el mismo que el del bálsamo, con la diferencia de que la lengua se comunica con otro a través de la palabra, mientras que el bálsamo lo hace a través del olor. Porque los Apóstoles quedaban llenos del Espíritu Santo como doctores de la fe, y los otros creyentes quedaban llenos del Espíritu Santo para trabajar en la edificación de los fieles.
De modo semejante, también cuando los Apóstoles imponían las manos, y cuando predicaban (Ac 10,44), descendía la plenitud del Espíritu Santo sobre los fieles con signos visibles, como en el principio había descendido sobre los Apóstoles, por lo que San Pedro dice en Ac 11,15: Cuando comencé a hablar descendió el Espíritu Santo sobre ellos, al igual que sobre nosotros al principio.
Y, por eso, no hacía falta la materia sacramental sensible cuando Dios ofrecía signos sensibles de modo milagroso.
No obstante, los Apóstoles utilizaban el crisma al conferir este sacramento cuando estos signos visibles no se producían. Dice, en efecto, Dionisio en IV De Eccl. Hier.: Hay un rito perfectivo que nuestros guías, o sea, los Apóstoles, llaman misterio del crisma. El bautismo se da para obtener la vida espiritual elemental. Por eso se utiliza para este sacramento una materia simple. Pero este sacramento se da para conseguir la plenitud del Espíritu Santo, cuyas operaciones son múltiples, según las palabras de Sg 7,22: En ella hay un Espíritu Santo único y múltiple, y en 1Co 12,4) se dice: Hay diversidad de dones, pero uno solo es el Espíritu. Y, por eso, adecuadamente la materia de este sacramento es compuesta.
3. Las propiedades del óleo por las que es significado el Espíritu Santo, se encuentran mejor en el aceite de oliva que en cualquier otro aceite. El mismo olivo, en efecto, con sus ramas siempre verdes, significa el vigor y la misericordia del Espíritu Santo. Además, este aceite es el aceite propiamente dicho. Y cualquier otro líquido se denomina aceite por comparación con éste. Ni es de uso común, sino que viene a suplir la falta del aceite de oliva. Y, por eso, solamente se utiliza este aceite para este y para otros sacramentos.
4. El bautismo es un sacramento de necesidad absoluta, por lo que su materia ha de encontrarse en cualquier parte. Para este sacramento, sin embargo, que no es tan necesario, es suficiente que la materia sea fácilmente trasladable a cualquier sitio.
Objeciones por las que parece que la anterior consagración del crisma, que es la materia de este sacramento, por parte del obispo no es indispensable para el sacramento.
Objeciones: 1. El bautismo, por el que se obtiene la plena remisión de los pecados, no es de menor eficacia que este sacramento. Pero, aunque se dé una bendición al agua bautismal antes del bautismo, no es absolutamente indispensable, ya que en peligro de muerte puede ser omitida. Luego tampoco es indispensable en este sacramento que el crisma sea consagrado por el obispo.
2. una misma cosa no debe ser consagrada dos veces. Pero la materia de un sacramento es santificada en la administración del mismo por la forma verbal en que se confiere, por lo que San Agustín dice en Superlo.: Cae la palabra sobre el e ¡emento y se hace el sacramento. Luego no se debe consagrar el crisma antes de administrar este sacramento.
3. Toda consagración que tiene lugar en los sacramentos va dirigida a la consecución de la gracia. Pero la materia sensible, compuesta de óleo y bálsamo, no es capa2 de la gracia. Luego no debe recibir ninguna consagración.
Contra esto: dice el papa Inocencio: Está permitido a los presbíteros, cuando bautizan, ungir a los bautizados con el crisma consagrado por el obispo, pero no signar en la frente con el mismo óleo, ya que esto compete a los obispos cuando transmiten el Paráclito, cosa que sucede en este sacramento. Luego para este sacramento se requiere que la materia sea consagrada previamente por el obispo.
Respondo: Toda la virtud santificadora de los sacramentos se deriva de Cristo, como se dijo ya (III 64,3). Ahora bien, hay que tener en cuenta que hay sacramentos, como el bautismo y la Eucaristía, cuya materia sensible había sido ya usada por Cristo. Y es este uso de Cristo lo que les dio a estas materias aptitud para constituir un sacramento. Por lo que San Juan Crisóstomo dice que nunca hubiesen podido las aguas del bautismo purificar los pecados de los fieles si no hubiesen sido santificadas con el contacto del cuerpo del Señor. Y, de modo semejante, el mismo Señor tomando el pan lo bendijo, y lo mismo el cáliz como se dice en Mt 26,26-27Lc 22,19-20. Y, debido a esta bendición, no es necesaria en estos sacramentos una bendición previa de la materia: basta la bendición de Cristo. Y si alguna bendición se da es para solemnizar el sacramento, pero no es imprescindible.
Pero Cristo no hizo uso de unciones visibles para no prejuzgar la unción invisible con la que fue ungido sobre todos sus compañeros (Ps 44,8). Por eso, tanto el crisma como el óleo santo, y como el óleo de los enfermos, se bendicen antes de utilizarlos para el sacramento.
A las objeciones:
Soluciones: 1. La respuesta se infiere de lo dicho.
2. Una y otra consagración se refieren a distinto fin. Porque como el instrumento adquiere la virtud instrumental en dos tiempos: cuando recibe la forma de instrumento y cuando es movido por el agente principal, así también la materia del sacramento necesita una doble santificación: una por la que se constituye en materia adecuada del sacramento, y otra por la que produce el efecto.
