EL PRIMADO EN LA IGLESIA ANTIGUA INDIVISA
P. Georges Cottier, o.p.

La constitución dogmática Pastor aeternus del Concilio Vaticano I enuncia y explica la fe de la Iglesia sobre el primado del sucesor de Pedro, cuyo carisma persigue "la unidad de fe y comunión" de todos los fieles.

Lumen gentium, la constitución dogmática sobre la Iglesia del Concilio Vaticano II, retomó esa enseñanza, a través de la profundización de la doctrina sobre la naturaleza del colegio episcopal.

El primado pontificio es una realidad de fe. A lo largo de la historia, el ejercicio del primado ha asumido formas distintas y puede seguir siendo modificado. Es sobre este último aspecto, que se refiere a la visibilidad de la Iglesia, que Juan Pablo II invita, en la encíclica Ut unum sint, sobre el ecumenismo, a todos los teólogos, incluso a aquellos que pertencen a otras Iglesias que no están en plena comunión con la Iglesia católica, a que dediquen su reflexión.

Éste es el contexto de nuestra reflexión actual. Me limitaré, en esta ponencia, al ministerio de la verdad.

Unidad de fe y comunión: la Iglesia tiene la certidumbre de que la unidad de la comunión dependa de la unidad en la fe. Se trata, pues, del acceso a la revelación divina, que nos dispensa la Palabra de vida.

En pocas líneas, la constitución dogmática sobre la divina revelación, Dei Verbum (n° 10) enuncia el motivo por el que en la Iglesia existe el magisterio de la verdad: "Así pues, la Tradición, la Escritura y el Magisterio de la Iglesia, según el plan prudente de Dios, están unidos y ligados de modo que ninguno puede subsistir sin los otros; los tres, cada uno según su carácter, y bajo la acción del Espíritu Santo, contribuyen eficazmente a la salvación de las almas".

El Concilio Vaticano II ha puesto de manifiesto con toda claridad la unidad del episcopado y el carácter episcopal del primado del obispo de Roma. El tesoro de la fe ha sido confiado al colegio, en comunión con su cabeza.

La unidad de los momentos de los que habla el texto citado de Dei Verbum se funda en la acción del Espíritu Santo, al que se atribuyen el carisma de revelación y el carisma de inspiración de la sagrada Escritura interpretada por la Tradición.

El Espíritu Santo sostiene también el magisterio con el carisma de asistencia, para que pueda realizar su misión de transmitir con absoluta fidelidad el mensaje de la revelación. Ese mensaje es una palabra de vida, lo cual significa que dicha transmisión es un acto vital, esto es, que expresa la realidad viva de la Iglesia. La presentación del mensaje de vida implica una evolución homogénea del dogma, sea bajo el impulso de la piedad del pueblo de Dios, sea en respuesta a los desafíos que surgen de los errores en cuestiones religiosas o de otros factores históricos. Las aplicaciones del carisma de asistencia del Espíritu Santo son muy distintas, debido a la naturaleza misma de las cosas.

El colegio y su cabeza han recibido de Cristo Señor la misión de anunciar la Palabra para la salvación de todas las naciones. Por lo tanto, la transmisión de la Palabra de Dios comporta también responsabilidad por la evangelización.

"Evangelizar es la gracia y vocación propia de la Iglesia, su identidad más profunda" (Pablo VI, Evangelii nuntiandi n° 14).

El deber del romano pontífice de transmitir la Palabra de Dios se extiende a toda la Iglesia. Significa que su oficio de magisterio es "supremo y universal": dicha función hace que el sucesor de Pedro goce de la asistencia del Espíritu Santo que, en determinados casos, conlleva la prerrogativa de la infalibilidad.

A su vez, los obispos son testigos de la verdad divina y católica, al enseñar en comunión con el pontífice.

Cuando el magisterio de la Iglesia, sea a través del romano pontífice que habla "ex cathedra", sea a través del colegio de los obispos reunidos en un concilio, propone solemnemente que una doctrina es de revelación divina, dicha doctrina exige el asentimiento de la fe teológica; lo mismo sucede cuando una doctrina es propuesta infaliblemente por el magisterio ordinario y universal.

Además, el magisterio tiene el deber de proponer verdades que no son reveladas o que aún no han sido reconocidas explícitamente como reveladas, pero que se consideran necesarias para mantener y exponer el depósito de la fe: se debe a esas verdades un asentimiento firme y definitivo. El carisma de la infalibilidad prometido a la Iglesia se extiende también a esas verdades. El asentimiento dado a esas verdades, que deben ser observadas de manera definitiva, no es en sí un acto de fe, pues éste conduce directamente a las verdades reveladas. Sin embargo, este acto está conectado con la fe, pues la asistencia que el Espíritu Santo da al magisterio y la doctrina de la infalibilidad del magisterio son objetos de fe.

Por último, la enseñanza del magisterio presenta verdades que en realidad no propone de manera definitiva. A esas verdades se les da el asenso religioso de la voluntad y la inteligencia.

Las distinciones expuestas, establecidas en relación a la Professio fidei, encuentran su fundamento en Lumen gentium (n° 25).

Desde el momento en que el magisterio propone esas verdades al pueblo de Dios, el sensus fidei sale a su encuentro con una iniciativa espontánea de acogida. Si encuentra resistencia en nosotros, significa que estamos llamados a la purificación y a la conversión, conscientes de que la fe, initium salutis, es un don de Dios que abre la puerta del corazón a todos sus demás dones. Sólo la verdad nos hace libres (cfr. Jn 8,32).