La comunión jerárquica con el papa y el obispo:
Sentire cum ecclesia- S. Exc. Dott. Gerhard Ludwig Müller, Ratisbona
El episcopado
La palabra episcopado indica, por un lado, el oficio episcopal como sacramento y, por otro, el colegio constituido por los obispos de la Iglesia universal. El colegio episcopal es la continuación del colegio de los apóstoles, pues los obispos ejercen el ministerio magisterial, pastoral y sacerdotal de los apóstoles por el poder del Espíritu Santo (LG 22).
El episcopado es un ministerio que ha sido constituido, para siempre, por Dios en la Iglesia (LG 18). Los obispos, "puestos por el Espíritu Santo" (Hch 20,28), presiden en nombre de Dios el rebaño de Cristo (LG 20).
En la ordenación sacramental, el Espíritu hace que "los obispos, de manera eminente y visible, hagan las veces del mismo Cristo, Maestro, Pastor y Sacerdote, y actúen en su persona" (LG 21). En el ejercicio de su ministerio son "vicarios y legados de Cristo" (LG 27).
El hecho mismo de que un obispo sea ordenado sacramentalmente por los "obispos de las Iglesias cercanas" indica la dimensión eclesial universal del episcopado. Es decir que ninguna comunidad se constituye a sí misma y su propio ministerio. A través de las acciones sacramentales la Iglesia recibe, en cambio, la gracia de la salvación personal, el poder de ejercer su misión y, en particular, el oficio episcopal. Simbólicamente, la consagración episcopal encardina al arzobispo en el colegio episcopal y le confía una responsabilidad ante la única Iglesia Católica, difundida en toda la tierra, que subsiste en la "communio ecclesiarum".
En su Iglesia local, el obispo es "el principio y fundamento visible de la unidad" (LG 23), es decir, de la comunión de los presbíteros, diáconos y demás ministerios eclesiales. El episcopado único no absorbe la multiplicidad de las misiones y los ministerios. El episcopado no se limita a impedir la disgregación de los ministerios, sino que favorece su multiplicidad en los miembros individuales de la Iglesia y garantiza la unidad de la misión de la Iglesia única en la martyria, la leiturgia y la diakonia. De ahí que sean valederos ambos principios: por un lado, el pueblo santo de Dios participa en el ministerio sacerdotal y profético de Cristo y la totalidad de los fieles no puede errar en lo que respecta a la fe, en virtud de la unción del Espíritu Santo (LG 12); por otro, los obispos, que enseñan en comunión con el obispo de Roma, "merecen el respeto de todos, pues son los testigos de la verdad divina y católica" (LG 25).
Los fieles deben adherir a la decisión que, sobre una materia de fe y costumbres, ha tomado su obispo en nombre de Cristo y aceptarla con espíritu de obediencia religiosa (LG 25).
La primacía de la Iglesia y el obispo de Roma
Por estar al servicio de la unidad de la iglesia, el colegio de los obispos debe contener en sí el principio de su propia unidad. No puede tratarse de un principio meramente material (decisión de la mayoría, delegación de derechos a un gremio directivo elegido, etc.). Dado que la esencia íntima del episcopado es un testimonio personal, el principio de la unidad del episcopado se encarna también en una persona. Según el concepto católico, el principio personal de la unidad se da desde los orígenes y en su realización actual en el obispo de Roma. Como obispo, éste es sucesor de Pedro, quien, en su calidad de primer apóstol y primer testigo de la resurrección ha incorporado a su vez, en su misma persona, la unidad del colegio de los apóstoles. La caracterización del oficio petrino como misión episcopal tiene importancia decisiva para una teología del episcopado. Lo mismo ocurre con el reconocimiento del hecho de que dicho oficio no es de derecho humano sino de derecho divino, en tanto que sólo puede ser ejercido por mandato de Cristo, gracias a un carisma concedido personalmente a su destinatario.