3. La materia sensible no es capaz de la gracia como sujeto, sino como instrumento, como se ha dicho ya (III 62,3). Y para este fin la materia del sacramento es consagrada por el mismo Cristo o por el obispo que hace en la Iglesia las veces de Cristo.
Objeciones por las que parece que la forma te signo con la señal de la cruz te confirmo con e I crisma de la salvación en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Amén, no es la forma adecuada de este sacramento.
Objeciones: 1. El uso de los sacramentos se deriva de Cristo y de los Apóstoles. Pero ni Cristo instituyó esta forma ni se lee que los Apóstoles la hayan utilizado. Luego ésta no es la forma adecuada de este sacramento.
2. Como el sacramento es lo mismo para todos, así su forma debe ser también la misma, ya que cada cosa debe su unidad y su ser a su forma. Pero no todos utilizan esta forma, puesto que algunos dicen: Te confirmo con el crisma de la santificación. Luego ésta no es la forma adecuada de este sacramento.
3. Como se ha dicho ya (a. 2 obj.2), este sacramento debe relacionarse con el bautismo como lo perfecto con lo perfectible. Pero en la forma del bautismo no se hace mención de la impresión del carácter ni de la cruz de Cristo, si bien por el bautismo el hombre muere con Cristo, como dice el Apóstol en Rm 6,3ss); ni tampoco se menciona el efecto de salvación, si bien el bautismo es necesario para la salvación. Además, en la forma del bautismo se habla sólo de una acción, y se menciona expresamente la persona del bautizante cuando se dice: yo te bautizo. Todo lo contrario de lo que ocurre en la forma de la confirmación.
Luego no es la forma adecuada de este sacramento.
Contra esto: la autoridad de la Iglesia utiliza comúnmente esta fórmula.
Respondo: La forma en cuestión es la adecuada para este sacramento. Porque, como la forma de una cosa natural le da a esta cosa la especie, así la forma del sacramento debe contener todo lo que pertenece a la especie del sacramento.
Ahora bien, como se ha dicho antes (a. 1-2), en este sacramento se da el Espíritu Santo como fuerza para el combate espiritual. Por eso son necesarias en este sacramento las tres cosas que se contienen en la forma. La primera es la causa que confiere la plenitud de la fuerza espiritual, que es la Santa Trinidad, y se expresa cuando se dice en el nombre del Padre, etc. La segunda es el mismo robustecimiento espiritual que al hombre se le confiere para su salvación a través del signo de la materia visible. A esto se alude cuando se dice te confirmo con el crisma de la salvación. La tercera es el signo que se le da al luchador, como sucede en la lucha corporal cuando los soldados van sellados con los signos de sus jefes. Y con este fin se dice: Te signo con la señal de la cruz, en la que, como se dice en Col 2,15), nuestro rey triunfó.
A las objeciones:
Soluciones: 1. Como se ha dicho ya (a. 2 ad 1), por el ministerio de los Apóstoles a veces venía conferido el efecto de este sacramento, que es la plenitud del Espíritu Santo, acompañado de milagros visibles hechos por Dios, que puede producir el efecto del sacramento sin sacramento. Y en estos casos no se requería ni la materia ni la forma de este sacramento.
Otras veces, sin embargo, los Apóstoles administraban este sacramento como ministros de los sacramentos, y entonces utilizaban tanto la materia como la forma, establecidas por Cristo. Los Apóstoles, en efecto, practicaban ritos en la colación de los sacramentos que no nos han sido transmitidos en las Escrituras.
Por lo que Dionisio dice al final de Eccl. Hier.: No está permitido a los intérpretes de la Sagrada Escritura sacar del secreto a la luz común las preces completivas, o sea, las palabras con que se administran los sacramentos, ni los misterios que contienen, ni los efectos que Dios produce en nosotros a través de ellas. De todas estas cosas nos instruye nuestra sagrada tradición sin pompa, o sea, ocultamente. E, igualmente, el Apóstol, hablando de la celebración de la Eucaristía, dice en 1Co 11,34: lo demás lo dispondré cuando vaya.
2. La santidad es la causa de la salvación. Por consiguiente, es lo mismo decir con el crisma de la salvación, que de la santificación.
3. El bautismo es la regeneración para la vida espiritual, por la que el hombre vive en sí mismo. Atendiendo a esto, en el bautismo solamente se menciona la acción por la que el mismo hombre es santificado. Pero la confirmación no sólo se destina a la santificación del hombre en sí mismo, sino que le prepara para la lucha exterior. Y, por eso, no sólo se hace mención de la santificación interior, cuando se dice: Te confirmo con el crisma de la salvación, sino también, en cierto modo, se le marca al hombre exteriormente con la insignia de la cruz para sostener el combate espiritual externo, lo cual viene significado cuando se dice: Te signo con la señal de la cruz.
Pero el verbo bautizar, que significa ablución, puede indicar tanto la materia, que es el agua que lava, como el efecto de salvación. Mas esto no sucede con el verbo confirmar. Por eso hacía falta precisar.
Y ya se dijo más arriba (III 66,5 ad 1) que la palabra yo no es imprescindible en la forma bautismal, pues se sobreentiende cuando el verbo está en primera persona. Pero se pone para manifestar la intención, lo cual no es tan necesario en la confirmación, puesto que se administra por un ministro superior, como se dirá más adelante (a. 11).
Suma Teológica III Qu.71